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Documento BOE-A-2001-20335

Resolución de 9 de octubre de 2001, de la Universidad de Huelva, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Técnica de Administración Universitaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 261, de 31 de octubre de 2001, páginas 39764 a 39770 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2001-20335

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de la

Universidad de Huelva, aprobados por Acuerdo del Consejo de

Gobierno de la Junta de Andalucía ("Boletín Oficial de la Junta de

Andalucía" de 31 de agosto de 1999), y con el fin de atender las

necesidades de personal de Administración y Servicios, este Rectorado,

en uso de las competencias que le están atribuidas en el

artículo 18 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma

Universitaria, en relación con el artículo 3.e) de la misma norma, así

como en los Estatutos de esta Universidad, acuerda convocar

pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Técnica de

Administración Universitaria de la Universidad de Huelva, con arreglo a

las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir una plaza en

la Escala Técnica de Administración Universitaria de la Universidad

de Huelva por el sistema general de acceso libre.

1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables

la Ley 30/1984, de 2 de agosto ; la Ley 23/1988, de 28 de julio;

el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo ; los Estatutos de la

Universidad de Huelva, y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3 El procedimiento de selección de aspirantes constará de

las siguientes fases: Concurso y oposición, y con las pruebas y

puntuaciones que se especifican en el anexo I.

1.4 El programa que ha de regir estas pruebas selectivas es

el que figura en el anexo II.

1.5 Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al

siguiente calendario:

El primer ejercicio se iniciará no antes del 1 de enero de 2002.

La fecha, hora y lugar en que se realizará el mismo se fijarán

por Resolución de esta Universidad en la que se apruebe la lista

de admitidos y excluidos.

Con cuarenta y ocho horas de antelación, como mínimo, a

la fecha en la que dé comienzo el primer ejercicio de la fase de

oposición, se hará pública en los tablones de anuncios del

Rectorado la lista de los aspirantes con la puntuación obtenida en

la fase de concurso.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas

selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español o nacional de algún Estado miembro de la

Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud

de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y

ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de

trabajadores, en los términos en que ésta se halle definida en

el Tratado Constitutivo de la Unión Europea.

b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber alcanzado

la edad de jubilación.

c) Estar en posesión del título de Licenciado universitario,

o equivalente, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha

en que termine el plazo de presentación de solicitudes. En el caso

de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá poseerse la

credencial que acredite su homologación en España.

d) No padecer enfermedad ni tener alguna limitación fisica

o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

e) No haber sido separado/a mediante expediente

disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas,

ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones públicas.

2.2 Todos los requisitos enumerados en los apartados

anteriores deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de

presentación de solicitudes y mantenerse hasta la toma de posesión.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán solicitarlo en instancia, que les será facilitada por el

Registro General de la Universidad de Huelva, o bien en fotocopia del

modelo que figura en el anexo III (instrucciones, anexo IV), en

cuyo caso deberán adjuntar cinco ejemplares (interesado, Sección

PAS, expediente, Neg. de Recaudación, entidad bancaria).

A la solicitud se acompañará fotocopia compulsada del

documento nacional de identidad o documento identificativo del país

al que pertenece el solicitante, en caso de no ostentar la

nacionalidad española.

Los nacionales de algún Estado miembro de la Unión Europea

que no ostenten la nacionalidad española habrán de acreditar

mediante documento suficiente, debidamente traducido al

castellano, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal

que impida en su Estado el acceso a la función pública.

3.2 Las solicitudes se dirigirán al excelentísimo señor Rector

magnífico de la Universidad de Huelva, en el plazo de veinte días

naturales contados a partir del siguiente día a la publicación de

esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

La presentación de solicitudes se hará en el Registro General

de la Universidad o en la forma establecida en el artículo 38.4

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de

Correos deberán entregarse en sobre abierto para ser fechadas

y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.

Las solicitudes suscritas por los españoles en el extranjero

podrán cursarse, en el plazo expresado, a través de las

repre

sentaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes, quienes las remitirán seguidamente a esta Universidad.

3.3 Los aspirantes que padezcan alguna discapacidad podrán

indicarlo en el recuadro correspondiente de la solicitud y expresar,

en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para

la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea

necesaria.

3.4 Los derechos de examen por un importe de 7.000 pesetas

(42,07 euros), se ingresarán directamente en la oficina principal

o en alguna de las sucursales de El Monte Caja de Huelva y Sevilla.

entidad 2098, clave de sucursal 0068.1, a nombre de la

Universidad de Huelva, indicando en el impreso "Oposiciones Escala

Técnica de Administración Universitaria de la Universidad de

Huelva".

El interesado deberá justificar el ingreso de los derechos de

examen mediante la cumplimentación y sellado por la entidad

bancaria de la parte inferior de la solicitud destinada a tal efecto.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen

determinará la exclusión de los aspirantes. En ningún caso la

presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del

trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante

el órgano expresado en la base 3.2.

3.5 Los aspirantes que aleguen méritos para la fase de

concurso deberán aportar certificación expedida por la Sección de

PAS de la Universidad de Huelva donde se haga constar el tiempo

trabajado en la Universidad de Huelva, la naturaleza de la relación

de trabajo y la cualificación profesional ostentada.

3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del

interesado.

3.7 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan

hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar

su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo

establecido en la base 3.2. para la presentación de solicitudes.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitud, el Rector

de la Universidad de Huelva dictará Resolución en el plazo máximo

de un mes, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado",

y en la que, además de declarar aprobada la lista provisional de

admitidos y excluidos, se recogerá el lugar y la fecha de comienzo

de los ejercicios, así como la relación de aspirantes excluidos,

con mención expresa, en todo caso, de los apellidos, nombre,

número de documento nacional de identidad y motivo que la

produce.

4.2 Los aspirantes excluidos, o que no figuren en la relación

de admitidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles,

contados a partir del día siguiente al de la publicación en el "Boletín

Oficial del Estado", para poder subsanar el defecto que haya

motivado la exclusión o la omisión.

Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la

exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser

incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos

de la realización de las pruebas. A estos efectos, los aspirantes

deberán comprobar, no sólo que no figuran recogidos en la relación

de excluidos, sino, además, que sus nombres constan en la

pertinente relación de admitidos.

Contra la Resolución que eleve a definitivas las listas de

admitidos y excluidos podrá interponerse recurso

contencioso-administrativo, previa comunicación a este Rectorado, de acuerdo con

lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio,

reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

4.3 De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de

la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,

procederá la devolución de la tasa por derechos de examen cuando

no se realice su hecho imponible por causas no imputables al

sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los

derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas

selectivas por causa imputable al interesado.

5. Tribunal calificador

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas será publicado

junto con las listas de admitidos y excluidos en el "Boletín Oficial

del Estado".

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Huelva, cuando

concurran en ellos circunstancias de las previstas en los

artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 30 de noviembre.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias

previstas en dichos artículos.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurra alguna de dichas circunstancias.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,

la autoridad convocante publicará resolución por la que se nombre

a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los

que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas

en la base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el

Tribunal con asistencia obligada del Presidente y Secretario y de

la mitad al menos de sus miembros.

Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de

treinta días a partir de su designación y mínimo de diez días antes

de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que

le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 A partir de su constitución, y para el resto de las sesiones,

el Tribunal para actuar válidamente requerirá la misma mayoría

indicada en el apartado anterior de sus miembros titulares o

suplentes.

5.6 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá las

dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas,

acordando las medidas necesarias para resolver cuantas cuestiones

no estén previstas en la presente convocatoria.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la normativa procedimental.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de

los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores

a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La

designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la

Universidad.

5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en

aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los

aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la

realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En

este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalía

que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3, las adaptaciones

posibles en tiempo y medios para su realización.

5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición,

que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean

corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,

utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del

Ministerio para las Administraciones Públicas de 18 de febrero de 1985

("Boletín Oficial del Estado" del 22), o cualesquiera otros

equivalentes.

5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidentes, el

Tribunal tendrá su sede en los Servicios Centrales de la Universidad

de Huelva, calle Cantero Cuadrado, número 6, teléfono 959 01

81 07 06.

El Tribunal dispondrá que en su sede al menos una persona,

miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los

opositores para que acrediten su identidad.

6.2 Los opositores serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente

justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

El orden de actuación de los aspirantes para cada ejercicio

comenzará por la letra del primer apellido, de conformidad con

lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para

la Administración Pública, por la que se publica el resultado del

sorteo celebrado para el año en el que se desarrollen los ejercicios.

6.3 La fecha y lugar de realización del primer ejercicio se

publicará con la relación de admitidos y excluidos.

La celebración de los sucesivos ejercicios se publicará por el

Tribunal en los locales donde se haya celebrado el anterior, así

como en el tablón de anuncios de los Servicios Centrales, calle

Dr. Cantero Cuadrado, 6, planta baja, y por cualesquiera otros

medios si se juzga conveniente para facilitar su máxima divulgación

con cuarenta y ocho horas al menos de antelación a la señalada

para la iniciación del mismo.

6.4 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee

la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria,

previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al

Rector de la Universidad de Huelva, comunicándole asimismo las

inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la

solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos

procedentes.

7. Lista de aprobados/as, presentación de documentación

y nombramiento de funcionarios/as de carrera

7.1 Finalizado cada uno de los ejercicios de la oposición el

Tribunal hará públicas, en los lugares donde se hubieren

desarrollado los examenes y en el tablón de anuncios de los Servicios

Centrales, calle Dr. Cantero Cuadrado, 6, planta baja, las listas

con las puntuaciones correspondientes.

7.2 La puntuación final se obtendrá de la forma establecida

en el anexo I de esta convocatoria. Finalizados los ejercicios, el

Tribunal hará pública la relación definitiva de aprobados, por

orden de puntuación, en la que constarán las calificaciones de

cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, puntuación

de la fase de concurso y la suma total.

La lista de aprobados no podrá superar el número de plazas

convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier actuación

en sentido contrario, de acuerdo con lo establecido en el

artículo 18 de la Ley 30/1984.

7.3 La relación de aprobados será elevada al Rector de la

Universidad, con propuesta de nombramiento de funcionarios/as

de carrera.

7.4 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde la

publicación en el Rectorado de la Universidad de la relación de

aprobados a que se refiere la base anterior, los aspirantes que

figuren en la misma deberán presentar en la Sección de Personal

de Administración y Servicios los documentos siguientes:

a) Fotocopia debidamente compulsada del título de

Licenciado universitario, o titulación equivalente.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a

mediante expediente disciplinario de ninguna Administración

Pública, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones

públicas, según el modelo que figura como anexo V de esta

convocatoria.

c) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer

enfermedad o defecto fisico o psíquico que impida el desempeño de

las funciones correspondientes.

d) Fotocopia compulsada del documento nacional de

identidad.

7.5 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza

mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la

misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos

señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios/as y

quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la

responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud

inicial.

7.6 Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal

calificador, se procederá al nombramiento de funcionario/a de

carrera, mediante Resolución que se publicará en el "Boletín Oficial

del Estado".

8. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se

deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser

impugnados en los casos y formas establecidos por la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre.

Asimismo, la Universidad podrá, en su caso, proceder a la

revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en

la citada Ley.

Huelva, 9 de octubre 2001.-El Rector, Antonio Ramírez de

Verger Jaén.

ANEXO I

Ejercicios, calificación de los mismos y valoración de méritos

1. Ejercicios

1.1 La oposición constará de los ejercicios que se indican

a continuación, siendo eliminatorio cada uno de ellos:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de

preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la

correcta, basado en el contenido del programa. Los aspirantes

marcarán las contestaciones en las correspondientes hojas de

examen, pudiendo fijar el Tribunal una penalización por las respuestas

contestadas erróneamente.

El tiempo para la realización de este ejercicio será determinado

por el Tribunal. Se calificará de cero a 10 puntos, siendo

eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de cinco

puntos.

Segundo ejercicio: Consistirá en la contestación por escrito

de un cuestionario de preguntas sobre uno o varios supuestos

teóricos o teórico-prácticos, a elección de Tribunal, que estarán

relacionados con el programa y/o con el ejercicio de las funciones

inherentes a las plazas convocadas.

El número de preguntas y el tiempo para la realización de este

ejercicio serán determinados por el Tribunal. Se calificará de cero

a 10 puntos, siendo eliminados los opositores que no obtengan

un mínimo de cinco puntos.

Tercer ejercicio: Consistirá en realizar por escrito una prueba

técnico-profesional para valorar las habilidades técnicas, la

capacidad de gestión y la aplicación de los conocimientos profesionales

relacionados con el perfil y/o temario de la plaza.

El número de preguntas y el tiempo para la realización de este

ejercicio serán determinados por el Tribunal. Se calificará de cero

a 10 puntos, siendo eliminados los opositores que no obtengan

un mínimo de cinco puntos.

Concurso: Se valorarán exclusivamente los servicios prestados

por los aspirantes como funcionarios interinos en la Escala Técnica

de Administración Universitaria de la Universidad de Huelva, en

los centros, departamentos y servicios que integran la Universidad

de Huelva.

La valoración se realizará otorgando 0,21 puntos por mes

completo de servicios prestados hasta la fecha de finalización del plazo

de presentación de instancias, sin que esta puntuación pueda

superar el 35 por 100 del total máximo que corresponda a la fase

de oposición.

Los puntos de la fase de concurso se sumarán a la puntuación

obtenida en la oposición a efectos de establecer el orden definitivo

de aspirantes aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados

para superar los ejercicios de la fase de oposición.

La calificación final de las pruebas vendrá determinada por

la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso

y oposición. En caso de empate se establecerá atendiendo a la

mayor calificación obtenida en el primer ejercicio ; de persistir el

empate se atenderá a la mayor calificación obtenida en el segundo

ejercicio, y si persistiere a la mayor edad.

ANEXO II

1. Los funcionarios de los Cuerpos Docentes Universitarios.

Regulación. Concursos. El profesorado contratado. El personal

funcionario de Administración y Servicios de la Universidad de

Huelva: Su regulación en la Ley de Reforma Universitaria y en

los Estatutos.

2. El sistema español de Seguridad Social. El Régimen

General. La acción protectora. Tipos y características de las

prestaciones. Campo de aplicación. Inscripción de empresas. Afiliación

de trabajadores. Altas y bajas. Cotización y recaudación.

3. El Régimen Especial de la Seguridad Social de los

funcionarios civiles del Estado. La MUFACE. Los derechos pasivos.

4. El Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. Régimen

jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

La provisión de puestos de trabajo. Situaciones de los funcionarios:

Supuestos y efectos de cada una de ellas. La planificación de

recursos humanos en las Administraciones Públicas. La oferta de

empleo pública.

5. Los planes de empleo. Las relaciones de puestos de trabajo.

Análisis, descripción y valoración de los puestos de trabajo. La

formación del personal.

6. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.

Ingreso en los Cuerpos y Escalas de las Administraciones Públicas.

El Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo. El reingreso al servicio

activo.

7. El régimen disciplinario de los funcionarios públicos: Faltas

y sus clases, sanciones, tramitación y efecto.

8. Prevención de riesgos laborales. Funciones y competencias

de la Administración. Obligaciones de los empresarios.

9. Derechos y deberes de los funcionarios. Sistema de

retribuciones e indemnizaciones. Las incompatibilidades: Regulación

general y excepciones. Régimen disciplinario: Faltas, sanciones

y tramitación.

10. Reglamento de provisión de puestos de trabajo del

personal funcionario de la Universidad de Huelva.

11. Reglamento de provisión de puesto de trabajo del

personal laboral de la Universidad de Huelva.

12. El personal laboral al servicio de la Universidad de Huelva.

III Convenio Colectivo del Personal de las Universidades Públicas

de Andalucía.

13. Texto refundido de la Ley del Estatuto de los

Trabajadores. (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo). De

la relación individual de trabajo.

14. Texto refundido de la Ley del Estatuto de los

Trabajadores. (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo). De

los derechos de representación colectiva y de reunión de los

trabajadores en la empresa. De la negociación colectiva y de los

Convenios Colectivos. Infracciones laborales.

15. El contrato de trabajo. Concepto y naturaleza, Sujetos.

Forma. Contenido y régimen jurídico. Extinción. Modalidades del

contrato de trabajo.

16. Derecho sindical. La libertad sindical: Junta de Personal

y Comité de Empresa. Junta de PDI. Delegados sindicales.

17. La Administración Pública española. Los principios

constitucionales.

18. El principio de legalidad. Potestades regladas y

potestades discrecionales. Privilegios de la Administración. El control

de la Administración: Legislativo, político y jurídico.

19. Las fuentes del Derecho Administrativo: Conceptos y

clases. Jerarquía normativa. La Constitución y las Leyes. Leyes

Orgánicas y Leyes Ordinarias. Disposiciones normativas con fuerza de

Ley.

20. El Reglamento: Concepto, naturaleza y clase ; límites a

la potestad reglamentaria.

21. Otras fuentes del Derecho: La costumbre. La

jurisprudencia. Los principios generales del Derecho.

22. El dominio público: Conceptos y elementos. Clasificación.

Régimen jurídico del dominio público y de los bienes patrimoniales

de la Administración.

23. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: Antecedentes.

Estructura. Ámbito de aplicación. Modificación efectuada por la

Ley 4/1999, de 13 de enero. Normativa de adaptación parcial

de los procedimientos administrativos tramitados en la Universidad

de Huelva a la Ley 4/1999, de 13 de enero, de reforma de la

Ley 30/1992.

24. Relaciones entre las Administraciones Públicas. Órganos

de las Administraciones Públicas: Principios generales y

competencias. Órganos colegiados. Abstención y recusación. Los

interesados. La actividad de las Administraciones Públicas: Normas

generales.

25. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos. Su

motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos

administrativos. La ejecutoriedad. Revisión, anulación y revocación.

26. Responsabilidades en el marco de las Administraciones

Públicas. Consideraciones generales, presupuestos, requisitos

temporales y procedimiento. Responsabilidad de las autoridades,

y personal.

27. El procedimiento administrativo: Concepto y clases. La

regulación del procedimiento administrativo en el Derecho

Administrativo español. Principios generales del procedimiento

administrativo. Los sujetos del procedimiento administrativo. Iniciación

del procedimiento. Instrucción: Alegaciones, informes y prueba.

El trámite de audiencia.

28. El tiempo en el procedimiento administrativo: Términos

y plazos. Cómputo y alteración de los plazos. Terminación del

procedimiento administrativo. Los procedimientos administrativos

especiales en la legislación española.

29. Revisión de los actos en vía administrativa. Revisión de

oficio. Anulación y revocación. Los recursos administrativos.

Clases de recursos y su regulación. Elementos subjetivos y objetivos:

La interposición y sus efectos. Los trámites. La terminación del

procedimiento.

30. El recurso contencioso-administrativo: Significado y

características. Las partes: Capacidad, legitimación y postulación.

Actos impugnables. De la potestad sancionadora.

31. El recurso de alzada: Objeto, naturaleza y efectos.

32. El recurso potestativo de reposición: Objeto, naturaleza

y efectos.

33. El recurso extraordinario de revisión: Objeto, naturaleza

y efectos.

34. El procedimiento administrativo en vía de recurso.

Elementos subjetivos y objetivos: La interposición y sus efectos. Los

trámites. La terminación del procedimiento.

35. El Presupuesto, concepto y clases. Principios

presupuestarios. El ejercicio presupuestario. Estructura del presupuesto,

clasificación orgánica, funcional y económica. El ciclo

presupuestario.

36. El presupuesto de la Universidad de Huelva. Elaboración,

estructura y aprobación.

37. Normas para la ejecución del presupuesto de la

Universidad de Huelva para 2001. Globalidad de los ingresos. Limitación

de créditos. Principios generales de las modificaciones de los

créditos. Transferencias de créditos.

38. Generación de ingresos. Incorporación de créditos.

Créditos extraordinarios y suplementos de créditos. Cargo

presupuestario de obligaciones. Autorización de gastos.

39. Artículo 11 LRU. Indemnizaciones por razón de

servicio. Indemnizaciones a miembros de las Comisiones de concursos

a Cuerpos Docentes y Tribunales tesis doctorales.

40. Enajenación de bienes. Operaciones de crédito. Gastos

mayores. Gastos menores. Formalización de contratos y garantías.

Gastos de mobiliario y reparación, mantenimiento, conservación,

suministros en Escuelas y Facultades. Gastos de protocolo.

41. Ayudas. Ayudas a la investigación de la Junta de

Andalucía. Ayudas para apoyo a grupos de investigación y desarrollo

Tecnológico de la Junta de Andalucía. Normativas de prácticas.

42. La contabilidad pública y la planificación contable.

Concepto. Plan General de Contabilidad Pública. La Cuenta General

del Estado.

43. El Plan General de Contabilidad Pública. Normas de

valoración Las cuentas anuales. Balance. Cuenta de resultados

económico-patrimonial. Estado y liquidación del presupuesto.

44. Magnitudes presupuestarias e indicadores de carácter

presupuestario. Resultados presupuestarios del ejercicio. Saldo

presupuestario Remanente de Tesorería. Estado de Tesorería. Estado

de Activo y Pasivo monetarios. Ratio de modificación del

presupuesto. Ratio de ejecución. Ahorro bruto. Grado de solvencia.

Situación de liquidez y de solidez.

45. La financiación de las Universidades públicas. Tasas y

precios públicos universitarios. Subvención nominativa.

Operaciones de créditos y operaciones de Tesorería. Contratos

formalizados al amparo del artículo 11 de la Ley de Reforma

Universitaria. Aspectos básicos de los contratos programas.

46. El sistema tributario español. Características. Estructura

del sistema de imposición directa. Obligaciones tributarias. El

IRPF: Naturaleza, características, hecho imponible y sujetos

pasivos. Rentas exentas. Tratamiento de las retribuciones de personal,

becas y ayudas. Retenciones a cuenta del Impuesto.

47. Aspectos básicos de la sujeción de las actividades

universitarias en el Impuesto sobre el Valor Añadido: Actividades

no sujetas, exentas y sujetas y gravadas. Las operaciones

intracomunitarias. Obligaciones formales. La estadística

intracomunitaria.

48. Normativa de cierre. Pagos a justificar de caja fija y a

aplicaciones presupuestarias concretas. Facturas en moneda

extranjera. Propuestas de gastos. Facturas en firme.

Indemnizaciones por razón del servicio y bolsas de viajes. Relación de

acreedores.

49. Los contratos administrativos: Concepto y clases. Estudio

de sus elementos. Perfección, formalización y extinción de los

contratos administrativos. La revisión de precios y otras

alteraciones contractuales. El incumplimiento de los contratos

administrativos.

50. Los contratos administrativos: Tipos de contratos:

Contrato de obra. Contrato de suministros. Contrato de gestión de

servicios públicos. Contrato de consultoría y asistencia. Contrato

de servicios.

51. Manual de inventario.

52. El patrimonio universitario. Titularidad, administración

y disposiciones de los bienes de las Universidades.

53. Normativa contable sobre el euro.

54. La autonomía universitaria: Ley de Reforma Universitaria.

Creación, régimen jurídico y estructura de las Universidades. El

gobierno de las Universidades. El Consejo de Universidades. El

estudio en la Universidad.

55. Desarrollo reglamentario de la Ley de Reforma

Universitaria (1). El régimen del profesorado universitario. Los concursos

para la provisión de plazas de Cuerpos Docentes Universitarios.

El personal de Administración y Servicios de la Universidad.

56. Desarrollo reglamentario de la Ley de Reforma

Universitaria (2). El acceso y permanencia en la Universidad. Los

procedimientos para el ingreso en los centros universitarios.

57. Desarrollo reglamentario de la Ley de Reforma

Universitaria (3). Normas reglamentarias para la celebración de contratos

al amparo de los artículos 11 y 45 de la Ley de Reforma

Universitaria. Norma. Normas reglamentarias sobre tramitación de

proyectos europeos de investigación.

58. Desarrollo reglamentario de la Ley de Reforma

Universitaria (4). La regulación de los estudios de tercer ciclo y doctorado.

El Real Decreto 778/1998, de 30 de abril.

59. Normas de matrícula e ingreso en la Universidad de

Huelva. Planes de estudio. Estructura y contenido. Las denominadas

"Pasarelas". Títulos oficiales y títulos propios.

60. La coordinación del sistema universitario andaluz. El

distrito único andaluz. Órganos de coordinación y competencias

funcionales.

61. Los Estatutos de la Universidad de Huelva (1). Naturaleza,

fines y estructura general de la Universidad de Huelva. Los órganos

colegiados de gobierno en la Universidad de Huelva. El Consejo

Social. El Claustro universitario. La Junta de Gobierno.

62. Los Estatutos de la Universidad de Huelva (II). Los órganos

unipersonales de gobierno. El Rector. Los Vicerrectores. El

Secretario general. El Gerente.

63. Los Estatutos de la Universidad de Huelva (III). Los

miembros de la comunidad universitaria: Los estudiantes, el profesorado

y el personal de Administración y Servicios. De las unidades

básicas para la docencia y la investigación.

64. Los Estatutos de la Universidad de Huelva (IV). Del

régimen económico y financiero de la Universidad de Huelva. De la

administración y los servicios universitarios. De la calidad

universitaria. El Defensor universitario. De la reforma de los Estatutos.

65. Los Estatutos de la Universidad de Huelva (V). De la

docencia e investigación en la Universidad. Disposiciones

generales. De la estructura de la enseñanza: Ciclos, títulos y planes

de estudios. Del acceso y permanencia en los centros

universitarios. De la investigación: Tipología, contratos y convenios de

investigación.

66. La Administración participativa. La dirección

participativa. La Administración por objetivos: Dirección por objetivos y

programación de proyectos.

67. Administración para la calidad. La calidad como filosofía

de gestión. Los círculos de calidad. Otros instrumentos de mejora

de la calidad.

68. Modelos de calidad. El modelo europeo de calidad: Su

aplicación a la Universidad.

69. La planificación estratégica. Interacción en un sistema

de calidad.

70. El factor humano en la organización. El grupo en la

organización: Comunicación y comportamiento grupal. El trabajo en

equipo. La motivación.

71. El liderazgo. Clases. Ámbito de actuación. Factores de

influencia.

72. Definición y análisis de problemas. El proceso de toma

de decisiones. Los conflictos en las organizaciones.

73. La negociación. El cambio organizacional. La resistencia

al cambio.

74. La comunicación interna en la organización: Génesis y

desarrollo.

75. Procesadores de texto: Microsoft Word r.

76. Bases de datos: Microsoft Access r.

77. Hojas de cálculo: Microsoft Excel r.

78. Internet: Navegadores y correo electrónico.

79. La Constitución Española de 1978. Antecedentes.

Proceso de elaboración. Características generales, sistemática y

estructura. Valor normativo.

80. Valores superiores y principios inspiradores de la

Constitución. Derechos y deberes fundamentales y las libertades

públicas en España. Garantías y restricciones.

81. El Estado español en la Constitución: Estado de derecho,

democrático y social. Modelo económico constitucional. La

participación social en la actividad del Estado, su inserción en los

órganos de la Administración.

82. La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Sucesión

y regencia. El refrendo y sus formas.

83. Las Cortes Generales: Congreso de los Diputados y Senado.

84. El Gobierno del Estado. Composición. Funciones:

Políticas, normativas y administrativas.

85. La Administración General del Estado: Órganos

superiores y periféricos.

ANEXO III: (Ver imagen página 39769)

ANEXO IV

Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Escriba solamente a máquina o con bolígrafo sobre superficie

dura utilizando mayúsculas.

Evite doblar el papel y realizar correcciones, enmiendas o

tachaduras.

No olvide firmar el impreso.

No olvide abonar los derechos de participación. Recuerde que

la falta de abono de los mismos implicará la exclusión del

solicitante.

En el apartado "código" no debe especificar ningún dato.

En el apartado "minusvalía" deberá hacer constar el porcentaje

de la misma.

En el apartado "Adaptación solicitada" deberá hacer constar

el minusválido si necesita alguna adaptación para la realización

del ejercicio.

En los apartados 4A, 4B, 4C y 4D sólo hará constar la

información que, en su caso, solicite la convocatoria.

Se recomienda la lectura atenta de las bases de la convocatoria

con anterioridad a la cumplimentación de la presente solicitud.

Si tiene dudas consúltelas en la Sección de PAS.

Antes de presentar esta solicitud, por favor, verifique:

Si la ha firmado.

Si ha abonado los derechos de examen.

Si aporta copias del documento nacional de identidad.

Si ha completado todos los datos exigibles.

Si aporta la documentación complementaria (en su caso).

ANEXO V

Declaración jurada

Don/doña ..................................................., con

domicilio en ................................................... y DNI

número ........................ declara bajo juramento o promesa,

a efectos de ser nombrado funcionario de la Escala .......... de la

Universidad de Huelva, que no ha sido separado del servicio de

ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla

inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

En Huelva, a ...... de ................................ de 2001.

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