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Documento BOE-A-2001-8467

Orden de 11 de abril de 2001, de la Consejería de Presidencia, por la que se convoca la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo de Director de la Oficina de Calidad Alimentaria de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca, reservado a funcionarios de carrera.

Publicado en:
«BOE» núm. 104, de 1 de mayo de 2001, páginas 15946 a 15948 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cantabria
Referencia:
BOE-A-2001-8467

TEXTO ORIGINAL

Visto lo dispuesto en el Real Decreto 364/1995, de 10 de

marzo, por el que se aprueba el Reglamento General del Ingreso

del Personal al Servicio de la Administración del Estado y de

Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los

Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, de

aplicación supletoria al ámbito de la Comunidad Autónoma de

Cantabria, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley

4/1993, de 10 de marzo, de Función Pública, y concordante con

lo previsto en la Ley 23/1988, de 28 de julio, de modificaciones

de la Ley 30//1984, de Medidas para la Reforma de la Función

Pública.

Cumplidos los trámites previstos en la Ley 9/1987, de 17 de

junio, de Órganos de Representación, Determinación de las

Condiciones de Trabajo y Participación del Personal al Servicio de

las Administraciones Públicas, modificada por la Ley 7/1990, de

19 de julio, sobre negociación colectiva y participación en la

determinación de las condiciones de trabajo de los empleados públicos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.2.N) de la

Ley 4/1993, de 10 de marzo, de la Función Pública de la

Administración de la Diputación Regional de Cantabria, dispongo:

Convocar la provisión, por el sistema de libre designación del

puesto de trabajo que se relaciona en el anexo I, con arreglo

a las siguientes bases:

Primera.-Podrán tomar parte en este procedimiento los

funcionarios de carrera de la Administración de la Comunidad

Autónoma de Cantabria o de cualesquiera otras Administraciones

Públicas de los grupos A y B, que reúnan los requisitos establecidos

para el desempeño del puesto de trabajo objeto de esta

convocatoria.

Segunda.-Las solicitudes, dirigidas al excelentísimo señor

Consejero de Presidencia, se presentarán ajustadas al modelo que

figura como anexo II, en el Registro General de la Administración

de la Comunidad Autónoma de Cantabria (calle Casimiro Sainz,

4, 39003 Santander) o serán enviadas por cualquiera de los

procedimientos que establece el artículo 38 de la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en el plazo de quince días hábiles,

contados desde el siguiente a la última publicación de esta

convocatoria, ya sea en el "Boletín Oficial de Cantabria" o en el "Boletín

Oficial del Estado".

Tercera.-Junto con la solicitud, los aspirantes acompañarán

su currículum vitae, en el que consten títulos académicos, años

de servicio, puestos de trabajo desempeñados y otros méritos que

deseen poner de manifiesto. Asimismo, harán constar

detalladamente las características del puesto que vinieran desempeñando.

Los méritos alegados por los concursantes que no consten en

sus expedientes deberán ser acreditados mediante documentos

originales o compulsados.

Cuarta.-Se podrá convocar, si se estimara conveniente, a los

aspirantes para la celebración de entrevistas personales que

permitan deducir sus aptitudes para el desempeño del puesto de

trabajo solicitado.

Quinta.-Los nombramientos de libre designación requerirán

el informe previo del titular del centro, organismo o unidad a

que figure adscrito el puesto convocado. Si fueran a recaer en

un funcionario destinado en otro centro o unidad, requerirán el

informe previo del titular del mismo. De no emitirse en el plazo

de quince días naturales se considerará favorable.

Sexta.-La presente convocatoria se resolverá mediante

resolución del Consejero de Ganadería, Agricultura y Pesca, que será

publicada en el "Boletín Oficial de Cantabria" en el plazo máximo

de un mes, contado desde la finalización de presentación de

solicitudes, que podrá ser prorrogado hasta un mes más. No podrá

declararse desierto el puesto convocado por este sistema, salvo

excepción motivada, cuando los participantes reúnan los requisitos

indispensables para su desempeño.

Séptima.-El plazo de toma de posesión del nuevo destino

obtenido será de tres días hábiles si radica en la misma localidad,

o de un mes si radica en localidad distinta o si se trata de reingreso

al servicio activo.

El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir

del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los

tres días hábiles siguientes a la publicación de la correspondiente

resolución del procedimiento en el "Boletín Oficial de Cantabria".

Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo

de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.

El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen

los permisos y licencias que, en su caso, hayan sido concedidos

a los interesados, salvo que por causas justificadas el órgano

convocante pueda suspender el disfrute de los mismos.

A todos los efectos, el plazo posesorio se considerará como

de servicio activo, excepto en los supuestos de reingreso desde

la situación de excedencia voluntaria.

Octava.-Los destinos que se deriven de la resolución del

presente procedimiento tendrán la consideración de voluntarios y,

en consecuencia, no generarán derecho a indemnización.

Contra la presente Orden, y cuantos actos deriven de la misma,

cabe interponer recurso de alzada ante el Consejo de Gobierno

en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la

publicación de la misma.

Santander, 11 de abril de 2001.-El Consejero, Juan José

Fernández Gómez.

ANEXO I

Consejería: Ganadería, Agricultura y Pesca. Denominación:

Director de la Oficina de Calidad Alimentaria.

Grupo: A/B. Cuerpo: Técnicos Superiores, Facultativos

Superiores, Gestión, Diplomados y Técnicos Medios de la

Administración del Gobierno de Cantabria o equivalentes de otras

Administraciones. Nivel: 26. Complemento específico: 2.789.168

pesetas. Régimen de dedicación: III. Formación específica:

Conocimientos de gestión, dirección y organización. Observaciones:

Puesto abierto a otras Administraciones Públicas. Localidad:

Muriedas.

ANEXO II: (Ver imagen página 15948)

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