Está Vd. en

Documento BOE-A-2001-3683

Resolución 452/38052/2001, de 13 de febrero, de la Subsecretaría, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el centro docente militar de formación, para la incorporacion a la Escala Superior de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 47, de 23 de febrero de 2001, páginas 7019 a 7028 (10 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2001-3683

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con la Ley 17/1999, de 18 de mayo ("Boletín

Oficial del Estado" número 119, del 19), de Régimen del Personal

de las Fuerzas Armadas y, en aplicación de lo establecido en el

artículo 8 del Reglamento General de Ingreso y Promoción en

las Fuerzas Armadas, aprobado por el Real Decreto 1735/2000,

de 20 de octubre ("Boletín Oficial del Estado" número 253, del

21), vengo en resolver, con arreglo al Real Decreto 65/2001,

de 26 de enero ("Boletín Oficial del Estado" número 24, del 27),

por el que se aprueba la provisión de plazas de las Fuerzas Armadas

y de la Escala Superior de Oficiales de la Guardia Civil, para el

año 2001, lo siguiente:

Primero.-Convocar pruebas selectivas para el ingreso directo

y por promoción interna en la Escuela Militar de Sanidad para

la enseñanza de formación de grado superior.

Segundo.-Las pruebas selectivas se regirán por las siguientes

disposiciones:

Ley 17/1999, de 18 de mayo ("Boletín Oficial del Estado"

número 119, del 19), de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas.

Real Decreto 1735/2000, de 20 de octubre ("Boletín Oficial

del Estado" número 253, del 21), por el que se aprueba el

Reglamento General de Ingreso y Promoción en las Fuerzas Armadas.

Orden 52/1986, de 17 de junio ("Boletín Oficial del Estado"

número 158, de 3 de julio), por la que se aprueba el cuadro médico

de exclusiones común para el ingreso en determinados Cuerpos

y Escalas de las Fuerzas Armadas, y las modificaciones y

ampliaciones aprobadas por la Orden 15/1988, de 23 de febrero ("Boletín

Oficial del Estado" número 47, del 24).

Orden 30/1991, de 4 de abril ("Boletín Oficial del Estado"

número 86, del 10), por la que se establecen las pruebas de aptitud

física para el ingreso en los centros docentes militares de formación

de los Cuerpos de Intendencia e Ingenieros de los Ejércitos y de

los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas.

Orden 12/1993, de 2 de febrero ("Boletín Oficial del Estado"

número 34, del 9), por la que se aprueban los programas de

ejercicios y materias por los que han de regirse los procesos selectivos

para el ingreso en los centros docentes militares de formación

de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas, y corrección

de errores de la Orden 12/1993, ("Boletín Oficial del Estado"

número 46, de 23 de febrero).

Las bases que se aprueban por esta Resolución y que se

publican como anexo a ella.

Tercero.-El Director general de Reclutamiento y Enseñanza

Militar adoptará las disposiciones necesarias para llevar a cabo

el proceso selectivo.

Madrid, 13 de febrero de 2001.-El Subsecretario, Víctor Torre

de Silva y López de Letona.

ANEXO

Bases de la convocatoria

1. Objeto de la convocatoria

Se convocan pruebas selectivas por el sistema de

concurso-oposición para el ingreso en la Escuela Militar de Sanidad, Escala

Superior de Oficiales, para cubrir un total de 20 plazas distribuidas

por especialidades de la siguiente forma:

Acceso

directo

Promoción

interna TotalEspecialidad

Medicina .......................... 10 3 13

Farmacia .......................... 1 1 2

Veterinaria ........................ 1 1 2

Odontología ....................... 1 - 1

Psicología ......................... 1 1 2

Total .......................... 14 6 20

A las plazas de promoción interna podrán optar los militares

de complemento adscritos a la Escala Superior de Oficiales del

Cuerpo Militar de Sanidad, y los militares de empleo de la categoría

de Oficial procedentes de las Escalas de Complemento y de Reserva

Naval, declaradas a extinguir en el apartado 4 de la disposición

adicional sexta de la Ley 17/1989, de 19 de julio.

La plaza de acceso directo para la especialidad de Psicología,

se reservará para los suboficiales de las Fuerzas Armadas, que

esten en posesión del título de Licenciado en Psicología y del

diploma de Psicología Militar.

2. Condiciones para optar al ingreso

Los aspirantes deberán reunir las siguientes condiciones:

2.1 Tener la nacionalidad española antes de que finalice el

plazo de admisión de instancias.

2.2 Carecer de antecedentes penales.

2.3 No estar privado de los derechos civiles.

2.4 No haber sido separado mediante expediente disciplinario

del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni

hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de

funciónes públicas.

2.5 Acreditar buena conducta ciudadana conforme a lo

establecido en la Ley 68/1980, de 1 de diciembre, sobre expedición

de certificaciones e informes sobre conducta ciudadana.

2.6 Poseer la aptitud psicofísica que se determina en esta

resolución.

2.7 No haber cumplido, ni cumplir dentro del año 2001 las

siguientes edades:

a) Acceso directo: treinta y tres años. Los militares

profesionales y miembros de la Guardia Civil, treinta y siete años.

b) Promoción interna: Sin limite de edad.

c) Para la plaza de acceso directo, especialidad de Psicología,

reservada para Suboficiales, sin limite de edad.

d) Para las plazas de acceso directo, Medicina, los opositores

que esten en posesión de la especialidad de Medicina Familiar

y Comunitaria: Treinta y cinco años.

2.8 No tener reconocida la condición de objetor de

conciencia, ni estar en trámite su solicitud.

2.9 Estar en posesión o en condiciones de obtener, en el plazo

de presentación de solicitudes, alguno de los títulos siguientes:

Especialidad Título

Medicina ...................... Licenciado en Medicina.

Farmacia ..................... Licenciado en Farmacia.

Odontología .................. Licenciado en Odontología.

Veterinaria .................... Licenciado en Veterinaria.

Psicología .................... Licenciado en Psicología.

A estos efectos, se entiende que se está en condiciones de

obtenerlo cuando antes de dicho plazo se haya superado el

correspondiente plan de estudios que permite acceder a dicha titulación.

2.10 Los que opten a las plazas de promoción interna,

deberán, además, cumplir las siguientes condiciones:

a) Llevar al menos cuatro años de servicios como militar de

complemento, en la fecha de inicio de la correspondiente

enseñanza de formación.

b) Encontrarse en la situación de servicio activo o de servicios

especiales y en los supuestos e) y f) de la situación de excedencia

voluntaria contemplados en el artículo 141.1 de la Ley 17/1999,

de 18 de mayo, del Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas.

c) Los militares de empleo de la categoría de Oficial

procedentes de las Escalas de Complemento y Reserva Naval, no superar

el número máximo de tres convocatorias, entendiéndose que se

ha consumido una convocatoria una vez que el aspirante ha sido

incluido en la lista de admitidos, salvo cuando se encuentre

destinado en unidades militares con misiones fuera del territorio

nacional y que por razones del servicio no pueda participar en el proceso

selectivo para optar a las plazas que se hayan convocado, siempre

que lo solicite antes del inicio de la primera prueba.

d) No tener anotadas con carácter firme en su documentación

militar personal sanciones disciplinarias por faltas graves o

sanciones disciplinarias extraordinarias. A estos efectos no se tendrán

en consideración aquellas respecto a las cuales hubieran

transcurrido los plazos establecidos en el artículo 72 de la Ley Orgánica

8/1998, de 2 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las

Fuerzas Armadas.

3. Instancias

3.1 Para solicitar la admisión a las pruebas selectivas, los

aspirantes deberán remitir instancia al Director General de

Reclutamiento y Enseñanza Militar (Secretaría de exámenes del Cuerpo

Militar de Sanidad). Grupo de Escuelas de la Defensa (camino

de Ingenieros, número 6, Madrid 28071), según modelo e

instrucciones que figuran como apéndice I.

La presentación de instancias podrá hacerse en la forma

establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado"

número 285, del 27).

El plazo de presentación de instancias será de veinte días

naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta

convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

Los aspirantes que pertenezcan a las Fuerzas Armadas y

Guardia Civil presentarán la instancia acompañadas de una copia de

la ficha resumen reglamentaria, directamente a la direccción antes

citada.

3.2 Los aspirantes remitirán con la instancia la siguiente

documentación:

a) Ejemplar para la administración del modelo 750,

debidamente validado por la entidad colaboradora, justificativo de haber

ingresado la cantidad de 4.000 pesetas para los que se presenten

por la forma de acceso directo y 2.000 pesetas para los que se

presenten por promoción interna, en concepto de derechos de

examen.

Los ejemplares modelo 750, podrán ser retirados

gratuitamente, en los Centros de Reclutamiento. Las instrucciones para el

abono de estos derechos de exámen figuran en el mismo impreso.

Estarán exentas del pago de la tasa de derechos de examen,

de acuerdo con el artículo 14 de la Ley 55/1999, de 30 de

diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social:

Las personas que figuraren como demandantes de empleo

durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de

convocatoria de pruebas selectivas de acceso a los Cuerpos y Escalas

de funcionarios o a las categorías de personal laboral convocadas

por la Administración pública estatal en las que soliciten su

participación. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,

en el plazo de que se trate, no hubieren rechazado oferta de empleo

adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa

justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión

profesionales y que, así mismo, carezcan de rentas superiores, en

cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

Para poder acogerse a la condición de demandante de empleo,

los interesados deberán presentar la certificación correspondiente

emitida por la oficina del INEM. En cuanto a la declaración de

las rentas, bastará con una declaración escrita del solicitante.

b) Dos fotografías iguales y de fecha reciente, tamaño carné,

de frente y descubierto, con el nombre y dos apellidos escritos

al dorso.

c) Fotocopia del documento nacional de identidad, por ambas

caras, actualizado.

d) Original o fotocopia legalizada o compulsada de los

documentos acreditativos de estar en posesión del título de Licenciado

en Medicina, Licenciado en Farmacia, Licenciado en Veterinaria

Licenciado en Odontólogia o Licenciado en Psicología, según

corresponda, y de cuantos méritos profesionales, académicos,

científicos y militares considere oportuno alegar.

e) Para su valoración en la fase de concurso, los aspirantes

podrán presentar los méritos que consideren oportuno alegar, de

acuerdo a lo señalado en el Apéndice II. La presentación de las

correspondientes acreditaciones se realizará antes del inicio de

la primera prueba.

f) En caso de presentarse también a la convocatoria de acceso

a la condición de militar de complemento, adscrito al Cuerpo

Militar de Sanidad, Especialidad en Medicina y Odontología, el

aspirante podrá remitir además, la declaración de preferencias, según

modelo e instrucciones que figuran como apéndice IV.

3.3 Terminado el plazo de presentación de instancias, el

Director General de Reclutamiento y Enseñanza Militar publicará

en el "Boletín Oficial del Estado", en el plazo máximo de un mes,

una Resolución que indicará:

El "Boletín Oficial del Ministerio de Defensa" en el que se

publican las listas completas de admitidos a las pruebas, excluidos

y excluidos condicionales.

La lista de excluidos y excluidos condicionales y el plazo de

subsanación que se les concede.

El lugar, fecha y hora del comienzo de la primera prueba y,

en su caso, el orden de actuación de los aspirantes.

3.4 De conformidad con lo establecido por el artículo 12 de

la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,

procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando

no se realice su hecho imponible por causas no imputables al

sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los

derechos de exámen en los supuestos de exclusión de las pruebas

selectivas por causa imputable al interesado.

4. Órganos de selección

4.1 Para el desarrollo y calificación de las pruebas selectivas

se constituirá, para cada especialidad de las reseñadas en la base

primera, un Tribunal de selección cuya composición y

funcionamiento se ajustará a las normas contenidas en la Instrucción

número 56/1993, de 17 de mayo, del Secretario de Estado de

Administración Militar, sobre composición y funcionamiento de los

órganos de selección y de sus órganos asesores y de apoyo ("Boletín

Oficial del Ministerio de Defensa" número 97, del 20).

4.2 El Director general de Reclutamiento y Enseñanza Militar,

nombrará a los titulares y suplentes de los Tribunales de selección,

cuya relación publicará en el "Boletín Oficial del Estado".

4.3 Previa convocatoria de los Presidentes, se constituirán

los Tribunales de selección en un plazo máximo de treinta días,

a partir de la designación de sus componentes, y con un mínimo

de diez días antes de la realización de la primera prueba del proceso

selectivo correspondiente.

4.4 Dependiente de cada Presidente de Tribunal de selección

se constituirá una Secretaría para la gestión administrativa e

informática de las pruebas selectivas.

4.5 La actuación de los tribunales se ajustará en todo

momento a la normativa aplicable de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado"

número 285, del 27).

