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Documento BOE-A-2001-4065

Resolución de 29 de diciembre de 2000, de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, por la que se concede la primera modificación no sustancial de la aprobación de modelo del sistema electrónico de medida de volumen, destinado al suministro de carburante líquido, marca "Pignone", modelo DPX-AL, a favor de la empresa "Mides, Sociedad Anónima", con registro de control metrológico 02-H-020.

Publicado en:
«BOE» núm. 51, de 28 de febrero de 2001, páginas 7660 a 7661 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2001-4065

TEXTO ORIGINAL

Vista la petición presentada por la entidad «Nuovo Pignone SpA», domiciliada en vía Felice Metteucci, número 2, Firenze (Italia), en solicitud de primera modificación no sustancial de la aprobación de modelo del sistema electrónico de medida de volumen, destinado al suministro de carburante líquido, marca «Pignone», modelo DPX-AL, fabricado por la empresa italiana «Nuovo Pignone» y distribuido y comercializado en España por la empresa «Mides, Sociedad Anónima», con registro de control metro- lógico 02-H-020.

Vista la resolución favorable de 16 de septiembre de 1998, emitida por la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial del Departamento de Industria, Comercio y Turismo que concedió la aprobación de modelo al sistema electrónico de suministro de carburante líquido, marca «Pignone», modelo DPX-AL, en sus versiones X y F.

Esta Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial de la Generalidad de Cataluña, de acuerdo con la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología; el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, que establece el control metrológico que realiza la Administración del Estado; el Decreto 199/1991, de 30 de julio, que determina los órganos competentes en Cataluña en materia de control metrológico, y la Orden de 28 de diciembre de 1988 que regula metrológicamente los sistemas de medida de líquidos diferentes del agua, ha resuelto:

Primero.

Conceder la primera modificación no sustancial de la aprobación de modelo del sistema electrónico de medida de volumen, destinado al suministro de carburante líquido, marca «Pignone», modelo DPX-AL, a favor de la empresa «Mides, Sociedad Anónima», con registro de control metrológico 02-H-020.

Segundo.

Esta primera modificación no sustancial de la aprobación de modelo consiste en:

1. Ampliar la tabla de versiones del aparato surtidor DPX-AL destinado al suministro de combustible líquido, autorizando la versión DPX-AL-A.

2. Reubicar la caja de señales de las versiones DPX-AL-X y DPX-AL-F.

Tercero.

El signo de aprobación de modelo será el mismo que el existente en la resolución de aprobación de modelo de 16 de septiembre de 1998.

Cuarto.

Los instrumentos correspondientes a la primera modificación no sustancial de la aprobación de modelo, a que se refiere esta resolución están sometidos a todos los condicionantes impuestos en el anexo al certificado de primera modificación no sustancial de la aprobación de modelo número 9815.

Quinto.

Los instrumentos correspondientes a la primera modificación no sustancial de la aprobación de modelo, a que se refiere esta resolución, llevarán las mismas inscripciones de identificación en su placa de características que las existentes en la Resolución de 16 de septiembre de 1998 que concedió la aprobación de modelo número 9815.

Sexto.

Los instrumentos correspondientes a la primera modificación no sustancial de la aprobación de modelo, a que se refiere esta resolución han de cumplir todos los condicionantes contenidos en el anexo que acompaña a la resolución de aprobación de modelo de 16 de septiembre de 1998.

Séptimo.

Esta primera modificación no sustancial de la aprobación de modelo está sometida a los plazos de validez indicados en la resolución de aprobación de modelo de 16 de septiembre de 1998.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Comercio y Turismo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 29 de diciembre de 2000.‒El Director general, Albert Sabala i Duran.

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