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Documento BOE-A-2001-21330

Resolución de 2 de noviembre de 2001, de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, por la que se hace público el listado de aprobados definitivos por orden de puntuación, en la fase de oposición del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, Escalas Masculina y Femenina.

Publicado en:
«BOE» núm. 274, de 15 de noviembre de 2001, páginas 41791 a 41791 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2001-21330

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de 10 de mayo de 2001, del Ministerio del Interior,

se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de

Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, escalas Masculina y

Femenina ("Boletín Oficial del Estado" de 25 de mayo). Una vez

finalizada la fase de oposición y entregada por el Presidente del

Tribunal número 1 Coordinador, copia certificada de las listas de

aprobados,

Esta Dirección General, en virtud de lo previsto en el artículo

22 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se

aprueba el Reglamento General de Ingreso y en la base 7.1 de

la convocatoria, resuelve:

Primero.-Hacer publica la relación de aprobados por orden

de puntuación en las pruebas selectivas para el ingreso en el

Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, Escalas

Masculina y Femenina, en la fase de oposición, que se encontrarán

expuestas en los tablones de anuncios de los centros penitenciarios

y en la Dirección General de Instituciones Penitenciarias.

Segundo.-En el plazo de veinte días naturales, a contar desde

el siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial del Estado",

los aspirantes aprobados deberán presentar en la Subdirección

General de Personal de la Dirección General de Instituciones

Penitenciarias, calle Alcalá, 38-40, 28014 Madrid, los documentos

que se señalan en la base octava de la convocatoria (apartados

8.1 y 8.2).

Tercero.-Quienes dentro del plazo fijado y salvo casos de

fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de

la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos

señalados en la base 2 de la convocatoria, no podrán ser

nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas sus

actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren

incurrido por falsedad en la solicitud inicial (apartado tercero de la base

octava de la convocatoria).

Cuarto.-La presente resolución, de conformidad con el artículo

116 de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, podrá

ser recurrida potestativamete ante el mismo órgano que lo ha

dictado, mediante la interposición de recurso de reposición en

el plazo de un mes, a partir del día siguiente a su publicación,

o ser impugnada directamente ante la Audiencia Nacional,

pudiendo interponerse, en este caso, recurso contencioso-administrativo

en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de

su publicación.

Madrid, a 2 de noviembre de 2001.-El Director general, Ángel

Yuste Castillejo.

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