El artículo 2.1 del Real Decreto 2606/1996, de 20 de
diciembre, sobre fondos de garantía de depósitos en entidades de crédito,
prevé que el Ministro de Economía es el órgano competente para
nombrar y cesar a los miembros de las Comisiones Gestoras de
los Fondos de Garantía de Depósitos en Entidades de Crédito.
En dicho precepto se establece que el mandato de los miembros
de las Comisiones Gestoras de los Fondos de Garantía de
Depósitos, expira a los cuatro años de su nombramiento. En
consecuencia,
Vengo en declarar el cese, por expiración de su mandato, con
efectos del día 5 de marzo de 2001, de don Juan José Rivero
Jiménez como miembro suplente de la Comisión Gestora del Fondo
de Garantía de Depósitos en Establecimientos Bancarios,
agradeciéndole los servicios prestados.
Vengo en declarar el cese, por expiración de su mandato, con
efectos del día 5 de marzo de 2001, de don Eduardo Galilea Ortega
como miembro suplente de las Comisiones Gestoras de los Fondos
de Garantía de Depósitos en Cajas de Ahorro y Cooperativas de
Crédito, agredeciéndole los servicios prestados.
Madrid, 23 de febrero de 2001.
DE RATO Y FIGAREDO
Excmo. Sr. Gobernador del Banco de España, Ilmo. Sr. Presidente
de la Comisión Gestora del Fondo de Garantía de Depósitos
en Cooperativas de Crédito e Ilma. Sra. Directora general del
Tesoro y Política Financiera.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid