Vista la propuesta formulada por el Tribunal calificador de las
pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Técnicos
Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación, convocadas por Orden del
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 26 de
noviembre de 1999 ("Boletín Oficial del Estado" de 14 de diciembre),
y verificada la concurrencia de los requisitos exigidos en las bases
de la convocatoria,
Esta Secretaría de Estado para la Administración Pública, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado, y el artículo 6.3 del Real
Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre, de atribución de competencias
en materia de personal, a propuesta de la Subsecretaría del
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, resuelve:
Primero.-Nombrar funcionarios de carrera de la Escala de
Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a los aspirantes
aprobados que se relacionan en el anexo de esta Resolución,
ordenados de acuerdo con la puntuación final obtenida, con expresión
de los destinos que se les adjudican.
Segundo.-Para adquirir la condición de funcionarios de
carrera, deberán presentar juramento o promesa, de conformidad con
lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, y tomar
posesión de sus destinos en el plazo de un mes, contado a partir
del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el
"Boletín Oficial del Estado".
Tercero.-Contra esta Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de
reposición ante esta Secretaría de Estado, en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad
con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, o bien recurso
contencioso-administrativo, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses
a partir, asimismo, del día siguiente al de su publicación, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.1.a) de la Ley
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio
de 1998.
Lo que comunico a VV. II.
Madrid, 19 de diciembre de 2000.-El Secretario de Estado,
Ignacio González González.
Ilmos. Sres. Subsecretarios de los Ministerios de Agricultura, Pesca
y Alimentación, y de Ciencia y Tecnología y Directora general
de la Función Pública.
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