La Orden de 1 de agosto de 2000, publicada en el ("Boletín
Oficial del Estado" del 3), aprobó la convocatoria de las pruebas
selectivas 2000 para iniciar los programas de formación de las
especialidades en Enfermería Obstétrico-Ginecológica (Matrona)
y de Salud Mental en el año 2001, una vez sean adjudicadas
las plazas.
La base X de las contenidas en la Orden de 1 de agosto
de 2000, dispone que, aprobada la relación definitiva de
resultados, la Dirección General de Recursos Humanos y Servicios
Económico-Presupuestarios convoque a los seleccionados en las
pruebas 2000 para que presenten solicitud de adjudicación de plazas
atendiendo al calendario establecido al efecto en el anexo IX de
la citada Orden.
Por consiguiente, aprobada la relación definitiva de los
resultados obtenidos por los participantes en la prueba selectiva 2000
para iniciar los programas de formación de las especialidades en
Enfermería Obstétrico-Ginecológica (Matrona) y de Salud Mental
en el año 2001, de acuerdo con lo previsto en la normativa a
que hace referencia la disposición segunda de la Orden de 1 de
agosto de 2000 y atendiendo al calendario establecido en el
anexo IX de la citada Orden, esta Dirección General resuelve:
Primero.-Mesa de Asignación y recepción de solicitudes.
1. El lunes 15 de enero de 2001, se constituirá en Madrid
la Mesa de Asignación que recibirá las solicitudes de adjudicación
de plaza que presenten los aspirantes seleccionados en la prueba
selectiva 2000 por riguroso orden de mayor a menor puntuación
total individual.
2. La Mesa de Asignación se reunirá en Madrid en el Salón
de Actos del Ministerio de Sanidad y Consumo (paseo del Prado,
18 y 20 de Madrid).
3. Los aspirantes seleccionados en la prueba selectiva 2000,
a los que expresamente se convoca por medio de esta resolución,
deberán comparecer en el día y la hora que se señala en el
calendario de sesiones a que se refiere el siguiente apartado segundo,
bien personalmente, provistos de su documento nacional de
identidad, o bien mediante representante al que hubiesen otorgado
poder bastante al efecto ante Notario.
4. La Mesa de Asignación observará, rigurosamente, las
reglas contenidas en las Órdenes de 27 de junio de 1989 y
de 24 de junio de 1998, y en la base X de las aprobadas por
Orden de 1 de agosto de 2000 para la recepción de las solicitudes,
que deberán ajustarse a los requisitos previstos en las
disposiciones citadas.
5. Las solicitudes se referirán a las plazas que se encuentren
libres de otra petición anterior sobre ellas. Recibida la solicitud
la Mesa entregará al interesado el resguardo correspondiente.
Segundo.-Calendario y turnos de presentación de solicitudes.
1. Los aspirantes seleccionados en la prueba selectiva 2000,
a plazas de formación de las especialidades en Enfermería
Obstétrico-Ginecológica (Matrona) y de Salud Mental, presentarán
solicitud de adjudicación o de reserva de plaza ante la Mesa de
Asignación que a estos efectos celebrará sesión conforme el siguiente
calendario:
Lunes 15 de enero de 2001, a las nueve treinta horas:
Deberán comparecer los aspirantes que hayan obtenido una
puntuación total individual a la que corresponda, en la relación
definitiva de resultados, un número de orden comprendido entre
el número 1 y el 188 ambos inclusive. Si por eventuales renuncias,
incomparecencias o cualquier otra circunstancia quedasen plazas
vacantes por proveer para las especialidades de Enfermería
Obstétrico-Ginecológica (Matrona) y de Salud Mental, estas plazas se
asignarán a continuación y en este mismo acto a los aspirantes
que las soliciten por riguroso orden numérico y de puntuaciones
totales individuales reconocidas en la relación definitiva de
resultados. A estos efectos, quedan convocados todos los aspirantes
comprendidos en la relación.
2. Se entenderá que renuncian a la prioridad obtenida
aquellos que no comparezcan personalmente o mediante representante
con poder suficiente, otorgado ante Notario, el día y hora en que
fuesen convocados para presentar la solicitud de adjudicación de
plaza, aunque podrán, no obstante, ocupar el orden de prioridad
que en el momento de personarse se siguiera en el acto de
asignación, siempre que existieran aún plazas vacantes por asignar.
Tercero.-Solicitudes de reserva de plaza.
