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Documento BOE-A-2001-8825

Resolución de 12 de febrero de 2001, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Protocolo 2000 Adicional al Convenio de Colaboración suscrito el 30 de diciembre de 1998, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Canarias, para el desarrollo de actuaciones conjuntas en materia de atención a inmigrantes, refugiados, solicitantes de asilo y desplazados.

Publicado en:
«BOE» núm. 110, de 8 de mayo de 2001, páginas 16513 a 16516 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2001-8825

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Protocolo 2000 Adicional al Convenio de Colaboración firmado el 30 de diciembre de 1998, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Canarias, para el desarrollo de actuaciones conjuntas en materia de atención a inmigrantes, refugiados, solicitantes de asilo y desplazados, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 12 de febrero de 2001.–El Secretario general técnico, Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda.

ANEXO
Protocolo 2000 Adicional al Convenio de Colaboración suscrito el 30 de diciembre de 1998, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y el Gobierno de Canarias, para el desarrollo de actuaciones conjuntas en materia de atención a inmigrantes refugiados, solicitantes de asilo y desplazados

En Madrid a 21 de noviembre de 2000.

REUNIDOS:

De una parte, el excelentísimo señor don Juan Carlos Aparicio Pérez, Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 561/2000, de 27 de abril, en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en el artículo segundo, apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del día 14).

Y, de otra parte, el excelentísimo señor don Marcial Morales Martín, Consejero de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno de Canarias, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir,

EXPONEN:

Primero.

Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Canarias suscribieron en fecha 30 de diciembre de 1998 Convenio de Colaboración para la cofinanciación de Programas para facilitar la integración social de los inmigrantes, refugiados, solicitantes de asilo y desplazados, que recogía los siguientes programas prioritarios:

1. Observatorio Permanente de la Inmigración.

2. Órganos de Participación y Consulta.

3. Red de Información, Orientación y Apoyo Legal a Inmigrantes.

4. Intercambio de Información y Asesoramiento.

5. Programas Territoriales de Acogida e Integración Social.

6. Programas de Empadronamiento.

Segundo.

Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud de las competencias que le vienen atribuidas por la Constitución y los Reales Decretos 758/1996, de 5 de mayo, y 1888/1996, de 2 de agosto, que establecen su estructura orgánica básica, y la Comunidad Autónoma de Canarias, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 10/1982, de 10 de agosto, que aprueba el Estatuto de Autonomía de la misma, tiene competencias en materia de acción social y servicios sociales.

Por otra parte, en la Ley 54/1999, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2000, y en la Ley 14/1999, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias se establecen dotaciones presupuestarias para estos fines.

Tercero.

Que, el Convenio citado, establece en su cláusula quinta la prórroga automática de aquél para convocatorias sucesivas, de no mediar denuncia expresa de alguna de las partes.

Cuarto.

Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las cantidades económicas expresadas en el anexo del citado Convenio, que deberán ser actualizadas cada año con el fin de ajustarlas a los presupuestos presentados por la Comunidad Autónoma y las previsiones presupuestarias que se establezcan.

Quinto.

Que, de conformidad con las Comunidades Autónomas en la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales celebrada el 8 de febrero de 2000, el Gobierno por Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 18 de febrero de 2000, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 57, de fecha 7 de marzo de 2000, aprobó los criterios de distribución entre Comunidades Autónomas del crédito presupuestario con una dotación de quinientos millones (500.000.000) de pesetas, incluido en la Aplicación 19.04.313L.456, así como las prioridades a las que deberán ajustarse los programas a cofinanciar.

Sexto.

Que habiéndose efectuado, conforme al procedimiento previsto en el Convenio antes citado, la determinación de las aportaciones económicas de las partes correspondientes al año 2000, procede instrumentarlas a través del presente Protocolo Adicional, junto con la selección de programas realizada conjuntamente por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y por el Gobierno de Canarias y aprobada, asimismo, a efectos de financiación conjunta.

Por todo lo manifestado, en base al artículo 6 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y de la cláusula quinta del Convenio de Colaboración para la realización de programas suscrito el 30 de diciembre de 1998, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y el Gobierno de Canarias, ambas partes acuerdan suscribir el presente Protocolo Adicional, el cual se regirá por las siguientes

CLAUSULAS:

Primera.

La Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Canarias incorporan al Convenio de Colaboración, de fecha 30 de diciembre de 1998, los programas seleccionados conjuntamente para su ejecución durante el ejercicio económico de 2000, los cuales se unen al mismo mediante el anexo I.

La duración de este Protocolo Adicional, de acuerdo con la cláusula quinta del citado Convenio de Colaboración suscrito en 1998, se establece para el año 2000 y su correspondiente ejercicio económico, dado que al mismo se refieren las dotaciones presupuestarias que cada parte designa para su financiación.

Segunda.

Que con cargo ala Aplicación Presupuestaria 19.04.313L.456 del Plan de Integración Social de los Inmigrantes, la aportación económica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para los fines del presente Protocolo, es de veintiséis millones novecientas cincuenta y cuatro mil trescientas ochenta y tres (26.954.383) pesetas.

La Comunidad Autónoma de Canarias, se compromete a asumir la corresponsabilidad en la financiación aportando la cantidad de veintiséis millones novecientas cincuenta y cuatro mil trescientas ochenta y tres (26.954.383) pesetas.

Tercera.

En el supuesto de resolución por incumplimiento contemplado en la cláusula sexta del Convenio, las actuaciones en curso se culminarán, no iniciándose ninguna nueva a partir de la fecha de denuncia del Convenio.

Cuarta.

La dotación económica para la ejecución del Convenio, dentro del ejercicio económico 2000, es la que aparece desglosada para cada Comunidad Autónoma en el anexo I.

Y en prueba de conformidad, suscriben el presente Protocolo Adicional en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha anteriormente indicado.–El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Juan Carlos Aparicio Pérez.–El Consejero de Empleo y Asuntos Sociales, Marcial Morales Martín.

ANEXO AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES Y EL GOBIERNO DE CANARIAS PARA EL DESARROLLO DE ACTUACIONES CONJUNTAS EN MATERIA DE ATENCIÓN A INMIGRANTES REFUGIADOS, SOLICITANTES DE ASILO Y DESPLAZADOS PARA EL AÑO 2000

Ejercicio 2000

El presente anexo regulará la financiación y los aspectos técnicos de puesta en marcha y continuidad de las áreas de actuación establecidas en el Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales en materia de inmigración.

En el presente año de 2000, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales destinará para las actuaciones descritas a continuación la cuantía de veintiséis millones novecientas cincuenta y cuatro mil trescientas ochenta y tres (26.954.383) pesetas, con cargo a la Aplicación Presupuestaria 19.04.313L.456. A su vez, la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno de Canarias invertirá en estas actuaciones la misma cantidad de veintiséis millones novecientas cincuenta y cuatro mil trescientas ochenta y tres (26.954.383) pesetas, con cargo a la Aplicación Presupuestaria siguiente:

PROGRAMA PRESUPUESTARIO 313 I

«Subvenciones a instituciones sin ánimo de lucro»

23.07.313 I. 48011 L.A. 23451702, 26.954.383 pesetas

Los fondos que el Ministerio transferirá a la Comunidad Autónoma de Canarias, a partir de la firma del presente Protocolo Adicional, se destinarán a los siguientes Programas Marco de Acogida e Inserción Social:

Programas Marco de Acogida

e Inserción

Aportación

Ministerio

Pesetas

Aportación

D.G.S.S.

Pesetas

Total

Pesetas

Programa de 2.ª Acogida y Alojamiento. 19.287.925 19.287.925 38.575.850
Red de Información, Orientación y Apoyo Legal. 2.281.724 2.281.723 4.563.447
Programa de Formación, Lengua y Cultura. 3.324.187 3.324.188 6.648.375
Programa de Atención e Información Social. 2.060.547 2.060.547 4.121.094
Observatorio Permanente de Inmigración. 0 0 0
  Total. 26.954.383 26.954.383 53.908.766

Implantación y desarrollo del Observatorio Permanente de la Inmigración

La Comunidad de Canarias procederá a la implantación del Observatorio Permanente de la Inmigración haciendo posible que se constituyan en puntos de recogida de información aquellos que desarrollen las actuaciones cofinanciadas por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad de Canarias.

En este sentido, se procederá, al menos, a cumplimentar el cuestionario del OPI de la red de situación de la integración, con los datos referentes a las personas que participen en los programas de acogida. Dichos datos, en el soporte informático correspondiente, serán remitidos por la Comunidad de Canarias al OPI antes del 31 de diciembre de 2000.

