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Documento BOE-A-2001-22125

Resolución de 6 de noviembre de 2001, de la Confederación Hidrográfica del Duero, por la que se dispone la publicación del Convenio de colaboración entre la Confederación Hidrográfica del Duero y la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León para la restauración hidrológico forestal de terrenos en los términos municipales de Almazán, Matamala de Almazán y Tardelcuende (Soria).

Publicado en:
«BOE» núm. 284, de 27 de noviembre de 2001, páginas 43491 a 43493 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2001-22125

TEXTO ORIGINAL

Suscrito, previa tramitación reglamentaria, el día 5 de noviembre de 2001, el Convenio de Colaboración entre la Confederación Hidrográfica del Duero y la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León para la restauración hidrológico forestal de terrenos en los términos municipales de Almazán, Matamala de Almazán y Tardelcuende (Soria), y en cumplimiento de lo establecido en el punto noveno del Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990 («Boletín Oficial del Estado» del 16), procede la publicación de dicho Convenio que figura como anexo de esta Resolución.

Valladolid, 6 de noviembre de 2001.–El Presidente, Carlos Alcón Albertos.

ANEXO
Convenio de colaboración entre la Confederación Hidrográfica del Duero y la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León para la restauración hidrológico forestal de terrenos en los términos municipales de Almazán, Matamala de Almazán y Tardelcuende (Soria)

En Soria, a 5 de noviembre de 2001.

REUNIDOS

De una parte el excelentísimo señor don Carlos Alcón Albertos, Presidente de la Confederación Hidrográfica del Duero del Ministerio de Medio Ambiente, nombrado por Real Decreto 1057/2000, de 2 de junio, en ejercicio de las competencias asignadas al organismo de cuenca por los artículos 23, 25 y 30 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio («Boletín Oficial del Estado» número 176, del 24).

De otra parte la excelentísima señora doña Silvia Clemente Municio, Consejera de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, nombrada por Decreto 61/2001, de 19 de marzo, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 26.1.l) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León («Boletín Oficial de Castilla y León» del 23),

EXPONEN

1.o El Ministerio de Medio Ambiente ha puesto en marcha un Plan de restauración hidrológico forestal y de protección y regeneración de cauces y enclaves naturales que pretende, entre otros objetivos, los de restauración forestal de áreas susceptibles de erosión y arrastre de terrenos y los de regeneración de cauces y protección de zonas y enclaves naturales relacionados con el medio ambiente fluvial.

2.o Que a la Confederación Hidrográfica del Duero corresponde, en el ámbito de esta cuenca, la administración y protección del dominio público hidráulico, a cuya finalidad podrá establecer convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas. Que una de las actuaciones de protección del dominio público hidráulico es la restauración hidrológica forestal en cuanto frena la aportación de sólidos a los cauces y contribuye a la regulación de los caudales.

3.o Que la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, mediante Real Decreto 1504/1984, de 8 de febrero, de traspaso a dicha Comunidad Autónoma de funciones y servicios en materia de conservación de la naturaleza es el órgano competente en las funciones de recuperación de la cubierta vegetal, de la lucha contra la erosión y de la conservación de suelos en su ámbito territorial.

4.o Que en los términos municipales de Almazán, Matamala de Almazán y Tardelcuende, todos de la provincia de Soria, pertenecientes a la cuenca del Duero, un incendio forestal que tuvo lugar el día 25 de agosto de 2000 afectó a una extensión de 2.320 hectáreas de terreno, dañando gravemente las repoblaciones allí existentes, aumentando sensiblemente el peligro de erosión del suelo y de arrastres de materiales sólidos, hechos estos que pueden ocasionar grandes daños medioambientales, con perjuicios a las infraestructuras hidráulicas y al dominio público hidráulico.

