Por Orden de 10 de mayo de 2001, del Ministerio del Interior,
se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de
Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, escalas Masculina y
Femenina ("Boletín Oficial del Estado" de 25 de mayo). Una vez
finalizada la fase de oposición y entregada por el Presidente del
Tribunal número 1 Coordinador, copia certificada de las listas de
aprobados,
Esta Dirección General, en virtud de lo previsto en el artículo
22 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso y en la base 7.1 de
la convocatoria, resuelve:
Primero.-Hacer publica la relación de aprobados por orden
de puntuación en las pruebas selectivas para el ingreso en el
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, Escalas
Masculina y Femenina, en la fase de oposición, que se encontrarán
expuestas en los tablones de anuncios de los centros penitenciarios
y en la Dirección General de Instituciones Penitenciarias.
Segundo.-En el plazo de veinte días naturales, a contar desde
el siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial del Estado",
los aspirantes aprobados deberán presentar en la Subdirección
General de Personal de la Dirección General de Instituciones
Penitenciarias, calle Alcalá, 38-40, 28014 Madrid, los documentos
que se señalan en la base octava de la convocatoria (apartados
8.1 y 8.2).
Tercero.-Quienes dentro del plazo fijado y salvo casos de
fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de
la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos
señalados en la base 2 de la convocatoria, no podrán ser
nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas sus
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren
incurrido por falsedad en la solicitud inicial (apartado tercero de la base
octava de la convocatoria).
Cuarto.-La presente resolución, de conformidad con el artículo
116 de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, podrá
ser recurrida potestativamete ante el mismo órgano que lo ha
dictado, mediante la interposición de recurso de reposición en
el plazo de un mes, a partir del día siguiente a su publicación,
o ser impugnada directamente ante la Audiencia Nacional,
pudiendo interponerse, en este caso, recurso contencioso-administrativo
en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de
su publicación.
Madrid, a 2 de noviembre de 2001.-El Director general, Ángel
Yuste Castillejo.
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