Visto el expediente de indulto de doña María Jesús Fanegas Veigas, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Bilbao, en sentencia de fecha 28 de enero de 1997, como autora de un delito de prevaricación, a la pena de diez meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1982, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en indultar a doña María Jesús Fanegas Veigas dos tercios de la pena de inhabilitación para empleo o cargo público pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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