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Documento BOE-A-2001-2267

Resolución 452/38014/2001 de 17 de enero, de la Subsecretaría, por la que se convocan plazas para prestar el servicio militar en la modalidad de servicio para la formación de cuadros de mando para la reserva del servicio militar.

Publicado en:
«BOE» núm. 28, de 1 de febrero de 2001, páginas 3958 a 3965 (8 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2001-2267

TEXTO ORIGINAL

En aplicación de lo establecido en el artículo 16.2 de la Ley

Orgánica 13/1991, de 20 de diciembre, del Servicio Militar ; en

el artículo 27 del Real Decreto 1107/1993, de 9 de julio, por

el que se aprueba el Reglamento de Reclutamiento y el Real

Decreto 1410/1994, de 25 de junio por el que se aprueba el Reglamento

del Servicio Militar, vengo en disponer lo siguiente:

Primero.-Convocar 663 plazas para prestar el servicio militar

en la modalidad de servicio para la formación de cuadros de mando

para la reserva del servicio militar, de conformidad con el artículo

primero de la Orden 327/2000, de 3 de noviembre ("Boletín Oficial

del Estado" número 265, del 4 de noviembre), por el que se efectúa

la distribución de efectivos del reemplazo del año 2001.

Segundo.-La distribución de las plazas, por Ejércitos, Cuerpos

y Especialidades es la que figura en el anexo I a esta Resolución.

Tercero.-El proceso selectivo y los períodos de formación y

prácticas se regirán por las bases y disposiciones que figuran en

los anexos I y II.

Cuarto.-Los Directores de Enseñanza de los Ejércitos

respectivos, adoptarán las disposiciones necesarias para el desarrollo

del proceso selectivo.

Madrid, 17 de enero de 2001.-El Subsecretario, Víctor Torre

de Silva y López de Letona.

ANEXO I

Bases de la convocatoria

1. Objeto de la convocatoria

1.1 Convocar pruebas selectivas para cubrir un total de 663

plazas para realizar el servicio militar en la modalidad de servicio

para la formación de cuadros de mando para la reserva del servicio

militar.

1.2 Establecer los períodos de formación y prácticas para la

realización del servicio militar.

1.3 Distribución de las plazas:

La distribución de las plazas por Cuerpos y Especialidades entre

el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire es la que

se indica a continuación:

1. Ejército deTierra Plazas Subtotal Total

Cuerpo General de las Armas ........... 206

Infantería ............................ 70

Caballería ............................ 20

Artillería de Campaña ................ 20

Artillería Antiaérea ................... 10

Artillería de Costa .................... 8

Ingenieros ........................... 14

Transmisiones ....................... 8

Otras especialidades:

Medicina ............................. 20

Odontología ......................... 5

Farmacia ............................ 6

Veterinaria ........................... 15

Diplomado Universitario en Enfermería 10

C. de Ingenieros Politécnicos, Esc.

Técnica .................................

22

Construcción ......................... 16

Telecomunicaciones y Electrónica .... 6

Total ............................ 228

2. Armada Plazas Subtotal Total

Cuerpo General ........................ 15

Cuerpo de Infantería de Marina ......... 15

Otras especialidades:

Medicina ............................. 5

Diplomado Universitario en Enfermería 5

Cuerpo de Intendencia .................. 20

C. de Ingenieros Escala Superior:

Navales, Armas Navales, Electricidad . 5

C. de Ingenieros Escala Técnica:

Navales, Telecomunicaciones y

Electrónica, Electricidad ...................... 5

Cuerpo de Especialistas:

Maniobra y Navegación, Armas,

Operaciones, Energia y Propulsión,

Administración y Servicios ................. 25

Total ............................ 95

3. EjércitodelAire Total

Cuerpo General ...................................... 294

Cuerpo de Intendencia ............................... 8

Cuerpo de Ingenieros, Escala Superior ................ 26

Cuerpo de Ingenieros, Escala Técnica ................. 12

Total ............................................ 340

2. Condiciones para optar a la oferta de plazas

Los aspirantes deberán reunir las siguientes condiciones:

2.1 Generales:

a) Ser español y varón.

b) Tener concedido el aplazamiento por prórroga de

incorporación al servicio militar o ampliación de la misma, de las

contempladas en el artículo 55 del Reglamento de Reclutamiento.

c) Cumplir en el año 2001 veinticinco años, como máximo.

d) Acreditar buena conducta ciudadana, conforme a lo

establecido en la Ley 68/1980, de 1 de diciembre, según modelo

del apéndice I.

e) No haber causado baja con anterioridad en el servicio

militar.

f) No tener adquirida la condición de objetor de conciencia

ni estar en trámite su adquisición.

g) Haber superado, al menos, un primer ciclo completo de

enseñanzas conducentes a la obtención de cualquiera de los Títulos

universitarios oficiales establecidos, y validez en todo el territorio

nacional, conforme al Plan de estudios de la Universidad

correspondiente, española o extranjera, debidamente homologado por

el Ministerio de Educación y Cultura, o sujeto a Directivas

Comunitarias. No obstante, para las enseñanzas de sólo primer ciclo

que incluyan Trabajo o Proyecto de fin de carrera, podrán también

solicitarlo quienes tengan exclusivamente éste pendiente, siempre

que puedan acreditar su realización antes de la fecha de solicitud

del período de prácticas.

