Publicada en el "Boletín Oficial del Estado" la Orden de 24
de septiembre de 2001 ("Boletín Oficial del Estado" del 28), por
la que se convocan las pruebas selectivas para el ingreso en el
Cuerpo de Estadísticos Facultativos por el sistema de promoción
interna, contemplado en el artículo 5 del Real Decreto 119/2001,
de 9 de febrero, se han advertido los siguientes errores:
En la página 36091, columna derecha, anexo I, A) Fase de
oposición, ejercicios y valoración.
1. Ejercicios.
Segundo ejercicio: Hay que añadir al final del párrafo:
"Los opositores dispondrán de una hora de preparación previa
y al término de su exposición, el Tribunal podrá dialogar con
los mismos durante un tiempo máximo de veinte minutos sobre
cuestiones relacionadas con los temas desarrollados."
2. Valoración: Debe cambiarse el segundo párrafo:
Donde dice: "La calificación del primer ejercicio será el
resultado de obtener la media ponderada de cada uno de los temas
de acuerdo con los siguientes coeficientes: Economía, coeficiente
dos; Demografía, coeficiente dos".
Debe decir: "La calificación del primer ejercicio será el resultado
de obtener la media ponderada de cada uno de los temas de
acuerdo con los siguientes coeficientes: Economía, coeficiente dos;
Demografía, coeficiente uno".
Calificación final:
Donde dice: "...Si al obtener dicha puntuación hubiere dos o
más aspirantes con la misma calificación se determinará el orden
de prelación por la mayor puntuación alcanzada en el tercer
ejercicio, si hubiere igualdad por la mayor del segundo ejercicio y
si aún persistiere el empate por la del quinto ejercicio. En el caso
de que el empate continuase, se determinará a continuación por
la puntuación del cuarto ejercicio y del primer ejercicio,
sucesivamente".
Debe decir: "...Si al obtener dicha puntuación hubiere dos o
más aspirantes con la misma calificación, se determinará el orden
de prelación por la mayor puntuación alcanzada en el segundo
ejercicio, si hubiere igualdad por la mayor del primer ejercicio
y si aún persistiere el empate por la del cuarto ejercicio. En el
caso de que el empate continuase, se determinará a continuación
por la puntuación del tercer ejercicio".
Lo que se comunica para su conocimiento y efectos.
Madrid, 15 de octubre de 2001.-El Vicepresidente Segundo
del Gobierno y Ministro de Economía, P. D. (Orden de 3 de agosto
de 2000, "Boletín Oficial del Estado" del 11), el Subsecretario,
Miguel Crespo Rodríguez.
Ilmos. Sres. Secretario general técnico y Presidente del Tribunal.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid