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Documento BOE-A-2001-2875

Resolución de 23 de enero de 2001, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo en esta Universidad, correspondientes al grupo D.

Publicado en:
«BOE» núm. 35, de 9 de febrero de 2001, páginas 5083 a 5087 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2001-2875

TEXTO ORIGINAL

Vacantes los puestos de trabajo de personal de Administración

y Servicios que se relacionan en el anexo I, dotados

presupuestariamente, y cuya provisión se estima conveniente en atención

a las necesidades del servicio,

Este Rectorado, en virtud de las atribuciones conferidas por

el artículo 18, en relación con el 3.e) de la Ley de Reforma

Universitaria, y por el artículo 35 de los Estatutos de la Universidad,

aprobados por Real Decreto 1287/1985, de 26 de junio ("Boletín

Oficial del Estado" de 31 de julio) ; de acuerdo con lo dispuesto

en el artículo 20 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas

para la Reforma de la Función Pública, según la redacción dada

por la Ley 23/1988, de 28 de julio, en la relación de puestos

de trabajo de la Universidad, y en el Real Decreto 364/1995,

de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General

de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General

del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción

Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración

General del Estado, ha resuelto convocar concurso específico para

cubrir los citados puestos vacantes con arreglo a las siguientes

Bases de la convocatoria

Primera. 1. Podrán tomar parte en el presente concurso los

funcionarios de carrera de la Administración del Estado, Seguridad

Social, Comunidades Autónomas y Universidades, de los Cuerpos

y Escalas clasificados en el grupo D comprendido en el

artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, con excepción del

personal docente e investigador, sanitario, de Correos y

Telecomunicaciones, de Instituciones Penitenciarias y Transporte Aéreo

y Meteorología.

2. Podrán participar en la convocatoria los funcionarios que

se encuentren en servicio activo, servicios especiales, servicios

en Comunidades Autónomas, excedencia forzosa, procedentes

de la situación de suspenso que hayan cumplido el período de

suspensión, excedencia voluntaria y excedencia para el cuidado

de hijo.

3. Los funcionarios en activo con destino definitivo podrán

participar siempre que hayan transcurrido dos años desde la toma

de posesión del último destino obtenido, salvo las excepciones

a las que se refiere el apartado f) del artículo 20 de la Ley 30/1984,

de 2 de agosto, en la redacción dada por la Ley 23/1988, de

28 de julio.

4. Los funcionarios en situación de servicios en Comunidades

Autónomas sólo podrán tomar parte en el presente concurso si

han transcurrido dos años desde su transferencia o traslado.

5. Los funcionarios en excedencia voluntaria por interés

particular [artículo 29.3.c) de la Ley 30/1984] sólo podrán participar

si han transcurrido dos años desde que fueron declarados en dicha

situación.

6. Los funcionarios en situación de excedencia para el cuidado

de hijos que tengan reservado su puesto de trabajo, sólo podrán

participar en el concurso si han transcurrido dos años desde la

toma de posesión de dicho puesto, salvo que participen para cubrir

vacantes en el ámbito de la Secretaría de Estado, Departamento

u organismo en el que tengan reservado el puesto de trabajo.

7. Todos los requisitos y plazos establecidos se referirán a

la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

Segunda.-Los funcionarios con alguna discapacidad podrán

instar en la propia solicitud de vacantes la adaptación del puesto

o puestos de trabajo solicitados que no supongan una modificación

exorbitante en el contexto de la organización. La Comisión de

Valoración podrá recabar del interesado, en entrevista personal,

la información que estime necesaria en orden a la adaptación

aducida, así como el dictamen de los órganos técnicos de la

Administración laboral, sanitaria o de los competentes del Ministerio

de Asuntos Sociales y, en su caso, de la Comunidad Autónoma

correspondiente, respecto de la procedencia de la adaptación y

de la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones

del puesto en concreto.

Tercera.-Los puestos de trabajo que pueden solicitarse se

detallan en el anexo I. Los concursantes habrán de reunir los requisitos

de grupo que se señalan en el anexo I y Cuerpo o Escala de los

establecidos en la relación de puestos de trabajo de esta

Universidad.