5. Aptitud psicofísica

5.1 Reconocimiento médico:

a) Se aplicará el cuadro médico de exclusiones aprobado por

la Orden 52/1986, y las modificaciones y ampliaciones aprobadas

por la Orden 15/1988 y lo que dispone el artículo 7 del Real

Decreto 1735/2000, para el caso de que alguna de las aspirantes

no pudiera efectuar las pruebas físicas establecidas en esta

convocatoria por causa de embarazo o parto.

Asimismo y de forma específica, se aplicarán los cuadros

contenidos en los apartados "A (Enfermedades y causas generales)"

e "I (Otorrinolaringología)" del cuadro médico contenido en el

apéndice C de la Orden de 17 de diciembre de 1997 ("Boletín

Oficial del Estado" número 313, del 31), en lugar de los

correspondientes a "A (Enfermedades generales)" e "I

(Otorrinolaringología)" contenidos en la Orden 52/1986.

b) En la fecha que se indique, se llevarán a efecto los

reconocimientos médicos en los Centros sanitarios militares que se

designen.

c) Para someterse a reconocimiento médico, los aspirantes

se presentarán en los Centros sanitarios militares en ayunas y

con retención de orina.

d) Como resultado del reconocimiento médico, se asignará

a cada aspirante una de las siguientes clasificaciones:

Apto.

No apto.

e) Los aspirantes en quiénes concurriese alguna circunstancia

justificada, enfermedad banal o lesión fortuita que les hubiere

impedido someterse al reconocimiento en la fecha prevista, serán

incluidos en un grupo de incidencias y se someterán al

reconocimiento médico antes de que el Tribunal de selección finalice

la corrección de la última prueba selectiva.

f) Los aspirantes clasificados "no apto" quedarán eliminados

del proceso selectivo. Podrán recabar del Centro sanitario militar

una copia de la ficha de su reconocimiento médico.

g) La clasificación de "no apto" podrá ser revisada a instancias

del interesado, mediante solicitud al Presidente del Tribunal de

selección en un plazo no superior a tres días, contados a partir

del día siguiente en que se hayan hecho públicos los resultados

por la Junta de Reconocimiento. El Presidente del Tribunal

dispondrá su comparecencia ante el Tribunal Médico Militar

previamente designado al efecto por el Director General de

Reclutamiento y Enseñanza Militar y publicado en el "Boletín Oficial del

Estado". El fallo de este Tribunal será definitivo para la

continuación del interesado en el resto de las pruebas selectivas.

h) Los Centros sanitarios militares remitirán al Presidente del

Tribunal de selección, antes del comienzo de los ejercicios físicos,

las actas de los aspirantes con las clasificaciones médicas

obtenidas.

i) Las clasificaciones de los reconocimientos médicos serán

expuestas en los Centros sanitarios donde se hayan realizado.

5.2 Ejercicios físicos:

a) Los aspirantes clasificados "apto" en el reconocimiento

médico, realizarán los ejercicios físicos previstos en la Orden

30/1991, ante la Junta de Educación Física previamente

designada por el Director General de Reclutamiento y Enseñanza Militar.

b) La clasificación de los ejercicios físicos será la siguiente:

Apto.

No apto.

Los aspirantes clasificados "no apto" quedarán eliminados del

proceso selectivo.

c) Si en un aspirante concurriese alguna circunstancia

debidamente justificada, enfermedad banal o lesión fortuita que le

impida realizar los ejercicios físicos en la fecha prevista, podrá solicitar

del Presidente del Tribunal de selección, en el plazo de tres días

a contar desde la citada fecha, su inclusión en una tanda de

incidencias. El Tribunal podrá decidir, previa deliberación, acceder

a lo solicitado incluyendo al aspirante en la tanda de incidencias

para realizar los ejercicios físicos antes de que finalice la

calificación de la última prueba selectiva.

Asimismo, y en aplicación de lo que dispone el artículo 7 del

Real Decreto 1735/2000, para el caso de que alguna de las

aspirantes no pudiera efectuar las pruebas físicas establecidas en esta

convocatoria por causa de embarazo o parto, se fija el día 4 de

julio, como fecha para que, las aspirantes afectadas realicen las

correspondientes pruebas físicas.

d) Las discrepancias o dudas que puedan surgir a la Junta

de Educación Física durante la comprobación de la aptitud física

de los aspirantes, serán remitidas al Tribunal de selección, que

tomará la decisión pertinente.

e) La Junta de Educación Física remitirá al Presidente del

Tribunal de selección las actas con las clasificaciones obtenidas.

f) Las clasificaciones de los ejercicios físicos serán expuestas

en los centros donde se hayan realizado.

6. Pruebas selectivas

6.1 La fase de concurso consistirá en la valoración de los

méritos de los aspirantes.

6.2 La fase de oposición constará, para cada una de las

especialidades, de las pruebas siguientes:

Prueba de conocimientos. Los programas son los que figuran

en los anexos a la Orden Ministerial 12/1993, siguientes:

a) Para la especialidad de Medicina: Anexo III.

b) Para la especialidad de Farmacia: Anexo IV.

c) Para la especialidad de Veterinaria: Anexo V.

d) Para la especialidad de Odontólogia: Anexo VI.

e) Para la especialidad de Psicología: Apéndice V a esta

Resolución.

Prueba psicotécnica.

7. Desarrollo de las pruebas selectivas

7.1 La Prueba de conocimientos de cada una de las

especialidades constará de tres ejercicios, todos ellos eliminatorios

y su desarrollo será el que figura en los anexos a la Orden

Ministerial 12/1993, que para cada especialidad se citan en la base 6.2.

La prueba de conocimiento de la especialidad de Psicología

constará de los siguientes ejercicios, todos ellos eliminatorios:

Primer ejercicio: Escrito. Consistirá en contestar a un

cuestionario de 120 preguntas, con cinco opciones de respuesta, de

las cuales solamente una será la correcta, que versarán sobre

los 80 temas que figuran en el apartado 2 de este anexo. Para

este ejercicio se dispondrá de un tiempo máximo de dos horas.

Segundo ejercicio, oral. Consistirá en desarrollar en sesión

pública, en un plazo no superior a quince minutos por tema a

exponer, tres temas extraídos por sorteo, uno de cada grupo del

programa que figura en el apartado 2 de este anexo, puntos 2.2,

2.3 y 2,4.

