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Por Resolución de fecha 10 de julio de 2001 de esta Dirección General, se concedió la autorización administrativa previa establecida en el artículo 20.1 de la Ley 8/1987 de 8 de junio, de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, para la constitución de «Asesores y Gestores Financieros Pensiones, Entidad Gestora de Fondos de Pensiones, Sociedad Anónima».
Habiéndose constituido en fecha 8 de agosto de 2001, conforme a la autorización previa otorgada, la referida entidad con domicilio social en Madrid, ha solicitado su inscripción en el Registro de Entidades Gestoras y Depositarias de Fondos de Pensiones, como entidad gestora, presentando la documentación prevista a tal efecto en el artículo 5, número 3, de la Orden ministerial de 7 de noviembre de 1988 («Boletín Oficial del Estado» del 10).
Considerando cumplimentados los requisitos establecidos en la expresada Ley y normas que la desarrollan, este centro directivo acuerda:
Proceder a la inscripción de «Asesores y Gestores Financieros Pensiones, Entidad Gestora de Fondos de Pensiones, Sociedad Anónima», en el Registro establecido en el artículo 46.1.b) del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones de 30 de septiembre de 1988 («Boletín Oficial del Estado» de 2 de noviembre) como entidad gestora.
Madrid, 22 de octubre de 2001.−La Directora general, María Pilar González de Frutos.
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