En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de la
Universidad de Huelva, aprobados por Acuerdo del Consejo de
Gobierno de la Junta de Andalucía ("Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía" de 31 de agosto de 1999), y con el fin de atender las
necesidades de personal de Administración y Servicios, este Rectorado,
en uso de las competencias que le están atribuidas en el
artículo 18 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma
Universitaria, en relación con el artículo 3.e) de la misma norma, así
como en los Estatutos de esta Universidad, acuerda convocar
pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Técnica de
Administración Universitaria de la Universidad de Huelva, con arreglo a
las siguientes
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir una plaza en
la Escala Técnica de Administración Universitaria de la Universidad
de Huelva por el sistema general de acceso libre.
1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables
la Ley 30/1984, de 2 de agosto ; la Ley 23/1988, de 28 de julio;
el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo ; los Estatutos de la
Universidad de Huelva, y lo dispuesto en la presente convocatoria.
1.3 El procedimiento de selección de aspirantes constará de
las siguientes fases: Concurso y oposición, y con las pruebas y
puntuaciones que se especifican en el anexo I.
1.4 El programa que ha de regir estas pruebas selectivas es
el que figura en el anexo II.
1.5 Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al
siguiente calendario:
El primer ejercicio se iniciará no antes del 1 de enero de 2002.
La fecha, hora y lugar en que se realizará el mismo se fijarán
por Resolución de esta Universidad en la que se apruebe la lista
de admitidos y excluidos.
Con cuarenta y ocho horas de antelación, como mínimo, a
la fecha en la que dé comienzo el primer ejercicio de la fase de
oposición, se hará pública en los tablones de anuncios del
Rectorado la lista de los aspirantes con la puntuación obtenida en
la fase de concurso.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas
selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español o nacional de algún Estado miembro de la
Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud
de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y
ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores, en los términos en que ésta se halle definida en
el Tratado Constitutivo de la Unión Europea.
b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber alcanzado
la edad de jubilación.
c) Estar en posesión del título de Licenciado universitario,
o equivalente, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha
en que termine el plazo de presentación de solicitudes. En el caso
de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá poseerse la
credencial que acredite su homologación en España.
d) No padecer enfermedad ni tener alguna limitación fisica
o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
e) No haber sido separado/a mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas,
ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones públicas.
2.2 Todos los requisitos enumerados en los apartados
anteriores deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de
presentación de solicitudes y mantenerse hasta la toma de posesión.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán solicitarlo en instancia, que les será facilitada por el
Registro General de la Universidad de Huelva, o bien en fotocopia del
modelo que figura en el anexo III (instrucciones, anexo IV), en
cuyo caso deberán adjuntar cinco ejemplares (interesado, Sección
PAS, expediente, Neg. de Recaudación, entidad bancaria).
A la solicitud se acompañará fotocopia compulsada del
documento nacional de identidad o documento identificativo del país
al que pertenece el solicitante, en caso de no ostentar la
nacionalidad española.
Los nacionales de algún Estado miembro de la Unión Europea
que no ostenten la nacionalidad española habrán de acreditar
mediante documento suficiente, debidamente traducido al
castellano, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal
que impida en su Estado el acceso a la función pública.
3.2 Las solicitudes se dirigirán al excelentísimo señor Rector
magnífico de la Universidad de Huelva, en el plazo de veinte días
naturales contados a partir del siguiente día a la publicación de
esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".
La presentación de solicitudes se hará en el Registro General
de la Universidad o en la forma establecida en el artículo 38.4
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de
Correos deberán entregarse en sobre abierto para ser fechadas
y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.
Las solicitudes suscritas por los españoles en el extranjero
podrán cursarse, en el plazo expresado, a través de las
repre
sentaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes, quienes las remitirán seguidamente a esta Universidad.
3.3 Los aspirantes que padezcan alguna discapacidad podrán
indicarlo en el recuadro correspondiente de la solicitud y expresar,
en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para
la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea
necesaria.
3.4 Los derechos de examen por un importe de 7.000 pesetas
(42,07 euros), se ingresarán directamente en la oficina principal
o en alguna de las sucursales de El Monte Caja de Huelva y Sevilla.
entidad 2098, clave de sucursal 0068.1, a nombre de la
Universidad de Huelva, indicando en el impreso "Oposiciones Escala
Técnica de Administración Universitaria de la Universidad de
Huelva".
