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Documento BOE-A-2001-6144

Orden de 8 de marzo de 2001 por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de febrero de 2001, por el que, conforme a lo dispuesto en la letra a) del apartado 1 del artículo 17 de la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia, se decide no oponerse a la operación de concentración económica consistente en la adquisición por parte del "Banco de Sabadell, Sociedad Anónima" del 98,9 por 100 del capital social de "Banco Herrero, Sociedad Anónima".

Publicado en:
«BOE» núm. 75, de 28 de marzo de 2001, páginas 11639 a 11639 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2001-6144

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento del artículo 15 del Real Decreto 1080/1992, de 11 de septiembre, por el que se aprueba el procedimiento a seguir por los órganos de defensa de la competencia en concentraciones económicas, y la forma y contenido de su notificación, se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de febrero de 2001, por el que, conforme a lo dispuesto en la letra a) del apartado 1 del artículo 17 de la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia, se decide no oponerse a la operación de concentración económica consistente en la adquisición por parte del «Banco de Sabadell, Sociedad Anónima» del 98,9 por 100 del capital social de «Banco Herrero, Sociedad Anónima», que a continuación se relaciona:

«Vista: La notificación realizada al Servicio de Defensa de la Competencia por parte de La Caixa, Banco de Sabadell y Banco Herrero, según lo establecido en el artículo 15.1 de la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia, referente a una operación de concentración económica consistente en la adquisición por parte del "Banco de Sabadell, Sociedad Anónima" del 98,9 por 100 del capital social de "Banco Herrero, Sociedad Anónima";

Resultando: Que por la Secretaría General de Política Económica y Defensa de la Competencia (Servicio de Defensa de la Competencia) se proceció a la formalización del consiguiente expediente N-115 elevando propuesta acompañada de informe al excelentísimo señor Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía, quien, conforme lo establecido en el artículo 15 bis de la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia, resolvió remitir el expediente al Tribunal de Defensa de la Competencia por entender que de la operación podría resultar una posible obstaculización del mantenimiento de una competencia efectiva;

Resultando: Que el Tribunal de Defensa de la Competencia, tras el estudio del mencionado expediente, ha emitido dictamen que ha sido incorporado al expediente y tenido en cuenta por este Consejo para dictar el presente Acuerdo;

Considerando: Que según el artículo 17 de la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia, corresponde al Gobierno a propuesta del Ministro de Economía, decidir sobre la procedencia de la operación de concentración económica de que se trate, pudiendo subordinar su aprobación a la observancia de condiciones;

Vista: La normativa de aplicación,

El Consejo de Ministros, a propuesta del Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía,

Acuerda: No oponerse a la operación de concentración consistente en la adquisición por parte de "Banco de Sabadell, Sociedad Anónima" del 98,9 por 100 del capital social de "Banco Herrero, Sociedad Anónima".»

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 8 de marzo de 2001.

DE RATO Y FIGAREDO

Ilmo. Sr. Secretario general de Política Económica y Defensa de la Competencia.

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