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Documento BOE-A-2001-22642

Resolución de 19 de noviembre de 2001, de la Dirección General de Justicia de la Consejería de Justicia y Administraciones Públicas, por la que se otorgan destinos correspondientes al concurso de traslados de fecha 18 de julio de 2001, por el que se ofertaban plazas vacantes de nueva creación de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia en la Comunidad Valenciana.

Publicado en:
«BOE» núm. 290, de 4 de diciembre de 2001, páginas 44518 a 44522 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Comunidad Valenciana
Referencia:
BOE-A-2001-22642

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido como consecuencia del concurso

de traslados convocado por Resolución de 18 de julio de 2001

("Diario Oficial de la Generalitat Valenciana" del 24 y "Boletín

Oficial del Estado" del 25), para cubrir plazas vacantes en órganos

de nueva creación entre Oficiales, Auxiliares y Agentes de la

Administración de Justicia en la Comunidad Valenciana,

Esta Dirección General de Justicia, de conformidad con lo

dispuesto en los artículos 455 y 494 de la Ley Orgánica 6/1985,

de 1 de julio, del Poder Judicial, y los artículos 54, 55 y 57 del

Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero, por el que se aprueba

el Reglamento Orgánico de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares

y Agentes de la Administración de Justicia, ha dispuesto:

Primero.-Hacer públicos los destinos que con carácter

definitivo han sido adjudicados a los funcionarios que han participado

en el concurso de traslados relacionados en el anexo I.

Segundo.-Excluir del concurso de traslados a los funcionarios

que en anexo II se relacionan.

Tercero.-Declarar caducadas las instancias presentadas por

los participantes en el presente concurso que no han obtenido

destino, por lo que no serán tenidas en cuenta en futuros concursos

de traslados.

Cuarto.-Considerar desestimadas las alegaciones formuladas

contra la resolución provisional del concurso de traslados que

no han sido resueltas expresamente, ante la publicación de la

presente resolución, conforme a lo dispuesto en la base octava

punto tercero de la Resolución de 18 de julio de 2001.

Quinto.-El cese para los funcionarios destinados en los

órganos judiciales que ya han entrado en funcionamiento, según Orden

de 14 de julio de 2001 ("Boletín Oficial del Estado" del día 17)

deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la

publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial del Estado",

debiendo posesionarse del nuevo destino obtenido por concurso

en los tres días naturales siguientes al cese, si no hay cambio

de localidad, o en los diez días naturales siguientes, en caso

contrario. El plazo posesorio será retribuido por la Administración

competente respecto a la plaza obtenida en concurso.

Si la Resolución comporta reingreso al servicio activo a la

Administración de Justicia en los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y

Agentes el plazo posesorio deberá de computarse desde el día

siguiente al de la publicación de esta Resolución en el "Boletín

Oficial del Estado", pero en el presente caso dicho plazo no resulta

retribuido, ya que se produce antes de formalizarse el reingreso

en los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares o Agentes y por tanto no

puede ser computado como de servicios efectivos.

La posesión, para los funcionarios destinados en los órganos

judiciales cuya entrada en funcionamiento está prevista para el

día 17 de diciembre de 2001, se efectuará dicho día 17 de

diciembre.

El cese para estos funcionarios se producirá el día 5 de

diciembre, si hay cambio de localidad y el día 13 de diciembre, si no

se produce cambio de localidad.

En el caso de que los funcionarios reingresados por medio del

presente concurso se encontraran en activo en otro Cuerpo y no

quisieran que se interrumpiera su relación de servicio con la

Administración, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable

para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar al Presidente,

Juez, Fiscal o Jefe del Organismo de su actual destino, un permiso

retribuido de un día si no hay cambio de localidad o de dos en

caso contrario, salvo aquellos casos que hayan de desplazarse

a Canarias, islas Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso

podrá ser de hasta tres días [artículo 66.1.g) del Reglamento

Orgánico], teniéndolos por cesados en su antiguo destino con la fecha

inmediatamente anterior a la de su posesión en la nueva plaza

de reingreso.

Por la Comunidad Autónoma competente o la Gerencia

Territorial que corresponda, se les concederá la excedencia de oficio

en el Cuerpo de procedencia si ésta se produce en un cuerpo

al servicio de la Administración de Justicia, en cuyo destino se

les tendrá por cesados con la fecha anterior a la de su posesión

en los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares o Agentes al objeto de

evitar la interrupción en la percepción de sus haberes.

Los funcionarios interinos que actualmente ocupen las plazas

que han sido adjudicadas, cesarán como consecuencia de la

posesión del titular.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía

administrativa podrá interponerse recurso contencioso-administrativo

ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Valencia,

en un plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de

su publicación, conforme lo dispuesto en los artículos 8.2, 14.2

y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de la

interposición de recurso potestativo de reposición, ante la

Dirección General de Justicia, en el plazo de un mes contado a partir

del día siguiente a su publicación, conforme lo dispuesto en los

artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de

modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Valencia, 19 de noviembre de 2001.-El Director general, Eloy

Velasco Núñez.

ANEXO II

Concurso: 18 de julio de 2001 ("Boletín Oficial del Estado"

del 25)

Relación de excluidos

Ámbito: Valencia.

Ferrer Lázaro, María Esperanza (1).

García Cerezo, Florencia (2).

Obiol Saura, María Antonia (1).

Porcar Villalonga, Rosa (1).

Roger Valencia, María Remedios (1).

Valladares Trenado, Purificación (2).

Zafra Zafra, Julio Alberto (1).

Códigos de exclusión

(1) No llevar un año en su anterior destino (base segunda, 1).

(2) Presentación fuera de plazo (base cuarta, 1, 2, 3 y 4).

(3) Falta fotocopia de la instancia del funcionario/a con quien

condiciona (base quinta).

(4) Discrepancia entre código informático y su literal (base

cuarta, 8).

(5) Por haber obtenido destino en concurso resuelto

provisional o definitivamente con posterioridad a la fecha de finalización

del plazo de presentación de instancias del concurso actual.

(6) Renuncia dentro del plazo (base cuarta, 7).

(7) Por no haber firmado la instancia (base cuarta, 1, 2 y 3).

(8) Por haber participado para dos Cuerpos (base cuarta, 6).

(9) Por no pertenecer a ningún Cuerpo de la Administración

de Justicia.

(10) Por no indicar el Cuerpo para el que participa.

(11) Por no pertenecer al Cuerpo para el que participa.

(12) Por no corresponder las plazas solicitadas al Cuerpo para

el que participa.

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