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Documento BOE-A-2001-8823

Resolución de 12 de febrero de 2001, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Protocolo 2000 adicional al Convenio de colaboración suscrito el 30 de diciembre de 1998, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Andalucía, para el desarrollo de actuaciones conjuntas en materia de atención a inmigrantes, refugiados, solicitantes de asilo y desplazados.

Publicado en:
«BOE» núm. 110, de 8 de mayo de 2001, páginas 16508 a 16510 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2001-8823

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Protocolo 2000 adicional al Convenio de colaboración firmado el 30 de diciembre de 1998, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Andalucía, para el desarrollo de actuaciones conjuntas en materia de atención a inmigrantes, refugiados, solicitantes de asilo y desplazados, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 12 de febrero de 2001.–El Secretario general técnico, Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda.

ANEXO
Protocolo 2000 adicional al Convenio de colaboración suscrito el 30 de diciembre de 1998, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, para el desarrollo de actuaciones empuntas en materia de atención a inmigrantes, refugiados, solicitantes de asilo y desplazados

En Madrid a 27 de octubre de 2000.

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor don Juan Carlos Aparicio Pérez, Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 561/2000, de 27 de abril, en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en el artículo 2, apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del 14).

Y de otra parte, el excelentísimo señor don Isaías Pérez Saldaña, Consejero de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir, y

EXPONEN

Primero.

Que el Ministerio de Trabajo y de Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Andalucía suscribieron, en fecha 30 de diciembre de 1998 Convenio de colaboración para la cofinanciación de programas para facilitar la integración social de los inmigrantes, refugiados, solicitantes de asilo y desplazados, que recogía los siguientes programas prioritarios:

1. Observatorio Permanente de la Inmigración.

2. Órganos de participación y consulta.

3. Red de información, orientación y apoyo legal a inmigrantes.

4. Intercambio de información y asesoramiento.

5. Programas territoriales de acogida e integración social.

6. Programas de empadronamiento.

Segundo.

Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud de las competencias que le vienen atribuidas por la Constitución y los Reales Decretos 758/1996, de 5 de mayo, y 1888/1996, de 2 de agosto, que establece su estructura orgánica básica, y la Comunidad Autónoma de Andalucía, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, que aprueba el Estatuto de Autonomía de la misma, tienen competencias en materia de acción social y servicios sociales.

Por otra parte, en la Ley 54/1999, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2000, y en la Ley 16/1999, de 28 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2000 («Boletín Oficial del Estado» de 1 de febrero de 2000), se establecen dotaciones presupuestarias para estos fines.

Tercero.

Que el Convenio citado establece en su cláusula quinta la prórroga automática de aquél para convocatorias sucesivas, de no mediar denuncia expresa de alguna de las partes.

Cuarto.

Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las cantidades económicas expresadas en el anexo del citado Convenio, que deberán ser actualizadas cada año con el fin de ajustarlas a los presupuestos presentados por la Comunidad Autónoma y las previsiones presupuestarias que se establezcan.

Quinto.

Que, de conformidad con las Comunidades Autónomas en la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales, celebrada el 8 de febrero de 2000, el Gobierno por Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 18 de febrero de 2000, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 57, de 7 de marzo, aprobó los criterios de distribución entre Comunidades Autónomas del crédito presupuestario, con una dotación de 500.000.000 de pesetas, incluido en la aplicación 19.04.313L.456, así como las prioridades a las que deberán ajustarse los programas a cofinanciar.

Sexto.

Que, habiéndose efectuado, conforme al procedimiento previsto en el Convenio antes citado, la determinación de las aportaciones económicas de las partes correspondientes al año 2000, procede instrumentarlas a través del presente Protocolo adicional, junto con la selección de programas realizada conjuntamente por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y por la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, y aprobada, asimismo, a efectos de financiación conjunta.

Por todo lo manifestado, en base al artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y de la cláusula quinta del Convenio de colaboración para la realización de programas suscrito el 30 de diciembre de 1998, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, ambas partes,

Acuerdan suscribir el presente Protocolo adicional, el cual se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

La Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Andalucía incorporan al Convenio de colaboración de fecha 30 de diciembre de 1998 los programas seleccionados conjuntamente para su ejecución durante el ejercicio económico de 2000, los cuales se unen al mismo mediante el anexo.

La duración de este Protocolo adicional, de acuerdo con la cláusula quinta del citado Convenio de colaboración suscrito en 1998, se establece para el año 2000 y su correspondiente ejercicio económico, dado que al mismo se refieren las dotaciones presupuestarias que cada parte designa para su financiación.

Segunda.

Que con cargo a la aplicación presupuestaria 19.03.313L.456 del Plan de Integración Social de los Inmigrantes, la aportación económica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para los fines del presente Protocolo es de 60.026.206 pesetas.

La Comunidad Autónoma de Andalucía se compromete a asumir la corresponsabilidad en la financiación aportando la cantidad de 60.026.206 pesetas.

Tercera.

En el supuesto de resolución por incumplimiento contemplado en la cláusula sexta del Convenio, las actuaciones en curso se culminarán, no iniciándose ninguna nueva a partir de la fecha de denuncia del Convenio.

Cuarta.

La dotación económica para la ejecución del Convenio, dentro del ejercicio económico 2000, es la que aparece desglosada para cada Comunidad Autónoma en el anexo.

Y en prueba de conformidad, suscriben el presente Protocolo adicional, en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha anteriormente indicados.—El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Juan Carlos Aparicio Pérez.—El Consejero de Asuntos Sociales, Isaías Pérez Saldaba.

ANEXO AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES Y LA CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA PARA EL AÑO 2000

El presente anexo regulará la financiación y los aspectos técnicos de puesta en marcha de las áreas de colaboración establecidas en el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Asuntos Sociales en materia de inmigración.

En el presente año 2000, tanto el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, con cargo a la aplicación presupuestaria 19.04.313L.456, como la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, con cargo a su programa presupuestario 22H, destinarán para las actuaciones descritas a continuación la cuantía de 60.026.206, cada uno de ellos, lo que supone una financiación de 120.052.412 pesetas.

Dichos fondos se distribuirán entre los siguientes programas:

Programa

Ministerio

Pesetas

Comunidad

Autónoma

Pesetas

Total

Pesetas

Observatorio Permanente de la Inmigración. 8.100.000 10.000.000 18.100.000
Red de información, orientación y apoyo legal y social a inmigrantes. 15.000.000 30.000.000 45.000.000
Acciones de información, sensibilización y empadronamiento. 16.926.206 10.600.206 27.526.412
Mediación intercultural e interpretación intercultural. 20.000.000 9.426.000 29.426.000
  Total programas. 60.026.206 60.026.206 120.052.412
Primero. El Observatorio Permanente de la Inmigración (OPI) en Andalucía.

Se llevará a cabo la implantación y funcionamiento de la Red de Situación de la Integración del OPI en el territorio de la Comunidad Andaluza con el fin de disponer de un conocimiento más exacto de la realidad y mejorar por tanto la planificación de las acciones a desarrollar para lograr la integración social del colectivo inmigrante.

Igualmente, se iniciará una línea de trabajo destinada a la realización de estudios y publicaciones relativas a la inmigración en la Comunidad de Andalucía, con el fin de poder ejecutar una política acorde con las realidades sociales de estos colectivos.

La Comunidad de Andalucía remitirá al OPI información acerca de la escolarización de niños extranjeros, así como acerca de los datos disponibles de extranjeros incluidos en los padrones municipales de su ámbito geográfico, y se iniciará la colaboración en el seguimiento de dichos datos que permita la evaluación del impacto de las campañas que en ese sentido realicen. Igualmente, la Comunidad de Andalucía remitirá la información correspondiente a las estadísticas e informaciones relativas a inmigrantes extranjeros de aquellos proyectos dirigidos ala integración social de inmigrantes, solicitantes de asilo, refugiados y desplazados, en los que interviene la citada Comunidad en la actualidad.

Por su parte, el OPI remitirá a la Comunidad de Andalucía la información que elabore, tanto la referente a la Red de Situación de la Integración, como las estadísticas y publicaciones que lleve a efecto.

Durante el presente ejercicio, se destinarán 8.100.000 pesetas para la realización de estudios y publicaciones relativos al fenómeno de la inmigración en Andalucía.

Igualmente, se destinarán 10.000.000 de pesetas para puntos de red OPI en Andalucía, tratamiento de la información y jornadas formativas para los responsables de los distintos puntos en Andalucía.

Los puntos previstos por Comunidad Autónoma están localizados y gestionados de la forma siguiente:

Almería:

El Ejido. Entidad: Ayuntamiento.

Roquetas de Mar. Entidad: Ayuntamiento.

La Mojonera. Entidad: Ayuntamiento.

Níjar. Entidad: Comisiones Obreras de Andalucía.

Cádiz:

Algeciras. Entidad: UGT Andalucía.

Cádiz. Entidad: CARDIN.

Granada:

Zafarraya. Entidad: Mancomunidad de Municipios Alhama-Temple.

Granada (capital). Entidad: Ayuntamiento.

Huelva:

Cartaya. Entidad: Ayuntamiento.

Moguer. Entidad: Ayuntamiento.

Jaén:

Jaén (capital). Entidad: Jaén-Acoge.

Villacarrillo. Entidad: Ayuntamiento-Diputación de Jaén.

Málaga:

Málaga (capital). Entidad: Málaga-Acoge.

Marbella. Entidad: UGT Andalucía.

Nerja. Entidad: CC. 00. Andalucía.

Sevilla:

Sevilla (capital). Entidad: Sevilla-Acoge.

