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Documento BOE-A-2001-23312

Resolución de 22 de noviembre de 2001, de la Universidad de Oviedo, por la que se convoca concurso público para la provisión de plazas de Cuerpos Docentes Universitarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 296, de 11 de diciembre de 2001, páginas 46303 a 46306 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2001-23312

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo que dispone el artículo 2.4 del Real

Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, que regula los

concursos para la provisión de plazas de Cuerpos Docentes

Universitarios, este Rectorado ha resuelto convocar a concurso las plazas

que se relacionan en el anexo I de la presente Resolución, de

acuerdo con las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Los concursos se regirán por lo dispuesto en la Ley

Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria ("Boletín

Oficial del Estado" de 1 de septiembre) ; por el Real Decreto

1888/1984 de 26 de septiembre ("Boletín Oficial del Estado" de

26 de octubre), modificado parcialmente por el Real Decreto

1427/1986, de 13 de junio ("Boletín Oficial del Estado" de 11

de julio) ; Orden del 28 de diciembre de 1984 ("Boletín Oficial

del Estado" de 16 de enero de 1985) ; Ley 17/1993, de 23 de

diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del 24) ; Real Decreto

800/1995, de 19 de mayo ("Boletín Oficial del Estado" de 7 de

junio) ; Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 23 de

enero de 1995 ("Boletín Oficial del Estado" del 28), y en lo no

previsto en las citadas disposiciones les será de aplicación la

legislación general de funcionarios civiles del Estado, y se tramitarán

independientemente para cada uno de los perfiles que se convocan,

aun dentro del mismo área de conocimiento.

1.2 La tramitación del concurso para proveer las citadas

plazas será independiente para cada una de ellas.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Requisitos comunes para todas las plazas.-Para ser

admitido a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes

deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español o nacional de un país miembro de la Unión

Europea o nacional del Reino de Noruega o de la República de

Islandia.

También podrán participar el cónyuge, descendientes y

descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de

otros Estados miembros de la Unión Europea, de Noruega o de

Islandia, siempre que no estén separados de derecho, menores

de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos

se realizará por medio de los documentos correspondientes,

certificados por las autoridades competentes en su país de origen.

Los aspirantes deberán presentar tales documentos traducidos al

castellano, que será la lengua oficial en la que tendrá lugar,

asimismo, el desarrollo de las pruebas selectivas, de conformidad

con lo establecido en el artículo 6 del Real Decreto 800/1995,

de 19 de mayo.

b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber cumplido los

setenta.

c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

funciones correspondientes a profesor de Universidad.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario

del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni

hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

En caso de no poseer la nacionalidad española, declaración jurada

o promesa de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena

penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

No podrán optar a las plazas que se convocan y que aparecen

relacionadas en el anexo I de esta convocatoria los profesores

de la Universidad de Oviedo que, encontrándose en situación de

"Servicio Activo" en la misma, ocupen otra plaza del mismo cuerpo

y área de conocimiento que la plaza convocada.

2.2 Requisitos específicos.-Profesores Titulares de

Universidad y Catedráticos de Escuela Universitaria: Estar en posesión

del título de Doctor.

Las condiciones académicas de titulación enumeradas en el

apartado anterior expedidas en otros Estados miembros de la

Unión Europea, del Reino de Noruega o de la República de Islandia

a nacionales de cualquiera de estos Estados, deberán estar

acompañadas de la credencial de reconocimiento para el ejercicio de

la profesión regulada de Profesor de Universidad, de conformidad

con lo establecido en el Real Decreto 1665/1991, de 25 de octubre

("Boletín Oficial del Estado" de 22 de noviembre) y en las Directivas

Europeas.

En el caso de que la titulación exigida para cada una de las

plazas se haya obtenido en el extranjero, deberá haberse concedido

la correspondiente homologación en España, que se acreditará

mediante credencial expedida por la Subdirección General de

Títulos, Convalidaciones y Homologaciones del Ministerio competente.

2.3 Los requisitos establecidos en la presente base deberán

cumplirse en el momento de finalizar el plazo de presentación

de instancias y mantenerse hasta el momento de la toma de

posesión.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en el concurso remitirán la

correspondiente solicitud al excelentísimo señor Rector Magnífico

de la Universidad de Oviedo (San Francisco, 3, 33071 Oviedo),

por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo

38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, ("Boletín Oficial del Estado" del 27), modificada

por la Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial del Estado"

del 14), en el plazo de veinte días hábiles a partir de la publicación

de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", mediante

instancia debidamente cumplimentada, según modelo que se

adjunta como anexo II a esta convocatoria y que aparece en la

página Web (http://www.uniovi/Vicerrectorados/Ordenacion.es),

junto con los documentos que acrediten los requisitos para

participar en el concurso. La concurrencia de los requisitos generales,

así como las condiciones académicas específicas para participar

en el concurso, deberán estar referidos siempre a una fecha

anterior a la expiración del plazo fijado para solicitar la participación

en el concurso.

Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de

Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas

por un funcionario de Correos antes de su certificación.

Las solicitudes suscritas en el extranjero, podrán cursarse a

través de las representaciones diplomáticas y consulares españolas

correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al Registro

General de la Universidad de Oviedo.

3.2 Los aspirantes, junto con su solicitud, deberán justificar

el haber abonado los derechos correspondientes en la cuenta

corriente "Pruebas Selectivas. Cajastur. O.P., número

20480000240510000099". (Cuerpos Docentes Universitarios:

3.060 pesetas). Serán excluidos los aspirantes que no hayan

abonado la cantidad citada dentro del plazo habilitado para la

presentación de instancias, prescrito en el apartado 3.1 de esta

Resolución, no concediéndose plazo adicional alguno para el abono

de la misma.

3.3. Junto con la solicitud se acompañará la siguiente

documentación:

Fotocopia compulsada del título de Doctor.

Justificante de haber abonado los derechos correspondientes.

Fotocopia del documento nacional de identidad.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan

derecho a participar, deberán presentar fotocopia del documento

que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que

acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas

o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan

dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada

o promesa de éste de que no está separado de derecho de su

cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus

expensas o está a su cargo.

3.4 Los documentos expedidos en el extranjero deberán

ajustarse a los requisitos siguientes:

a) Los documentos deberán ser oficiales, expedidos por las

autoridades competentes y legalizados por vía diplomática.

b) Los documentos deberán ir acompañados, en su caso, de

su correspondiente traducción oficial al castellano.

3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento de oficio o a instancia de los

interesados.

3.6 El domicilio que figure en las instancias se considerará

el único válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad

exclusiva del concursante tanto los errores en la consignación

del mismo como la comunicación de cualquier cambio de dicho

domicilio.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el

Rector de la Universidad de Oviedo dictará una resolución aprobando

la lista provisional de admitidos y excluidos, con indicación de

las causas de exclusión. Esta lista provisional se remitirá a todos

los aspirantes por cualquiera de los procedimientos establecidos

en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

4.2 Contra esta resolución aprobando la lista de admitidos

y excluidos, los interesados podrán interponer reclamación ante

el Rector, en el plazo de quince días hábiles a contar desde el

siguiente a la notificación de la relación de admitidos y excluidos.

4.3 Resueltas las reclamaciones, si se hubieran producido

variaciones en la relación provisional, se notificará a los

interesados la lista definitiva de admitidos y excluidos, indicando,

igualmente, las causas de exclusión.

5. Comisión de selección

5.1 Los integrantes de la Comisión de selección serán

designados de conformidad con lo establecido en artículo 6.o, 1, bases

b) y c), del Real Decreto 1888/1984, modificado por el Real

Decreto 1427/1986.

5.2 El nombramiento como miembro de la Comisión es

irrenunciable, salvo cuando concurra causa justificada o alguno de

los motivos de abstención o recusación, de acuerdo con lo previsto

en los apartados 10, 11 y 12 del artículo 6.o del Real Decreto

1888/1984, modificado por el Real Decreto 1427/1986, y en

los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

6. Desarrollo del concurso

6.1 De la constitución de la Comisión y de la citación al acto

de presentación.-El Presidente de la Comisión, una vez publicada

su composición en el "Boletín Oficial del Estado" y dentro del

plazo de cuatro meses, procederá a convocar con una antelación

mínima de quince días naturales a:

a) Todos los miembros titulares de la Comisión y, en su caso,

suplentes para proceder al acto de constitución de la misma, para

fijar y hacer públicos los criterios que se utilizarán para la

valoración equilibrada de las pruebas. En el acto de constitución, la

Comisión adoptará además todas las decisiones que le

correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas.

b) Todos los aspirantes admitidos, para realizar el acto de

presentación de los concursantes, con señalamiento del día, hora

y lugar de celebración de dicho acto, que no podrá exceder de

dos días hábiles desde la constitución de la Comisión.

6.2 Del acto de presentación:

a) En el acto de presentación, que será público, los

concursantes entregarán al Presidente de la Comisión la documentación

señalada en el artículo 9.1 del Real Decreto 1888/1984, de 26

de septiembre, modificado por el Real Decreto 1427/1986, de

13 de junio.

b) En el acto de presentación se determinará mediante sorteo

el orden de actuación de los aspirantes y se fijará el lugar, fecha

y hora del comienzo de las pruebas, las cuales deberán comenzar

en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al

acto de presentación.

6.3 De las pruebas:

a) Previamente a la realización de la primera prueba, cada

miembro de la Comisión entregará al Secretario de la misma un

informe razonado sobre los méritos alegados por cada uno de

los aspirantes.

b) La primera prueba, que será pública, consistirá en la

exposición oral por el concursante de los méritos alegados y la defensa

del proyecto docente presentado, seguido de un debate con la

Comisión durante un tiempo máximo de tres horas.

