Suscrito el Protocolo 2000 adicional al Convenio de colaboración firmado el 30 de diciembre de 1997, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Aragón, para la realización de proyectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, a 12 de febrero de 2001.−El Secretario general técnico, Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda.
En Madrid, a 19 de diciembre de 2000.
REUNIDOS
De una parte el excelentísimo señor don Juan Carlos Aparicio Pérez, como Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 561/2000, de 27 de abril («Boletín Oficial del Estado» número 102, del 28), en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en el artículo 2, apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del 14).
Y de otra parte, el excelentísimo señor don Alberto Larraz Vileta, Consejero del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo, en virtud del Decreto de 4 de agosto de 1999, en nombre y representación de la Presidencia del Gobierno de Aragón.
Ambas partes se reconocen capacidad para obligarse y convenir, y
EXPONEN
Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Aragón suscribieron, en fecha 30 de diciembre de 1997, Convenio de colaboración para la cofinanciación de programas del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad.
Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud de las competencias que le vienen atribuidas por la Constitución y el Real Decreto 692/2000, de 12 de mayo, que establece su estructura básica, y la Comunidad Autónoma de Aragón, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 8/1992, de 10 de agosto, que aprueba el Estatuto de Autonomía de la misma, tienen competencias en materia de acción social y servicios sociales.
Por otra parte, en la Ley 54/1999, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2000 («Boletín Oficial del Estado» número 312, del 30), y en la Ley 14/1999, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Aragón, establecen dotaciones presupuestarias para estos fines.
Que el Convenio citado establece en su cláusula sexta la prórroga automática de aquél para convocatorias sucesivas, de no mediar denuncia expresa de alguna de las partes.
Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las cantidades económicas expresadas en la cláusula segunda del citado Convenio, así como los proyectos especificados en el anexo I del mismo, que deberán ser actualizados cada año con el fin de ajustarlos a los presupuestos presentados por las Comunidades Autónomas y las previsiones presupuestarias que se establezcan.
Que, de conformidad con las Comunidades Autónomas en la Conferencia Sectorial y Asuntos Sociales celebrada el día 7 de febrero de 2000, por Acuerdo de Consejo de Ministros, de fecha 18 de febrero de 2000, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 57, de 7 de marzo, se aprobaron los criterios de distribución entre Comunidades Autónomas del crédito presupuestario con una dotación de 700.000.000 de pesetas, incluido en la aplicación 19.04.313L.455, así como las prioridades a las que deberán ajustarse los proyectos a cofinanciar.
Que habiéndose efectuado, conforme al procedimiento previsto en el Convenio antes citado, la determinación de las aportaciones económicas de las partes correspondientes al año 2000, procede instrumentarlas a través del presente Protocolo adicional, junto con la selección de proyectos realizada por la Comunidad Autónoma de Aragón y aprobada, asimismo, a efectos de financiación conjunta.
Por todo lo manifestado, en base al artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y de la cláusula sexta del Convenio de colaboración para la realización de proyectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad suscrito el 30 de diciembre de 1997 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Aragón, ambas partes acuerdan suscribir el presente «Protocolo adicional», el cual se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
La Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Aragón incorporan al Convenio de colaboración de fecha 30 de diciembre de 1997 los proyectos seleccionados conjuntamente para su ejecución durante el ejercicio económico de 2000, los cuales se unen al mismo mediante el anexo I.
La duración de este Protocolo adicional, de acuerdo con la cláusula sexta del citado Convenio de colaboración suscrito en 1997, se establece para el año 2000 y su correspondiente ejercicio económico, dado que al mismo se refieren las dotaciones presupuestarias que cada parte designa para su financiación.
Que con cargo a la aplicación presupuestaria 19.04.313L.455 del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad, la aportación económica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para los fines del presente Protocolo es de 23.740.000 pesetas.
La Comunidad Autónoma de Aragón, las Corporaciones Locales y las instituciones, en su caso, de conformidad con los acuerdos suscritos entre ellas, se comprometen a asumir la corresponsabilidad en la financiación en una cuantía no inferior al 50 por 100, aportando la cantidad de 35.610.000 pesetas. La Comunidad Autónoma de Aragón ha presentado el correspondiente certificado de retención de crédito por la cuantía de su participación.
La dotación económica para la ejecución del Convenio, dentro del ejercicio económico 2000, es la que aparece desglosada para cada Comunidad Autónoma en el anexo II.
Y en prueba de conformidad, suscriben el presente Protocolo adicional, en triplicado ejemplar, en el lugar y fecha antes indicados.–El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Juan Carlos Aparicio Pérez.–El Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo, Alberto Larraz Vileta.
Comunidades Autónomas | Administración General MTAS | Comunidades Autónomas | Total proyectos |
---|---|---|---|
Andalucía | 137.490.000 | 139.897.027 | 277.387.027 |
Aragón | 23.740.000 | 35.610.000 | 59.350.000 |
Asturias | 21.570.000 | 21.570.000 | 43.140.000 |
Illes Balears | 13.730.000 | 31.278.697 | 45.008.697 |
Canarias | 30.480.000 | 31.364.340 | 61.844.340 |
Cantabria | 10.570.000 | 11.570.000 | 22.140.000 |
Castilla y León | 51.800.000 | 51.800.000 | 103.600.000 |
Castilla-La Mancha | 35.590.000 | 35.590.000 | 71.180.000 |
Cataluña | 104.020.000 | 104.020.000 | 208.040.000 |
Extremadura | 23.070.000 | 23.070.000 | 46.140.000 |
Galicia | 56.690.000 | 56.690.000 | 113.380.000 |
Madrid | 84.520.000 | 87.369.052 | 171.889.052 |
Murcia | 20.660.000 | 27.580.500 | 48.240.500 |
La Rioja | 10.500.000 | 10.500.000 | 21.000.000 |
Valencia | 71.370.000 | 76.721.231 | 148.091.231 |
Ceuta | 2.170.000 | 2.170.000 | 4.340.000 |
Melilla | 2.030.000 | 2.030.000 | 4.060.000 |
Totales | 700.000.000 | 748.830.847 | 1.448.830.847 |
Programa | Administración General | Cofinanciación | Total convocatoria | |||
---|---|---|---|---|---|---|
CC. AA. | CC. LL. | ONG,s | Total | |||
Atención diurna psíquicos | 1.528.040 | 2.292.060 | 2.292.060 | 3.820.100 | ||
Apoyo familiar enfermos mentales | 885.600 | 1.328.400 | 1.328.400 | 2.214.000 | ||
Mantenimiento Centro Ocupacional «Santo Ángel» | 21.326.360 | 31.989.540 | 31.989.540 | 53.315.900 | ||
Total | 23.740.000 | 35.610.000 | 35.610.000 | 59.350.000 |
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