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Documento BOE-A-2001-8406

Resolución de 27 de marzo de 2001, de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, de homologación e inscripción en el Registro del siguiente producto fabricado por "Cartonajes M. Petit, Sociedad Anónima", con contraseña 02-H-816: Embalaje combinado, marca y modelo "Cartonajes M. Petit, Sociedad Anónima", Enio Ultra 1 kg, para el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril y vía marítima y vía aérea.

Publicado en:
«BOE» núm. 103, de 30 de abril de 2001, páginas 15833 a 15834 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2001-8406

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial del Departamento de Industria, Comercio y Turismo de la Generalidad de Cataluña la solicitud presentada por «Cartonajes M. Petit, Sociedad Anónima», con domicilio social en calle Sant Josep, 137, polígono industrial. «El Pla», municipio de Sant Feliu de Llobregat (Barcelona), para la homologación e inscripción en el Registro del siguiente producto fabricado por «Cartonajes M. Petit, Sociedad Anónima», en su instalación industrial ubicada en Sant Feliu de Llobregat: Embalaje combinado, marca y modelo «Cartonajes M. Petit, Sociedad Anónima», Enio Ultra 1 kg, para el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril, vía marítima y vía aérea;

Resultando que la interesada ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya homologación e inscripción en el Registro se solicita, y que la EIC-ENICRE, ICICT, mediante informe, certificado y acta con clave VC.BB.33017545/01, ha hecho constar que el tipo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por Orden ministerial de 17 de marzo de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 31), modificada por la de 28 de febrero de 1989, sobre homologaciones de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas, he resuelto:

Homologar el tipo del citado producto con la contraseña de inscripción 02-H-816 y definir, por último, como características técnicas para cada marca y modelo registrado las que se indican a continuación:

Marca y modelo: «Cartonajes M. Petit, Sociedad Anónima», Enio Ultra 1 kg.

Características y productos autorizados a transportar: Los indicados en el anexo.

Esta homologación se hace únicamente en relación con la Orden ministerial de 17 de marzo de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 31), modificada por la de 28 de febrero de 1989, sobre homologaciones de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas; por tanto, con independencia de la misma, se habrá de cumplir cualquier otro Reglamento o disposición que le sea aplicable, debiéndose presentar la conformidad de la producción con el tipo homologado antes del 27 de marzo de 2003 (Orden ministerial de 28 de febrero de 1989).

Esta Resolución de homologación solamente puede ser reproducida en su totalidad.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Comercio y Turismo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 27 de marzo de 2001.—El Director general, P. D. (Resolución de 7 de octubre de 1996 «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» de 13 de noviembre), el Jefe del Servicio de Automóviles y Metrología, Joan Pau Clar Guevara.

ANEXO

Fabricante:

«Cartonajes M. Petit, Sociedad Anónima».

Calle Sant Josep, 137, Polígono industrial «El Pla», 08980 Sant Feliu de Llobregat (Barcelona).

Nombre EIC y número informe: «ICICT, Sociedad Anónima»/VC.BB.33017545/01.

Contraseña homologación:

ADR 02-H-816-11
RID/IMDG/OACI 02-H-816

Características del envase/embalaje:

Envases interiores:

Botella de polietileno de alta densidad PEHD.

Dimensiones: Diámetro: 82 milímetros Altura: 266 milímetros hasta la boca sin tapón.

Boca de 21 milímetros diámetro interior.

Cierre: Consta de un obturador de plástico con agujero central y tapón de PE con disco de polexán.

Tara: Botella: 52 gramos. Tapón y obturador: 5 gramos. Total: 57 gramos.

Capacidad al ras: 1.073 mililitros Capacidad al 98 por 100 de llenado: 1.051 mililitros.

Capacidad nominal: 1 litro.

Número de envases: 20, colocadas en un solo piso sin separador.

Embalaje exterior:

Caja tipo 0201 del código FEFCO, de cartón ondulado doble-doble, canales B y C.

Dimensiones exteriores: 430 × 345 × 295 milímetros. Peso de la caja vacía: 741 gramos.

Peso bruto de la caja llena: 26 kilogramos.

Gramaje total del cartón: 760 gramos/metro cuadrado.

Composición del cartón: K 180 F120/B 115/F 130/K 130.

Cierre de la caja: Con cinta adhesiva de 5 centímetros ancho.

Marcado: UN 4G/Y 26/S/*/E/**/***

* Fecha fabricación.

** «Cartonajes M. Petit, Sociedad Anónima».

*** Número de contraseña.

Materias peligrosas a transportar de la clase 3:

ADR/RID: Grupo de envase/embalaje: II y III:

Apartados: b) y c) del marginal 2301 del ADR y 301 del RID.

Excepto: La nitroglicerina en solución alcohólica del apartado 6.º, la propilenimina del 12, y el isocianato de etilo del 13.

Los preparados del 31, c), 32, c) y 33.c) que desprendan dióxido de carbono y/o nitrógeno irán provistos de un venteo.

IMO/IMDG: Grupo de envase/embalaje: II y III:

Materias: Materias que requieran grupos de embalaje II y/o III.

Excepto: Números ONU: 2478, 1308, 1222, 3064, 1865, 1261.