2.2 Específicos:

a) Ejército de Tierra:

1. Cuerpo General de las Armas.-Las siguientes

especialidades podrán solicitarlas exclusivamente los que hayan cursado

estudios de las Áreas de Ciencias Experimentales y Enseñanzas

Técnicas, con las excepciones que expresamente se especifiquen,

teniendo prioridad, aquellos que cursen o hayan cursado las

carreras que a continuación se indican para cada especialidad, teniendo

en cuenta que para hacer valer la prioridad deben solicitarlo en

primera opción en el apéndice II:

Artillería de Campaña: Ingeniero Industrial, Ingeniero Técnico

Industrial (cualquier especialidad), Ingeniero en Geodesia y

Cartografía, Ingeniero Técnico en Topografía, Licenciado en

Matemáticas, Licenciado en Química e Ingeniero Químico.

Artillería Antiaérea: Ingeniero Aeronáutico e Ingeniero Técnico

Aeronáutico (cualquier especialidad), Ingeniero en Informática,

Ingeniero Técnico en Informática de Gestión, Ingeniero Técnico

en Informática de Sistemas, Licenciado en Física, Diplomado en

Óptica y Optometría e Ingeniero en Automática y Electrónica

Industrial.

Artillería de Costa: Ingeniero Naval y Oceánico, Ingeniero

Técnico Naval (cualquier especialidad), Diplomado en Navegación

Marítima, Ingeniero Electrónico y Diplomado en Estadística.

Para la especialidad Ingenieros: Con prioridad absoluta

Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, Ingeniero Técnico de Obras

Públicas (cualquier Especialidad) y con prioridad, indistintamente

Arquitecto y Arquitecto Técnico, Ingeniero de Minas, Ingeniero

Técnico de Minas (cualquier especialidad) e Ingeniero de

Materiales.

Para la especialidad de Transmisiones: Con prioridad absoluta

Ingeniero de Telecomunicación e Ingeniero Técnico de

Telecomunicación (cualquier especialidad) Licenciado en

Radioelectrónica Naval y Diplomado en radioelectrónica Naval y con prioridad,

indistintamente Ingeniero en Informática e Ingeniero Técnico en

Informática (cualquier especialidad) e Ingeniero Industrial e

Ingeniero Técnico Industrial (cualquier especialidad).

Otras especialidades: Las 56 plazas asignadas, se reservarán

para ser cubiertas preferentemente por aquellos que cursen o

hayan cursado los estudios siguientes:

Seis para Licenciados en Farmacia.

Veinte para Licenciados en Medicina.

Cinco para Licenciados en Odontología.

Quince para Licenciados en Veterinaria.

Diez para Diplomado Universitario en Enfermería

En todos los casos para hacer valer su prioridad deberán

solicitarlas en primera opción en el apéndice II.

2. Cuerpo de Ingenieros Politécnicos, Escala Técnica de

Oficiales: Exclusivamente para los que cursen o hayan cursado las

carreras que a continuación se indican para cada especialidad,

en la proporción que para cada carrera se establece y teniendo

en cuenta que para hacer valer la prioridad deben solicitarse en

primera opción en el apéndice II:

Para la especialidad de Construcción: Ingenieros de Caminos,

Canales y puertos o Ingenieros Técnicos de Obras Públicas ( 5

plazas), Arquitectos o Arquitectos Técnicos (7 plazas), Ingenieros

Industriales o Ingenieros Técnicos Industriales ( 4 plazas). Caso

de no cubrirse las plazas de alguna de estas carreras, se

adjudicarán a cualesquiera de las otras dos proporcionalmente a los

cupos correspondientes.

Para la especialidad Telecomunicaciones y Electrónica:

Ingeniero en Informática, Ingeniero Técnico en Informática de Gestión

o Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas (6 plazas).

Las plazas del Cuerpo de Ingenieros Politécnicos, que no se

cubran, pasarán a incrementar las asignadas al Cuerpo General

de las Armas, proporcionalmente a los cupos señalados

anteriormente. De igual modo se procederá entre las especialidades

fundamentales del Cuerpo General de las Armas.

b) Armada:

1. Cuerpo General: Podrán solicitarlo quienes hayan cursado

estudios de Náutica y Transporte Marítimo o de Navegación

Marítima.

2. Cuerpo de Infantería de Marina: Podrán solicitarlo quienes

cumplan los requisitos del apartado 2.1.g) anterior.

Otras especialidades: Las 10 plazas asignadas, se reservarán

para ser cubiertas preferentemente por aquellos que cursen o

hayan cursado los estudios siguientes:

Cinco para Licenciados en Medicina.

Cinco para Diplomado Universitario en Enfermería

3. Cuerpo de Intendencia: Podrán solicitarlo quienes cursen

o hayan cursado estudios de Economía, Derecho, Administración

y Dirección de Empresas y Ciencias Actuariales y Financieras.

4. Cuerpo de Ingenieros: Las de las correspondientes

especialidades de este cuerpo podrán solicitarlas quienes hayan

finalizado o puedan finalizar antes del inicio del período de prácticas,

las siguientes carreras:

Escala Superior de Oficiales:

Navales: Ingeniero Naval y Oceánico.

Armas Navales: Ingeniero Naval y Oceánico, Ingeniero

Aeronáutico, Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, Ingeniero en

Automática y Electrónica Industrial, Ingeniero de Minas, Ingeniero

Industrial, Ingeniero de Telecomunicación, Ingeniero en

Informática, Arquitecto.

Electricidad: Ingeniero Industrial, Ingeniero en Automática y

Electrónica Industrial, Ingeniero en Electrónica e Ingeniero de

Telecomunicación.

Escala Técnica de Oficiales:

Navales: Ingeniero Técnico Naval, especialidades de

Estructuras Marinas, y en Propulsión y Servicios del Buque.

Telecomunicaciones y Electrónica: Ingeniero Técnico

Industrial, especialidad en Electrónica Industrial ; Ingeniero Técnico de

Telecomunicación, especialidad de Sistemas Electrónicos, de

Telecomunicación o en Telemática.

Electricidad: Ingeniero Técnico Industrial.

5. Cuerpo de Especialistas: Las especialidades de este cuerpo

podrán solicitarlas quienes cursen o hayan cursado las siguientes

carreras:

Maniobra y Navegación, Armas y Operaciones: Náutica y

Transporte Marítimo, Navegación Marítima, Radioelectrónica Naval, que

tendrán preferencia absoluta, Matemáticas, Física, Química,

cualquier Ingeniería, Óptica y Optometría, Informática, Arquitectura,

Maestro (Especialidad Educación Física), Ciencias de la Actividad

Física y del Deporte.

La Especialidad de Maniobra y Navegación podrán solicitarla

también quienes cursen estudios de Ciencias del Mar, Biología,

Topografía o Geografía.

Energía y Propulsión: Máquinas Navales, que tendrán

preferencia absoluta, Física, Química, Ingeniero Naval y Oceánico,

Ingeniero Técnico Naval, Ingeniero o Ingeniero Técnico Aeronáutico,

Ingeniero o Ingeniero Técnico de Minas, Ingeniero Técnico

Industrial.

Administración y Servicios: Estadística, Ingeniero o Ingeniero

Técnico en Informática, cualquiera de las carreras de Ciencias

Sociales y Jurídicas o Humanidades.

Caso de que queden plazas sin cubrir en alguna especialidad,

éstas pasarán a incrementar de forma proporcional, en primer

lugar a las asignadas a otras especialidades del mismo cuerpo

y escala y en segundo lugar al resto de los otros cuerpos y escalas.

c) Ejército del Aire:

1. Cuerpo General del Ejército del Aire.-De las 294 plazas

asignadas al Cuerpo General, se reservarán 164 para ser cubiertas

preferentemente por aquellos que cursen o hayan cursado los

estudios siguientes:

Cien para Arquitectos, Ingenieros Aeronáuticos, Ingenieros

Industriales, Ingenieros en Informática, Ingenieros de

Telecomunicación, Arquitectos Técnicos, Ingenieros Técnicos Aeronáuticos,

Ingenieros Técnicos Industriales (especialidad Electrónica

Industrial, Electricidad, Mecánica o Química Industrial), Ingenieros

Técnicos en Informática, Ingenieros Técnicos de Obras Públicas

(especialidad Construcciones Civiles), Ingenieros Técnicos de

Telecomunicación (especialidad Sistemas Electrónicos o

Telecomunicación) o Ingenieros Técnicos en Topografía.

Cuatro para Licenciados en Farmacia.

Catorce para Licenciados en Medicina.

Catorce para Licenciados en Ciencias de la Actividad Física

y del Deporte.

Seis para Licenciados en Periodismo o Publicidad y Relaciones

Públicas.

Veinticuatro para Licenciados en Psicología.

Dos para Ingenieros Técnicos en Topografía.

El resto de las plazas del Cuerpo General se cubrirán, por orden

de puntuación, entre todos los aspirantes que soliciten el Cuerpo

General y que reúnan los requisitos de la presente convocatoria.

Si alguna de las plazas reservadas para el Cuerpo General no

se cubrieran, pasarán a incrementar las plazas del mismo cuerpo

sin reserva.

2. Cuerpo de Intendencia.-Podrán solicitarlo quienes cursen

o hayan cursado estudios de Licenciado en Economía, Licenciado

en Derecho, Licenciado en Ciencias Actuariales y Financieras o

Licenciado en Administración o Dirección de Empresa.

3. Cuerpo de Ingenieros, Escala Superior de Oficiales.

-Podrán solicitarlo quienes cursen o hayan cursado estudios de

Ingeniero Aeronáutico. Será condición indispensable tener aprobados,

como mínimo, los cinco primeros cursos de la carrera.