Cuarta.-Los méritos a valorar serán los que se indican, de

acuerdo con el baremo de puntuación que a continuación se

detalla:

4.1 Grado personal consolidado:

4.1.1 Por grado personal igual o superior al del puesto

solicitado: 2,9 puntos.

4.1.2 Por grado personal inferior en dos niveles al del puesto

solicitado: 2,5 puntos.

4.1.3 Por grado personal inferior en tres o más niveles al

del puesto solicitado: 1,1 puntos.

4.2 Valoración del trabajo desarrollado:

4.2.1 Por estar desempeñando o haber desempeñado en la

Universidad Nacional de Educación a Distancia un puesto en la

misma Unidad Administrativa a la que pertenece el puesto objeto

del concurso 0,40 puntos por año o fracción superior a seis meses,

hasta un máximo de cuatro puntos.

4.2.2 Por estar desempeñando o haber desempeñado en la

Universidad Nacional de Educación a Distancia un puesto en

distinta Unidad Administrativa a la que pertenece el puesto objeto

del concurso: 0,20 puntos por año o fracción superior a seis meses,

hasta un máximo de cuatro puntos.

A los efectos de valoración de estos méritos, se considerará

la Unidad Administrativa como la sección a la que pertenezca

el puesto objeto del concurso. En caso de no existir la sección,

se considerará la Unidad como el Negociado.

La valoración máxima por este apartado será de cuatro puntos.

4.3 Cursos de formación y perfeccionamiento: Se valorará

con 1,1 puntos la realización de algún curso impartido por la

Universidad Nacional de Educación a Distancia, que forme parte

del plan de formación de la Gerencia de la Universidad, el INAP

u organismos oficiales.

4.4 Antigüedad en la Administración:

4.4.1 Por cada año de servicios reconocidos en la

Administración o fracción superior a seis meses: 0,10 puntos, hasta un

máximo de 1,1 puntos.

4.4.2 Por cada año de servicios prestados en la Universidad

Nacional de Educación a Distancia o fracción superior a seis meses:

0,20 puntos, hasta un máximo de tres puntos.

A los efectos de valoración, no se computarán los años de

servicio que hayan sido prestados simultáneamente a otros

igualmente alegados.

La valoración máxima por este apartado será de tres puntos.

Quinta.-La propuesta de resolución para cada una de las plazas

convocadas deberá recaer sobre la persona candidata que haya

obtenido la mayor puntuación, sumados los resultados finales de

los distintos apartados.

En caso de empate en la puntuación final, se estará a lo

dispuesto en el Real Decreto 364/1995, Reglamento General de

Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del

Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción

Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General

del Estado, en su artículo 44.4. Si se produjera un nuevo empate

una vez atendido este criterio, se adjudicará la plaza al concursante

cuyos apellidos sean los primeros en prelación a partir de la letra Q,

de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría

de Estado para la Administración Pública, de 15 de abril de 1999

("Boletín Oficial del Estado" del 17), por la que se publica el

resultado del sorteo celebrado el día 14 de abril.

Sexta. 1. Los méritos, así como los requisitos y datos

imprescindibles, deberán ser acreditados por certificado, en copia del

modelo que figura como anexo IV de esta Resolución. Dicho

certificado deberá ser expedido por el órgano competente en materia

de personal de cada organismo, o por la Sección de Personal

de Administración y Servicios de la Universidad, cuando se trate

de funcionarios en servicio activo o en excedencia para cuidado

de hijos.

En el caso de los excedentes voluntarios, los certificados serán

expedidos por la Unidad de Personal del Departamento a que

figura adscrito su Cuerpo o Escala, o por la Dirección General

de la Función Pública si pertenece a las Escalas a extinguir de

la AISS o a los Cuerpos dependientes de la Secretaría de Estado

para la Administración Pública. En el caso de las restantes Escalas,

asimismo dependientes de la citada Secretaría de Estado, tales

certificaciones serán expedidas por la Unidad de Personal del

Ministerio u organismo donde tuvieran su último destino definitivo.