Esta prueba tendrá carácter eliminatorio para todos aquellos

aspirantes que no obtengan al menos tres votos.

c) La segunda prueba, que será pública, consistirá en una

exposición oral por el aspirante, durante un tiempo mínimo de

cuarenta y cinco minutos y máximo de hora y media, de un tema

relativo a una especialidad del área de conocimiento a que

corresponda la vacante, elegido libremente por él mismo, seguido de

un debate con la Comisión durante un tiempo máximo de tres

horas, en los términos establecidos en el artículo 9.o, 5 del Real

Decreto 1888/1984.

d) Finalizadas las pruebas y antes de su calificación, la

Comisión o cada uno de sus miembros elaborará un informe sobre

la valoración que le merece cada concursante, de acuerdo con

los criterios previamente fijados por la Comisión.

7. De la propuesta

7.1 La propuesta para la provisión de plazas se realizará por

el sistema de votación, en el plazo máximo de treinta días a partir

de la fecha de comienzo de las pruebas. A estos efectos, la

Comisión hará pública en el tablón de anuncios de la dependencia

universitaria donde se realicen las pruebas el resultado de las

mismas, formulando su propuesta y el voto de cada uno de sus

miembros.

7.2 Para la formulación de la propuesta, la Comisión tendrá

en cuenta lo establecido en el artículo 11 del Real Decreto

1888/1984.

7.3 Formulada la propuesta, el Secretario de la Comisión,

en el plazo de siete días hábiles siguientes al de finalización de

sus actuaciones, entregará en el Servicio de Ordenación

Académica y Actividad Docente, habilitado a tal fin como Secretaría

General de la Universidad, el expediente administrativo del

concurso, que incluirá los documentos que se citan en el artículo

12 del Real Decreto 1888/1984.

7.4 Contra la propuesta de la Comisión, los candidatos

podrán presentar reclamación en el plazo de quince días hábiles

desde su publicación ante el Rector de la Universidad Oviedo,

excepto en el supuesto de que no exista propuesta de provisión

de plazas, actuándose a continuación en los términos previstos

en el artículo 14 del Real Decreto 1888/1984.

8. Presentación de documentos y nombramientos

8.1 Los candidatos propuestos para la provisión de las plazas

deberán presentar en el Registro General de la Universidad de

Oviedo, en el plazo de quince días hábiles siguientes al de concluir

la actuación de la Comisión por cualquiera de los medios

establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, los siguientes documentos:

Certificación de nacimiento, expedida por el Registro Civil

correspondiente, o fotocopia del documento nacional de identidad

o copia del documento que lo acredite como nacional de un país

miembro de la Comunidad Europea.

Certificación médica de no padecer enfermedad o defecto físico

o psíquico que impida el desempeño de las funciones docentes.

Declaración jurada de no haber sido inhabilitado para el

ejercicio de la función pública y de no haber sido separado de ninguna

Administración Pública en virtud de expediente disciplinario. Los

aspirantes que no posean la nacionalidad española, deberán

presentar certificación de no estar sometidos a sanción disciplinaria

o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función

pública.

8.2 Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos

de carrera estarán exentos de justificar tales documentos y

requisitos, debiendo presentar certificación del Ministerio u organismo

del que dependan, acreditativa de su condición de funcionarios

y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

8.3 Los nombramientos propuestos por la Comisión serán

efectuados por el Rector de la Universidad de Oviedo.

8.4 En el plazo máximo de un mes a contar desde el día

siguiente al de la publicación de la Resolución en el "Boletín Oficial

del Estado", el aspirante propuesto deberá tomar posesión de su

destino.

9. Norma final

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos

administrativos se deriven de ésta y de la actuación de las Comisiones

podrán ser impugnados ante el Rector en los casos y en la forma

previstos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada

por la Ley 4/1999, y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley

Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, y el

Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre.

Oviedo, 22 de noviembre de 2001.-El Rector, Juan Antonio

Vázquez García.

ANEXO I

Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad

1. Área de conocimiento: "Mecánica de Medios Continuos y

Teoría de Estructuras". Departamento de Construcción e Ingeniería

de Fabricación. Actividades a realizar por quien obtenga la plaza:

Elasticidad y Resistencia de Materiales. Clase de convocatoria:

Concurso.

2. Área de conocimiento: "Arquitectura y Tecnología de

Computadores". Departamento de Informática. Actividades a realizar

por quien obtenga la plaza: Ingeniería de Computadores. Clase

de convocatoria: Concurso.

3. Área de conocimiento: "Ciencias de la Computación e

Inteligencia Artificial". Departamento de Informática. Número de

plazas: 3 (tres). Actividades a realizar por quien obtenga la plaza:

Plaza A: Sistemas Operativos. Plaza B: Metodología de la

Programación I. Plaza C: Sistemas Operativos I.

Clase de convocatoria: Concurso.

4. Área de conocimiento: "Lenguajes y Sistemas

Informáticos". Departamento de Informática. Número de plazas: 2 (dos).

Actividades a realizar por quien obtenga la plaza: Plaza A: Sistemas

Operativos. Plaza B: Lógica.

Clase de convocatoria: Concurso.

Cuerpo de Catedráticos de Escuela Universitaria

1. Área de conocimiento: "Física Aplicada". Departamento de

Física. Actividades a realizar por quien obtenga la plaza:

Fundamentos Físicos de la Ingeniería. Clase de convocatoria:

Concurso.

ANEXO II (ver imagen página 46306)

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