El interesado deberá justificar el ingreso de los derechos de
examen mediante la cumplimentación y sellado por la entidad
bancaria de la parte inferior de la solicitud destinada a tal efecto.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen
determinará la exclusión de los aspirantes. En ningún caso la
presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del
trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante
el órgano expresado en la base 3.2.
3.5 Los aspirantes que aleguen méritos para la fase de
concurso deberán aportar certificación expedida por la Sección de
PAS de la Universidad de Huelva donde se haga constar el tiempo
trabajado en la Universidad de Huelva, la naturaleza de la relación
de trabajo y la cualificación profesional ostentada.
3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del
interesado.
3.7 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan
hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar
su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo
establecido en la base 3.2. para la presentación de solicitudes.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitud, el Rector
de la Universidad de Huelva dictará Resolución en el plazo máximo
de un mes, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado",
y en la que, además de declarar aprobada la lista provisional de
admitidos y excluidos, se recogerá el lugar y la fecha de comienzo
de los ejercicios, así como la relación de aspirantes excluidos,
con mención expresa, en todo caso, de los apellidos, nombre,
número de documento nacional de identidad y motivo que la
produce.
4.2 Los aspirantes excluidos, o que no figuren en la relación
de admitidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles,
contados a partir del día siguiente al de la publicación en el "Boletín
Oficial del Estado", para poder subsanar el defecto que haya
motivado la exclusión o la omisión.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la
exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser
incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos
de la realización de las pruebas. A estos efectos, los aspirantes
deberán comprobar, no sólo que no figuran recogidos en la relación
de excluidos, sino, además, que sus nombres constan en la
pertinente relación de admitidos.
Contra la Resolución que eleve a definitivas las listas de
admitidos y excluidos podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo, previa comunicación a este Rectorado, de acuerdo con
lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
4.3 De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de
la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,
procederá la devolución de la tasa por derechos de examen cuando
no se realice su hecho imponible por causas no imputables al
sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los
derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas
selectivas por causa imputable al interesado.
5. Tribunal calificador
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas será publicado
junto con las listas de admitidos y excluidos en el "Boletín Oficial
del Estado".
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Huelva, cuando
concurran en ellos circunstancias de las previstas en los
artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 30 de noviembre.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias
previstas en dichos artículos.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurra alguna de dichas circunstancias.
5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,
la autoridad convocante publicará resolución por la que se nombre
a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los
que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas
en la base 5.2.
5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el
Tribunal con asistencia obligada del Presidente y Secretario y de
la mitad al menos de sus miembros.
Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de
treinta días a partir de su designación y mínimo de diez días antes
de la realización del primer ejercicio.
En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que
le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
5.5 A partir de su constitución, y para el resto de las sesiones,
el Tribunal para actuar válidamente requerirá la misma mayoría
indicada en el apartado anterior de sus miembros titulares o
suplentes.
5.6 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá las
dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas,
acordando las medidas necesarias para resolver cuantas cuestiones
no estén previstas en la presente convocatoria.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la normativa procedimental.
5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de
los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores
a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La
designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la
Universidad.
5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en
aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los
aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la
realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En
este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalía
que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3, las adaptaciones
posibles en tiempo y medios para su realización.
5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición,
que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean
corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,
utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del
Ministerio para las Administraciones Públicas de 18 de febrero de 1985
("Boletín Oficial del Estado" del 22), o cualesquiera otros
equivalentes.
5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidentes, el
Tribunal tendrá su sede en los Servicios Centrales de la Universidad
de Huelva, calle Cantero Cuadrado, número 6, teléfono 959 01
81 07 06.
El Tribunal dispondrá que en su sede al menos una persona,
miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los
opositores para que acrediten su identidad.
6.2 Los opositores serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente
justificados y libremente apreciados por el Tribunal.
El orden de actuación de los aspirantes para cada ejercicio
comenzará por la letra del primer apellido, de conformidad con
lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para
la Administración Pública, por la que se publica el resultado del
sorteo celebrado para el año en el que se desarrollen los ejercicios.
6.3 La fecha y lugar de realización del primer ejercicio se
publicará con la relación de admitidos y excluidos.
La celebración de los sucesivos ejercicios se publicará por el
Tribunal en los locales donde se haya celebrado el anterior, así
como en el tablón de anuncios de los Servicios Centrales, calle
Dr. Cantero Cuadrado, 6, planta baja, y por cualesquiera otros
medios si se juzga conveniente para facilitar su máxima divulgación
con cuarenta y ocho horas al menos de antelación a la señalada
para la iniciación del mismo.
6.4 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee
la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria,
previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al
Rector de la Universidad de Huelva, comunicándole asimismo las
inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la
solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos
procedentes.
7. Lista de aprobados/as, presentación de documentación
y nombramiento de funcionarios/as de carrera
7.1 Finalizado cada uno de los ejercicios de la oposición el
Tribunal hará públicas, en los lugares donde se hubieren
desarrollado los examenes y en el tablón de anuncios de los Servicios
Centrales, calle Dr. Cantero Cuadrado, 6, planta baja, las listas
con las puntuaciones correspondientes.
7.2 La puntuación final se obtendrá de la forma establecida
en el anexo I de esta convocatoria. Finalizados los ejercicios, el
Tribunal hará pública la relación definitiva de aprobados, por
orden de puntuación, en la que constarán las calificaciones de
cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, puntuación
de la fase de concurso y la suma total.
La lista de aprobados no podrá superar el número de plazas
convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier actuación
en sentido contrario, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 18 de la Ley 30/1984.
7.3 La relación de aprobados será elevada al Rector de la
Universidad, con propuesta de nombramiento de funcionarios/as
de carrera.
7.4 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde la
publicación en el Rectorado de la Universidad de la relación de
aprobados a que se refiere la base anterior, los aspirantes que
figuren en la misma deberán presentar en la Sección de Personal
de Administración y Servicios los documentos siguientes:
a) Fotocopia debidamente compulsada del título de
Licenciado universitario, o titulación equivalente.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a
mediante expediente disciplinario de ninguna Administración
Pública, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones
públicas, según el modelo que figura como anexo V de esta
convocatoria.
c) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer
enfermedad o defecto fisico o psíquico que impida el desempeño de
las funciones correspondientes.
d) Fotocopia compulsada del documento nacional de
identidad.
7.5 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza
mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la
misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos
señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios/as y
quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud
inicial.
7.6 Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal
calificador, se procederá al nombramiento de funcionario/a de
carrera, mediante Resolución que se publicará en el "Boletín Oficial
del Estado".
8. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se
deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser
impugnados en los casos y formas establecidos por la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre.
Asimismo, la Universidad podrá, en su caso, proceder a la
revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en
la citada Ley.
Huelva, 9 de octubre 2001.-El Rector, Antonio Ramírez de
Verger Jaén.
ANEXO I
Ejercicios, calificación de los mismos y valoración de méritos
1. Ejercicios
1.1 La oposición constará de los ejercicios que se indican
a continuación, siendo eliminatorio cada uno de ellos:
Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de
preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la
correcta, basado en el contenido del programa. Los aspirantes
marcarán las contestaciones en las correspondientes hojas de
examen, pudiendo fijar el Tribunal una penalización por las respuestas
contestadas erróneamente.
El tiempo para la realización de este ejercicio será determinado
por el Tribunal. Se calificará de cero a 10 puntos, siendo
eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de cinco
puntos.
Segundo ejercicio: Consistirá en la contestación por escrito
de un cuestionario de preguntas sobre uno o varios supuestos
teóricos o teórico-prácticos, a elección de Tribunal, que estarán
relacionados con el programa y/o con el ejercicio de las funciones
inherentes a las plazas convocadas.
El número de preguntas y el tiempo para la realización de este
ejercicio serán determinados por el Tribunal. Se calificará de cero
a 10 puntos, siendo eliminados los opositores que no obtengan
un mínimo de cinco puntos.
Tercer ejercicio: Consistirá en realizar por escrito una prueba
técnico-profesional para valorar las habilidades técnicas, la
capacidad de gestión y la aplicación de los conocimientos profesionales
relacionados con el perfil y/o temario de la plaza.
El número de preguntas y el tiempo para la realización de este
ejercicio serán determinados por el Tribunal. Se calificará de cero
a 10 puntos, siendo eliminados los opositores que no obtengan
un mínimo de cinco puntos.
Concurso: Se valorarán exclusivamente los servicios prestados
por los aspirantes como funcionarios interinos en la Escala Técnica
de Administración Universitaria de la Universidad de Huelva, en
los centros, departamentos y servicios que integran la Universidad
de Huelva.
La valoración se realizará otorgando 0,21 puntos por mes
completo de servicios prestados hasta la fecha de finalización del plazo
de presentación de instancias, sin que esta puntuación pueda
superar el 35 por 100 del total máximo que corresponda a la fase
de oposición.
Los puntos de la fase de concurso se sumarán a la puntuación
obtenida en la oposición a efectos de establecer el orden definitivo
de aspirantes aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados
para superar los ejercicios de la fase de oposición.
La calificación final de las pruebas vendrá determinada por
la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso
y oposición. En caso de empate se establecerá atendiendo a la
mayor calificación obtenida en el primer ejercicio ; de persistir el
empate se atenderá a la mayor calificación obtenida en el segundo
ejercicio, y si persistiere a la mayor edad.
ANEXO II
1. Los funcionarios de los Cuerpos Docentes Universitarios.
Regulación. Concursos. El profesorado contratado. El personal
funcionario de Administración y Servicios de la Universidad de
Huelva: Su regulación en la Ley de Reforma Universitaria y en
los Estatutos.
2. El sistema español de Seguridad Social. El Régimen
General. La acción protectora. Tipos y características de las
prestaciones. Campo de aplicación. Inscripción de empresas. Afiliación
de trabajadores. Altas y bajas. Cotización y recaudación.
3. El Régimen Especial de la Seguridad Social de los
funcionarios civiles del Estado. La MUFACE. Los derechos pasivos.
4. El Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. Régimen
jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
La provisión de puestos de trabajo. Situaciones de los funcionarios:
Supuestos y efectos de cada una de ellas. La planificación de
recursos humanos en las Administraciones Públicas. La oferta de
empleo pública.
5. Los planes de empleo. Las relaciones de puestos de trabajo.
Análisis, descripción y valoración de los puestos de trabajo. La
formación del personal.
6. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.
Ingreso en los Cuerpos y Escalas de las Administraciones Públicas.
El Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo. El reingreso al servicio
activo.
7. El régimen disciplinario de los funcionarios públicos: Faltas
y sus clases, sanciones, tramitación y efecto.
8. Prevención de riesgos laborales. Funciones y competencias
de la Administración. Obligaciones de los empresarios.
9. Derechos y deberes de los funcionarios. Sistema de
retribuciones e indemnizaciones. Las incompatibilidades: Regulación
general y excepciones. Régimen disciplinario: Faltas, sanciones
y tramitación.
10. Reglamento de provisión de puestos de trabajo del
personal funcionario de la Universidad de Huelva.
11. Reglamento de provisión de puesto de trabajo del
personal laboral de la Universidad de Huelva.
12. El personal laboral al servicio de la Universidad de Huelva.
III Convenio Colectivo del Personal de las Universidades Públicas
de Andalucía.
13. Texto refundido de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores. (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo). De
la relación individual de trabajo.
14. Texto refundido de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores. (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo). De
los derechos de representación colectiva y de reunión de los
trabajadores en la empresa. De la negociación colectiva y de los
Convenios Colectivos. Infracciones laborales.
15. El contrato de trabajo. Concepto y naturaleza, Sujetos.
Forma. Contenido y régimen jurídico. Extinción. Modalidades del
contrato de trabajo.
16. Derecho sindical. La libertad sindical: Junta de Personal
y Comité de Empresa. Junta de PDI. Delegados sindicales.
17. La Administración Pública española. Los principios
constitucionales.
18. El principio de legalidad. Potestades regladas y
potestades discrecionales. Privilegios de la Administración. El control
de la Administración: Legislativo, político y jurídico.
19. Las fuentes del Derecho Administrativo: Conceptos y
clases. Jerarquía normativa. La Constitución y las Leyes. Leyes
Orgánicas y Leyes Ordinarias. Disposiciones normativas con fuerza de
Ley.
20. El Reglamento: Concepto, naturaleza y clase ; límites a
la potestad reglamentaria.
21. Otras fuentes del Derecho: La costumbre. La
jurisprudencia. Los principios generales del Derecho.
22. El dominio público: Conceptos y elementos. Clasificación.
Régimen jurídico del dominio público y de los bienes patrimoniales
de la Administración.
23. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: Antecedentes.
Estructura. Ámbito de aplicación. Modificación efectuada por la
Ley 4/1999, de 13 de enero. Normativa de adaptación parcial
de los procedimientos administrativos tramitados en la Universidad
de Huelva a la Ley 4/1999, de 13 de enero, de reforma de la
Ley 30/1992.
24. Relaciones entre las Administraciones Públicas. Órganos
de las Administraciones Públicas: Principios generales y
competencias. Órganos colegiados. Abstención y recusación. Los
interesados. La actividad de las Administraciones Públicas: Normas
generales.
25. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos. Su
motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos
administrativos. La ejecutoriedad. Revisión, anulación y revocación.
26. Responsabilidades en el marco de las Administraciones
Públicas. Consideraciones generales, presupuestos, requisitos
temporales y procedimiento. Responsabilidad de las autoridades,
y personal.
27. El procedimiento administrativo: Concepto y clases. La
regulación del procedimiento administrativo en el Derecho
Administrativo español. Principios generales del procedimiento
administrativo. Los sujetos del procedimiento administrativo. Iniciación
del procedimiento. Instrucción: Alegaciones, informes y prueba.
El trámite de audiencia.
28. El tiempo en el procedimiento administrativo: Términos
y plazos. Cómputo y alteración de los plazos. Terminación del
procedimiento administrativo. Los procedimientos administrativos
especiales en la legislación española.
29. Revisión de los actos en vía administrativa. Revisión de
oficio. Anulación y revocación. Los recursos administrativos.
Clases de recursos y su regulación. Elementos subjetivos y objetivos:
La interposición y sus efectos. Los trámites. La terminación del
procedimiento.
30. El recurso contencioso-administrativo: Significado y
características. Las partes: Capacidad, legitimación y postulación.
Actos impugnables. De la potestad sancionadora.
31. El recurso de alzada: Objeto, naturaleza y efectos.
32. El recurso potestativo de reposición: Objeto, naturaleza
y efectos.
33. El recurso extraordinario de revisión: Objeto, naturaleza
y efectos.
34. El procedimiento administrativo en vía de recurso.
Elementos subjetivos y objetivos: La interposición y sus efectos. Los
trámites. La terminación del procedimiento.
35. El Presupuesto, concepto y clases. Principios
presupuestarios. El ejercicio presupuestario. Estructura del presupuesto,
clasificación orgánica, funcional y económica. El ciclo
presupuestario.
36. El presupuesto de la Universidad de Huelva. Elaboración,
estructura y aprobación.
37. Normas para la ejecución del presupuesto de la
Universidad de Huelva para 2001. Globalidad de los ingresos. Limitación
de créditos. Principios generales de las modificaciones de los
créditos. Transferencias de créditos.
38. Generación de ingresos. Incorporación de créditos.
Créditos extraordinarios y suplementos de créditos. Cargo
presupuestario de obligaciones. Autorización de gastos.
39. Artículo 11 LRU. Indemnizaciones por razón de
servicio. Indemnizaciones a miembros de las Comisiones de concursos
a Cuerpos Docentes y Tribunales tesis doctorales.
40. Enajenación de bienes. Operaciones de crédito. Gastos
mayores. Gastos menores. Formalización de contratos y garantías.
Gastos de mobiliario y reparación, mantenimiento, conservación,
suministros en Escuelas y Facultades. Gastos de protocolo.
41. Ayudas. Ayudas a la investigación de la Junta de
Andalucía. Ayudas para apoyo a grupos de investigación y desarrollo
Tecnológico de la Junta de Andalucía. Normativas de prácticas.
42. La contabilidad pública y la planificación contable.
Concepto. Plan General de Contabilidad Pública. La Cuenta General
del Estado.
43. El Plan General de Contabilidad Pública. Normas de
valoración Las cuentas anuales. Balance. Cuenta de resultados
económico-patrimonial. Estado y liquidación del presupuesto.
44. Magnitudes presupuestarias e indicadores de carácter
presupuestario. Resultados presupuestarios del ejercicio. Saldo
presupuestario Remanente de Tesorería. Estado de Tesorería. Estado
de Activo y Pasivo monetarios. Ratio de modificación del
presupuesto. Ratio de ejecución. Ahorro bruto. Grado de solvencia.
Situación de liquidez y de solidez.
45. La financiación de las Universidades públicas. Tasas y
precios públicos universitarios. Subvención nominativa.
Operaciones de créditos y operaciones de Tesorería. Contratos
formalizados al amparo del artículo 11 de la Ley de Reforma
Universitaria. Aspectos básicos de los contratos programas.
46. El sistema tributario español. Características. Estructura
del sistema de imposición directa. Obligaciones tributarias. El
IRPF: Naturaleza, características, hecho imponible y sujetos
pasivos. Rentas exentas. Tratamiento de las retribuciones de personal,
becas y ayudas. Retenciones a cuenta del Impuesto.
47. Aspectos básicos de la sujeción de las actividades
universitarias en el Impuesto sobre el Valor Añadido: Actividades
no sujetas, exentas y sujetas y gravadas. Las operaciones
intracomunitarias. Obligaciones formales. La estadística
intracomunitaria.
48. Normativa de cierre. Pagos a justificar de caja fija y a
aplicaciones presupuestarias concretas. Facturas en moneda
extranjera. Propuestas de gastos. Facturas en firme.
Indemnizaciones por razón del servicio y bolsas de viajes. Relación de
acreedores.
49. Los contratos administrativos: Concepto y clases. Estudio
de sus elementos. Perfección, formalización y extinción de los
contratos administrativos. La revisión de precios y otras
alteraciones contractuales. El incumplimiento de los contratos
administrativos.
50. Los contratos administrativos: Tipos de contratos:
Contrato de obra. Contrato de suministros. Contrato de gestión de
servicios públicos. Contrato de consultoría y asistencia. Contrato
de servicios.
51. Manual de inventario.
52. El patrimonio universitario. Titularidad, administración
y disposiciones de los bienes de las Universidades.
53. Normativa contable sobre el euro.
54. La autonomía universitaria: Ley de Reforma Universitaria.
Creación, régimen jurídico y estructura de las Universidades. El
gobierno de las Universidades. El Consejo de Universidades. El
estudio en la Universidad.
55. Desarrollo reglamentario de la Ley de Reforma
Universitaria (1). El régimen del profesorado universitario. Los concursos
para la provisión de plazas de Cuerpos Docentes Universitarios.
El personal de Administración y Servicios de la Universidad.
56. Desarrollo reglamentario de la Ley de Reforma
Universitaria (2). El acceso y permanencia en la Universidad. Los
procedimientos para el ingreso en los centros universitarios.
57. Desarrollo reglamentario de la Ley de Reforma
Universitaria (3). Normas reglamentarias para la celebración de contratos
al amparo de los artículos 11 y 45 de la Ley de Reforma
Universitaria. Norma. Normas reglamentarias sobre tramitación de
proyectos europeos de investigación.
58. Desarrollo reglamentario de la Ley de Reforma
Universitaria (4). La regulación de los estudios de tercer ciclo y doctorado.
El Real Decreto 778/1998, de 30 de abril.
59. Normas de matrícula e ingreso en la Universidad de
Huelva. Planes de estudio. Estructura y contenido. Las denominadas
"Pasarelas". Títulos oficiales y títulos propios.
60. La coordinación del sistema universitario andaluz. El
distrito único andaluz. Órganos de coordinación y competencias
funcionales.
61. Los Estatutos de la Universidad de Huelva (1). Naturaleza,
fines y estructura general de la Universidad de Huelva. Los órganos
colegiados de gobierno en la Universidad de Huelva. El Consejo
Social. El Claustro universitario. La Junta de Gobierno.
62. Los Estatutos de la Universidad de Huelva (II). Los órganos
unipersonales de gobierno. El Rector. Los Vicerrectores. El
Secretario general. El Gerente.
63. Los Estatutos de la Universidad de Huelva (III). Los
miembros de la comunidad universitaria: Los estudiantes, el profesorado
y el personal de Administración y Servicios. De las unidades
básicas para la docencia y la investigación.
64. Los Estatutos de la Universidad de Huelva (IV). Del
régimen económico y financiero de la Universidad de Huelva. De la
administración y los servicios universitarios. De la calidad
universitaria. El Defensor universitario. De la reforma de los Estatutos.
65. Los Estatutos de la Universidad de Huelva (V). De la
docencia e investigación en la Universidad. Disposiciones
generales. De la estructura de la enseñanza: Ciclos, títulos y planes
de estudios. Del acceso y permanencia en los centros
universitarios. De la investigación: Tipología, contratos y convenios de
investigación.
66. La Administración participativa. La dirección
participativa. La Administración por objetivos: Dirección por objetivos y
programación de proyectos.
67. Administración para la calidad. La calidad como filosofía
de gestión. Los círculos de calidad. Otros instrumentos de mejora
de la calidad.
68. Modelos de calidad. El modelo europeo de calidad: Su
aplicación a la Universidad.
69. La planificación estratégica. Interacción en un sistema
de calidad.
70. El factor humano en la organización. El grupo en la
organización: Comunicación y comportamiento grupal. El trabajo en
equipo. La motivación.
71. El liderazgo. Clases. Ámbito de actuación. Factores de
influencia.
72. Definición y análisis de problemas. El proceso de toma
de decisiones. Los conflictos en las organizaciones.
73. La negociación. El cambio organizacional. La resistencia
al cambio.
74. La comunicación interna en la organización: Génesis y
desarrollo.
75. Procesadores de texto: Microsoft Word r.
76. Bases de datos: Microsoft Access r.
77. Hojas de cálculo: Microsoft Excel r.
78. Internet: Navegadores y correo electrónico.
79. La Constitución Española de 1978. Antecedentes.
Proceso de elaboración. Características generales, sistemática y
estructura. Valor normativo.
80. Valores superiores y principios inspiradores de la
Constitución. Derechos y deberes fundamentales y las libertades
públicas en España. Garantías y restricciones.
81. El Estado español en la Constitución: Estado de derecho,
democrático y social. Modelo económico constitucional. La
participación social en la actividad del Estado, su inserción en los
órganos de la Administración.
82. La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Sucesión
y regencia. El refrendo y sus formas.
83. Las Cortes Generales: Congreso de los Diputados y Senado.
84. El Gobierno del Estado. Composición. Funciones:
Políticas, normativas y administrativas.
85. La Administración General del Estado: Órganos
superiores y periféricos.
ANEXO III: (Ver imagen página 39769)
ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
Escriba solamente a máquina o con bolígrafo sobre superficie
dura utilizando mayúsculas.
Evite doblar el papel y realizar correcciones, enmiendas o
tachaduras.
No olvide firmar el impreso.
No olvide abonar los derechos de participación. Recuerde que
la falta de abono de los mismos implicará la exclusión del
solicitante.
En el apartado "código" no debe especificar ningún dato.
En el apartado "minusvalía" deberá hacer constar el porcentaje
de la misma.
En el apartado "Adaptación solicitada" deberá hacer constar
el minusválido si necesita alguna adaptación para la realización
del ejercicio.
En los apartados 4A, 4B, 4C y 4D sólo hará constar la
información que, en su caso, solicite la convocatoria.
Se recomienda la lectura atenta de las bases de la convocatoria
con anterioridad a la cumplimentación de la presente solicitud.
Si tiene dudas consúltelas en la Sección de PAS.
Antes de presentar esta solicitud, por favor, verifique:
Si la ha firmado.
Si ha abonado los derechos de examen.
Si aporta copias del documento nacional de identidad.
Si ha completado todos los datos exigibles.
Si aporta la documentación complementaria (en su caso).
ANEXO V
Declaración jurada
Don/doña ..................................................., con
domicilio en ................................................... y DNI
número ........................ declara bajo juramento o promesa,
a efectos de ser nombrado funcionario de la Escala .......... de la
Universidad de Huelva, que no ha sido separado del servicio de
ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla
inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
En Huelva, a ...... de ................................ de 2001.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid