Estando vacante el puesto de trabajo de Director Técnico del
Servicio de Publicaciones de la Universidad de Zaragoza,
Este Rectorado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20
de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, y sus modificaciones
posteriores, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que
se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al
servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado, de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 3 y 50 de la Ley 11/1983, de
25 de agosto, de Reforma Universitaria; el artículo 175 del Real
Decreto 1271/1985, de 29 de mayo, por el que se aprueban los
Estatutos de la Universidad de Zaragoza (en adelante EEUZ) y
en las normas de la plantilla orgánica de personal de
administración y servicios, aprobada por la Junta de Gobierno y el Consejo
Social, ha dispuesto convocar, para su provisión, por el sistema
de libre designación, el puesto de trabajo de Director Técnico
del Servicio de Publicaciones, en los términos que figuran en el
anexo, con arreglo a las siguientes
Bases
Primera. Requisitos de los aspirantes.
1. Podrán participar en esta convocatoria:
Los funcionarios de carrera de la Universidad de Zaragoza,
excepto los suspensos en firme y mientras dure la suspensión y
otros funcionarios que presten servicios en esta Universidad, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 169 de los Estatutos
de la Universidad de Zaragoza.
Los funcionarios de esta Universidad en excedencia voluntaria
por interés particular sólo podrán participar si llevan más de dos
años en dicha situación en la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes.
Los funcionarios de carrera de cualquiera de las
Administraciones Públicas que reúnan los requisitos exigidos en el anexo I
de la convocatoria.
Deberán reunirse los requisitos de pertenencia al grupo o
grupos de clasificación de funcionarios y de adscripción a Cuerpos
o Escalas y especialidad, previstos en la Relación de Puestos de
Trabajo y en las normas de la plantilla orgánica de personal de
administración y servicios de esta Universidad.
Igualmente, podrá participar el personal laboral fijo de plantilla
perteneciente a los grupos profesionales A, B o C de la Universidad
de Zaragoza y que se encuentren en servicio activo en la misma
o en excedencia voluntaria por interés particular, si llevan más
de dos años en dicha situación en la fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes.
2. El desempeño del puesto de trabajo convocado quedará
sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, en materia de
incompatibilidades.
Segunda. Solicitudes.
1. Las solicitudes se dirigirán al excelentísimo señor Rector
Magnífico de esta Universidad, y se presentarán en el Registro
General o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días
hábiles siguientes al de la publicación de la presente convocatoria
en el "Boletín Oficial del Estado".
2. A las solicitudes se deberá acompañar currículum vitae
en el que consten, debidamente justificados, además de los datos
personales, número de Registro de Personal, puesto de trabajo
actual, títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo
desempeñados en las distintas Administraciones Públicas o
empresas privadas, estudios y cursos realizados y otros méritos y
circunstancias que se estime oportuno poner de manifiesto.
3. Cuando el nuevo destino implicase cambio de localidad,
el traslado tendrá carácter voluntario y, en consecuencia, no
generará derecho al abono de indemnizaciones por concepto alguno.
4. Podrá declararse desierto el puesto de trabajo convocado
si ninguno de los aspirantes resultase idóneo para su desempeño,
a juicio de este Rectorado.
Tercera. Recursos.-Contra la presente Resolución, que agota
la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el
artículo 22 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma
Universitaria, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en
el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la recepción
de la presente notificación, ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de la circunscripción en la que se tenga el domicilio
o bien en el de Zaragoza, según lo dispuesto en los artículos 8.2
y 14.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa ("Boletín Oficial del Estado"
número 167, de 14 de julio).
No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra
esta Resolución recurso de reposición, en el plazo de un mes,
ante este órgano, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso
contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga
resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de
acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial
del Estado" número 12, de 14 de enero).
Zaragoza, 16 de octubre de 2001.-El Rector, P. D. (Resolución
de 7 de julio de 2000, "Boletín Oficial de Aragón" número 85,
de 17 de julio), el Gerente, Mariano Berges Andrés.
ANEXO
Puesto de trabajo: Director Técnico del Servicio de
Publicaciones. Nivel: 24. Tipo de puesto: Singularizado. Forma de
provisión: Libre designación. Jornada de trabajo: Continuada.
Grupos: A, B y C de Administración General en el caso de personal
funcionario y A, B y C en el caso de personal laboral de la
Universidad de Zaragoza. Complemento específico anual en el caso
de personal funcionario: Grupo A, 1.402.908 pesetas; grupo B,
1.334.112 pesetas; grupo C, 1.403.964 pesetas. Factor de
equiparación en el caso de personal laboral de la Universidad de
Zaragoza: Grupo A, 1.004.148 pesetas; grupo B, 1.034.772 pesetas;
grupo C, 1.026.648 pesetas.
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