Con el fin de permitir la coordinación de la implantación del OPI en el ámbito de la Comunidad de Canarias, se celebrarán, antes de la finalización de 2000, unas jornadas a las que podrán asistir los responsables de los programas o puntos del OPI (tanto de la Administración Autonómica y Local como de las organizaciones no gubernamentales y agentes sociales).

La Comunidad de Canarias remitirá al OPI información acerca de la escolarización de niños extranjeros en la enseñanza preuniversitaria, así como acerca de los datos disponibles de extranjeros incluidos en los padrones municipales de su ámbito geográfico y se iniciará la colaboración en el seguimiento de dichos datos que permita la evaluación del impacto de las campañas que en ese sentido se realicen. Igualmente, la Comunidad de Canarias remitirá la información correspondiente a las estadísticas e informaciones relativas a inmigrantes extranjeros de aquellos proyectos dirigidos a la atención e integración social de inmigrantes, solicitantes de asilo, refugiados y desplazados, en los que interviene la citada Comunidad en la actualidad.

Por su parte, el OPI remitirá a la Comunidad de Canarias los datos recogidos en 1998 y 1999 por ONG, entidades de extranjeros y otros agentes sociales correspondientes al ámbito geográfico de la Comunidad y hará partícipe a la Comunidad de Canarias de cuantos informes y explotaciones de datos de carácter general se realicen.

La Comunidad de Canarias y el OPI realizarán antes de la finalización de 2000 un plan de actuaciones para 2001 en el que, además del intercambio de datos e información referentes a extranjeros en el ámbito de la Comunidad, se tengan en cuenta actuaciones relativas a estudios y publicaciones de mutuo interés.

Programas Marco de Acogida e Inserción Social

El Convenio de Colaboración, firmado el 30 de diciembre de 1998, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Canarias, para el desarrollo de actuaciones conjuntas en materia de atención a inmigrantes, refugiados, solicitantes de asilo y desplazados establece, que los Programas Territoriales de Acogida e Inserción Social tendrán un carácter prioritario a los efectos de este Convenio. Asimismo, en el punto J del Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se determinan los criterios de distribución de varios créditos presupuestarios entre Comunidades Autónomas, que figura en el anexo de la Resolución de 22 de febrero de 2000), de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales («Boletín Oficial del Estado» número 57, de 7 de marzo de 2000, se contempla que podrán financiarse con cargo a este crédito programas dirigidos a:

Atención a colectivos específicos mediante acciones compensatorias con menores, mujeres, grupos inmigrantes con características culturales especiales.

Acciones compensatorias en el ámbito de la lengua (traducción, formación de la lengua de acogida y conservación de la origen).

Programas Territoriales de Integración: Acogida básica sensibilización de las dos sociedades, promoción de la tolerancia, promoción de la multiculturalidad.

En este marco de intervención, la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales, a través de la Dirección General de Servicios Sociales, se propone potenciar durante el año 2000, en colaboración con la Iniciativa Social, los siguientes Programas Marco de Acogida e Inserción Social para Inmigrantes, Refugiados, Solicitantes de Asilo y Desplazados:

A) Programas de Segunda Acogida y Alojamiento.

B) Red de Información, Orientación y Asesoramiento Jurídico.

C) Programa de Formación, Lengua y Cultura.

D) Programa de Atención e Información Social.

La ejecución de estos Programas, dado el carácter insular de nuestro territorio, obliga a diseñar proyectos de intervención similares en cada isla que respondan a las necesidades concretas y a la realidad de cada zona geográfica. En total, se va a intervenir en tres islas que presentan los índices más altos de población inmigrante, refugiada, solicitante de asilo y/o desplazada en situación o riesgo de exclusión social (precariedad sociolaboral, inadaptación, etc.):

Fuerteventura.

Gran Canaria.

Tenerife.

A) Programas de Segunda Acogida y Alojamiento.

La ejecución de este Programa cubre los objetivos específicos siguientes:

Atender las necesidades básicas de alojamiento, alimentación e higiene de manera inmediata durante las veinticuatro horas del día.

Ofrecer un servicio de acogida y apoyo que favorezca la integración social de la población inmigrante.

En el año 2000, se financiará el mantenimiento de los programas siguientes:

A.1 Programa «Bem y Contamíname»:

Isla: Tenerife.

Entidad que lo ejecuta: Cáritas Diocesana de Tenerife.

Objetivo general: Atender las necesidades básicas (alojamiento, alimentación, higiene, ...) de la población inmigrante y favorecer su integración sociolaboral, así como promover la solidaridad y la sensibilización de la sociedad de acogida.