Tercer ejercicio: Escrito y oral. Consistirá, primero, en el

desarrollo escrito de un ejercicio práctico, que estará referido a

cualquiera de las áreas de aplicación de la psicología. Su duración

máxima será de tres horas. Segundo, los aspirantes leerán sus

ejercicios en sesión pública. El tribunal podrá solicitar de los

opositores cuantas aclaraciones estime pertinentes sobre el mismo.

La no concurrencia a la lectura supondrá la eliminación del

aspirante.

En ninguno de los ejercicios se admitirá el uso de libros,

apuntes, ni referencias bibliográficas.

7.2 Prueba psicotécnica: Evaluará la aptitud de los aspirantes

para obtener un buen rendimiento académico y profesional

mediante pruebas que midan especialmente los factores

aptitudinales y las variables comportamentales.

7.3 Los aspirantes serán convocados para cada prueba en

llamamiento único. La Resolución a que hace referencia el

punto 3.3 servirá como llamamiento a la primera prueba. La

publicación del lugar, fecha y hora para la celebración de las pruebas

siguientes la efectuará el Tribunal de selección en el lugar donde

se celebre la primera y se anunciará por cualquier otro medio,

si fuera conveniente para facilitar su máxima divulgación.

7.4 En aquellas pruebas que lo requieran, el orden de

actuación de los aspirantes será el establecido en la Resolución

452/38516/2000, de 24 de noviembre ("Boletín Oficial del

Estado" número 290, del 4 de diciembre), de la Dirección General

de Reclutamiento y Enseñanza Militar.

7.5 Los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros

del Tribunal para acreditar su identidad en cualquier momento

durante las pruebas.

7.6 Para asistir a las pruebas, los aspirantes que se presenten

a las plazas de promoción interna tendrán derecho a pasaporte

no indemnizable.

8. Calificación de las pruebas

8.1 Para garantizar los principios de confidencialidad e

igualdad, los ejercicios escritos se corregirán y calificarán mediante

un sistema que impida la identificación personal de los aspirantes.

8.2 Cada uno de los ejercicios de las pruebas de

conocimientos y la prueba psicotécnica que comprende la fase de oposición

se calificará de cero a 10 puntos.

Los resultados de cada uno de los ejercicios eliminatorios y

los finales serán expuestos en la Escuela Militar de Sanidad.

8.3 La fase de concurso se calificará de acuerdo con las

puntuaciones y valoraciones de los méritos establecidos en el apéndice

II de estas bases. Las asignaturas o estudios superados se valorarán

una sola vez y no serán consideradas por el Tribunal de selección

las convalidaciones en otros centros docentes.

8.4 La calificación de la fase de oposición será la suma de

las puntuaciones alcanzadas en cada uno de los ejercicios y la

mitad de la calificación obtenida en la prueba psicotécnica.

La calificación final del concurso-oposición vendrá determinada

por la suma de la calificación expuesta en el párrafo anterior y

la obtenida en la fase de concurso.

8.5 Terminada la calificación del concurso-oposición, las

puntuaciones obtenidas se ordenarán de mayor a menor para cada

una de las formas de acceso, directo y promoción interna. A

continuación, se establecerá la correspondencia entre las

puntuaciones y los aspirantes, resultando así la ordenación de éstos.

En caso de igualdad en la calificación final, se resolverá

atendiendo a la puntuación obtenida por el aspirante en las distintas

pruebas, según el orden de prelación siguiente:

1.o Primer ejercicio, escrito.

2.o Segundo ejercicio, oral.

3.o Tercer ejercicio, práctico.

4.o Prueba psicotécnica.

8.6 Una vez terminada la calificación del concurso-oposición

de las especialidades de Medicina y Odontólogia de esta

convocatoria así como la correspondiente a las pruebas selectivas para

el acceso a la condición de militar de complemento adscrito al

Cuerpo Militar de Sanidad, del presente año, el Director general

de Reclutamiento y Enseñanza Militar coordinará la actuación de

los Tribunales de selección implicados para la asignación de las

plazas convocadas, teniendo en cuenta la ordenación de los

aspirantes por notas y el orden de preferencias de ingreso manifestado

por aquellos aspirantes que hayan optado a varios Cuerpos y

Escalas en la declaración que se acompaña como apéndice IV, sin

alterar, en ningún caso las actas de clasificación de los tribunales.

En caso de que exista discrepancia entre el orden de las

preferencias manifestado en la declaración que se acompaña a la

instancia de esta convocatoria y el orden de preferencias

manifestado en la declaración que acompaña a la instancia de las

pruebas selectivas para el acceso a la condición de militar de

complemento del Cuerpo Militar de Sanidad, se tendrá en

consideración el orden de preferencias manifestado en la declaración

firmada en fecha posterior y, en caso de igualdad de fechas, la

manifestada en la declaración que acompaña a la instancia

correspondiente a la convocatoria que se celebre en último lugar.

La relación de aspirantes admitidos como alumnos, se hará

pública en la Escuela Militar de Sanidad.

8.7 En ningún caso los Tribunales de selección podrán

declarar admitidos como alumnos un número de aspirantes superior

al de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga

lo anterior será nula de pleno derecho.

8.8 El Presidente del Tribunal de selección de cada una de

las especialidades elevará al Director general de Reclutamiento

y Enseñanza Militar, el acta correspondiente con la relación de

los aspirantes admitidos como alumnos en cada una de las formas

de acceso. Esta relación sera publicada por la citada autoridad

en el "Boletín Oficial del Estado".

9. Nombramiento de alumnos

9.1 Antes de la finalización de la última prueba, los

interesados deberán remitir al Director General de Reclutamiento y

Enseñanza Militar, (Secretaría de Exámenes del Cuerpo Militar de

Sanidad). Grupo de Escuelas de la Defensa, los siguientes documentos:

Certificación literal del acta de inscripción de nacimiento.

Declaración jurada o promesa de no estar separado del servicio

de las Administraciones Públicas ni inhabilitado para el ejercicio

de funciónes públicas.

Certificado del Registro Central de Penados y Rebeldes.

Declaración complementaria de conducta ciudadana, a que

hace referencia el apartado 2.5 de esta convocatoria, según

modelo que se acompaña como apéndice III.

Certificado de estado y obligaciones militares expedido por el

Centro de Reclutamiento correspondiente.