IATA/OACI: Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Materias que requieran grupos de embalaje II o III y requieran las siguientes instrucciones de embalaje: 302, 302, 304 (sólo números ONU 1196, 1250, 1723), 305, 306 (sólo números ONU 1111, 1154, 1184, 1204, 1228, 1277, 1279, 1717, 2347, 2402, 2478, 2486, 2493), 307, 308 (sólo números ONU 1111, 1154, 1184, 1204, 1228, 1277, 1278, 1279, 1717, 2347, 2363, 2402, 2478, 2486, 2493), 309 y 310.

Se exceptúan las materias que requieran instrucciones de embalaje 303, cuyo punto de ebullición sea de 35 oC o inferior.

Materias peligrosas a transportar de la clase 5.1:

ADR/RID: Grupo de envase/embalaje: II y III:

Apartados: b) y c) del marginal 2501 del ADR y 501 del RID.

Excepto: Las materias del 5.o y las soluciones de nitrato amónico del 20.

Los envases que contengan materias del 1, b) o 1, c) irán provistos de un venteo.

IMO/IMDG: Grupo de envase/embalaje: II y III:

Materias: Números ONU 2429, 3210, 2984, 1470, 3218, 3219, 3139, 3098, 3099, 3211, 3214, 3216, 2427, 2428.

IATA/OACI: Grupo de envase/embalaje: III:

Materias: Materias que requieran grupos de embalaje III y requieran las instrucciones de embalaje: 501 (sólo números ONU 1873, 3099, 3149), 503, 505, 506, 507, 514 y 515.

Materias peligrosas a transportar de la clase 5.2:

ADR/RID: Grupo de envase/embalaje: II y III:

Apartados: Peróxidos orgánicos de tipos C, D, E y F, líquidos, incluidos en el marginal 2551 del ADR, y 551 del RID, que requieran métodos de embalaje OP6, OP7 y OP8.

IMO/IMDG: Grupo de envase/embalaje: II y III:

Materias: Peróxidos orgánicos líquidos de tipos C, D, E y F, líquidos, que requieran métodos de embalaje OP6, OP7 y OP8.

IATA/OACI: Grupo de envase/embalaje: II:

Materias: Materias que requieran grupos de embalaje II y requieran las instrucciones de embalaje: 502 (sólo número ONU 3103, 3105, 3107, 3109).

Materias peligrosas a transportar de la clase 6.1:

ADR/RID: Grupo de envase/embalaje: II y III:

Apartados: b) y c) del marginal 2601 del ADR y 601 del RID.

Excepto: El cianuro de hidrógeno estabilizado del 1.o, las soluciones de ácido cianhídrico del 2.o, los metales carbonilos del 3.o, la etilenimina del 4.o y el isocianato de metilo del 5.o

IMO/IMDG: Grupo de envase/embalaje: II y III:

Materias: Materias líquidas que requieran grupos de embalaje II y/o III. Excepto: Números ONU 1569, 3250, 1600, 3281, 2312, 1693, 3123, 1701. IATA/OACI: Grupo de envase/embalaje: II y III:

Materias: Materias líquidas a las que corresponden grupos de embalaje II o III y requieran las siguientes instrucciones de embalaje: 604, 605 (sólo números ONU 1593, 1710, 1897, 1935, 2024, 2485, 2831), 609, 610 (sólo números ONU 1638, 1702, 1750, 1846, 1888, 3071), 611, 612 (sólo número ONU 1593, 1638, 1701, 1702, 1710, 1737, 1738, 1750, 1846, 1888, 1897, 1916, 1935, 2024, 2788, 2831, 3071), 617, 618, 620.

Materias peligrosas a transportar de la clase 8:

ADR/RID: Grupo de envase/embalaje: II y III:

Apartados: b) y c) del marginal 2801 del ADR y 801 del RID.

Excepto: Las materias del 6.o, 14 y el oxibromuro de fósforo del 15.

IMO/IMDG: Grupo de envase/embalaje: II y III:

Materias: Materias líquidas que requieran grupo de embalaje II y/o III.

Excepto: Números ONU 3301, 3094 y 2809.

IATA/OACI: Grupo de envase/embalaje: II y III:

Materias: Materias líquidas a las que corresponden grupos de embalaje II o III y requieren las siguientes instrucciones de embalaje: 808, 809 *, 813 **, 818, 819, 820 y 821.

Materias peligrosas a transportar de la clase 9:

ADR/RID: Grupo de envase/embalaje: II y III:

Apartados: b) y c) del marginal 2901 del ADR y 901 del RID.

Excepciones: Las materias del 3.o, 5.o, 6.o, 7.o, 8.o, 13, 20, 21 y 36

IMO/IMDG: Grupo de envase/embalaje: II y III:

Materias: Materias que requieran grupo de embalaje II y/o III siguientes: Números ONU 1990, 1941 y 3082.

IATA/OACI: Grupo de envase/embalaje: II y III:

Materias: Materias líquidas a las que corresponden grupos de embalaje II o III y que requieren las siguientes instrucciones de embalaje: 906, 907 y 914.

(*) Se exceptúan las materias número ONU 1796, 1826, 2031.

(**) Se exceptúan las materias número ONU 1796, 1826.

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