A.2 Programa «Casa Hogar de Inmigrantes»:

Isla: Fuerteventura.

Entidad que lo ejecuta: Cruz Roja Española.

Objetivo general: Ofrecer a la población inmigrante servicios de alojamiento, alimentación e higiene, así como atención social, sanitaria y formativa, con el fin de llegar a una situación de igualdad y no marginalidad con respecto al resto de la población.

B) Red de Información, Orientación y Apoyo Legal.

La red se configura como un conjunto coordinado de puntos de información, orientación y apoyo legal distribuidos estratégicamente en el territorio de la Comunidad, que responde a las necesidades reales del colectivo de inmigrantes y refugiados.

Información y orientación en un sentido amplio acerca de sus derechos y deberes y de los servicios sociales y recursos a los que tienen acceso.

Apoyo legal, especialmente en lo que se refiere a los procedimientos administrativos, en materia de permisos de trabajo y residencia, reagrupación familiar, nacionalidad, etc., así como a las actuaciones antidiscriminatorias previstas en la Ley. En definitiva se pretende garantizar el asesoramiento jurídico a inmigrantes, solicitantes de asilo, refugiados y desplazados en consonancia con lo previsto en los artículos 20.1 y 21 de la Ley 4/2000. Esta garantía supone dar cobertura jurídica en los temas de extranjería en lo que no quede cubierto por los sistemas generales.

En el presente ejercicio se financiará el mantenimiento del proyecto siguiente:

B.1 Proyecto «Asesoramiento a Inmigrantes»:

Isla: Fuerteventura.

Entidad que lo ejecuta: Comisión Española de Ayuda al Refugiado.

Objetivo general: Ofrecer un servicio de asesoramiento jurídico y atención sociolaboral básica.

C) Programa de Formación, Lengua y Cultura.

Por medio de este Programa se cubren los siguientes objetivos:

Favorecer la integración social de la población inmigrante a través del aprendizaje de la lengua y cultura de la sociedad de acogida.

Aumentar en la población inmigrante la formación básica imprescindible para una posterior integración sociolaboral.

Durante el presente año se financiará el mantenimiento de los proyectos que a continuación se exponen:

C.1 Proyecto «Aprendizaje de la Lengua, Cultura Española y Apoyo Escolar»:

Isla: Gran Canaria.

Entidad que lo ejecuta: Asociación Las Palmas Acoge.

Objetivos generales: Enseñar a los inmigrantes la lengua, cultura y costumbres de nuestra sociedad.

Potenciar la integración de los menores en el medio escolar y ofrecerles apoyo.

C.2 Programa «Atención al Colectivo Menores Inmigrantes»:

Isla: Gran Canaria.

Entidad que lo ejecuta: Cruz Roja Española.

Objetivo general: Facilitar y mejorar las posibilidades de integración social y cultural a los menores usuarios del Programa de Inmigrantes, proporcionándoles apoyo educativo, conocimientos y comprensión de nuestra cultura.

D) Programa de Atención e Información Social.

La ejecución de este Programa cubre el objetivo de crear servicios diurnos de información, orientación y derivación, así como prestar apoyo y acompañamiento a la población inmigrante durante el itinerario de inserción.

En el año 2000, se financiará el mantenimiento del Proyecto Centro de Día: Sur Acoge y la puesta en marcha del Programa Manual de Recursos Sociales de Inmigrantes en la Comunidad Autónoma de Canarias:

D.1 Programa «Centro de Día: Sur Acoge»:

Isla: Gran Canaria.

Entidad que lo ejecuta: Asociación Las Palmas Acoge.

Objetivos generales: Ofrecer un servicio de información y asesoramiento a los inmigrantes, atender las necesidades de higiene del inmigrante «sin techo», y garantizar un servicio de reparto de alimentos a familias sin recursos.

D.2 Programa «Manual de Recursos Sociales para Inmigrantes en la Comunidad Autónoma de Canarias»:

Isla: Gran Canaria.

Entidad que lo ejecuta: Asociación CITE Canarias.

Objetivos generales: Facilitar a los inmigrantes recién llegados información sobre las entidades, tanto públicas como privadas a las que deben dirigirse, con el fin de que obtengan unos servicios de asesoramiento y gestión, adecuados a sus necesidades; así como otros aspectos socio-sanitarios que les ayuden a desenvolverse de una manera eficaz, favoreciendo su integración en la sociedad de acogida.

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