El aspirante que tuviera la condición de militar profesional,

miembro de la Guardia Civil o de funcionario público, estará exento

de justificar los requisitos ya acreditados para obtener dicha

condición, debiendo presentar únicamente certificación del Ministerio

u Organismo de quien dependa acreditando su condición y las

demás circunstancias que consten en su expediente personal.

9.2 Quienes dentro del plazo fijado, no presentasen la

documentación exigida, y quienes carezcan de alguno de los requisitos

señalados en la base 2, no podrán ser admitidos como alumnos

y sus actuaciones quedarán anuladas, sin perjuicio de las

responsabilidades en que hubiesen podido incurrir.

9.3 Los aspirantes admitidos como alumnos efectuarán su

presentación en la Academia General Militar el día 3 de septiembre

antes de las veintidós treinta, realizando el viaje de incorporación

por cuenta del Estado.

Si algún aspirante no efectúa su presentación en la fecha

indicada, sin justificar debidamente la causa de su ausencia, se

interpretará que renuncia a la plaza obtenida.

9.4 Al hacer su presentación, los que ingresen en los centros

docentes militares de formación firmarán un documento de

incorporación a las Fuerzas Armadas según el modelo aprobado por

el Ministro de Defensa, salvo aquellos que ya pertenezcan a éstas

y serán nombrados alumnos.

El Subdirector general de Enseñanza Militar hará publica,

mediante Resolución, en el "Boletín Oficial del Ministerio de

Defensa" el nombramiento de alumnos.

10. Períodos de formación

10.1 La enseñanza militar de formación tendrá una duración

de un curso académico, de acuerdo con los planes de estudios

correspondientes, y se llevará a cabo en dos períodos:

Primer período: De formación militar de carácter general.

Tendrá una duración aproximada de cuatro meses llevado a cabo

en las Academias Generales de los Ejércitos. Al finalizar el mismo

serán nombrados Alféreces alumnos los que hayan superado las

enseñanzas correspondientes.

Segundo período: De formación militar de carácter específico,

en la Escuela Militar de Sanidad, con una duración aproximada

de seis meses. Los que superen el plan de estudios serán ordenados

en cada especialidad, de acuerdo con las puntuaciones obtenidas.

A continuación, se procederá a integrarlos en un escalafón

único aplicando la tipificación a las calificaciones obtenidas, y

serán promovidos al empleo de Teniente de Sanidad del Cuerpo

Militar de Sanidad, Escala Superior de Oficiales.

10.2 Los alumnos estarán sujetos, desde su incorporación

al centro docente militar correspondiente, al Régimen del

Alumnado de los centros docentes militares de formación, establecido

por la Orden Ministerial 43/1993, de 21 de abril ("Boletín Oficial

del Estado" número 101, del 28).

10.3 Los alumnos que previamente tuvieran un empleo militar

pasarán a la situación administrativa que para cada uno

corresponda de acuerdo con lo establecido en el apartado 3 del artículo

80 de la Ley 17/1999, de 18 de Mayo, de Régimen del Personal

de las Fuerzas Armadas ("Boletín Oficial del Estado" número 119,

del 19).

10.4 Los alumnos que durante el período de formación causen

baja por cualquier motivo, pasarán a la situación militar que les

corresponda, según la legislación vigente, sirviéndoles de abono,

a efectos de prestación del servicio militar, el tiempo de

permanencia en los Centros docentes militares.

11. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos se deriven de ella

y de la actuación del Tribunal de selección, podrán ser impugnados

en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín

Oficial del Estado" número 285, del 27).

APÉNDICE I (ver imagen página 7024).

APÉNDICE II

Baremo a aplicar en la fase de concurso

Los méritos serán evaluados según calificación incluida en

certificación académica personal. En ningún caso se admitirán

papeletas de exámenes.

1.1 Factores a valorar:

Méritos académicos.

Méritos profesionales y científicos.

Méritos específicos.

Méritos militares.

1.2 Valoración:

1.2.1 De los méritos académicos:

1.2.1.1 Estudios de licenciatura: Se valorarán las

calificaciones de un solo plan de estudios de los conducentes a la obtención

de uno de los títulos universitarios oficiales exigidos en el proceso

selectivo.

Para la valoración de los estudios superados se seguirá el

siguiente criterio:

Matrícula: Diez puntos por cada asignatura.

Sobresaliente (no puntúa si se obtiene en la asignatura

matrícula de honor): Nueve puntos por cada asignatura.

Notable: Ocho puntos por cada asignatura.

Aprobado: Cinco puntos por cada asignatura.

El total de puntos resultante se dividirá por el número de

asignaturas.

1.2.1.2 Valoración de la tesina o similar de los títulos

universitarios oficiales exigidos en el proceso selectivo (sólo una):

Premio extraordinario: Dos puntos.

Sobresaliente: 0,9 puntos.

Notable: 0,8 puntos.

Apto: 0,5 puntos.

1.2.1.3 Estudios de doctorado, de titulaciones exigidas en

el proceso selectivo:

Por crédito: 0,03 puntos.

1.2.1.4 Grado de Doctor.

Título de Doctor obtenido con anterioridad al 2 de mayo de

1998, conforme al Real Decreto 185/1985.

Apto Cum Laude: Tres puntos

Apto: Dos puntos

Título de Doctor obtenido con posterioridad al 1 de mayo de

1998, conforme al Real decreto 778/1998.

Sobresaliente Cum Laude: Tres puntos.

Sobresaliente: 2,5 puntos.

Notable: Dos puntos.

Aprobado: 1,5 puntos.

Los puntos 1.2.1.3 y 1.2.1.4 se anulan entre sí, valorándose

el más favorable.

1.2.1.5 Título de la Escuela Oficial de Idiomas o acreditación

SLP, de cualquiera de los idiomas alemán, francés, italiano, árabe

o ruso. Se contabilizará como máximo un título o certificado de

los que se puedan aportar, según el siguiente baremo.

Ciclo superior de la E.O.I: Dos puntos.

Nivel SLP 3.3.3.3 ó superior: Dos puntos.

Ciclo Elemental de la E.O.I.: Un punto.

Nivel SLP 2.2.2.2 ó superior: Un punto.

No se valorará un grado de conocimiento inferior al SLP

2.2.2.2.

1.2.1.6 La puntuación de los méritos académicos, se

obtendrá de la suma de los epígrafes 1.2.1.1, 1.2.1.2, 1.2.1.3, 1.2.1.4

y 1.2.1.5, no pudiendo superar ésta los 17 puntos.

