Visto el expediente de indulto de doña Carmen Delicado Vizcaíno, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenada por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Albacete, en sentencia de fecha 30 de enero de 1997, como autora de un delito de malversación, a la pena de tres años de prisión e inhabilitación absoluta durante seis años, por hechos cometidos entre los años 1992 y 1993, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de marzo de 2001,
Vengo en conmutar a doña Carmen Delicado Vizcaíno la pena privativa de libertad impuesta, por otra de un año de prisión, dejando subsistentes los demás pronunciamientos contenidos en sentencia, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 4 de abril de 2001.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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