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Documento BOE-A-2001-2325

Resolución de 22 de enero de 2001, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se fija el importe bruto del cupón semestral que devengarán el 30 de julio de 2001 las Obligaciones del Estado a interés ajustable, emisión de 30 de julio de 1986.

Publicado en:
«BOE» núm. 28, de 1 de febrero de 2001, páginas 4043 a 4043 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2001-2325

TEXTO ORIGINAL

En virtud de lo previsto en el apartado 3.2.2 de la Orden de 11 de junio de 1986, que regula el procedimiento para el cálculo del importe de cada cupón a devengar por la emisión de 30 de julio de 1986, de Obligaciones del Estado con intereses ajustables,

Esta Dirección General hace público:

1. La media ponderada del interés nominal anual pagadero por semestres vencidos de las emisiones negociables de Deuda del Estado, interior y amortizable, realizadas durante el año 2000 con vencimiento a más de dieciocho meses y hasta cinco años, y que se detallan a continuación, ha sido el 4,560 por 100.

Emisión

Nominal

(miles de euros)

Interés nominal anual pagadero por semestres vencidos

Porcentaje

Bonos del Estado al 3,0 por 100, vencimiento 31 de enero de 2003* (se excluyen los tramos emitidos con anterioridad al 2000). 918.450 2,978
Bonos del Estado al 4,60 por 100, vencimiento 30 de julio de 2003*. 10.379.931 4,548
Bonos del Estado al 4,95 por 100, vencimiento 30 de julio 2005* (se excluyen los tramos emitidos con un plazo de amortización mayor de cinco años). 4.783.202 4,890

* Tipo de interés nominal pagadero por anualidades vencidas. El tipo nominal de interés anual pagadero por semestres vencidos equivalente se ha calculado utilizando la siguiente fórmula:

(1 + is/200)2 = 1 + ia/100

donde ia es el tipo de interés nominal anual pagadero por anualidades vencidas e is es el tipo de interés nominal anual pagadero por semestres vencidos equivalente a ia, expresados ambos en tanto por ciento.

2. En consecuencia, siendo de aplicación el límite inferior establecido en el apartado 3.2.2.1.b) de la citada Orden de 11 de junio de 1986, el cupón bruto semestral que devengarán el próximo 30 de julio de 2001 las Obligaciones del Estado con intereses ajustables, emisión de 30 de julio de 1986, será del 3,75 por 100.

Madrid, 22 de enero de 2001.–La Directora general, Gloria Hernández García.

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