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Documento BOE-A-2001-7185

Real Decreto 394/2001, de 6 de abril, por el que se indulta a don Clemente Pérez Rivas.

Publicado en:
«BOE» núm. 87, de 11 de abril de 2001, páginas 13561 a 13561 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2001-7185

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de indulto de don Clemente Pérez Rivas, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado en virtud de exposición elevada, en cumplimiento del privilegio otorgado por el Rey Carlos III a la Cofradía de Nuestro Padre Jesús el Rico, condenado por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Málaga, en sentencia de fecha 29 de julio de 1993, como autor de dos delitos de robo con intimidación, con uso de armas, a la pena de ocho años y un día de prisión mayor por cada uno de los delitos; un delito de utilización ilegítima de vehículo de motor ajeno, a la pena de cuatro meses de arresto mayor y privación del permiso de conducir durante un año; un delito de tenencia ilícita de armas, a la pena de un año y seis meses de prisión, y un delito frustrado de utilización ilegítima de vehículo de motor ajeno, empleando intimidación con arma de fuego, a la pena de un año y seis meses de prisión menor y privación del permiso de conducir durante un año, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, que por auto de fecha 8 de mayo de 1997 fue revisada en base a la disposición transitoria quinta de la Ley Orgánica 10/1995, del 23 de noviembre, del nuevo Código Penal, quedando fijadas en dos penas de cinco años, dos penas de un año y seis meses y una de ocho días, por hechos cometidos en el año 1989; a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 6 de abril de 2001,

Vengo en indultar a don Clemente Pérez Rivas las penas privativas de libertad que tenga pendientes de cumplimiento el próximo día 11 de abril de 2001, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.

Dado en Madrid a 6 de abril de 2001.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ÁNGEL ACEBES PANIAGUA

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