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Se convoca concurso para provisión de destinos en la Carrera
Fiscal que se relacionan a continuación:
I. Plaza de segunda categoría para Fiscales de la segunda
categoría exclusivamente
Fiscalía General del Estado
Inspección Fiscal: Una plaza de Fiscal.
II. Plaza de segunda categoría, para Fiscales de la segunda
categoria exclusivamente, creada por Real Decreto 1/2001,
de 12 de enero
Fiscalía General del Estado
Audiencia Nacional: Una plaza de Fiscal.
III. Plazas de segunda categoría para Fiscales o Abogados
Fiscales
Comunidad Autónoma de Andalucía
Adscripción Permanente de Algeciras de la Fiscalía de la
Audiencia Provincial de Cádiz: Dos plazas de Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Córdoba: Una plaza de
Fiscal.
Adscripción Permanente de Marbella de la Fiscalía de la
Audiencia Provincial de Málaga: Una plaza de Fiscal.
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Adscripción Permanente de Gijón de la Fiscalía del Tribunal
Superior de Justicia del Principado de Asturias: Una plaza de Fiscal.
Comunidad Autónoma de Canarias
Adscripción Permanente de Puerto del Rosario de la Fiscalía
del Tribunal Superior de Justicia de Canarias: Una plaza de Fiscal.
Adscripción Permanente de San Bartolomé de Tirajana de la
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Canarias: Dos plazas
de Fiscal.
Adscripción Permanente de La Palma de la Fiscalía de la
Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife: Una plaza de
Fiscal.
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Ciudad Real: Una plaza
de Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Cuenca: Una plaza de
Teniente Fiscal.
Comunidad Autónoma de Castilla y León
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Ávila: Una plaza de Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Zamora: Una plaza de
Fiscal.
Comunidad Autónoma de Cataluña
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Dos
plazas de Fiscal.
Adscripción Permanente de Granollers de la Fiscalía del
Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Una plaza de Fiscal.
Adscripción Permanente de L'Hospitalet de Llobregat de la
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Una plaza
de Fiscal.
Adscripción Permanente de Sabadell de la Fiscalía del Tribunal
Superior de Justicia de Cataluña: Una plaza de Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Girona: Una plaza de
Fiscal.
Adscripción Permanente de Olot de la Fiscalía de la Audiencia
Provincial de Girona: Una plaza de Fiscal.
Comunidad Autónoma de Extremadura
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura: Una
plaza de Fiscal.
Comunidad Autónoma de Galicia
Adscripción Permanente de Santiago de Compostela de la
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia: Una plaza de
Fiscal.
Comunidad de Madrid
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de
Madrid: Una plaza de Teniente Fiscal.
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de
Madrid: Tres plazas de Fiscal.
Adscripción Permanente de Alcalá de Henares de la Fiscalía
del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid:
Una plaza de Fiscal.
Adscripción Permanente de Getafe de la Fiscalía del Tribunal
Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid: Una plaza de
Fiscal.
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Adscripción Permanente de Cartagena de la Fiscalía del
Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia: Una plaza
de Fiscal.
Comunidad Valenciana
Adscripción Permanente de Gandia de la Fiscalía del Tribunal
Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana: Una plaza de
Fiscal.
Comunidad Autónoma del País Vasco
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco: Una
plaza de Fiscal.
IV. Plaza de segunda categoría para Fiscales y Abogados
Fiscales, reconvertida por aplicación del Real Decreto 1648/1998,
de 24 de julio
Comunidad Autónoma de Extremadura
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Badajoz: Una plaza de
Fiscal.
V. Plaza de segunda categoría para Fiscales y Abogados
Fiscales, a cubrir según lo dispuesto en el artículo 118
de la Ley Orgánica del Poder Judicial
Comunidad Autónoma de Cataluña
Adscripción Permanente de Arenys de Mar de la Fiscalía del
Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Una plaza de Fiscal.