Asimismo, el OPI asegurará la recepción por parte de la Junta de Andalucía de la información de la Red de Situación de la Integración correspondiente a los puntos promovidos directamente por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales en el territorio de la Comunidad Autónoma.

Por su parte, la Junta de Andalucía remitirá al OPI los datos de la Red de Situación de la Integración recabados durante la vigencia del presente Convenio en soporte informático y, en su caso, los informes que sobre los mismos se elaboren.

La Comunidad de Andalucía y el OPI realizarán antes de la finalización de 2000 un plan de actuaciones para 2001 en el que, además del intercambio de datos e información referentes a extranjeros en el ámbito de la Comunidad, se tengan en cuenta actuaciones relativas a estudios y publicaciones de mutuo interés.

Segundo. Red de información, orientación y apoyo legal.

La red se configura como un conjunto coordinado de puntos de información, orientación y apoyo legal distribuidos estratégicamente en el territorio de la Comunidad, que responde a las necesidades reales del colectivo de inmigrantes y refugiados.

Información y orientación en un sentido amplio acerca de sus derechos y deberes y de los servicios sociales y recursos a los que tienen acceso.

Apoyo legal, especialmente en lo que se refiere a los procedimientos administrativos, en materia de permisos de trabajo y residencia, reagrupación familiar, nacionalidad, etc., así como a las actuaciones antidiscriminatorias previstas en la Ley. En definitiva, se pretende garantizar el asesoramiento jurídico a inmigrantes, solicitantes de asilo, refugiados y desplazados en consonancia con lo previsto en los artículos 20.1 y 21 de la Ley 4/2000. Esta garantía supone dar cobertura jurídica en los temas de extranjería en lo que no quede cubierto por los sistemas generales.

Los puntos se localizan y gestionan de la forma siguiente:

Córdoba: APIC (Asociación Pro Inmigrantes en Córdoba).

Huelva: UGT Andalucía.

Jaén: CC. OO. Andalucía.

Sevilla: Sevilla-Acoge.

La Junta de Andalucía coordinará las actuaciones de los distintos puntos mencionados y aquellos que el propio Ministerio financia y promueve en Andalucía, realizará actividades formativas con los profesionales de estos puntos y elaborará la documentación oportuna con el fin de promover una red especializada en Andalucía sobre la materia.

Los puntos de la red que el Ministerio financia a través del 0,52 por 100 del Impuesto de Retenciones sobre las Personas Físicas a entidades sin ánimo de lucro se integrarán a los efectos de coordinación y participación de la información en esta red. Por su parte, la Junta de Andalucía integrará a otros puntos de homologa naturaleza que colaboran con la Junta de Andalucía: MPDL (SE), AMAL (SE), Federación Mujeres Progresistas (SE), MAVID-A (SE), Asociación Guinea Bissau (SE-AL), Málaga-Acoge (MA), Algeciras-Acoge (CA), CARDIN (CA), CEAIN (Jerez), La Mitad del Cielo (Málaga), La Voz del Inmigrante (SE), ATIME (SE), Colectivo de Inmigrantes Independientes (SE).

Se destinarán 45.000.000 de pesetas para la consolidación de la red de información, orientación y apoyo legal y social a inmigrantes y la coordinación por parte de la Junta de Andalucía de los recursos financiados por ambas administraciones.

Tercero. Acciones de información, sensibilización y empadronamiento.

Durante el año 2000 la Comunidad de Andalucía y el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales realizarán conjuntamente en territorio andaluz una campaña de difusión para fomentar el empadronamiento de los inmigrantes de la Comunidad Autónoma, y con especial incidencia en los municipios donde consta una mayor presencia de ciudadanos de otros países.

Igualmente, la Comunidad de Andalucía y el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales llevarán a cabo actuaciones con el objetivo de evitar la discriminación y favorecer la tolerancia y la convivencia, tanto acciones de sensibilización destinadas a la sociedad de acogida como acciones de información dirigidas a la población inmigrante.

Para la realización de estas actuaciones se destinará en este ejercicio la cantidad de 27.526.412 pesetas.

Cuarto. Mediación e interpretación intercultural.

La mediación e interpretación intercultural se perfila como el nexo de unión entre el colectivo de inmigrantes y la sociedad de acogida. Los profesionales especializados en esta mediación permiten por su conocimiento de los dos sistemas culturales una adaptación de la intervención social al propio grupo, y sirven para dar apoyo a los profesionales de la intervención y como negociadores en situaciones de conflicto cultural.

Son numerosas las entidades que cuentan con profesionales en mediación, en su mayoría inmigrantes, tanto por el conocimiento del idioma como por el de su cultura. La necesaria especialización en esta área hace conveniente introducir esta cualificación en los servicios básicos de atención al inmigrante, que prestan las entidades colaboradoras.

Se destinan 29.426.000 pesetas para favorecer la contratación y formación de 10 profesionales en distintos puntos de Andalucía.

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