Las certificaciones se expresarán referidas a la fecha de

finalización del plazo de presentación de solicitudes.

2. Los concursantes que procedan de la situación de suspenso

acompañarán a su solicitud documentación acreditativa de la

terminación de su período de suspensión.

3. Los excedentes voluntarios por interés particular

acompañarán a su solicitud declaración de no haber sido separados

del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.

4. Los expectantes de destino por supresión del puesto

aportarán certificado al respecto, expedido por la Dirección General

de la Función Pública.

Séptima. 1. Las solicitudes para tomar parte en este

concurso, dirigidas al excelentísimo señor Rector magnífico de la

Universidad Nacional de Educación a Distancia, se ajustarán al modelo

publicado como anexo II de esta Resolución y se presentarán en

el plazo de quince días hábiles, a contar del siguiente al de la

publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial del

Estado", bien directamente en las Unidades de Atención al Público

de la Universidad Nacional de Educación a Distancia sitas en la

calle Bravo Murillo, 38, 28015 Madrid ; edificio de Humanidades,

calle Senda del Rey, sin número, y Pabellón de Gobierno, Ciudad

Universitaria, sin número, 28040 Madrid ; bien en las formas

establecidas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

2. El concursante deberá unir a la solicitud la documentación

que hubiera de acompañar, con su correspondiente índice,

adaptándose al efecto a los modelos que figuran en los anexos

respectivos, así como el currículum vitae, certificaciones, títulos o

justificantes a que hace referencia el baremo correspondiente.

Los anexos a presentar son los siguientes:

Anexo II: Solicitud de participación.

Anexo III: Puestos solicitados, por orden de preferencia.

Anexo IV: Certificación de la Unidad de Personal.

Anexo V: Currículum vitae profesional.

3. En el supuesto de estar interesados en las vacantes que

se anuncian en este concurso dos funcionarios, aunque

pertenezcan a distintos Cuerpos o Escalas, podrán condicionar su petición,

por razones de convivencia familiar, al hecho de que ambos

obtengan destino en este concurso, entendiéndose, en caso contrario,

anuladas las peticiones formuladas por ambos. Los concursantes

que se acojan a esta petición condicional deberán acompañar a

su instancia una fotocopia de la petición del otro, y expresarlo

en el recuadro correspondiente de la solicitud.

Octava.-Los méritos serán valorados por la siguiente Comisión:

Titulares:

Presidente: Don Indalecio Sánchez Gil, Jefe de Servicio de

Contabilidad.

Vocales: Don José María Martínez Díez, Jefe de Sección de

Habilitación, y don Ángel López Gómez, Jefe de Sección de

Comunicaciones.

Secretaria: Doña Isabel Peñuelas Horcajo, Jefa de Negociado

de Convocatorias y Contratación.

Suplentes:

Presidente: Don Jesús Santaengracia Peña, Jefe de Sección

de Producción Audiovisual y Nuevas Tecnologías.

Vocales: Doña María Teresa Martínez de la Torre, Jefe de

Sección de Tesorería e Ingresos, y doña Isabel Molinero Blázquez,

Jefa de Negociado de Gerencia.

Secretario: Don Juan Palomares Hermoso, Jefe de Negociado

del Centro de Servicios Informáticos.

La Junta de Personal designará un representante para que

asista a la Comisión de Valoración.

Novena. 1. Una vez transcurrido el período de presentación

de instancias, las solicitudes formuladas serán vinculantes para

el peticionario, y el destino adjudicado será irrenunciable, excepto

si hubiera obtenido otro en distinto concurso antes de finalizar

el plazo de toma de posesión, en cuyo caso podrá optar entre

ambos puestos de trabajo, viniendo obligado a comunicar la opción

realizada al Rectorado de la Universidad por escrito, dentro del

plazo de tres días desde la notificación de la adjudicación del

otro puesto.

2. Los traslados a que puedan dar lugar las adjudicaciones

de los puestos de trabajo tendrán, a todos los efectos,

consideración de voluntarios.

