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Documento BOE-A-2001-20608

Resolución de 10 de octubre de 2001, de la Secretaría General de Medio Ambiente sobre la evaluación de Impacto Ambiental del proyecto de "Restauración ambiental y acondicionamiento social de las riberas del Pisuerga en el entorno de Simancas", Valladolid, de "Aguas de la Cuenca del Duero, Sociedad Anónima".

Publicado en:
«BOE» núm. 265, de 5 de noviembre de 2001, páginas 40133 a 40134 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2001-20608

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de Impacto Ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, y el Reglamento de ejecución aprobado por Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, establecen la obligación de formular declaración de Impacto Ambiental, con carácter previo ala resolución administrativa que se adopte para la realización, o en su caso, autorización de la obra, instalación o actividad de las comprendidas en los anexos a las citadas disposiciones.

De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 695/2000, de 12 de mayo; en el Real Decreto 1415/2000, de 21 de julio, y Real Decreto 376/2001, de 6 de abril, en los que se establece la estructura orgánica básica y la atribución de competencias del Ministerio de Medio Ambiente, corresponde a la Secretaría General de Medio Ambiente la realización de las declaraciones de Impacto Ambiental de competencia estatal y resolución sobre los proyectos del anexo II del citado Real Decreto Legislativo 1302/1986.

La sociedad «Aguas del Duero, Sociedad Anónima», de acuerdo con el artículo 2.3 de la Ley 6/2001, remitió a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, con fecha 10 de julio de 2001, documentación sobre las características, ubicación y potencial impacto del proyecto «Restauración ambiental y acondicionamiento social de las riberas del Pisuerga en el entorno de Simancas», al objeto de determinar su sometimiento al procedimiento reglado de evaluación de impacto ambiental.

El proyecto se tipifica en la categoría de proyectos del anejo II de la Ley 6/2001, grupo 8, proyectos de ingeniería hidráulica y de gestión del agua; letra c)...obras de encauzamiento y proyectos de defensa de cauces y márgenes cuando la longitud total del tramo afectado sea superior a dos kilómetros.

El proyecto tiene como objeto la recuperación ecológica y paisajística de un tramo de 14 kilómetros del río Pisuerga, desde la salida de éste de la ciudad de Valladolid, por el sur, hasta su desembocadura en el río Duero, en el entorno, aguas abajo de la ciudad de Simancas.

Las márgenes del tramo de río en el que se propone la actuación presentan deterioro por la presión de actividades relacionadas con los usos de los terrenos circundantes de carácter agrícola y periurbano, lo que ha generado degradación y estrechamiento en el Dominio Público Hidráulico, alteraciones en la dinámica fluvial, en la permanencia de los sistemas de ribera y en el aspecto visual del río. Se han producido estrangulamientos en el cauce por ocupación urbanística de los terrenos de la llanura de inundación. Se han alterado los perfiles transversales del río debido a la utilización de sus márgenes como vertedero, o por prácticas agrícolas que han reducido o eliminado el espacio de sustentación de la vegetación de ribera. Se producen en consecuencia, alteraciones de la dinámica fluvial con fuertes desplazamientos del efecto erosivo hacia las orillas generando taludes verticales vulnerables a la acción de las aguas, y acumulaciones desordenadas de sedimentos relacionadas con las estructuras transversales al cauce tales como azudes o pilares del puente románico de Simancas.

En consecuencia, el proyecto propone el tratamiento para la adecuación ecológica de las márgenes y cauce del río Pisuerga mediante la aplicación de técnicas blandas para la restauración de márgenes y vegetación de ribera, y el tratamiento paisajístico del entorno ribereño de la localidad de Simancas en la fachada urbana al río, cuyo espacio se define por el talud, la antigua fábrica de harinas y el puente románico.

Las acciones que se prevén llevar a cabo consisten en la limpieza de márgenes, aclareo y saneamiento de la vegetación de ribera; construcción de muros de contención, escolleras revegetadas y plantación de estructuras vivas a base de especies vegetales de ribera en puntos frágiles para la estabilidad de orillas; reposición y creación de la vegetación de ribera; limpieza y dragado del cauce para la recuperación del flujo hidráulico; restauración del puente en Simancas, rehabilitación del conjunto de edificios de la antigua fábrica de harinas, estabilización y revegetación del talud superior de la fábrica, ajardinamiento y urbanización del espacio entre el puente y la fábrica de harinas; creación de zona de recreo en el actual emplazamiento del camping cuyos terrenos sufren de inundaciones.

El proyecto prevé la realización de un conjunto de medidas tendentes a eliminar o reducir las posibles afecciones y molestias que puedan generarse durante la ejecución de las obras, tales como el control de vertidos, traslado de residuos y materiales sobrantes de obra a vertederos autorizados, acopio y reutilización de tierra vegetal útil, delimitación de pasillos para movimiento de maquinaria, riegos durante las obras para el control de emisión de polvo.

Así mismo el proyecto prevé la ejecución de un programa de vigilancia ambiental basado en el seguimiento y control de la efectividad de los elementos implantados para la consecución del objetivo de recuperación ecológica y paisajística del tramo de 14 kilómetros del rio Pisuerga. El programa considera el control y seguimiento del funcionamiento de los elementos incorporados para la estabilización de márgenes, de los procesos erosivos y de acumulación de sedimentos en cauce; el control sobre los resultados de la revegetación; el control de la eficacia del mantenimiento de la calidad del entorno recuperado con la ejecución del proyecto.

Analizada la documentación ambiental del proyecto de restauración ambiental y acondicionamiento social de las riberas del Pisuerga en el entorno de Simancas, teniendo en cuenta que el objetivo de la actuación es evitar procesos de degradación del cauce y márgenes debido a una inadecuada utilización del Dominio Público Hidráulico por acciones urbanísticas, prácticas agrícolas y vertidos incontrolados que han producido efectos erosivos acusados, inundaciones y aspecto degradado del sistema fluvial, teniendo en cuenta que el ámbito del proyecto y las acciones propuestas no se realizan en zonas de especial protección para la aves, lugares de interés comunitario o espacios naturales protegidos y que las acciones de repoblación no suponen riesgo de grave transformación ecológica negativa.

En virtud del artículo 1.2 de la Ley 6/2001 y viendo que de la realización de la obra no se prevén impactos adversos significativos sobre el medio ambiente, la Secretaría General de Medio Ambiente resuelve que es innecesario someter al procedimiento reglado de evaluación de impacto ambiental el proyecto de «Restauración ambiental y acondicionamiento social de las riberas del Pisuerga en el entorno de Simancas», de «Aguas del Duero, Sociedad Anónima».

Madrid, 10 de octubre de 2001.–La Secretaria general, Carmen Martorell Pallás.

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