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Documento BOE-A-2001-21151

Resolución de 24 de octubre de 2001, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone la publicación del Convenio específico entre el Ministerio del Interior, la Comunidad Autónoma de Castilla y León (Consejería de Sanidad y Bienestar Social) y la Universidad de Valladolid para el desarrollo de diversos proyectos de investigación.

Publicado en:
«BOE» núm. 272, de 13 de noviembre de 2001, páginas 41433 a 41435 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2001-21151

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose suscrito, con fecha 12 de julio de 2001, el Convenio específico entre el Ministerio del Interior, la Comunidad Autónoma de Castilla y León (Consejería de Sanidad y Bienestar Social) y la Universidad de Valladolid para el desarrollo de diversos proyectos de investigación, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 24 de octubre de 2001.–El Secretario general técnico, Eugenio López Álvarez.

ANEXO
Convenio específico entre el Ministerio del Interior, la Comunidad Autónoma de Castilla y León (Consejería de Sanidad y Bienestar Social) y la Universidad de Valladolid para el desarrollo de diversos proyectos de investigación

En Valladolid, a 12 de julio de 2001.

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor don Mariano Rajoy Brey, Vicepresidente Primero del Gobierno y Ministro del Interior,

De otra parte, el excelentísimo señor don Carlos Fernández Carriedo,

Consejero de Sanidad y Bienestar Social de la Junta de Castilla y León, y

De otra, el excelentísimo señor don Jesús María Sanz Serna, Rector de la Universidad de Valladolid.

Las partes se reconocen mutua capacidad para la firma del presente acuerdo en nombre de las instituciones que representan y, al efecto,

MANIFIESTAN

Que con fecha 6 de julio de 2001 se suscribió un Acuerdo Marco entre el Ministerio del Interior y la Junta de Castilla y León, que tenía por objeto la creación de un Centro de Referencia en Alcohol y otras Drogas del Observatorio Español sobre Drogas y del Observatorio sobre Abuso de Drogas de Castilla y León, especializado en la realización de estudios e investigaciones sobre alcohol y tabaco.

Que la cláusula primera del citado Acuerdo establecía la designación por parte de la Junta de Castilla y León, de acuerdo con el Ministerio del Interior, de centros universitarios de esa Comunidad para que actuasen como Centro de Referencia en Alcohol y otras Drogas del Observatorio Español sobre Drogas y del Observatorio sobre Abuso de Drogas de Castilla y León.

Que la Universidad de Valladolid tiene como cometido el desarrollo de planes académicos que garanticen una adecuada formación científica y técnica en diversas disciplinas, así como el impulso y la colaboración en programas de investigación en diferentes ámbitos de conocimiento.

Que, entre otras actuaciones, la Universidad de Valladolid ha venido colaborando con la Junta de Castilla y León, a través de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social, en la organización de cursos de especialización y postgrado en drogodependencias y en la realización de diferentes investigaciones en este ámbito.

Que el Departamento de Biología Celular y Farmacología de la Facultad de Medicina de la Universidad de Valladolid tiene un área de actuación relacionada con el alcohol, el tabaco, otras drogas de abuso y las drogodependencias, en la que se desarrollan actividades de docencia, investigación aplicada, asistencia y formación.

Que la cláusula tercera del Acuerdo Marco contemplaba la posibilidad de establecimiento de acuerdos específicos, en virtud de la cual se formula el presente Convenio, que se regulará por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Finalidad del Acuerdo.

La Universidad de Valladolid queda constituida en Centro de Referencia en Alcohol y otras Drogas del Observatorio Español sobre Drogas y del Observatorio sobre Abuso de Drogas de Castilla y León para la realización de estudios e investigaciones sobre estas sustancias.

Segunda. Objeto del acuerdo.

El presente Convenio tiene por objeto regular las actividades y el funcionamiento de la Universidad de Valladolid como Centro de Referencia en Alcohol y otras Drogas del Observatorio Español sobre Drogas y del Observatorio sobre Abuso de Drogas de Castilla y León durante el año 2001.

Tercera. Programa de actividades.

La Universidad de Valladolid se compromete a desarrollar en el período temporal de vigencia del presente convenio los siguientes proyectos de investigación, de acuerdo con las fases y el cronograma que se recogen como anexos:

Proyecto número 1: Utilización de servicios asistenciales por los pacientes alcohólicos.

Proyecto número 2: Alcohol y violencia doméstica. Proyecto número 3: Alcohol y accidentalidad.

En los citados proyectos se presentarán, con el alcance que sea técnicamente posible, datos diferenciados y representativos de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

Cuarta. Propiedad de los trabajos.

La propiedad de los resultados de carácter nacional procedentes de las investigaciones y estudios impulsados en virtud del presente Acuerdo será de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas. Las restantes partes podrán acceder al contenido de los trabajos a la conclusión de los mismos, debiendo solicitar y obtener por escrito autorización de la Delegación para la publicación parcial o total de los mismos.

Sin perjuicio de lo anterior, la Consejería de Sanidad y Bienestar Social de la Junta de Castilla y León será la propietaria de los resultados obtenidos en el contexto de las distintas investigaciones cuando se refieran exclusivamente al ámbito territorial específico de la Comunidad de Castilla y León.

La Universidad de Valladolid podrá efectuar la utilización científica y docente de dichos resultados, todo ello sin perjuicio de los derechos de sus autores.

Quinta.

La Universidad de Valladolid se compromete a la contratación del personal responsable de la dirección y ejecución de los proyectos de investigación recogidos en la cláusula tercera.

La Universidad de Valladolid presentará tanto al Ministerio del Interior, a través de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, como a la Consejería de Sanidad y Bienestar Social liquidación y rendición de cuentas económicas tras la ejecución de las actividades convenidas antes del 15 de diciembre de 2001.

Sexta.

Para facilitar la realización de las actividades que constituyen el objeto del presente Convenio, el Ministerio del Interior, a través de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, transferirá a la Universidad de Valladolid 4.000.000 de pesetas, con cargo a la aplicación presupuestaria 16.06.313G.227.06 del presupuesto de gastos de dicha institución para el 2001.

Séptima.

El pago de dicha cantidad se realizará contra factura emitida por la Universidad de Valladolid en dos plazos, del 50 por 100 cada uno. El primero, a la firma del Convenio, se destinará a cubrir los gastos necesarios para iniciar los proyectos de investigación; esta cantidad deberá justificarse mediante certificación de las actividades y gastos realizados, antes de proceder al último pago. El segundo pago se efectuará a la entrega de los tres informes finales y previa recepción, de conformidad por la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas.

Octava.

Por su parte, la Consejería de Sanidad y Bienestar Social de la Junta de Castilla y León aportará a la Universidad de Valladolid 2.000.000 de pesetas. La citada aportación se hará con cargo a la aplicación presupuestaria 05.04.074.659.0 y se transferirá y justificará en las mismas condiciones que las previstas para la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas. Asimismo, la Consejería de Sanidad y Bienestar Social prestará todo tipo de colaboración al Observatorio Español sobre Drogas para el cumplimiento de los fines del Convenio.

Novena. Alcance y duración.

El presente Acuerdo tendrá vigencia desde su firma hasta el 15 de diciembre de 2001, fecha en la que deberán estar en poder de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, y, en su caso, de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social, los informes finales con los resultados de las investigaciones a que hace referencia la cláusula segunda.

Décima.

El presente Convenio queda excluido de la aplicación de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, al amparo de lo dispuesto en el artículo 3.1.c) del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aplicándose los principios de dicha Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.

Dada la naturaleza administrativa de este Convenio, las controversias que pudieran surgir serán conocidas por la jurisdicción contencioso-administrativa.

Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto y convenido, en el ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes, suscriben el presente Convenio, por triplicado ejemplar, en el lugar y fecha antes indicados.–El Vicepresidente Primero del Gobierno y Ministro del Interior, Mariano Rajoy Brey.–El Consejero de Sanidad y Bienestar Social, Carlos Fernández Carriedo.–El Rector de la Universidad de Valladolid, Jesús María Sanz Serna.

ANEXO I
Proyecto número 1: Utilización de servicios asistenciales por los pacientes alcohólicos

Fase I. Cronograma: Meses 1-2:

Revisión bibliográfica sobre la utilización de servicios asistenciales por los pacientes alcohólicos en España, 1995-2000.

Fase II. Cronograma: Meses 1-2:

Realización de entrevistas con «personas clave» en el área.

Identificación de los distintos niveles en el circuito terapéutico del paciente alcohólico.

Fase III. Cronograma: Meses 3-5:

Identificación de las fuentes de información e indicadores disponibles relacionados con el tema objeto de la investigación.

Valoración de dichas fuentes de información e indicadores disponibles: Calidad de la información, accesibilidad de la misma, rapidez en la obtención de dicha información.

Valoración de las necesidades de recogida de información e indicadores relacionados con el tema objeto de la investigación.

Identificación de obstáculos y dificultades que encuentran los pacientes alcohólicos para acceder y utilizar los servicios asistenciales.

Fase IV. Cronograma: Meses 5-6:

Propuesta de indicadores y fuentes de información disponibles y/o de nueva implementación.

Propuestas de actuación para superar las dificultades encontradas en el acceso y utilización de los servicios asistenciales y para mejorar la calidad de los mismos.

Elaboración del informe final 1.

ANEXO II
Proyecto número 2: Alcohol y Violencia Doméstica

Fase I. Cronograma: Meses 1-2:

Revisión bibliográfica sobre el alcohol y violencia doméstica en España, 1995-2000.

Fase II. Cronograma: Meses 1-2:

Realización de entrevistas con «personas clave» en el área.

Fase III. Cronograma: Meses 3-5:

Identificación de las fuentes de información e indicadores disponibles relacionados con el tema objeto de la investigación.

Valoración de dichas fuentes de información e indicadores disponibles: Calidad de la información, accesibilidad de la misma, rapidez en la obtención de dicha información.

Valoración de las necesidades de recogida de información e indicadores relacionados con el tema objeto de la investigación.

Fase IV. Cronograma: Meses 5-6:

Propuesta de indicadores y fuentes de información disponibles y/o de nueva implementación.

Elaboración del informe final 2.

ANEXO III
Proyecto número 3: Alcohol y accidentalidad

Fase I. Alcohol y accidentes laborales. Cronograma: Meses 1-4:

Revisión bibliográfica sobre alcohol y accidentes laborales en España, 1995-2000.

Realización de entrevistas con «personas clave» en el área.

Identificación de las fuentes de información e indicadores disponibles relacionados con el tema objeto de la investigación.

Valoración de dichas fuentes de información e indicadores disponibles: Calidad de la información, accesibilidad de la misma, rapidez en la obtención de dicha información.

Valoración de las necesidades de recogida de información e indicadores relacionados con el tema objeto de la investigación.

Fase II. Alcohol y accidentes de tráfico. Cronograma: Meses 1-4:

Evolución de la presencia de alcohol en conductores fallecidos en accidentes de circulación en España.

Evolución de los resultados de las pruebas de alcoholemia realizadas en conductores de vehículos en España.

Fase III. Cronograma: Meses 5-6:

Elaboración del informe final 3.

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