Visto el expediente de indulto de doña Montserrat Freire Ulla, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenada por el Juzgado de lo Penal número 1 de Santiago de Compostela, en sentencia de fecha 25 de octubre de 1999, como autora de un delito de estafa continuado, en grado de tentativa, a la pena de siete meses de prisión, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo, por hechos cometidos en el año 1998, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de febrero de 2001,
Vengo en indultar a doña Montserrat Freire Ulla la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 16 de febrero de 2001.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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