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Documento BOE-A-2001-4447

Resolución de 1 de marzo de 2001, de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica, por la que se dispone la delegación de Competencias del Secretario de Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 56, de 6 de marzo de 2001, páginas 8424 a 8424 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-2001-4447
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2001/03/01/(1)

TEXTO ORIGINAL

En uso de las atribuciones que me confiere el artículo 13.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y la disposición adicional decimotercera, 4, de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, he resuelto:

Primero.-Delegar en la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas de la Agencia Española de Cooperación Internacional, en el ámbito de las competencias atribuidas a la Subdirección General de Programas y Convenios Culturales y Científicos por el artículo 13.6 del Real Decreto 1473/2000, de 4 de agosto, en la redacción dada al mismo por la disposición adicional primera, 2, del Real Decreto 3424/2000, de 15 de diciembre, las siguientes:

1. La autorización y disposición de los gastos de la citada Subdirección General, así como la facultad de interesar del Ministerio de Hacienda la ordenación de los pagos correspondientes.

2. La celebración y firma de los contratos y Convenios de colaboración necesarios para el ejercicio de las competencias de la Subdirección General.

3. El otorgamiento de subvenciones y ayudas públicas.

Segundo.-Delegar en la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas, respecto de los gastos correspondientes al presupuesto de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica, cuyo pago se realiza utilizando los sistemas de anticipo de caja y pagos a justificar, la ordenación de los pagos y la aprobación de las cuentas justificativas de las obligaciones satisfechas.

Tercero.-La delegación de competencias a que se refiere la presente Resolución se entiende sin perjuicio de que el Secretario de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica pueda avocar para sí, en cualquier momento, el conocimiento y la resolución de los asuntos comprendidos en la misma, conforme determina el artículo 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuarto.-En los actos o resoluciones que se dicten en ejercicio de las delegaciones establecidas en la presente Resolución se hará constar expresamente esta circunstancia, considerándose dictados, a todos los efectos por el órgano delegante.

Quinto.-Permanece vigente la Resolución de 13 de enero de 1997, en lo que no resulte afectada por la presente Resolución.

Sexto.-La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 1 de marzo de 2001.-El Secretario de Estado, Miguel Ángel Cortés Martín.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 01/03/2001
  • Fecha de publicación: 06/03/2001
  • Fecha de entrada en vigor: 07/03/2001
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
  • DECLARA la vigencia en cuanto no se oponga de la Resolución de 13 de enero de 1997 (Ref. BOE-A-1997-2034).
Materias
  • Agencia Española de Cooperación Internacional
  • Delegación de atribuciones
  • Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas
  • Ministerio de Asuntos Exteriores
  • Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica

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