1. Conforme dispone el artículo 12 de la Orden de 27 de
junio de 1989 y el punto 2 de la base XI de la Orden de
convocatoria, los aspirantes que resulten llamados para presentar
solicitud de adjudicación de plaza y se encuentren sujetos a
cumplimiento de las obligaciones derivadas del servicio militar o de
la prestación social sustitutoria de éste o de otras que nazcan
de la Ley y no sean de naturaleza voluntaria, podrán interesar
ante la Mesa la reserva de plaza presentando el certificado que
acredite su situación.
2. La Mesa, a la vista del certificado que se haya aportado,
tramitará la solicitud de reserva. La asignación de plaza con reserva
sólo procederá si la plaza en cuestión se encuentra libre de otra
petición anterior de adjudicación o reserva sobre la misma y pueda
ser provista en la presente convocatoria.
Cuarto.-Adjudicación de plazas y reconocimiento de reservas.
1. La Dirección General de Recursos Humanos y Servicios
Económico-Presupuestarios del Ministerio de Sanidad y Consumo
resolverá las solicitudes de adjudicación presentadas y aprobará,
dentro de los quince días siguientes a aquel en que finalicen los
actos que se convocan, la relación de quienes pueden iniciar en
el año 2001 programas de formación de las especialidades en
Enfermería Obstétrico-Ginecológica (Matrona) y de Salud Mental,
ordenando su exhibición en el Ministerio de Sanidad y Consumo
y en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno. La citada
Resolución se comunicará a las Comunidades Autónomas y a la
Dirección General de Universidades del Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte.
2. Asimismo, resolverá sobre las solicitudes de reserva de
plaza que se hayan formulado, notificando la resolución que dicte
a los interesados.
Quinto.-Plazos y trámites de toma de posesión e incorporación
a la plaza.
1. Una vez aprobada la relación de plazas adjudicadas, los
aspirantes a los que se adjudique plaza de formación habrán de
tomar posesión de la misma, en el plazo comprendido entre los
días 1 y 5 de febrero de 2001, sin cuyo requisito se entenderá
que renuncian a la adjudicación.
2. Los aspirantes a los que se reconozca reserva de plaza
podrán incorporarse a ella en el plazo que se señale a los
adjudicatarios de plaza de la próxima convocatoria 2001, siempre
que hubiesen finalizado en aquél momento el cumplimiento de
las obligaciones que motivaron la reserva. En ningún caso, se
les permitirá hasta entonces la incorporación aún en el supuesto
de que desaparezca antes la causa de la reserva. A estos efectos,
la Dirección General de Recursos Humanos y Servicios
Económico-Presupuestarios del Ministerio de Sanidad y Consumo
señalará el plazo en que los aspirantes a los que reconozca reserva
deberán solicitar la adjudicación para el año 2002 de la plaza
reservada, acreditando la fecha prevista para la finalización de
las obligaciones que motiven sus reservas en la resolución a que
se refiere el anterior apartado cuarto.
3. En el supuesto de que la plaza reservada no se incluyera
en la oferta del año siguiente, la Dirección General de Recursos
Humanos y Servicios Económico-Presupuestarios del Ministerio
de Sanidad y Consumo resolverá, previa audiencia del interesado,
la plaza en la que debe iniciarse la formación.
Sexto.-Plazas vacantes, traslados y régimen de formación.
1. Las plazas que resulten vacantes, por renuncia expresa
o tácita de aquellos a los que se les hubiesen adjudicado, no
se proveerán nuevamente en la presente convocatoria. También
quedarán vacantes las plazas sobre las que no se presente solicitud
de adjudicación en los actos de asignación convocados. No se
permitirá la permuta de plazas entre aspirantes, ni el traslado
de Centro, salvo en el supuesto excepcional de revocación de
la acreditación docente.
2. Los adjudicatarios de plaza no podrán compatibilizar ni
simultanear la formación en las especialidades de Enfermería
Obstétrico-Ginecológica (Matrona) y de Salud Mental, con cualquier
otra actividad que suponga incompatibilidad horaria o disminución
de las actividades comprendidas en el programa.
3. Los adjudicatarios de plaza que puedan resultar afectados
por el régimen general de incompatibilidades del personal al
servicio de las Administraciones Públicas o por el del personal militar,
deberán hacer manifestación al respecto en el acto de toma de
posesión formulando la opción que interesen.
Madrid, 21 de diciembre de 2000.-La Directora general,
Carmen Navarro Fernández-Rodríguez.
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