VI. Plazas de segunda categoría, para Fiscales y Abogados
Fiscales, creadas por Real Decreto 1/2001, de 12 de enero
Comunidad Autónoma de Andalucía
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía: Tres
plazas de Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Almería: Dos plazas de
Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Cádiz: Cuatro plazas de
Fiscal.
Adscripción Permanente de Ceuta de la Fiscalía de la Audiencia
Provincial de Cádiz: Una plaza de Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Córdoba: Dos plazas
de Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Huelva: Dos plazas de
Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Jaén: Dos plazas de
Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Málaga: Cuatro plazas
de Fiscal.
Adscripción Permanente de Melilla de la Fiscalía de la Audiencia
Provincial de Málaga: Una plaza de Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Sevilla: Cinco plazas de
Fiscal.
Comunidad Autónoma de Aragón
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Aragón: Dos plazas
de Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Huesca: Una plaza de
Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Teruel: Una plaza de
Fiscal.
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia del Principado de
Asturias: Tres plazas de Fiscal.
Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears:
Tres plazas de Fiscal.
Adscripción Permanente de Eivissa de la Fiscalía del Tribunal
Superior de Justicia de las Illes Balears: Una plaza de Fiscal.
Comunidad Autónoma de Canarias
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Canarias: Tres
plazas de Fiscal.
Adscripción Permanente de Arrecife de Lanzarote de la Fiscalía
del Tribunal Superior de Justicia de Canarias: Una plaza de Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife:
Tres plazas de Fiscal.
Comunidad Autónoma de Cantabria
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria: Dos
plazas de Fiscal.
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La
Mancha: Una plaza de Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Ciudad Real: Una plaza
de Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Cuenca: Una plaza de
Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Guadalajara: Una plaza
de Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Toledo: Una plaza de
Fiscal.
Comunidad Autónoma de Castilla y León
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León:
Una plaza de Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Ávila: Una plaza de Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de León: Una plaza de Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Palencia: Una plaza de
Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Salamanca: Una plaza
de Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Segovia: Una plaza de
Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Soria: Una plaza de Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Valladolid: Dos plazas
de Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Zamora: Una plaza de
Fiscal.
Comunidad Autónoma de Cataluña
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Catorce
plazas de Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Girona: Dos plazas de
Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Lleida: Una plaza de
Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Tarragona: Dos plazas
de Fiscal.
Comunidad Autónoma de Extremadura
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura: Una
plaza de Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Badajoz: Dos plazas de
Fiscal.
Comunidad Autónoma de Galicia
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia: Tres plazas
de Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Lugo: Una plaza de Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Ourense: Una plaza de
Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Pontevedra: Tres plazas
de Fiscal.
Comunidad Autónoma de La Rioja
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja: Una
plaza de Fiscal.
Comunidad de Madrid
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de
Madrid: Quince plazas de Fiscal.
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Región de
Murcia: Dos plazas de Fiscal.
Comunidad Foral de Navarra
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Navarra: Una plaza
de Fiscal.
Comunidad Valenciana
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad
Valenciana: Seis plazas de Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Alicante: Cuatro plazas
de Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Castellón de la Plana:
Dos plazas de Fiscal.
Comunidad Autónoma del País Vasco
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco: Tres
plazas de Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Álava: Una plaza de
Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa: Dos plazas
de Fiscal.
VII. Plazas de tercera categoría para Abogados Fiscales
exclusivamente
Comunidad Autónoma de Andalucía
Adscripción Permanente de El Ejido de la Fiscalía de la
Audiencia Provincial de Almería: Una plaza de Abogado Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Cádiz: Dos plazas de
Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Algeciras de la Fiscalía de la
Audiencia Provincial de Cádiz: Cuatro plazas de Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Ceuta de la Fiscalía de la Audiencia
Provincial de Cádiz: Dos plazas de Abogado Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Córdoba: Una plaza de
Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Peñarroya-Pueblonuevo de la
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Córdoba: Una plaza de Abogado
Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Huelva: Dos plazas de
Abogado Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Jaén: Dos plazas de
Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Linares de la Fiscalía de la
Audiencia Provincial de Jaén: Una plaza de Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Marbella de la Fiscalía de la
Audiencia Provincial de Málaga: Dos plazas de Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Melilla de la Fiscalía de la Audiencia
Provincial de Málaga: Una plaza de Abogado Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Sevilla: Dos plazas de
Abogado Fiscal.
Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears:
Dos plazas de Abogado Fiscal.
Comunidad Autónoma de Canarias
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Canarias: Dos
plazas de Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Puerto del Rosario de la Fiscalía
del Tribunal Superior de Justicia de Canarias: Una plaza de
Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de San Bartolomé de Tirajana de la
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Canarias: Dos plazas
de Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Arrecife de Lanzarote de la Fiscalía
del Tribunal Superior de Justicia de Canarias: Una plaza de
Abogado Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife:
Dos plazas de Abogado Fiscal.
Comunidad Autónoma de Cantabria
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria: Una
plaza de Abogado Fiscal.
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Guadalajara: Una plaza
de Abogado Fiscal.
Comunidad Autónoma de Cataluña
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Ocho
plazas de Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Badalona de la Fiscalía del Tribunal
Superior de Justicia de Cataluña: Una plaza de Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Granollers de la Fiscalía del
Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Una plaza de Abogado
Fiscal.
Adscripción Permanente de L'Hospitalet de Llobregat de la
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Una plaza
de Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Manresa de la Fiscalía del Tribunal
Superior de Justicia de Cataluña: Tres plazas de Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Arenys de Mar de la Fiscalía del
Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Dos plazas de Abogado
Fiscal.
Adscripción Permanente de Sabadell de la Fiscalía del Tribunal
Superior de Justicia de Cataluña: Tres plazas de Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de San Feliu de Llobregat de la Fiscalía
del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Tres plazas de
Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Terrassa de la Fiscalía del Tribunal
Superior de Justicia de Cataluña: Dos plazas de Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Vilanova i la Geltrú de la Fiscalía
del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Tres plazas de
Abogado Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Girona: Seis plazas de
Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Figueres de la Fiscalía de la
Audiencia Provincial de Girona: Dos plazas de Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Olot de la Fiscalía de la Audiencia
Provincial de Girona: Una plaza de Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de La Seu d'Urgell de la Fiscalía de
la Audiencia Provincial de Lleida: Una plaza de Abogado Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Tarragona: Dos plazas
de Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Reus de la Fiscalía de la Audiencia
Provincial de Tarragona: Dos plazas de Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Tortosa de la Fiscalía de la
Audiencia Provincial de Tarragona: Una plaza de Abogado Fiscal.
Comunidad Autónoma de Extremadura
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura: Una
plaza de Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Zafra de la Fiscalía de la Audiencia
Provincial de Badajoz: Una plaza de Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Villanueva de la Serena de la
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Badajoz: Una plaza de Abogado
Fiscal.
Comunidad Autónoma de Galicia
Adscripción Permanente de Mondoñedo de la Fiscalía de la
Audiencia Provincial de Lugo: Una plaza de Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Verín de la Fiscalía de la Audiencia
Provincial de Ourense: Una plaza de Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Cambados de la Fiscalía de la
Audiencia Provincial de Pontevedra: Una plaza de Abogado Fiscal.
Comunidad de Madrid
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de
Madrid: Dos plazas de Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Alcalá de Henares de la Fiscalía
del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid:
Una plaza de Abogado Fiscal.
Comunidad Valenciana
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad
Valenciana: Dos plazas de Abogado Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Alicante: Una plaza de
Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Elx de la Fiscalía de la Audiencia
Provincial de Alicante: Dos plazas de Abogado Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Castellón de la Plana:
Una plaza de Abogado Fiscal.
Comunidad Autónoma del País Vasco
Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco: Siete
plazas de Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Barakaldo de la Fiscalía del
Tribunal Superior de Justicia del País Vasco: Tres plazas de Abogado
Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Álava: Una plaza de
Abogado Fiscal.
Fiscalía de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa: Cuatro plazas
de Abogado Fiscal.
Adscripción Permanente de Bergara de la Fiscalía de la
Audiencia Provincial de Guipúzcoa: Tres plazas de Abogado Fiscal.