5.o Para paliar tales consecuencias ambientales e hidrológicas el Ministro de Medio Ambiente y el Presidente de la Comunidad Autónoma de Castilla y León firmaron el 23 de octubre de 2000 un Acuerdo de Intenciones para proceder en común y lo antes posible a la restauración hidrológico forestal y ambiental del territorio citado y aunar esfuerzos en aras a una actuación más eficaz de ambas Administraciones.

6.o Como consecuencia de este Acuerdo, la Consejería de Medio Ambiente, en colaboración con la Confederación Hidrográfica del Duero, ha elaborado un proyecto de restauración hidrológico-forestal de los terrenos afectados por el incendio con el fin de regenerar la cubierta vegetal, teniendo en cuenta las escasas posibilidades de regeneración natural existentes.

Así pues, para dar virtualidad al referido acuerdo, ambas partes acuerdan suscribir el presente Convenio con arreglo a las siguientes cláusulas:

Primera. Objeto.

Ejecutar, de forma coordinada y en colaboración, las obras de restauración hidrológico forestal que antes se ha señalado en los términos municipales de Almazán, Matamala de Almazán y Tardelcuende, todos ellos de la provincia de Soria, de acuerdo con el proyecto técnico denominado «Restauración de la naturaleza en la zona afectada por el incendio de 25 de agosto de 2000 en la comarca de Izana (Soria)».

Segunda. Plazo de vigencia.

El presente Convenio será efectivo a partir de la fecha de suscripción y tendrá una duración de cuarenta (40) meses, entendiéndose tácitamente prorrogado por un (1) año en el supuesto de que no hubiesen finalizado las actuaciones que constituyen su objeto.

Tercera. Obligaciones de las partes.

Corresponde a la Confederación Hidrográfica del Duero la aprobación técnica y definitiva de los proyectos de obra, la contratación de su ejecución conforme al proyecto aprobado, la dirección de las obras y su recepción final, sin perjuicio de la participación de la Consejería en la Mesa de Contratación.

Corresponde a la Consejería de Medio Ambiente garantizar la plena disponibilidad de los terrenos afectados.

Cuarta. Presupuesto y anualidades.

El presupuesto de la actuación asciende a ochocientos setenta y seis millones cuatro mil ciento treinta y ocho (876.004.138) pesetas equivalente a cinco millones doscientos sesenta y cuatro mil ochocientos noventa euros con noventa céntimos (5.264.890,90) que se distribuirán de acuerdo con las siguientes anualidades:

Anualidad

Importe

Pesetas

Importe

Euros

2001 25.000.000 150.253,03
2002 515.000.000 3.095.212,34
2003 250.000.000 1.502.530,26
2004 86.004.138 516.895,27

Estas anualidades tienen carácter indicativo. Si por cualquier circunstancia fuese preciso su reajuste no será necesaria la modificación del presente convenio.

Quinta. Régimen de financiación.

La financiación de los trabajos se realizará de acuerdo con los siguientes porcentajes:

Setenta por ciento (70 por 100) a cargo de la Confederación Hidrográfica del Duero, correspondiendo a la ayuda proporcionada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

Treinta por ciento (30 por 100) a cargo de la Consejería de Medio Ambiente que corresponden a la aportación nacional a la financiación FEDER.

Ambas Instituciones asumen en la misma proporción las variaciones económicas que puedan producirse al alza o a la baja por modificaciones, revisiones de precios, obras complementarias y otras incidencias que sean aprobadas en el desarrollo del contrato de obras.

Los estudios, proyectos, direcciones de obra y cualquier otra asistencia técnica necesaria para dar adecuado cumplimiento al objeto del presente Convenio de colaboración serán financiados con la misma fórmula de reparto establecida en esta cláusula.

Sexta. Aportaciones.

Para posibilitar la utilización de fondos europeos en la parte de la financiación estatal de este Convenio de Colaboración, la contribución de la Comunidad Autónoma de Castilla y León será efectuada con aportaciones que hagan compatible dicha utilización.

A tal efecto, dichas aportaciones se materializarán mediante transferencias dinerarias a la Confederación Hidrográfica del Duero del 30% de las anualidades establecidas en la cláusula cuarta. La Consejería de Medio Ambiente dispone de la correspondiente retención de crédito y aprobación del gasto y su aportación se contabilizará con cargo a los créditos del capítulo VII del programa 035.

Estas aportaciones se realizarán previa acreditación por parte de la Confederación Hidrográfica del Duero de los trabajos ejecutados.

No obstante lo anterior, la Consejería de Medio Ambiente podrá anticipar hasta el cincuenta por ciento (50 por 100) del compromiso anual que le corresponda.

Finalizado cada uno de los ejercicios presupuestarios afectados, la Confederación Hidrográfica del Duero remitirá a la Consejería de Medio Ambiente un certificado sobre el destino dado a los fondos transferidos en virtud del presente Convenio.

Las transferencias dinerarias a la Confederación Hidrográfica del Duero se efectuarán a la cuenta número 9000-0067-30-0200000168 de la Confederación Hidrográfica del Duero en el Banco de España y se incorporarán al concepto presupuestario 750 (Transferencias de Capital de CC.AA.) del Estado de Ingresos del Presupuesto de la Confederación Hidrográfica del Duero.

Séptima. Pagos.

Corresponde a la Confederación Hidrográfica del Duero, como órgano de contratación de las actuaciones objeto de este Convenio, el pago al adjudicatario de las obligaciones derivadas de la ejecución de los correspondientes contratos.

Octava. Entrega.

Una vez terminada cada obra o actuación y recibida definitivamente por la Confederación Hidrográfica del Duero. Se entregará a la Comunidad Autónoma de Castilla y León (o, en su caso, a los Ayuntamientos) que a partir de tal momento se hará cargo a todos los efectos de la misma.

Novena. Comisión de seguimiento.

Para la interpretación del presente Convenio, coordinación, impulso y control de las actuaciones de él derivadas, se crea una Comisión de Seguimiento compuesta por dos representantes de la Confederación Hidrográfica del Duero, uno de ellos designado por la Delegación del Gobierno en la Comunidad de Castilla y León, y dos representantes de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. La Comisión de Seguimiento aprobará sus normas de funcionamiento y designará a su Presidente entre sus vocales. La Presidencia rotará cada seis meses entre ambas Administraciones y será designado un Secretario, que en caso de no ser uno de los vocales, tendrá voz pero no voto.

Esta Comisión de seguimiento comprobará que los proyectos y trabajos emanados de la aplicación del Acuerdo de Intenciones se ajustan a los objetivos de éste y resolverá las posibles incidencias y modificaciones en la ejecución de los proyectos.

Décima. Vigencia.

La vigencia del presente Convenio de Colaboración se extenderá durante el plazo y en las condiciones establecidas en la cláusula segunda.

Podrá extinguirse, asimismo, por alguna de las siguientes causas:

a) El mutuo acuerdo de las partes que lo suscriben.

b) La entrada en vigor de disposiciones legales o reglamentarias que determinen su extinción.

c) El incumplimiento de cualquiera de sus cláusulas.

En estos casos se establecerá, en función de la causa concreta de extinción y a la vista de la situación particular de las actuaciones en curso, la forma de terminación de las mismas.

Undécima. Jurisdicción.

Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en la interpretación, cumplimiento y eficacia del presente Convenio de Colaboración, sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula novena, serán de conocimiento y competencia del Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo.

Duodécima.

La efectividad del presente Convenio de Colaboración queda sujeta a la condición resolutoria de la aprobación por parte de las Instituciones Comunitarias de la financiación de las actuaciones con cargo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

Manifestando su conformidad con todo lo anterior firman el presente documento.‒El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Duero, Carlos Alcón Albertos.‒La Consejera de Medio Ambiente, Silvia Clemente Municio.

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