Décima.-El plazo para la resolución del concurso será de tres

meses, contados desde el día siguiente al de la finalización de

la presentación de solicitudes.

Undécima. 1. El concurso se decidirá por Resolución del

Rectorado de la Universidad Nacional de Educación a Distancia,

que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", determinándose

el puesto de trabajo que se adjudica y el funcionario que se destina

al mismo.

2. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido

será de tres días si radica en la misma localidad, o de un mes

si radica en distinta localidad o comporta el reingreso al servicio

activo.

El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del

día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres

días hábiles siguientes al de la publicación de la Resolución que

resuelve el concurso. Si la Resolución comporta reingreso al

servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse

desde el día siguiente a dicha publicación.

3. El cómputo de los plazos posesorios se iniciará una vez

finalizados los permisos y licencias que, en su caso, hayan sido

concedidos a los interesados.

4. A todos los efectos, el plazo posesorio se considerará como

de servicio activo.

Duodécima.-Contra la presente Resolución, que agota la vía

administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de

reposición ante el excelentísimo señor Rector magnífico de esta

Universidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente

a su publicación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala

de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia

de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente

a su publicación.

Madrid, 23 de enero de 2001.-El Rector, Jaime Montalvo

Correa.

ANEXO I

Localidad de destino de los puestos de trabajo objeto

de la convocatoria: Madrid

Complemento

específico

-Pesetas

N.º

orden Denominación del puesto Nivel

CD Grupo N.º

plazas

1 Jefe/a Grupo de Recursos

Humanos.

16 539.904 D 4

2 Jefe/a Grupo del Servicio de

Infraestructura.

16 539.904 D 2

3 Jefe/a Grupo del Servicio de

Investigación.

16 539.904 D 1

4 Jefe/a Grupo del Servicio de

Metodología, Medios y Tecnología.

16 539.904 D 1

5 Jefe/a Grupo del Servicio de

Educación Permanente.

16 539.904 D 1

6 Jefe/a Grupo del Servicio de

Centros Asociados.

16 539.904 D 1

Complemento

específico

-Pesetas

N.º

orden Denominación del puesto Nivel

CD Grupo N.º

plazas

7 Jefe/a Grupo del Servicio de

Secretaría General.

16 539.904 D 1

8 Jefe/a Grupo Servicio de Alumnos

(jornada especial).

16 727.176 D 1

ANEXO II

Concurso de méritos convocado por Resolución de

la Universidad Nacional de Educación a Distancia de

fecha ............ ("Boletín Oficial del Estado" número ......)

Solicitud de participación en el concurso de méritos que

formula:

Don/doña ..................................................,

documento nacional de identidad número ......................,

domicilio ......................, teléfono ......................,

localidad ...................., código postal ....................

Administración a la que pertenece ..............................,

número Registro de Personal ............., grupo .............,

grado consolidado ...........,

Solicita: Participar en el concurso referenciado en el

encabezamiento, de acuerdo con las bases de la convocatoria, y al efecto

acompaña reseña del puesto al que aspira, así como la

documentación que en el índice se detalla, justificativa de circunstancias,

requisitos y méritos.

Condiciona su solicitud a la de otro funcionario

(base 7.3 de la convocatoria):

NO

[ ]

[ ]

En ..............., a ..... de .......... de 2001.

ANEXO III

Concurso de méritos convocado por Resolución de

la Universidad Nacional de Educación a Distancia de

fecha ............ ("Boletín Oficial del Estado" número ......)

Reseña del puesto que solicita don/doña .....................

................................................................

Número delpuesto Denominacióndelpuesto

ANEXO V

Currículum vitae

a) Datos personales:

Apellidos:

Nombre:

Documento nacional de identidad:

Domicilio (calle):

Domicilio (localidad):

Código postal:

Teléfono:

b) Datos profesionales:

Cuerpo o Escala:

Nivel de complemento de destino:

Grado consolidado:

Historial profesional (con breve descripción de tareas):

c) Datos académicos y aptitudes:

Títulos:

Cursos:

Idiomas:

Otros:

ANEXO IV: (Ver imágenes páginas 5086 y 5087)

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