El concurso se sujetará a las siguientes bases:
Primera.-Las solicitudes de los aspirantes, dirigidas al Ministro
de Justicia, por conducto de su Jefe inmediato, se presentarán
ante este último dentro de los diez días naturales siguientes al
de la publicación de la presente Orden en el "Boletín Oficial del
Estado".
Segunda.-En las instancias, según modelo que se acompaña
en el anexo, los solicitantes consignarán:
a) Nombre, apellidos, categoría en la carrera, antigüedad,
cargo que desempeñan, con expresión de las fechas en que fueron
nombrados y tomaron posesión de los mismos.
b) Destino al que aspiran y, cuando sean varios, orden de
prelación según sus preferencias.
c) Que, en caso de ser nombrados para el destino o destinos
a que aspiren, no incurrirán en alguna de las incompatibilidades
que establecen los artículos 57 y 58 de la Ley 50/1981.
Las peticiones que se formulen en forma condicionada, o no
aparezcan redactadas con claridad suficiente, carecerán de validez.
Tercera.-No podrán tomar parte en el concurso:
a) Los miembros del Ministerio Fiscal en quienes no concurran
los requisitos establecidos para cada caso.
b) Los trasladados en aplicación de lo dispuesto en los
artículos 39.3 y 40 de la Ley 50/1981, respecto de las Fiscalías
donde estaban destinados mientras subsistan las causas que
determinaron el traslado.
c) Los electos para un destino que hubiera sido solicitado
por ellos.
d) Los que llevasen menos de un año contado desde la fecha
de posesión en plaza a la que hubieran accedido voluntariamente,
excepto para solicitar las plazas contenidas en los apartados II,
IV y VI.
e) Los suspensos, mientras la suspensión no se levante.
Cuarta.-Los Fiscales Jefes de los Tribunales Superiores de
Justicia y de las Audiencias, una vez consignada en las solicitudes
la fecha de la presentación, las remitirán sin dilación al Fiscal
general del Estado, y al día siguiente de terminado el plazo de
presentación de instancias, comunicarán al Fiscal general del
Estado, urgentemente el número de instancias presentadas o el hecho
de no haberse presentado ninguna.
Quinta.-Dentro de los ocho días siguientes al del vencimiento
del plazo para solicitar las plazas vacantes, el Fiscal general del
Estado convocará al Consejo Fiscal, para que emita el informe
correspondiente en relación con la resolución del concurso, y una
vez evacuado elevará a este Ministerio la propuesta de los
nombramientos que procedan, a la que acompañarán tanto las
instancias presentadas como los informes del Consejo Fiscal.
Sexta.-Recibidas las propuestas de nombramiento, este
Departamento las elevará al Consejo de Ministros o resolverá
directamente, según procediere, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 38 de la Ley 50/1981.
Séptima.-En aplicación de lo establecido en la regla cuarta
de la disposición transitoria primera del Real Decreto 391/l989,
de 21 de abril, las plazas incluidas en los apartados III ("Plazas
de segunda categoría para Fiscales o Abogados Fiscales"), IV
("Plaza de segunda categoría para Fiscales y Abogados Fiscales,
reconvertida por aplicación del Real Decreto 1648/1998, de 24 de
julio") y VI ("Plazas de segunda categoría para Fiscales y Abogados
Fiscales, creadas por Real Decreto 1/2001, de 12 de enero") que
hubieran de quedar desiertas por falta de solicitantes, serán
adjudicadas, en la Orden de resolución del concurso, al Abogado Fiscal
o a los Abogados Fiscales más antiguos en el escalafón que
estuvieran destinados en la Fiscalía o, en su caso, en la Adscripción
Permanente a las que dichas plazas pertenezcan.
Madrid, 21 de febrero de 2001.-P. D. (Orden de 29 de octubre
de 1996), el Director de Relaciones con la Administración de
Justicia, Carlos Lesmes Serrano.
ANEXO: (Ver imagen página 8393)
Agence d'État Bulletin Officiel de l'État
Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid