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Documento BOE-A-2001-4624

Resolución de 19 de febrero de 2001, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se convoca el I Premio "Andrés Bello" para estudios administrativos iberoamericanos.

Publicado en:
«BOE» núm. 58, de 8 de marzo de 2001, páginas 8747 a 8748 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2001-4624

TEXTO ORIGINAL

La cooperación técnica internacional, en especial con los países iberoamericanos, en las materias relacionadas con sus fines estatutarios y, en especial, con el estudio y la investigación en aspectos propios de la Administración Pública constituye una de las funciones más relevantes del Instituto Nacional de Administración Pública.

Representando, a su vez, las relaciones de intercambio científico con la comunidad iberoamericana una de las líneas con mayor tradición del Instituto y con el propósito de contribuir al desarrollo de esa comunidad desde lo que es el campo de actuación del organismo, se ha considerado conveniente reforzar esos lazos mediante la creación de un premio destinado al fomento de los estudios e investigaciones sobre la Administración Pública en Iberoamérica desde sus diversas perspectivas, que llevará el nombre del prócer panamericano Andrés Bello, para celebrar así la contribución a la creación de la conciencia y la comunidad iberoamericana y a la forja de las instituciones políticas, jurídicas y administrativas de los países de la América hispanoparlante del eximio hombre de letras y de leyes que fue, por encima de fronteras y continentes, el humanista nacido en Caracas en 1781 y fallecido en Santiago de Chile en 1865.

En base a lo expuesto y, de acuerdo con las competencias y funciones conferidas al Instituto Nacional de Administración Pública en el Real Decreto 1661/2000, de 29 de septiembre, por el que se aprueba su Estatuto y con lo previsto, para la concesión de subvenciones públicas, en el artículo 81 de la Ley General Presupuestaria, dispongo:

Se convoca el I Premio «Andrés Bello», con el fin de premiar los mejores trabajos de estudio e investigación sobre las Administraciones públicas iberoamericanas de acuerdo con las siguientes

Bases

Primera. El objetivo.

1. El premio para trabajos de estudio e investigación «Andrés Bello» está destinado a distinguir los mejores trabajos que concurran a la presente convocatoria cuyo objeto verse sobre las Administraciones públicas iberoamericanas, su realidad y su futuro, desde las diferentes perspectivas científicas, administrativa, histórica, económica, jurídica, política, sociológica, etc.

Segunda. El premio.

1. El premio consistirá en 1.000.000 de pesetas y un diploma acreditativo para la candidatura ganadora que expedirá el Director del Instituto Nacional de Administración Pública.

2. Asimismo, se podrá otorgar un máximo de dos menciones honoríficas a las candidaturas que a juicio del jurado resulten merecedoras de tal reconocimiento y resulten mejor valoradas tras la ganadora.

3. El fallo del jurado se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

4. Por resolución del Director del Instituto Nacional de Administración Pública se dará a conocer la fecha y el lugar donde tendrá lugar la entrega del premio y de las menciones.

Tercera. Los trabajos.

1. Los investigadores que deseen concurrir al Premio deberán dirigirse al Director del Instituto Nacional de Administración Pública y presentar el trabajo en el Registro General del Instituto Nacional de Administración Pública, calle Atocha, 106, 28012 Madrid, o remitirlo por correo certificado a esta misma dirección con el epígrafe «Premio Andrés Bello», sin que figure la identidad del autor en el envío postal, acogiéndose a lo establecido en el artículo 24.3 del Reglamento de la Prestación de los Servicios Postales aprobado por Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 31). Igualmente, se podrán emplear cualquiera de las vías previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero («Boletín Oficial del Estado» del 14).

2. En los trabajos no figurará ningún dato personal, debiendo constar únicamente su título. Junto al trabajo se presentará un sobre cerrado dentro del cual figurarán los datos del autor y el título del trabajo.

3. El plazo de presentación de trabajos finalizará el día 21 de septiembre de 2001.

4. Los trabajos se presentarán en formato A-4 y en soporte informático estándar y tendrán una extensión mínima de 120 páginas escritas a dos espacios.

Cuarta. El jurado.

1. El jurado será designado por el Director del Instituto Nacional de Administración Pública y estará compuesto por un Presidente, que será el Director del Instituto Nacional de Administración Pública o persona en quien delegue, cuatro Vocales designados entre personas de reconocido prestigio en el ámbito de las Administraciones públicas y un Secretario designado entre el personal del Instituto Nacional de Administración Pública que actuará con voz pero sin voto.

2. El funcionamiento del jurado se regulará por las normas contenidas en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3. El jurado elevará propuesta al Director del Instituto Nacional de Administración Pública con el fallo del premio y las menciones especiales, en su caso, que considere oportuno efectuar. Si, a juicio del jurado, ninguna candidatura reuniera los méritos suficientes el premio será declarado desierto. La resolución del Director del Instituto Nacional de Administración Pública sobre la concesión del premio se hará pública con anterioridad al 14 de diciembre de 2001.

Quinta. Los compromisos del Instituto Nacional de Administración Pública.

1. Las personas que intervengan en el proceso de organización, valoración o concesión del premio guardarán confidencialidad sobre los resultados de las evaluaciones que se efectúen a las candidaturas que se presenten.

2. Los trabajos no premiados serán devueltos, a petición de los autores, una vez les haya sido notificada la decisión del jurado, en un plazo no superior a dos meses. Finalizado este plazo podrá procederse a su destrucción.

3. El Instituto Nacional de Administración Pública facilitará información sobre la convocatoria en el Centro de Estudios Administrativos, teléfono 91 349 32 19, por correo electrónico: centro.ceaUinap.map.es y a través de la página web: http://www.inap.map.es/ donde también se expondrán las bases de la convocatoria del premio y se hará pública la composición del jurado y el fallo.

4. Por la Secretaría General del Instituto Nacional de Administración Pública se llevará a cabo la tramitación necesaria para satisfacer el importe del premio a la candidatura ganadora, así como todos los gastos que se deriven de la ejecución de esta convocatoria, con cargo a la aplicación presupuestaria 480.

Sexta. Los compromisos de los participantes.

1. Los trabajos que se presenten deberán ser originales e inéditos.

2. Los participantes deberán comprometerse en el propio escrito de presentación al premio, a la cesión de los derechos para la publicación de una primera edición de los trabajos en el caso de que resultaran premiados. Dicha primera edición no podrá superar los 3.000 ejemplares.

3. A los efectos de la percepción del importe económico del premio, sujeto a retención fiscal de acuerdo a lo establecido en el artículo 16 de la Ley 40/1998, reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y en el Reglamento de la misma (Real Decreto 1968/1999), el premiado deberá acreditar estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Séptima. Opciones.

1. El Instituto Nacional de Administración Pública se reserva el derecho de publicar el trabajo presentado por la candidatura ganadora, así como los trabajos que presenten las que obtengan menciones especiales. El derecho caducará a los tres años de la concesión del premio, si dentro de ese plazo no se hubiera ejercitado.

Octava. Aceptación de la convocatoria.

1. La presentación de los trabajos supone la aceptación de las presentes bases.

Novena. Incidencias e imprevistos.

1. Las incidencias que puedan presentarse y los supuestos no previstos en estas bases serán resueltos por el Director del Instituto Nacional de Administración Pública.

2. Contra la presente Resolución y los actos administrativos que de ella deriven, por poner fin a la vía administrativa, sólo cabrá la interposición de recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio del potestativo recurso de reposición previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 19 de febrero de 2001.–El Director, Jaime Rodríguez-Arana Muñoz.

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