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Documento BOE-A-2001-4846

Resolución de 15 de febrero de 2001, de la Dirección General del Insalud, por la que se disponen los ceses y se comunican los plazos de toma de posesión a los facultativos especialistas de área adjudicatarios de plaza en el concurso de traslados convocado por Resolución de 25 de junio de 1998.

Publicado en:
«BOE» núm. 62, de 13 de marzo de 2001, páginas 9069 a 9069 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2001-4846

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en la disposición adicional

vigésima de la Ley 14/2000, de 28 de diciembre, de Medidas

Fiscales, Administrativas y del Orden Social, y conforme a lo

establecido en la base sexta, último párrafo, de la Resolución de 25

de junio de 1998, de la Dirección General de Recursos Humanos

del Instituto Nacional de la Salud ("Boletín Oficial del Estado"

de 8 de julio), por la que se convocó concursos de traslados

voluntario para cubrir plazas de Facultativos Especialistas de Área en

los Servicios Jerarquizados del Instituto Nacional de la Salud,

Esta Dirección General, en virtud de las competencias que tiene

atribuidas por el artículo 15.5 del Real Decreto 1450/2000, de 28

de julio ("Boletín Oficial del Estado" del 29), resuelve:

Primero.-Los Facultativos Especialistas de Área que hubieran

obtenido plaza en el referido concurso de traslados deberán cesar

en los puestos que actualmente desempeñan con nombramiento

en propiedad a partir del próximo 14 de marzo y dentro de los

tres días hábiles siguientes, es decir, los días 15, 16 y 17. No

obstante, el Director Gerente, por necesidades del servicio, podrá

ampliar este plazo hasta diez días.

Segundo.-Si la plaza adjudicada se encuentra en la misma

localidad que la que actualmente se desempeña en propiedad,

en adscripción temporal o como reingresado provisional, la toma

de posesión se efectuará dentro de los tres días hábiles siguientes

al del cese, salvo que se trate del mismo centro sanitario, en cuyo

caso no se tendrá derecho a plazo alguno. La toma de posesión

se efectuará dentro de los quince días hábiles siguientes al del

cese, si la plaza se encuentra en distinta localidad pero de la

misma área de salud, o en el plazo de un mes si la plaza pertenece

a distinta localidad y área de salud.

En el caso de que la adjudicación de plaza implique cambio

de servicio de salud, el plazo de toma de posesión será de un

mes, a contar desde el cese. Cuando la toma de posesión suponga

el reingreso al servicio activo, el plazo será de un mes, a partir

del 14 de marzo.

Si un adjudicatario estuviese en situación de baja médica por

incapacidad temporal o disfrutando un permiso o licencia

reglamentario, el cese en el puesto de trabajo se producirá a partir

del alta médica o de la finalización del permiso o licencia, salvo

que por causas justificadas se acordara la suspensión de estos

últimos.

Tercero.-Tal y como establece el artículo 11.4 de la

Ley 30/1999, de 5 de octubre, de Selección y Provisión de Plazas

de Personal Estatutario de los Servicios de Salud, los destinos

obtenidos son irrenunciables, salvo que dicha renuncia esté

motivada por la obtención de plaza en virtud de la resolución de un

procedimiento de movilidad voluntaria por otra Administración

Pública.

Se entenderá que solicita la excedencia voluntaria por interés

particular como personal estatutario y será declarado en dicha

situación quien no se incorpore al destino obtenido dentro de

los plazos establecidos o de las prórrogas de los mismos que

pudieran concederse.

No obstante, si existen causas suficientemente justificadas, así

apreciadas por el órgano convocante, previa audiencia del

interesado, podrá dejarse sin efecto dicha situación. En tal caso los

interesados deberán incorporarse a sus nuevos destinos tan pronto

desaparezcan las causas que en su momento lo impidieron.

Cuarto.-Contra la presente Resolución los interesados podrán

interponer recurso potestativo de reposición ante esta Dirección

General dentro del plazo de un mes, contado desde el día siguiente

al de publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial del

Estado" (artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero,

y disposición transitoria segunda, párrafo segundo, de la

Ley 4/1999), o bien interponer recurso contencioso-administrativo

ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia

de Madrid dentro del plazo de dos meses, a contar desde el día

siguiente al de publicación de la presente Resolución en el "Boletín

Oficial del Estado", a tenor de lo previsto en los artículos 10.1.i)

u j), 14.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio ("Boletín

Oficial del Estado" del 14), Reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa.

Madrid, 15 de febrero de 2001.-El Director general, Josep

María Bonet Bertomeu.

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