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Documento BOE-A-2001-8394

Resolución de 9 de abril de 2001, de la Dirección General de Universidades, por la que se autorizan prolongaciones de estancia de investigadores extranjeros en régimen de año sabático en España en el marco del Programa Sectorial de Formación de Personal Investigador.

Publicado en:
«BOE» núm. 103, de 30 de abril de 2001, páginas 15824 a 15825 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2001-8394

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de la entonces Secretaria de Estado de Educación, Universidades, Investigación y Desarrollo de 23 de abril de 1999 («Boletín Oficial del Estado» de 10 de mayo), se hacía pública la convocatoria para la concesión de ayudas y subvenciones para estancias de investigadores, científicos y tecnólogos extranjeros en España dentro del Programa Nacional y Sectorial de Formación de Personal Investigador.

Al amparo del punto 1.3.3 de las normas de aplicación específica de la mencionada convocatoria, se han recibido escritos de solicitud de prolongación de estancia.

Vista la propuesta elevada por la Subdirectora general, teniendo en cuenta el informe presentado por los interesados y evaluados los objetivos científicos que se pretende alcanzar,

En uso de las atribuciones conferidas por la Resolución de convocatoria, he resuelto:

Único.

La concesión de las subvenciones relacionadas en el anexo a los organismos que se señalan, destinadas a la financiación de las prolongaciones de estancias de Profesores extranjeros en régimen de año sabático en centros de investigación españoles, por un importe total de 49.884 (cuarenta y nueve mil ochocientos ochenta y cuatro) euros, 8.300.000 (ocho millones trescientas mil) pesetas.

El gasto será imputado a la aplicación presupuestaria 18.07.541A.781 de los vigentes Presupuestos Generales del Estado y, en su caso, cofinanciado con recursos del Fondo Social Europeo, con el desglose siguiente:

Año 2001: 45.376,41 euros (7.550.000 pesetas).

Año 2002: 4.507,59 euros (750.000 pesetas).

El organismo perceptor de la subvención presentará certificación que acredite que su importe se ha incorporado a su contabilidad en el plazo de un mes, a contar desde su percibo.

La subvención quedará afecta a los fines para los que se otorga.

Dentro de los tres meses siguientes a la terminación de la estancia, el organismo receptor deberá justificar el cumplimiento de los fines de la subvención, mediante certificación que acredite la aplicación desglosada de los fondos percibidos, los organismos sujetos a fiscalización por el Tribunal de Cuentas, o con los justificantes originales, los no sujetos a esa fiscalización. En ambos casos, deberá presentarse fotocopia del reintegro al Tesoro Público de los fondos no utilizados.

Los beneficiarios quedan obligados al cumplimiento de lo establecido en el apartado 1.4 de las normas de aplicación específica de la convocatoria de 23 de abril de 1999.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición, al amparo de los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Asimismo, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 6/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, que establece el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de reposición, en el supuesto de haberse presentado, sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Madrid, 9 de abril de 2001.−El Director general, Ismael Crespo Martínez.

Ilma. Sra. Subdirectora general de Becas y Ayudas para la Formación, Movilidad, Perfeccionamiento y Actualización de Conocimientos de Profesorado Universitario y Ayudantes Universitarios.

ANEXO
Apellidos, nombre Organismo Fecha de inicio Fecha de finalización
Jocic, Dragan Consejo Superior de Investigaciones Científicas. 1-4-2001 30-9-2001
Roussinova Skormrieva-Lazarova, Tzvetana. Universidad Autónoma de Barcelona. 1-4-2001 30-9-2001
Hasson, Esteban Rubén. Universidad Autónoma de Barcelona. 1-7-2001 28-2-2002
Santos Santos, Manuel. Universidad «Carlos III». 1-5-2001 30-6-2002

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