El Real Decreto 1449/2000, de 28 de julio, por el que se
modifica y desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio
del Interior ha introducido modificaciones en la estructura orgánica
y funcional de determinadas áreas del mismo, de las que se deriva
la supresión de determinados órganos cuyos titulares formaban
parte del Consejo de Policía y la creación de otros nuevos, por
tal razón se considera conveniente proceder a la modificación de
la Orden de 10 de junio de 1999, en el sentido de actualizar
la relación de Vocales del citado Consejo, designados en
representación de la Administración, para su adecuación a la realidad
organizativa del Departamento.
En su virtud, y de conformidad con lo establecido en el
artículo 25 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas
y Cuerpos de Seguridad, dispongo:
Artículo único.
El apartado primero de la expresada Orden del Ministerio del
Interior de 10 de junio de 1999, quedará redactado como sigue:
"Primero.-Se nombran Vocales del Consejo de Policía,
en representación de la Administración, a los titulares de
los siguientes cargos:
Representantes titulares:
El Secretario de Estado de Seguridad.
El Subsecretario del Ministerio del Interior.
El Director general de la Policía.
El Secretario general técnico del Ministerio del Interior.
El Director general de Infraestructuras y Material de
Seguridad.
El Subdirector general operativo de la Dirección General
de la Policía.
El Subdirector general de Gestión y Recursos Humanos
de la Dirección General de la Policía.
El Subdirector general del Gabinete Técnico de la
Dirección General de la Policía.
El Jefe de la División de Personal de la Dirección General
de la Policía.
El Jefe de la División de Coordinación Económica y
Técnica de la Dirección General de la Policía.
El Jefe de la División de Formación y Perfeccionamiento
de la Dirección General de la Policía.
Representantes suplentes:
El Comisario general de Seguridad Ciudadana de la
Dirección General de la Policía.
El Subdirector general de Patrimonio y Gestión
Económica.
El Vicesecretario general técnico del Ministerio del
Interior.
El Secretario técnico de la Subdirección General
Operativa de la Dirección General de la Policía.
El Secretario técnico de la Subdirección General de
Gestión y Recursos Humanos de la Dirección General de la
Policía.
El Secretario técnico de la Subdirección General del
Gabinete Técnico de la Dirección General de la Policía.
El Secretario técnico de la División de Personal de la
Dirección General de la Policía.
El Secretario técnico de la División de Coordinación
Económica y Técnica de la Dirección General de la Policía.
El Secretario técnico de la División de Formación y
Perfeccionamiento de la Dirección General de la Policía."
Disposición final.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su
publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 21 de diciembre de 2000.
MAYOR OREJA
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid