El Director general del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA), en nombre y representación de este Organismo autónomo del Ministerio de Ciencia y Tecnología, y en virtud de las atribuciones que le confiere el Real Decreto 1676/2000, de 29 de septiembre, y, de otra parte, el Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid, nombrado por Decreto 10/2000, de 27 de enero, en nombre y representación de la misma, han firmado un Convenio de colaboración para el desarrollo del Plan de Formación de Auxiliares Técnicos de Investigación FINNOVA 2001-2002, recogido en el anexo de esta Resolución.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
Esta Secretaría General dispone su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, a 18 de octubre de 2001.–El Secretario general, Juan Junquera González.
En Madrid, a 27 de julio de 2001.
REUNIDOS
De una parte, el ilustrísimo señor don Ildefonso Hernández Sanz, en su calidad de Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid (en lo sucesivo Agencia para el Empleo) cargo para el que fue nombrado por Decreto 10/2000, de 27 de enero, en nombre y representación de la misma, en virtud de la delegación efectuada por Acuerdo del Consejo de Administración de la Agencia para el Empleo de Madrid, de fecha 20 de junio de 2000.
Y de otra parte, el ilustrísimo señor don Adolfo Cazorla Montero, Director general del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (en lo sucesivo INIA), con código de identificación fiscal Q-2821013F, con sede en Madrid, carretera de La Coruña, kilómetro 7,5, en representación del mismo, en virtud del Real Decreto 1676/2000, de 29 de septiembre, por el que se dispone su nombramiento, actuando conforme a las atribuciones que le confiere el artículo 12 del Estatuto del INIA, aprobado por Real Decreto 1951/2000, de 1 de diciembre.
Ambas partes se reconocen capacidad jurídica suficiente y poder bastante para obligarse en el presente Convenio, y a tal efecto
EXPONEN
Que la Agencia para el Empleo, creada por la Ley 4/1997, de 8 de enero, tiene como fin fomentar, mejorar y promover el empleo en la Comunidad de Madrid, luchar contra el desempleo y la desindustrialización y servir de cauce de encuentro entre empresas, trabajadores y Administración regional en estas materias, incluyéndose entre sus funciones la firma de Convenios y Programas con las empresas para la realización de prácticas y contratación del primer empleo, para alumnos procedentes de Formación Profesional, Universidades e Institutos universitarios desarrollando la creación del Instituto de Primer Empleo, en colaboración con las Universidades y sus fundaciones.
Que, en cumplimiento de las funciones expuestas en el párrafo anterior, se ha convocado el Plan FINNOVA 2001-2002 por Orden 5473/2001, de 29 de junio, de la Consejería de Economía y Empleo, por la que se regula la concesión de ayudas para el desarrollo del programa de puestos de becas FINNOVA 2001-2002 («Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» número 159, de 6 de julio de 2001).
Que el INIA, Organismo autónomo del Ministerio de Ciencia y Tecnología, actúa conforme a lo establecido en el Real Decreto 1951/2000, de 1 de diciembre, por el que se aprueba su Estatuto, y posee los medios Técnicos suficientes para crear en su seno puestos de prácticas para la formación de Auxiliares Técnicos vinculados a proyectos de investigación y nuevas tecnologías, contribuyendo al desarrollo de los mismos.
Que ambas instituciones complementan sus esfuerzos con el fin de permitir a personas desempleadas la realización de prácticas en el centro de trabajo, que puedan contribuir a su posterior inserción laboral.
En consecuencia, coincidiendo ambas partes en los objetivos aquí expuestos, acuerdan desarrollar el presente Convenio de colaboración de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Es objeto del presente Convenio el establecimiento de un plan de apoyo a la formación de jóvenes técnicos/as mediante la adquisición de una serie de habilidades y destrezas de forma práctica en disciplinas innovadoras para mejorar la inserción laboral de los mismos en centros de investigación del INIA.
La Agencia para el Empleo, a través del Plan de Formación de Auxiliares Técnicos para la Innovación (FINNOVA 2001-2002), ha convocado ocho becas de prácticas para la formación en el ámbito de los proyectos de investigación y nuevas tecnologías, reflejados en el anexo, atendiendo a la descripción de los perfiles que figuran en el mismo.
La duración de las becas será de doce meses con dedicación a tiempo completo a comenzar en 2001.
El criterio utilizado para la determinación de las mismas es el de la proyección laboral de los puestos tanto dentro del INIA, como en otras empresas del mismo sector de actividad.
La concesión de las becas, y las características de las mismas, estará sujeta a lo dispuesto en la Orden 5473/2001, de 29 de junio, de la Consejería de Economía y Empleo.
La selección de los becarios/as, de entre los solicitantes que reúnan los requisitos mínimos señalados para cada puesto, se efectuará de acuerdo con lo dispuesto en la Orden 5473/2001, de la Consejería de Economía y Empleo.
Los candidatos/as finalmente seleccionados/as, percibirán una beca de una cuantía de 601,01 euros, equivalentes a 100.000 pesetas.
La condición de becario/a no dará lugar en ningún caso a relación jurídica laboral con las partes de este Convenio.
Los becarios/as desarrollarán su actividad de prácticas para la formación en el INIA bajo la dirección de un tutor/a, que el Instituto designará para cada puesto. El control de seguimiento del aprendizaje y determinación del nivel de rendimiento de los participantes corresponderá al tutor/a designado/a para la dirección de la actividad del becario/a.
