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Documento BOE-A-2001-3061

Resolución de 19 de enero de 2001, de la Dirección General de Política Tecnológica, por la que se autoriza al Laboratorio Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas" (INTA), para la realización de los ensayos relativos a "las medidas que deben adoptarse contra las emisiones de gases contaminantes y de partículas procedentes de motores destinados a propulsar tractores agrícolas o forestales, según la Directiva 2000/25/CE".

Publicado en:
«BOE» núm. 38, de 13 de febrero de 2001, páginas 5417 a 5417 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia y Tecnología
Referencia:
BOE-A-2001-3061

TEXTO ORIGINAL

Vista la documentación presentada por don Fernando José Cascales Moreno, en nombre y representación del Laboratorio Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» (INTA), con domicilio social en carretera Ajalvir, kilómetro 4, 28850 Torrejón de Ardoz (Madrid);

Visto el artículo 13.4 de la Ley 21/1992, de Industria («Boletín Oficial del Estado» de 23 de julio); la disposición adicional quinta del Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 6 de febrero de 1996), por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial, y el contenido de la Directiva 2000/25/CE;

Considerando que el citado Laboratorio dispone de los medios necesarios para realizar los ensayos correspondientes y que en la tramitación del expediente se han cumplido todos los requisitos,

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero.

Autorizar al Laboratorio Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» (INTA) para realización de los ensayos relativos a «las medidas que deben adoptarse contra las emisiones de gases contaminantes y de partículas procedentes de motores destinados a propulsar tractores agrícolas o forestales, según la Directiva 2000/25/CE», según la Directiva anteriormente citada.

Segundo.

Esta autorización tiene un período de validez de cuatro años, pudiendo el interesado solicitar la prórroga de la misma dentro de los tres meses anteriores a la expiración de dicho plazo.

Lo que se comunica a los efectos oportunos.

Madrid, 19 de enero de 2001.‒El Director general, Arturo González Romero.

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