1.2.2 Méritos profesionales y científicos:

1.2.2.1 Artículos originales publicados por el aspirante como

primer firmante en revistas técnicas (máximo tres puntos): 0,50

puntos.

1.2.2.2 Publicaciones y trabajos científicos realizados por el

aspirante, como autor único, y declarados de utilidad para las

Fuerzas Armadas (máximo tres puntos): 0,50 puntos.

1.2.2.3 Artículos originales publicados por el aspirante como

segundo o siguiente firmante en revistas técnicas (máximo tres

puntos): 0,20 puntos.

1.2.2.4 Comunicaciones a congresos (máximo tres puntos):

0,10 puntos.

1.2.2.5 Cursos de formación continuada con certificación de

créditos por organismos oficiales (máximo 3 puntos). Por crédito:

0,10 puntos.

1.2.2.6 La puntuación de los méritos profesionales y

científicos, se obtendrá de la suma de los epígrafes 1.2.2.1, 1.2.2.2,

1.2.2.3, 1.2.2.4 y 1.2.2.5, no pudiendo superar ésta los 15

puntos.

1.2.3 Méritos específicos:

1.2.3.1 Para el Cuerpo Militar de Sanidad, Medicina:

Posesión del título oficial de especialista en Medicina.

Familiar y Comunitaria (MFC): 10 puntos.

Posesión del título de Médico especialista (No MFC): Cinco

puntos.

1.2.3.2 Para el Cuerpo Militar de Sanidad, Farmacia:

Posesión del título de Farmacéutico especialista cinco puntos.

1.2.3.3 La puntuación de los méritos específicos no podrá

superar los 10 puntos para Medicina y los cinco puntos para

Farmacia.

1.2.4 Méritos militares:

1.2.4.1 Del tiempo de servicio prestado como militar o

guardia civil:

Militar de carrera: 0,03 puntos por mes + 0,6.

Militar de complemento, militar profesional de tropa y marinería

o miembro del Cuerpo de la Guardia Civil: 0,02 puntos por mes.

Servicio militar cumplido como militar de reemplazo: 0,20

puntos.

Se considerarán meses completos, despreciando los días que

no lleguen a constituir un mes en el plazo de presentación de

solicitudes.

La puntuación total del tiempo de servicio prestado como

militar o guardia civil no podrá superar los dos puntos.

1.2.4.2 Recompensas. Cruz del mérito militar, naval o

aeronáutico con distintivo:

Rojo: Cinco puntos.

Azul: Cuatro puntos.

Amarilla: Tres puntos.

Blanco: Dos puntos.

Medalla de sufrimientos: Un punto.

Mención honorífica: 0,5 puntos.

Felicitaciones individuales anotadas en la hoja de servicios:

0,25 puntos.

Condecoraciones militares extranjeras: Un punto.

Condecoraciones civiles: Un punto.

La puntuación máxima de este apartado no podrá superar los

seis puntos.

1.2.4.3 Calificaciones militares: Se valorarán las

calificaciones de los dos últimos años o, en su defecto las dos últimas

calificaciones que se dispongan, teniendo en cuenta que del IPEC

se valorará la nota global.

La calificación final del aspirante, por este concepto, será la

media aritmética de las dos calificaciones.

El Presidente del Tribunal solicitará de la Dirección General

de Reclutamiento y Enseñanza Militar los listados de las

calificaciones finales obtenidas conforme a lo dispuesto en este

apartado.

1.2.4.4 La puntuación de los méritos militares, se obtendrá

de la suma de los epígrafes 1.2.4.1, 1.2.4.2 y 1.2.4.3, no pudiendo

superar ésta los 18 puntos.

1.3 Puntuación final de la fase de concurso:

1.3.1 Para los aspirantes que se presenten a las plazas de

Medicina y Farmacia.

Se obtendrá por la siguiente formula:

A + 0,5 B + 1,5 C + 3 D

6

P =

1.3.2 Para los aspirantes que se presenten a las plazas de

Veterinaria, Odontología y Psicología.

Se obtendrá por la siguiente formula:

A + B + 2 D

4

P =

1.3.3 Donde:

P, es la puntuación final de la fase de concurso.

A, es la puntuación de los méritos académicos.

B, es la puntuación de los méritos profesionales y científicos.

C, es la puntuación de los méritos específicos.

D, es la puntuación de los méritos militares.

APÉNDICE III

Declaración complementaria de conducta ciudadana

(Ley 68/1980, de 1 de diciembre)

El que suscribe, don ........................................,

con documento nacional de identidad número ..................,

expedido en ...................... el día ......................,

por la presente declaración, bajo su personal responsabilidad,

Hace constar:

a) Si se encuentra inculpado o procesado:

b) Si ha sido condenado en juicio de faltas durante los tres

años inmediatamente anteriores a la fecha de esta declaración:

c) Si en los tres años inmediatamente anteriores a esta fecha

se le ha impuesto sanción gubernativa como consecuencia de

expediente administrativo sancionador por hechos que guarden

relación directa con el objeto del expediente en el que se exija la

certificación o informe de conducta:

(A tales efectos no serán objeto de declaración las sanciones

gubernativas impuestas por actos meramente imprudentes ni las

procedentes de infracciones de tráfico.)

(Si se hallara comprendido en cualquiera de los supuestos

referidos, así lo hará constar con expresión del órgano jurisdiccional

ante el que se hayan seguido las diligencias o que le haya impuesto

medida de seguridad, o en su caso, de la Autoridad gubernativa

que le hubiera sancionado.)

En .............. a .............. de .............. de 2001.

(Firma del declarante)

APÉNDICE IV

Preferencias de ingreso

El que suscribe, don ........................................,

con DNI número ............................, aspirante a ingreso

en centro docente militar, Escala Superior de Oficiales, del Cuerpo

Militar de Sanidad, por la presente declaración, bajo su personal

responsabilidad,

DECLARA:

Que presentándose a esta convocatoria y a la correspondiente

de acceso a la condición de militar de complemento adscrito al

Cuerpo Militar de Sanidad, en caso de obtener calificaciones que

me permitan acceder a las plazas ofertadas en ambas

convocatorias, y con objeto de no dejar plazas sin cubrir, mi orden de

preferencia, es el siguiente (1):

Convocatoria

Escala Superior de Oficiales del Cuerpo Militar de

Sanidad.

Militar de complemento.

Y para que conste, firmo la presente en .., a .. de .. de 2001.

(Firma del declarante)

(1) Indicará la preferencia de ingreso, indicando con un "1" la que desea en

primer lugar, con un "2" la que desea en segundo.