La Agencia para el Empleo de Madrid realizará el seguimiento general del Plan mediante los cuadernos de prácticas de los becarios/as que los tutores/as visarán mensualmente, las escalas de rendimiento que serán cumplimentadas trimestralmente por los tutores/as y alumnos/as, así como las escalas de satisfacción de los alumnos/as.
Las escalas especificadas en el párrafo anterior deberán remitirse a la Agencia para el Empleo con carácter trimestral.
Las bajas que se vayan produciendo se podrán cubrir, durante el transcurso del 50 por 100 del tiempo de duración de la beca desde la fecha de inicio de la misma con la lista de espera baremada y elaborada en la selección inicial, por un tiempo nunca superior al que reste de la duración total prevista inicialmente.
El INIA suscribirá un seguro de accidentes y de asistencia sanitaria para la cobertura de los becarios/as durante el periodo de duración de la beca.
La Agencia para el Empleo de Madrid, conforme se establece en la Orden de convocatoria citada, aportará el coste de las becas durante los primeros seis meses de duración de las mismas, por un importe de 28.848,58 euros, equivalentes a 4.800.000 pesetas, con cargo al Programa 350, Partida 48200, de los ejercicios 2001-2002, de forma que el INIA tenga con suficiente antelación, los créditos para hacer efectivos los pagos mensuales de las becas.
Por su parte, el INIA aportará el coste restante de las becas que asciende a 28.848,58 euros, equivalentes a 4.800.000 pesetas, así como el coste del seguro de accidentes y asistencia sanitaria de los ocho becarios/as durante todo el periodo de duración de las becas, a razón de 27,05 euros (4.500 pestas), por becario y mes. El importe total del seguro asciende, por tanto, a 2.596,37 euros (432.000 pesetas).
Estos gastos, por parte del INIA, se imputarán a la aplicación presupuestaria 20.204.542J.780.00 de sus presupuestos y con cargo a los ejercicios 2001 y 2002 en las siguientes proporciones:
Ejercicio | 2001 | 2002 | Total | |||
---|---|---|---|---|---|---|
Euros | Pesetas | Euros | Pesetas | Euros | Pesetas | |
Beca | — | — | 28.848,58 | 4.800.000 | 28.848,58 | 4.800.000 |
Seguro | 432,73 | 72.000 | 2.163,64 | 360.000 | 2.596,37 | 432.000 |
Total | 432,73 | 72.000 | 31.012,22 | 5.160.000 | 31.444,95 | 5.232.000 |
El INIA justificará a la Agencia para el Empleo de Madrid el destino de las cantidades recibidas. Asimismo, remitirá con carácter mensual y durante toda la duración de las becas la certificación acreditativa de la ejecución del programa objeto del presente Convenio, así como de las altas y bajas que se hubiesen producido.
A fin de garantizar la eficacia en la coordinación de los aspectos señalados anteriormente, se crea una Comisión de Seguimiento que estará integrada por dos representantes de la Agencia para el Empleo de Madrid, dos representantes del INIA y un representante de la Administración General del Estado, designado por la Delegación del Gobierno en Madrid, que se reunirá al menos dos veces al año.
El presente Convenio de colaboración permanecerá en vigor desde la fecha de su firma hasta la finalización del Plan FINNOVA 2001-2002 y, en todo caso, hasta el 31 de diciembre de 2002, al amparo de la Orden 5473/2001, de 29 de junio, de la Consejería de Economía y Empleo.
Cuantas controversias o litigios surgieran como consecuencia de la interpretación, modificación, resolución y efectos se entenderán siempre sometidos a la jurisdicción de los Tribunales Contencioso-Administrativos con sede en Madrid.
El incumplimiento de las condiciones establecidas en el presente Convenio facultará a cualquiera de las partes para proceder a la anulación de las acciones contempladas.
Y para que así conste, ambas partes lo suscriben en triplicado ejemplar y a un solo efecto en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–El Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid, Ildefonso Hernández Sanz.–El Director general del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, Adolfo Cazorla Montero.
Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA)
Código | Denominación del puesto o breve descripción de su misión | Organismo y Departamento | Tutor/a |
---|---|---|---|
81051 | Caracterización y conservación de microorganismos de interés alimentario. | INIA. Tecnología de los Alimentos. | Margarita Medina. |
81052 | Técnicas de Biología Molecular y Cultivos Celulares. Aplicaciones a la obtención de Peces Transgénicos para Biofactorias Farmacéuticas. | INIA. Biotecnología. | Julio Coll Morales. |
81053 | Genotipado de Ratones Transgénicos. | INIA. Reproducción Animal. | Alonso Gutiérrez Adán. |
81054 | Análisis de Efluentes Industriales y Agroganaderos. | INIA. Uso Sostenible del Medio Natural. | José Vicente Tarazona. |
81055 | Técnicas de Laboratorio para estudios Inmunológicos. | INIA. Sanidad Animal. | Ana Canals. |
81056 | Crecimiento y Manipulación de Hongos Filamentosos. | INIA. Protección Vegetal. | Paloma Megarejo. |
81057 | Seguimiento de las Colecciones de Material de Base. | INIA. Centro de Investigación Forestal (CIFOR). | Ricardo Alía Miranda. |
81058 | Ensayos Mecánicos en Madera Estructural. | INIA. Industrias Forestales. | Modesto Rafael Díez Barra. |
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