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Documento BOE-A-2001-217

Real Decreto 3011/2000, de 1 de diciembre, por el que se indulta a don Pedro Gómez Cano.

Publicado en:
«BOE» núm. 3, de 3 de enero de 2001, páginas 242 a 242 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2001-217

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de indulto de don Pedro Gómez Cano, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Álava, en sentencia de fecha 2 de mayo de 1997, como autor de un delito contra el deber de cumplimiento del servicio militar obligatorio, a la pena de seis meses de prisión y diez años de inhabilitación absoluta, así como las costas procesales, con las accesorias legales, por hechos cometidos en el año 1996, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,

Vengo en conmutar a don Pedro Gómez Cano la pena privativa de libertad e inhabilitación impuestas, por otra de cuatro años de inhabilitación especial para el desempeño de cualquier empleo o cargo al servicio de la Administración, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.

Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ÁNGEL ACEBES PANIAGUA

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