Por Orden de 7 de febrero de 2001 ("Boletín Oficial del Estado"
del 10), se aprobó la relación provisional de admitidos y excluidos
a las pruebas selectivas para ingreso en la Escala Técnica de
Gestión de Organismos Autónomos, especialidad de Sanidad y
Consumo, convocadas por Orden de 14 de diciembre de 2000 ("Boletín
Oficial del Estado" del día 21).
Terminado el plazo de subsanación de defectos concedido por
la primera de las Órdenes citadas,
Este Ministerio, en uso de las atribuciones que le están
conferidas, resuelve:
Primero.-Declarar definitivamente aprobada la lista
provisional de admitidos con las modificaciones que se especifican en
el anexo I a la presente Orden.
Segundo.-Declarar definitivamente excluidos por los motivos
que se indican a los aspirantes que figuran en el anexo II a la
presente Orden.
Tercero.-Sustituir a doña Pilar Álvarez Gómez, Secretaria
suplente del Tribunal calificador, por don Mariano Madurga Sanz,
funcionario de la Escala Técnica de Gestión de Organismos
Autónomos, especialidad de Sanidad y Consumo, Licenciado en
Farmacia.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa,
se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo
de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación ante
los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso
administrativo de reposición, en el plazo de un mes, ante este Ministerio,
de conformidad con el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 26 de marzo de 2001.-La Ministra, P. D. (Orden de
4 de diciembre de 2000, "Boletín Oficial del Estado" del 20), el
Subsecretario, Julio Sánchez Fierro.
Ilma. Sra. Directora general de Recursos Humanos y Servicios
Económico-Presupuestarios.
ANEXO I
Aspirantes admitidos
Área de Farmacia
No
de
orden
Apellidos y nombre DNI
99 Ardaiz Ilundain, Elena ................... 33.444.133
100 Carreres Sanz, Eduardo ................. 73.774.112
101 Hermida Pérez, Carlos Víctor ............ 12.382.174
102 Neira Canalejo, Pedro ................... 50.797.653
Área de Veterinaria
No
de
orden
Apellidos y nombre DNI
222 Arauzo Burillo, Carlos ................... 25.172.951
223 Benítez Armas, Juana María ............. 44.306.501
224 Benito Revuelta, Encarnación ........... 7.524.538
225 Bielsa Piñero, Pilar Virginia ............. 5.427.136
226 Calle Ramos, Ángel Gabriel .............. 50.963.877
227 Campos Gil, Melina ..................... 40.439.480
228 Caramia, Leonardo ...................... 1.917.778
229 Castañeda Saiz, Esperanza .............. 13.943.266
230 Fender Soler, María Teresa .............. 50.763.988
231 Fernández Sánchez, Elena ............... 9.802.625
232 García Fernández, Cristina .............. 9.416.546
233 García Pérez, Álvaro .................... 50.104.507
234 González López, María Dolores .......... 380.555
235 Martínez Crespo, Sonia .................. 16.060.444
236 Martínez Zamorano, Beatriz ............. 5.428.063
237 Nieto Lozano, Eduardo .................. 51.394.474
238 Paradela Doval, María del Carmen ....... 33.327.369
239 Peralta Fernández, María Asunción ...... 31.243.902
240 Río Martín, María Elena ................. 3.831.672
241 Robles González, Fernando .............. 9.809.179
242 Rodríguez Serrano, Tomás Miguel ....... 34.973.413
243 Samos Juárez, Julia María ............... 44.379.690
244 Sebastián Ponce, Miren Itxaso ........... 20.175.910
245 Tejedor Martín, Francisco Javier ......... 3.438.740
246 Zabala Argüelles, Sonsoles Mercedes .... 51.064.038
ANEXO II
Aspirantes excluidos
Área de Farmacia
No
de
orden
Apellidos y nombre DNI
1 Díaz Infantes, María del Sol (6) .......... X/5.400.272
2 García Martín, Susana (7) ............... 7.230.109
No
de
orden
Apellidos y nombre DNI
3 García Rodríguez, Mónica Beatriz (1) ..... 45.075.347
4 Gil Bueno, Cristina (1) ................... 51.687.457
5 Gómez Muñoz, María Teresa (2) ......... 51.391.327
6 Hijosa Martínez, Elvira (2) ............... 5.202.049
7 López Laso, María Vicenta (5) ........... 678.703
8 Marín Arriaza, María de las Mercedes (6) . 1.824.331
9 Molina Periz, Eva (3, 5 y 6) .............. 19.003.161
10 Navarro Belloch, Raquel (5 y 6) .......... 18.994.412
11 Navarro de Haro, María Dolores (3 y 4) ... 26.213.935
12 Pretel Flores, María Isabel (3) ............ 5.195.734
Área de Veterinaria
No
de
orden
Apellidos y nombre DNI
1 Arcay Fernández, Jesús Alberto (2) ...... 36.077.231
2 Curiel Marín, María Rosa (4) ............. 24.279.627
3 Díaz de Tuesta García, Juan Ángel (2) .... 12.394.846
4 Fidalgo Colado, María Isabel (3, 4 y 5) ... 9.781.613
5 González Santana, Mercedes (4) ......... 52.846.862
6 Jiménez Santana, Tais Olivia (3, 4 y 5) ... 44.700.003
7 Larrosa Febas, María Soledad (4 y 5) ..... 18.026.057
8 Lejonagoitia Antón, Roberto (3 y 4) ...... 20.185.494
9 Maldonado Borrego, Eugenia (3, 4 y 5) ... 30.787.411
10 Martínez Pulido, Mario Ángel (2 y 6) ..... 52.545.093
11 Monroy Fernández, Fernando (4) ........ 7.231.343
12 Núñez Juárez, Rosana (4) ................ 9.798.311
13 Pérez Cobo, Iratxe (3 y 4) ................ 44.679.680
14 Riesco Toral, María Montserrat (3, 4 y 5) . 10.198.428
15 Saavedra Carballido, María José (4 y 5) .. 52.848.618
16 Suárez del Castillo, Laura (2) ............ 52.848.618
17 Vicente Burgo, José Manuel de (2) ....... 32.788.650
Causas de exclusión:
1. Presentación de la solicitud fuera de plazo.
2. No acredita el ingreso del importe de la tasa por derechos
de examen en la forma establecida en la base 3.5 de la
convocatoria, dado que no consta en su solicitud la certificación
mecánica o, en su defecto, sello y firma autorizada de la entidad
colaboradora donde se realiza el ingreso.
3. No acredita estar exento del pago de la tasa por derechos
de examen, dado que no justifica ser demandante de empleo
durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la
convocatoria (21 de diciembre de 2000).
4. No acredita estar exento del pago de la tasa por derechos
de examen, dado que no justifica no haber rechazado oferta de
empleo adecuado ni haberse negado a participar, salvo causa
justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión
profesional.
5. No acredita estar exento del pago de la tasa por derechos
de examen, dado que no acompaña declaración jurada o promesa
de carecer de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario
mínimo interprofesional.
6. No acompaña fotocopia DNI o ésta es ilegible.
7. No acredita estar exento del pago de la tasa por derechos
de examen, dado que no figura como demandante de empleo.
8. No presenta fotocopia compulsada del documento nacional
de identidad o pasaporte.
9. Presenta la tarjeta de residente comunitario en fotocopia,
sin compulsar.
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