4. Cuerpo de Ingenieros, Escala Técnica de Oficiales.-Podrán

solicitarlo los Ingenieros Técnicos Aeronáuticos, que se

encuentren en posesión de dicho título.

Las plazas de los Cuerpos de Intendencia o Cuerpo de

Ingenieros que no se cubran, pasarán a incrementar las asignadas

al Cuerpo General.

3. Instancias

3.1 Para solicitar la admisión a las pruebas selectivas, los

aspirantes deberán remitir instancia, ajustadas al modelo del

apéndice V, al Director General de Reclutamiento y Enseñanza Militar.

Las instancias se presentaran en el Centro de Reclutamiento al

que pertenezcan los interesados, desde donde se remitirán

diariamente a la Dirección de Enseñanza del Ejército respectivo.

3.2 Solamente se podrá solicitar la admisión a las pruebas

de selección de un Ejército

3.3 El plazo de admisión de instancias será de veinte días

naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de

esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado". La publicación

de la lista de admitidos y excluidos se considerará como acuse

de recibo.

3.4 Los aspirantes remitirán con la instancia:

a) Una fotocopia del documento nacional de identidad, por

ambas caras y actualizado.

b) La manifestación de preferencias, según modelo del

apéndice II.

c) Certificación académica, o fotocopia compulsada de la

misma, preferentemente según el modelo del Apéndice IV, Expedido

por las Secretarías de la Facultades, Escuelas Técnicas Superiores,

Escuelas Universitarias y Colegios Universitarios, que acredite

textualmente que el solicitante ha superado el primer ciclo completo,

o a falta exclusivamente del Proyecto fin de carrera, del Plan de

estudios conducente a la obtención del título universitario que

se refiera, y expresando a continuación:

Nota media numérica del primer ciclo, o la de las calificaciones

de cada una de las materias correspondientes al mismo, según

el plan de estudios homologado. En el caso de calificaciones

literales, se valorará del modo siguiente:

Aprobado: 5.

Notable: 7.

Sobresaliente: 9.

Matrícula de Honor: 10.

Además, y por ser objeto de valoración, podrán figurar

separadamente:

1. Calificación definitiva de la prueba de aptitud para el acceso

a la Universidad.

2. Cursos completos superados, a partir del primer ciclo de

la carrera.

3. Título de Licenciado, Arquitecto, Ingeniero, Diplomado

Universitario, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico.

4. Título de Doctor.

3.5 Entrega de documentación: El día de comienzo de la

primera prueba del proceso selectivo los aspirantes entregarán los

siguientes documentos:

a) Fotocopia de la última notificación de tener concedido

aplazamiento por prórroga de incorporación al servicio militar.

b) Tres fotografías iguales y de fecha reciente tamaño carné,

de frente y descubierto, estampando al dorso, con caracteres

legibles, nombre, apellidos y número de documento nacional de

identidad.

c) Certificado del Registro Central de Penados y Rebeldes.

d) Declaración complementaria indicada en el apartado d) de

la base 2 de esta Resolución, según modelo del apéndice I.

Los documentos en fotocopia deberán estar compulsados,

pudiendo realizar este trámite los Centros de Reclutamiento donde

los aspirantes hagan entrega de sus solicitudes.

3.6 Terminado el plazo de presentación de instancias, el

Director General de Reclutamiento y Enseñanza Militar publicará

en el "Boletín Oficial del Ministerio de Defensa":

a) Las listas de aspirantes admitidos, excluidos y excluidos

condicionales.

b) El lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

4. Órgano de selección

4.1 Por delegación del Director General de Reclutamiento y

Enseñanza Militar, los Directores de Enseñanza del Ejército

correspondiente constituirán los Tribunales de selección, cuya relación

publicarán en el "Boletín Oficial del Estado", y adoptarán las

disposiciones necesarias para el desarrollo de las pruebas.

4.2 La actuación del Tribunal se ajustará en todo momento

a la normativa aplicable de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado"

número 285, del 27 de noviembre).

4.3 Los Tribunales tendrán la categoría que el Ministerio de

Administraciones Públicas establezca de acuerdo con la legislación

vigente.

5. Aptitud psicofísica

5.1 Reconocimiento médico:

a) Se aplicará el cuadro médico de exenciones y

aplazamientos del Real Decreto 1107/1993, de 9 de julio, por el que se

aprueba el Reglamento de Reclutamiento ("Boletín Oficial del

Estado" número 191, del 11 de agosto).

b) En la fecha que se indique, se llevarán a efecto los

reconocimientos médicos en los centros militares que se designen.

c) Para someterse a reconocimiento médico, los aspirantes

se presentarán en los centros sanitarios militares en ayunas y con

retención de orina.

d) Como resultado del reconocimiento médico, se asignará

a cada aspirante una de las siguientes clasificaciones:

Apto.

No apto.

e) Los Centros de Reclutamiento podrán expedir a los

aspirantes admitidos que lo soliciten, pasaporte de ida y regreso para

realizar esta prueba.