(2) Compruebe y asegure que el orden correlativo de preferencias a las Escalas

y Cuerpos manifestado en esta declaración coincide con el expresado en la otra

convocatoria.

Importante: En caso de que el aspirante efectúe esta declaración, la adjuntará

con la instancia de la convocatoria.

APÉNDICE V

2. Programa de Psicología

2.1 Grupo primero (temas).

1. La psicología científica.-Concepto de psicología: ciencia

natural y/o social, pluralidad y diversidad del objeto. Constitución

de la psicología científica. Principales perspectivas: biológica,

dinámica, conductual y cognitiva- Métodos científicos: formas de

recoger información sobre el comportamiento y la actividad

humana: Observación natural, Método correfacional, Método

experimental. Estudio de casos. Métodos de investigación.

2. Origen y evolución de la mente.-Evolución y sus leyes,

Sistema nervioso: neurona y estructuras cerebrales. Dominancia

hemisféríca. Cerebro, conducta y cognición. Papel del sistema

endocrino en la actividad humana.

3. Aprendizaje conductual: condicionamiento clásico.

-Formas elementales del aprendizaje- habituación y sensibilización.

Aprendizaje asociativo clásico. Pavlov y la respuesta condicionada.

Procesos básicos del condicionamiento clásico, Parámetro del

condícionamiento clásico. Aplicaciones del condicionamiento clásico.

4. Aprendizaje conductual-condicionamiento

operante.-Thomdike y la ley del efecto. Análisis experimental de !a

conducta. Skinner y el condicionamiento operante, Programas de

refuerzo, Tipos de condicionarniento operante, Aplicaciones del

condicionamiento operante.

5. Aprendizaje social.-Bandura y aprendizaje rnodelado.

Teorías de la imitación. Función vicaria. Procesos de la imitación.

Aprendizaje de la agresión y otras conductas desviadas.

Indefensión aprendida.

6. Conciencia y sus estados.-Noción y funciones de la

conciencia. Procesamiento consciente e inconsciente. Estados

alternativos de la conciencia. Sueño. Hipnosis. Drogas.

7. Cognición.-Mente y procesos mentales, Sistema cognitivo:

estructuras, procesos y funciones. Adquisición del conocimiento:

tipos y modos.

8. Sensación.-Problema psicofísico. Cantidad

sensorialWeber, Fechner, Stevens.s Detección y decisión. Los sentidos.

Integración sensorial.

9. Percepción y atención.-Problema de la percepción.

Organización perceptual-. forma, profundidad, movimiento.

Reconocimiento de patrones. Factores innatos y aprendidos de la

percepción. Percepción social y realidad. Percepción selectiva y

subliminal. Sujeto humano: un sistema limitado de procesamiento.

Determinantes de la selección atencional. Teorías de limitación

estructuraTeorías de limitación de recursos. Modos de procesar

información: controlado ves automático, Alerta y atención

sostenida. Trastornos de la percepción y de la atención.

10. Memoria.-Adquisición, almacenamiento y recuperación.

Recuerdo y reconocimiento. Enfoques en el estudio de la memoria:

estructural, procesual. Clases de memoria: sensorial, corto plazo,

episócfica, semántica, dectarativa, procedimental,.

Representación del conocimiento: proposiciones vs imágenes, Estrategias de

memoria, Olvido: explicaciones teóricas y prácticas. Trastornos

de la memoria.

11. Pensamiento y lenguaje.-son los conceptos?.

Teorías de la adquisición de conceptos. Categorías. Clases de

razonamiento: inductivo vs deductivo. Solución de problemas.

Pensamiento creativo. Pensamiento y lenguaje. Noci6n del lenguaje,

Propiedades del lenguaje, Estructura del lenguaje humano-

Organización y uso del lenguaje. Lenguaje no humano. Adquisición

y desarrollo del lenguaje. Trastornos del lenguaje. Trastornos del

pensamiento.

12. Motivación.-Motivación el "porqué" de la conducta.

Enfoques sobre la motivación: biológico, cognitivo, psicodinámico,

humanístico, existencias, Motivaciones primarias- hambre, sed,

sexualidad, agresión. Motivaciones secundarias. Motivación al

logro. Los motivos sociales. Motivación, frustración y conflicto.

13. Emoción y afectos.-Componentes básicos de la emoción:

biológicos, cognitivos y conductuales. Teorías de ia emoción.

Primeras teorías (James-Lange, Cannon-Sard... ). Teorías congnítivas

(Levental, Scherer, Schacter, Lazarus). Otros enfoques (Mandler,

Izad, Ekman, Averili). Trastornos de la afectividad.

14. Estrés.-Reacción al estrés: síndrome de adaptación

general. Dimensiones, orígenes y cuantificación del estrés.

Consecuencias del estrés. Trastornos de ansiedad. Superación del estrés.

Prevención.

15. Inteligencia.-Noción de inteligencia. Enfoques-.

psicométrico y cognitivo. Medición de la inteligencia. Polémica herencia

vs medio. Inteligencia y creatividad. Trastornos intelectuales.

16. Desarrollo. (Evolución e involución).-Desarrollo,

maduracíón y crecimiento. Algunas características del proceso

evolutivo. Estudios longitudinaíes y transversales. Desarrollo biológico,

físico, emocionamotriz, sensorial. Desarrollo cognitivo.

Desarrollo sociomoral. Edad adulta. Tercera edad (envejecimiento normal

y envejecimiento patológico).

17. Personalidad.-Concepto de personalidad, Teorías de la

personalidad, Biología y personalidad. Evaluación de la

personalidad.

18. Introducción al estudio de los pequeños grupos.

-Introducción. Definición de grupo. Tipos de grupo. Estructura del

grupo. Desarrollo del grupo. El grupo familiar.

19. Psicometría.-Conceptos, Aplicaciones.

20. Tests psicológicos.-Teoría clásica, Otros modelos.

21. Características de los tests psicológicos.-Fiabilidad.

Validez.

22. Estadística descriptiva.-Expresi6n de conjuntos de datos,

Tendencia central y variabilidad. Expresión de relaciones

Correlaciones y Regresión.

23. Estadística inferencial.-Probabilidad. Distríbuciones de

probabilidad. Muestreo. Estimación de parámetras. Contraste de

hipótesis.

2.2 Grupo segundo (temas):

1. Trastornos mentales: Concepto, Clasificación, Factores de

riesgo. Psicoterapias.

2. Psícopatología de la percepción. Clasificación.

Alucinaciones.

3. Trastornos del pensamiento. Trastorno formal del

pensamiento. Trastornos del lenguaje.

4. Psicopatología del contenido del pensamiento. Ideas

delirantes, Interpretaciones sobre la génesis de los delirios.

5. Trastornos del control de los impulsos. Agresividad.

Trastornos del control de los impulsos (hábitos nocivos).

6. Trastornos de la conducta alimentarla. Anorexia nerviosa.

Bulimia.

7. Trastornos del impulso sexual: significación de la función

sexual, Trastornos de la conducta sexual.

8. Personalidad. Personalidad anormal. Clasificación de los

trastornos de la personalidad. Criterios diagnósticos.

9. Personalidades psicopáticas: concepto y limitaciones.

Etiología. Interpretación de las manifestaciones conductuales de la

personalidad asocial.

10. Ansiedad y neurosis, Trastornos de ansiedad,

Psicobiología de la ansiedad. Clasificación y criterios diagnósticos.

11. Trastornos por estrés, Variables del estrés. Reacción a

estrás grave. Trastornos adaptativos. Estrás postraumático,

Estrategias de afrontamiento, Comportamiento en desastres.

12. Trastornos fóbicos.

13. Trastorno obsesívo-compulsivo.

14. Trastornos somatomorfos. Trastorno de conversión.

Trastorno asociativo. Trastorno por somatización.

15. Trastornos efectivos, Criterios de clasificación.

Clasificación clínica. Episodios depresivo, maniaco y mixto. Trastornos

depresivos. Trastornos bipolares. Tratamiento de los trastornos

efectivos.

16. Trastornos efectivos. Epidemiología. Determinantes.

Resumen: modelo de vulnerabilidad de la depresión.

17. Psicosis esquizofrénica. Revisión histórica del concepto.

Etiopatogenia, Clínica y diagnóstico.Tratamiento.

18. Síndrome demencial. Epidemiología y Clasificación

etiológica. Diagnóstico, Demencia de Alzheimer.

19. Alcoholismo crónico. Concepto. Epidemiología,

Etiopatogenia. Diagnóstico.

20. Drogodependencias. Concepto. Epidemiología.

Etiopatogenia. Diagnóstico. Tratamiento.

21. Retraso mental: Concepto y clasificación. Etiología.

Clínica. Diagnóstico,

2.3 Grupo tercero (temas):

1. La Ley de Ordenación General del Sistema Educativo

(LOGSE). Título 1.

2. Teoría general del currículo. Diseño curricular como

proyecto: desarrollo curricular como realización. Currículo explícito

y currículo latente.

3. El proceso de enseñanza y aprendizaje como proceso de

construcción y de interección: Elementos interpersonales y

elementos didácticos. El papel mediador del profesor.

4. Principios didácticos en el proceso de enseñanza y

aprendizaje. La personalización de los procesos de enseñanza -

aprendizaje.

5. El desarrollo en la edad de la Educación Secundaria:

Adolescencia y Juventud. Desarrollo cognítívo: el pensamiento formal

abstracto. Implicaciones educativas.

6. Socialización y aprendizaje, La escuela como institución

socíalízadora: la transmisión en ella de pautas sociales y valores,

Tradición y patrimonio cultural en la transmisión educativa.

7. Educación para la convivencia. La educación y el desarrollo

de actividades cooperativas, democráticas y cívicas.

8. Educación para la igualdad. Educación no discriminatoria.

Eliminación de prejuicios sexistas y racistas en la escuela.

9. Educación para la salud. Prevención de las

drogodependencias.

10. La tutoría como elemento de función docente. Funciones

del tutor. Aportaciones de la psicología y de las ciencias de la

educación al desarrollo de estas funciones.

11. Programas de enseñar a pensar, de aprender a aprender:

principios comunes y panorama general.

12. Evaluación de la capacidad intelectual, de las aptitudes

básicas y de otras características personales relacionadas con el

aprendizaje. Instrumentos y técnicas de esta evaluación,

13. Evaluación del proceso de enseñanza: evaluación de los

proyectos curriculares, de la programación, de los materiales

curriculares, de las actividades educativas, de la organización escolar.

14. Evaluación del aprendizaje: evaluación de los procesos

y de los resultados de aprendizaje en los alumnos, Evaluación

de la competencia curricular.

15. La construcción de la inteligencia y de la personalidad

en la interacción social: el papel de los compañeros en la

experiencia educativa y en el aprendizaje.

16. El trabajo cooperativo y interacción social, Técnicas de

análisis y dinamización grupal.

17. Formación profesional y preparación para la transición

a la vida activa en alumnos que no alcancen los objetivos de la

enseñanza obligatoria. Programas de Garantía social.

18. Características básicas del desarrollo psicológico de los

adolescentes. Aspectos cognitivos, motrices, efectivos y sociales.

2.4 Grupo cuarto (temas):

1. La organización. Organización formal e informal. Teorías.

2. La cultura de la organización. Determinantes.

3. El Clima de la organización. Bases teóricas de las distintas

escuelas. Métodos para su medición. Relación entre el clima de

la organización y variables actitudinales y conductuales.

4. Satisfacción laboral. Desarrollo histórico sobre la

satisfacción laboral. Variables determinantes. Variables moderadoras,

Teorías de la Satisfacción laboral. Métodos de medición y

predicción. Repercusiones físicas y psíquicas.

5. El Análisis y descripción de los puestos de trabajo, Métodos

y aplicaciones.

6. La valoración de los puestos de trabajo. Métodos.

7. Selección de personal. Métodos.

8. Procesos de selección de personal. Modelos. Aplicaciones.

9. Técnicas de evaluación en la selección de personal.

10. La formación del personal. Detección y análisis de las

necesidades de formación. Diseño de planes de formación.

11. Motivación laboral. Teorías.

12. Entrenamiento en toma de decisiones. Entrenamiento en

conocimientos técnicos. Entrenamiento en relaciones humanas.

13. Principales teorías y modelos de la dirección.

Aplicaciones en la administración.

14. La toma de decisiones en la organización.

15. Seguridad y Salud laboral.

16. Ergonornía.

17. Comunicación organizacional. Objetivos. Tipos. Efectos

de la estructura. Redes de la comunicación. Consecuencias del

proceso de comunicación.

18. Conflicto y negociación. Factores interpersonales.

Factores culturales.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid