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Documento BOE-A-2001-21817

Resolución de 29 de octubre de 2001, de la Universidad de La Laguna, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de los Cuerpos Docentes Universitarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 280, de 22 de noviembre de 2001, páginas 42833 a 42835 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2001-21817

TEXTO ORIGINAL

El Rectorado de la Universidad de La Laguna, en cumplimiento

del acuerdo adoptado en la Junta de Gobierno en su sesión de 3

de octubre de 2001, ha resuelto lo siguiente:

Primero.-Convocar concurso de acceso a plaza de los Cuerpos

Docentes Universitarios que se relaciona en el anexo I de la

presente Resolución.

Segundo-Este concurso se regirá por lo dispuesto en la

Ley 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria ("Boletín

Oficial del Estado" de 1 de septiembre) ; Real Decreto 1888/1984,

de 26 de septiembre ("Boletín Oficial del Estado" de 26 de octubre),

que modifica parcialmente al anterior, los Estatutos de la

Universidad de La Laguna, aprobados por Decreto 230/2000, de 22

de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" de 21 de marzo de 2001)

y en lo no previsto, por la legislación general de funcionarios

civiles del Estado.

Tercero.-Para ser admitido al citado concurso se requieren

los siguientes requisitos generales, que deberán cumplirse el

último día de presentación de solicitudes:

1. Tener la nacionalidad española o ser nacional de uno de

los estados miembros de la Unión Europea, o nacional de aquellos

Estados, a los que en virtud de los Tratados internacionales

celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de

aplicación la libre circulación de los trabajadores, en los términos

en que ésta se halla definida en Tratado constitutivo de la

Comunidad Europea.

2. Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido

la edad reglamentaria de jubilación.

3. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,

del servicio de la Administración del Estado o de la Administración

Autónoma, Institucional o Local, ni hallarse inhabilitado para el

ejercicio de las funciones públicas.

4. No padecer enfermedad, ni defecto físico que impida el

desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de

Universidad.

Cuarto.-Deberán reunir, además, las condiciones específicas

que se señalan en el artículo 4.1 del Real Decreto 1888/1984,

de 26 de septiembre, según la categoría de la plaza y, en su caso,

titulación suficiente, debidamente reconocida por el Ministerio de

Educación y Ciencia para el ejercicio profesional en España como

Profesor universitario.

Para concursar a la plaza del Cuerpo de Catedráticos de

Universidad, tener la condición de Catedrático de Universidad o bien

la de Profesor Titular de Universidad o Catedrático de Escuela

Universitaria, con tres años de antigüedad en el Cuerpo a la fecha

de finalización del plazo de presentación de solicitudes, en uno

de ellos o entre ambos Cuerpos. Cuando, estando en posesión

del título de Doctor, se concurra a plazas de Catedráticos de

Universidad, conforme a lo previsto en el artículo 4.1.c) del Real

Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, y no se pertenezca

a ninguno de los Cuerpos que en el mismo se señalan, los

interesados deberán acreditar haber sido eximido de tales requisitos.

Quinto.-No podrán optar a la plaza que se convoca y que

aparece relacionada en el anexo I de esta Resolución, los

Profesores de la Universidad de La Laguna, que encontrándose en

situación administrativa de servicio activo, ocupen otra plaza del

mismo Cuerpo y área de conocimiento que la plaza convocada.

Sexto.-Quienes deseen tomar parte en el concurso remitirán

la correspondiente solicitud al Rector de la Universidad de La

Laguna (calle Molinos de Agua, sin número, 38071 La Laguna),

por cualquiera de los procedimientos establecidos en el

artículo 38.4 de la Ley 30/1992, modificada por la Ley 4/1999, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días hábiles,

a partir de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial

del Estado", mediante solicitud, según modelo del anexo II,

debidamente cumplimentada y junto con los documentos que acredite

reunir los requisitos específicos, necesarios para participar en el

concurso. La concurrencia de dichos requisitos deberá estar

referida siempre a una fecha anterior a la expiración del plazo fijado

para solicitar la participación en el concurso.

Los aspirantes deberán justificar, mediante resguardo original,

haber abonado en la Caja General de Ahorros de Canarias, o

transferencia bancaria, en la cuenta corriente número

20650067611114000069 la cantidad de 3.000 pesetas en

concepto de derechos (2.200 pesetas por derechos de examen y 800

por formación de expediente). Cuando el pago de los derechos

se efectúe por giro postal o telegráfico, éste se dirigirá a la Caja

de la Universidad de La Laguna (calle Molinos de Agua, sin número,

38071 La Laguna), haciendo constar en el talón destinado a la

misma los datos siguientes: Nombre y apellidos del solicitante,

número del documento nacional de identidad e identificación de

la plaza a la que concursa.

Séptimo.-Finalizado el plazo de presentación de solicitudes,

este Rectorado, por cualquiera de los procedimiento establecidos

en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, remitirá a todos los

aspirantes la relación completa de los admitidos y excluidos, así

como las causas de la exclusión. Contra esta Resolución, los

interesados podrán presentar reclamación ante el Rectorado de esta

Universidad, en el plazo de quince días hábiles, a partir de la

notificación de la relación de admitidos y excluidos.

Octavo.-Publicada la composición de la Comisión que ha de

resolver el concurso, en el plazo máximo de cuatro meses, el

Presidente de la misma deberá dictar Resolución, que será notificada

a todos los aspirantes admitidos, con una antelación mínima de

quince días naturales para realizar el acto de presentación de

concursantes y con señalamiento de día, hora y lugar de celebración

de dicho acto, que no podrá exceder de dos días hábiles desde

la constitución de la Comisión.

En el acto de presentación, que será público, los concursantes

entregarán al Presidente de la Comisión la documentación

señalada en el artículo 1.o del Real Decreto 1427/1986, de 13 de

junio, que modifica el artículo 9.o, 1 del Real Decreto 1888/1984,

de 26 de septiembre, y recibirán cuantas instrucciones sobre la

celebración de la prueba deban comunicárseles, asimismo, se

determinará, mediante sorteo, el orden de actuación de los

concursantes, y se fijará el lugar, fecha y hora del comienzo de las

pruebas. Estas deberán comenzar dentro del plazo de veinte días

hábiles, a contar desde el siguiente al acto de presentación.

Noveno.-Todas las actuaciones de la Comisión nombrada al

efecto tendrán que realizarse en el ámbito territorial de la

Universidad de La Laguna, salvo causas de fuerza mayor y con la

debida autorización del Rectorado.

Décimo.-El candidato propuesto por la Comisión para la

provisión de la plaza deberá entregar en el Registro General de la

Universidad, o por cualesquiera de los medios establecidos en

la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y

del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de quince

días hábiles siguientes al de concluir la actuación de la Comisión,

los siguientes documentos:

1. Fotocopia duplicada del documento nacional de identidad

o documento que acredite ser nacional de uno de los Estados

miembros de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados

a los que, en virtud de los Tratados internacionales celebrados

por la Unión Europea y ratificados por España.

2. Certificación médica oficial de no padecer enfermedad ni

defecto físico para el desempeño de las funciones correspondientes

a Profesor de Universidad, expedido por la Dirección Provincial

o Consejería, según proceda, competentes en materia de sanidad.

3. Declaración jurada de no haber sido separado de la

Administración del Estado, Institucional o Local, ni de la Administración

de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente

disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el desempeño de la función

pública.

En el supuesto de que el aspirante propuesto tuviera la

condición de funcionario de carrera estará exento de presentar los

documentos o requisitos que señalan los apartados 2 y 3 de esta

base, debiendo presentar certificación del Ministerio u organismo

del que dependan, acreditativa de su condición de funcionario

y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios, además

de fotocopias del documento nacional de identidad, o documento

acreditativo, por duplicado.

Undécimo.-Contra la presente Resolución cabe interponer,

con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Rectorado

de esta Universidad, a tenor de lo establecido en el artículo 116

de la Ley 4/1999, de 13 de enero, que modifica la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, previo al

recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de

Justicia de Canarias.

La Laguna, 29 de octubre de 2001.-El Rector, José S. Gómez

Soliño.

ANEXO I

Identificación del concurso: DF1274/CU. Número de plazas:

Una. Cuerpo al que pertenece la plaza: Catedrático de Universidad.

Área de conocimiento: "Fisiología Vegetal". Departamento al que

está adscrita: Biología Vegetal. Actividades a realizar por quien

obtenga la plaza: Docencia en Ecofisiología Vegetal. Clase de

convocatoria: Concurso de acceso.

ANEXOS (ver imagen página 42835).

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