5.2 Aptitud física:

a) Los aspirantes clasificados "apto" en el reconocimiento

médico, realizarán los ejercicios físicos previstos en el Apéndice

III de esta base.

b) La clasificación de los ejercicios físicos será la siguiente:

Apto.

No apto.

Será condición imprescindible para resultar Apto, alcanzar un

mínimo de 1 punto, al menos en cinco de los ejercicios, y 18

en el conjunto de los mismos.

Los aspirantes clasificados "no apto" quedarán eliminados del

proceso selectivo.

c) Si en un aspirante concurriese alguna circunstancia

debidamente justificada, enfermedad banal o lesión fortuita que le

impida realizar los ejercicios físicos en la fecha prevista, podrá solicitar

del Presidente del Tribunal de selección, en el plazo de tres días

a contar desde la citada fecha, su inclusión en una tanda de

incidencias. El Tribunal podrá decidir, previa deliberación, acceder

a lo solicitado incluyendo al aspirante en la tanda de incidencias

para realizar los ejercicios físicos antes de que finalice la

calificación de la última prueba selectiva.

d) Los Centros de Reclutamiento podrán expedir a los

aspirantes admitidos que lo soliciten, pasaporte de ida y regreso para

realizar esta prueba.

6. Pruebas selectivas

El proceso selectivo constará de una fase de concurso y una

fase de oposición.

6.1 Fase de concurso.-Consistirá en la valoración de los

méritos académicos de los admitidos a las pruebas de acuerdo con

el baremo que figura en la Base 7.

6.2 Fase de oposición.-Constará de una batería de pruebas

de evaluación psicológica, que comprenderá a su vez dos partes:

Parte 1.a: Evaluará la capacidad de los aspirantes para obtener

el rendimiento académico y profesional requerido, mediante

pruebas que midan especialmente factores intelectuales y aptitudinales.

Parte 2.a: Prueba de personalidad. Evaluará el estado

psicológico de los aspirantes.

6.3 Los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros

del Tribunal para que acrediten su identidad, en cualquier

momento, durante las pruebas.

6.4 Serán excluidos de las pruebas quienes no comparezcan

en el día y hora señalados para la realización de las mismas.

6.5 Los Centros de Reclutamiento podrán expedir a los

aspirantes admitidos que lo soliciten, pasaporte de ida y regreso para

realizar estas pruebas.

7. Calificación de las pruebas

a) Fase de concurso.-El expediente académico se valorará

de la siguiente forma:

1. Prueba de Aptitud para el Acceso a la Universidad:

Calificaciones de 5 a 6,99: 1 punto.

Calificaciones de 7 a 8,99: 2 puntos.

Calificaciones de 9 a 10: 3 puntos.

2. Nota media del primer ciclo de enseñanza universitaria.

En el caso de calificaciones literales se valorará de acuerdo

con lo dispuesto en el punto 3.4. de la presente Resolución.

3. Se sumará por cada uno de los conceptos siguientes:

Curso completo aprobado a partir del segundo o tercero (ambos

inclusive), para enseñanzas universitarias cuyo primer ciclo sea

de dos o tres años respectivamente, un punto por curso.

Título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico o

Arquitecto Técnico, tres puntos.

Título Licenciado, Arquitecto o Ingeniero, cuatro puntos.

Doctorado, cinco puntos.

Solo se valorará un Título.

La valoración de la nota de concurso será el resultado de la

suma de los puntos 1, 2 y 3 anteriores.

b) Fase de oposición.-Prueba de evaluación Psicológica:

Parte primera: Se calificará de cero a diez puntos, de acuerdo

con las características psicométricas de las pruebas.

Parte segunda: Se calificará como Apto o no Apto.

La calificación de No Apto causará la eliminación del proceso

selectivo.

c) Una vez obtenidas las calificaciones de todos los aspirantes

con la suma de las puntuaciones habidas en la fase de concurso

más la fase de oposición, éstos se clasificarán por orden de

puntuación. Las calificaciones finales, se ordenaran de mayor a menor,

para los aspirantes que hayan resultado Aptos en las pruebas

de Aptitud Psicofísica. A continuación, se establecerá la

correspondencia entre las puntuaciones y los aspirantes. La asignación

de las plazas se hará asignando primeramente las prioridades de

las titulaciones señaladas en el apartado a), b) o c) de la base

2.2 y posteriormente el resto, siempre por orden de puntuación

y atendiendo a las preferencias manifestadas en el apéndice II.

Esta asignación de plazas, determinará la relación provisional de

admitidos.

En caso de igualdad en la calificación final, se resolverá

atendiendo a la puntuación obtenida por el aspirante en las distintas

pruebas, según el orden de prelación siguiente:

1.o Puntuación obtenida en la Fase de Concurso.

2.o Puntuación obtenida en la Fase de Oposición.

7.1 Exposición de listas.-Terminado el proceso selectivo las

listas de seleccionados con carácter provisional se expondrán en

los Centros de Reclutamiento, con las calificaciones obtenidas en

las fases de concurso y de oposición.

Los interesados dispondrán de cinco días naturales contados

a partir de la fecha de exposición para posibles reclamaciones

o rectificaciones, que harán llegar a través de dichos centros a

los Directores de Enseñanza respectivos.

Los interesados seleccionados serán nombrados alumnos

aspirantes y la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar

publicará en el "Boletín Oficial del Estado" la relación de

seleccionados.

En ningún caso el Tribunal de selección podrá declarar

seleccionados un número de aspirantes superior al de plazas

convocadas. Cualquier propuesta que contravenga lo anterior será nula

de pleno derecho.

ANEXO II

Períodos de Formación básica y en prácticas

1. Objeto

1.1 Establecer los períodos de formación básica y en prácticas

para la realización del servicio militar en la modalidad de servicio

para la formación de cuadros de mando para la reserva del servicio

militar.

1.2 Desarrollar, con carácter general, los criterios de

formación en los centros de formación y de las prácticas en las unidades,

centros y organismos que se determinen.

2. Período de formación básica

2.1 Finalidad: Instruir a los alumnos aspirantes en las

materias, tanto comunes como específicas, para poder desarrollar con

posterioridad los cometidos propios de su empleo y especialidad.

Durante el primer ciclo de formación serán instruidos en las

materias que figuran en el Plan General de Instrucción y

Adiestramiento, como instrucción básica del combatiente, igual que

el resto del personal que forma parte del reemplazo anual, y

además en la instrucción específica de Formación de Cuadros de

Mando.

Durante el segundo ciclo de formación serán instruidos en las

generalidades de las materias específicas correspondientes a los

Cuerpos, Escalas y Especialidades.

2.2 Los Centros de Reclutamiento pasaportarán a los alumnos

aspirantes para su incorporación hasta los Centros de Formación.

Harán el viaje por cuenta del Estado.

2.3 Los ciclos de formación se realizarán en los siguientes

centros y fechas:

a) Ejército de Tierra.

1. Primer ciclo, del 1 de abril al 31 de mayo de 2001, CEFOME,

Rabasa (Alicante).

2. Segundo ciclo, del 01 al 30 de junio de 2001.

Academia de Infantería, Toledo.

Academia de Caballería, Valladolid.

Academia de Artillería (Segovia) y Unidad Escuela de Costa

(Cádiz).

Academia de Ingenieros, Hoyo de Manzanares (Madrid).

Escuela Militar de Sanidad, Madrid.

Escuela Politécnica Superior del Ejército (Madrid).

En ambos ciclos efectuarán su presentación, antes de las 10

horas de los días señalados.

b) Armada.

1. Primer y segundo ciclo, se realizarán en la Escuela Naval

Militar de Marín (Pontevedra), del 01 de abril al 30 de junio de

2001.

c) Ejército del Aire.-El período de formación básica se

realizará en el Ala 78, Base Aérea de Armilla (Granada), del 01 de

abril al 23 de junio de 2001.

2.4 Los que superen el período de formación serán nombrados

Alférez o Alférez de Fragata eventuales, por Resolución del Director

General de Reclutamiento y Enseñanza Militar, escalafonándose

según las puntuaciones obtenidas.

3. Período de formación en prácticas

3.1 Finalidad: Continuar la formación práctica en las bases,

buques, acuartelamientos, centros y organismos que determinen

los respectivos Cuarteles Generales y aplicar los conocimientos

adquiridos durante el período de formación básica.

Los Alféreces o Alféreces de Fragata eventuales en prácticas

durante este período desarrollarán los cometidos correspondientes

a su empleo y especialidad. Tras el período inicial de tutela en

sus funciones y cometidos, cuya duración será fijada por el Jefe

de la Unidad, las posteriores actividades que desarrollen serán

supervisadas por los Oficiales profesionales responsables de ellas.

3.2 Los períodos de prácticas tendrán una duración de seis

meses sin solución de continuidad, día a día, y se iniciarán en

las fechas que a continuación se señalan:

a) Ejército de Tierra: Desde la finalización del período de

formación básica descrito en el punto 2.3, hasta el día 31 de

Diciembre de 2001

El período de prácticas deberá solicitarse en la Academia o

Escuela respectiva, al finalizar el segundo ciclo de formación.

b) Armada: Desde la finalización del período de formación

básica descrito en el punto 2.3, hasta el día 31 de Diciembre

de 2001.

Se realizará en las Unidades, Centros u Organismos que se

determinen.

c) Ejército del Aire: Desde la finalización del período de

formación básica descrito en el punto 2.3, hasta el día 31 de

Diciembre de 2001.

Se realizará en las Unidades, Centros u Organismos que se

determinen.

Las vacantes se comunicarán al Ala 78 para conocimiento de

los alumnos, en el momento oportuno y su asignación se efectuará

por orden de antigüedad.

4. Bajas

4.1 El personal admitido en el servicio para la formación de

cuadros de mando podrá causar baja por resolución judicial o

gubernativa o por alguna de las causas siguientes:

1.a Por falta de aptitud o incapacidad para el desempeño de

su cometido.

2.a Por haber ingresado no reuniendo las condiciones

exigidas.

3.a Por contraer o manifestársele enfermedad, de las previstas

en el cuadro médico de exenciones o aplazamientos, anexo al

Reglamento de Reclutamiento.

4.a Por no obtener la titulación exigida antes de finalizar el

plazo de solicitudes de prácticas.

4.2 Para resolver estas bajas, será competente el

Subsecretario de Defensa y se requerirá la incoación del oportuno

expediente con audiencia del interesado.

4.3 Los que causen baja en los casos previstos en el punto

4.1 deberán completar, en su caso, los nueve meses como soldados

o marineros de reemplazo en la demarcación territorial del propio

Ejército que designe el Subsecretario de Defensa.

5. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos se deriven de ella

y de la actuación del Tribunal de Selección podrán ser impugnados

en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín

Oficial del Estado" número 285, de 27 de noviembre de 1992).

APÉNDICE I

Declaración complementaria de conducta ciudadana

(Ley 68/1980, de 1 de diciembre)

El que suscribe, don ........................................,

con documento nacional de identidad número ..................,

expedido en ......................, el día ......................,

por la presente declaración bajo su personal responsabilidad,

Hace constar:

a) Si se encuentra inculpado o procesado:

SI NO

b) Si ha sido condenado en juicio de faltas durante los tres

años inmediatamente anteriores a la fecha de esta declaración:

SI NO

c) Si en los tres años inmediatamente anteriores a esta fecha

se le ha impuesto sanción gubernativa como consecuencia de

expediente administrativo sancionador por hechos que guarden

relación directa con el objeto del expediente en el que se exija la

certificación o informe de conducta:

SI NO

NOTA: Táchese lo que no proceda.

(A tales efectos no serán objeto de declaración las sanciones

gubernativas impuestas por actos meramente imprudentes ni las

procedentes de infracciones de tráfico.)

(Si se hallara comprendido en cualquiera de los supuestos

referidos, así lo hará constar con expresión del órgano jurisdiccional

ante el que se hayan seguido las diligencias o que le haya impuesto

medida de seguridad, o en su caso, de la Autoridad gubernativa

que le hubiera sancionado.)

En .............., a .............. de .............. de 2001.

(Firma del declarante)

APÉNDICE II

Manifestación de preferencias

Solicitantes Ejército de Tierra

Don ........................................................,

con DNI ........................................................

Manifiesta que desea prestar el servicio militar en:

Orden de petición: (1)

Especialidad Código Especialidad Código

Infantería ............... 01 Construcción ........... 08

Caballería ............... 02 Telecomunicaciones .... 09

Artillería de Campaña ... 03 Medicina ............... 10

Artillería Antiaérea ...... 04 Farmacia ............... 11

Artillería de Costa ....... 05 Veterinaria ............. 12

Especialidad Código Especialidad Código

Ingenieros .............. 06 Odontología ............ 13

Transmisiones .......... 07 Enfermería ............. 14

..............., a ............... de ............... de 2001.

(Firma y rúbrica)

(1) Se señalarán, por orden de preferencia, los códigos de las especialidades

elegidas, teniendo en cuenta los requisitos específicos de la base 2.2. No se asignarán

especialidades cuya preferencia no se haya manifestado.

APÉNDICE II

Manifestación de preferencias

Solicitantes Armada

Don ........................................................,

con D.N.I. .................... expedido en ....................

el ....................... de ....................... de 199....,

domicilio ........... ........... ..........., número ...........,

municipio ....................., provincia .....................

Manifiesta que desea prestar el servicio militar en:

Cuerpo (1):

1.- ........................................................

2.- ........................................................

3.- ........................................................

4.- ........................................................

5.- ........................................................

6.- ........................................................

7.- ........................................................

8.- ........................................................

9.- ........................................................

10.- ........................................................

11.- ........................................................

12.- ........................................................

......................, a de ...................... de 2001.

(Firma y rúbrica)

(1) Señalar por orden de preferencia los Cuerpos en que se desea prestar el

Servicio Militar, teniendo en cuenta los requisitos exigidos para cada uno de ellos

en la base 2.2 de la convocatoria.

APÉNDICE II

Manifestación de preferencias

Solicitantes Ejército del Aire

Don ........................................................,

con D.N.I. .................... expedido en ....................

el ....................... de ....................... de 199....,

domicilio ........... ........... ..........., número ...........,

municipio ....................., provincia .....................

1. Manifiesta que desea prestar el servicio militar, teniendo

en cuenta los requisitos específicos exigidos en la base 2.2 de

la convocatoria, en el Cuerpo de:

1.o ........................................................

2.o ........................................................

3.o ........................................................

4.o ........................................................

NOTA: De no cumplimentar este apartado se entenderá que

únicamente opta a las plazas del Cuerpo General.

..............., a ............... de ............... de 2001.

(Firma y rúbrica)

APÉNDICE III

Prueba de aptitud física

La prueba de aptitud física consiste en la realización de los

seis ejercicios que se detallan a continuación. Para obtener la

calificación de "apto" será condición indispensable alcanzar un

mínimo de un punto, al menos en cinco de los ejercicios, y

dieciocho en el total de la prueba.

Ejercicio "A".-Suspendido en barra, flexión y extensión de

brazos: La suspensión se hará con palmas al frente y una separación

de manos igual a la de los hombros. Desde la suspensión pura

se flexionarán los brazos, sin balanceos ni elevación de rodillas,

hasta que la línea de los ojos, con la cabeza en posición normal,

pase al borde superior de la barra. Dichas flexiones se harán de

una forma continuada, sin detenciones.

Ejercicio "B".-Extensión de brazos desde tendido prono: Desde

la posición de tendido prono, las palmas de las manos apoyadas

sobre el suelo, debajo de los hombros y con los dedos dirigidos

hacia dentro, se hará una extensión completa de brazos,

manteniendo en el mismo plano la cabeza, línea de hombros, línea

de caderas y piernas. Estas se mantendrán juntas, con los pies

apoyados en el suelo sobre las puntas. En la flexión se llegará

a colocar el pecho hasta unos cinco centímetros, como máximo,

del suelo, pudiendo llegar a tocar éste sin apoyar. El ejercicio

se hará de una forma continuada, sin detenciones.

Ejercicio "C".-Salto de longitud sin carrera previa: Se hará

sobre foso de arena y desde una plataforma rectangular de madera

o cemento, de dimensiones suficientes para la colocación de los

pies. Puesto éstos sobre dicha plataforma, con una separación

lateral normal, a voluntad del actuante, se efectuará el salto hacia

adelante, para caer sobre los pies en el foso de arena.

Durante los ejercicios de coordinación previos al salto, de

flexiones de piernas y tronco, no deben separarse del suelo ninguno

de los dos pies. La distancia alcanzada se medirá desde la parte

anterior de la plataforma de despegue a la última huella marcada

en el foso de la arena con los pies o cualquier otra parte del

cuerpo. Se efectuarán tres intentos sucesivos, puntuando el

máximo alcanzado.

Ejercicio "D".-Salto de altura con escala graduada: Se colocará

el actuante lateralmente a una escala vertical, de 1,80 metros,

del suelo hacia arriba.

Elevará el brazo cercano a la escala con la mano abierta, para

señalar la altura alcanzada, Efectuará un salto vertical, marcando

con la mano en la referida escala la altura lograda. La diferencia

entre la marca de "en pie" a la del "salto" será expresada en

centímetros para su calificación. Durante los movimientos de

coordinación previos al salto, no se moverán ni separarán los pies

del suelo. Se efectuarán tres intentos consecutivos puntuando la

mayor de las marcas alcanzadas.

Ejercicio "E".-Carrera de velocidad de 60 metros lisos: La

salida se efectuará en pie a las voces de "a sus puestos", "listos"

y "ya" o toque de silbato.

Ejercicio "F".-Carrera de 1.000 metros lisos: La salida se

efectuará como la descrita en el ejercicio anterior.

Tabla de puntuación de los ejercicios

Ejercicios

Puntos

A B C D E F

11 16 42 2,70 80 7"0 2' 50"

10 14 38 2,60 75 7"3 3' 00"

9 12 34 2,50 70 7"6 3' 10"

8 10 30 2,40 65 7"9 3' 20"

7 8 26 2,30 60 8"2 3' 25"

6 7 23 2,20 55 8"4 3' 30"

5 6 20 2,15 50 8"6 3' 40"

4 5 17 2,10 45 8"8 3' 50"

3 4 14 2,05 40 9"0 4' 00"

2 3 12 2 35 9"3 4' 10"

1 2 10 1,90 30 9"6 4' 20"

APÉNDICE IV

Certificación académica

Don ........................................................,

Secretario Académico de la (1) .................................,

de la Universidad de (2) .........................................

CERTIFICA: Que según consta en los archivos de esta

Secretaría,

don ........................................................,

con D.N.I. .......................... tiene aprobadas la totalidad

de las asignaturas de que consta el primer ciclo de estudios

universitarios habiendo obtenido las siguientes calificaciones medias:

Prueba de acceso a la Universidad ...........................

Primer ciclo de estudios universitarios .......................

Teniendo aprobado completos los cursos que se expresan:

Tercer curso (3) ..............................

Cuarto curso ................................

Quinto curso ................................

Sexto curso ..................................

Licenciatura, título de Arquitecto o Ingeniero ....

Doctorado ...................................

Para que conste a efectos de convocatoria para prestar el

Servicio Militar en la modalidad de servicio para la Formación de

Cuadros de Mando.

.............. a .............. de .............. de 2001.

V.º B.º,

el Decano

(Sello)

NOTA: Las calificaciones serán preferentemente numéricas. En caso de

calificaciones literales, se aplicará la base 3.4.c) del anexo I.

(1) Nombre de la Facultad, Escuela Superior, Escuela Universitaria o Centro

Universitario.

(2) Nombre de la Universidad.

(3) Solo se valorará este curso para aquellos estudios cuyo primer ciclo sea

de dos años.

APENDICE V : (Ver imagen página 3965)

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