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Documento BOE-A-2001-19507

Orden de 5 de octubre de 2001 por la que se convocan pruebas selectivas para proveer una plaza de Coordinador de Medios de Comunicación y Promoción Audiovisual, en régimen de contratado laboral fijo fuera de Convenio, en el Instituto de Turismo de España (oferta de empleo público de 2000).

Publicado en:
«BOE» núm. 251, de 19 de octubre de 2001, páginas 38473 a 38476 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2001-19507

TEXTO ORIGINAL

Bases de la convocatoria

Esta convocatoria se somete a lo previsto en el Real

Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento

General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración

General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y

Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la

Administración General del Estado; en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre,

sobre acceso a determinados sectores de la función pública de

los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión

Europea; en la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, de Reforma

de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y

libertades de los extranjeros en España y su integración social;

a los criterios generales de selección establecidos por el Ministerio

para las Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable.

1. Descripción de la plaza

Coordinador de Medios de Comunicación y Promoción

Audiovisual (personal laboral fuera de Convenio).

Sus tareas fundamentales consistirán en la promoción y apoyo

a la comercialización del Palacio de Congresos de Madrid,

mediante la difusión de su imagen institucional y de los actos que se

celebren en el mismo, de la realización de su plan anual de

publicidad exterior y en general las funciones de relaciones públicas

del organismo.

2. Retribuciones

Las retribuciones brutas anuales de la plaza serán las

siguientes:

Sueldo base: 3.144.000 pesetas (18.895,82 euros),

distribuidas en doce pagas.

Pagas extraordinarias: Dos pagas de 262.000 pesetas

(1.574,65 euros).

3. Requisitos de los candidatos

Podrán participar en esta convocatoria las personas que el día

de finalización del plazo de presentación de instancias cumplan

los siguientes requisitos:

a) 1 Los españoles.

2. Los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea,

los nacionales del Reino de Noruega y los nacionales de la

República de Islandia.

También podrán participar el cónyuge, descendientes y

descendientes del cónyuge de los españoles y de los nacionales de

países miembros de la Unión Europea, de Noruega o de Islandia,

siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún

años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

3. Quienes no estando incluidos en los anteriores apartados

1 y 2 se encuentren en España en situación de legalidad, siendo

titulares de un documento que les habilite a residir y a poder

acceder sin limitaciones al mercado laboral. En consecuencia,

podrán participar quienes se encuentren en situación de residencia

temporal, quienes se encuentren en situación de residencia

permanente, quienes se encuentren en situación de autorización para

residir y trabajar, así como los refugiados.

b) Tener cumplidos los dieciocho años.

c) No haber sido inhabilitado para el desempeño de puestos

en las Administraciones Públicas. Los aspirantes cuya

nacionalidad no sea la española deberán, igualmente no estar sometidos

a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado,

el acceso a la función pública.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

funciones del puesto.

e) Formación universitaria superior. En caso de titulaciones

obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la

documentación que acredite su homologación.

f) Dominio del idioma inglés.

g) Los aspirantes que no posean la nacionalidad española

deberán tener un conocimiento adecuado del castellano.

4. Presentación de solicitudes

Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria presentarán

su solicitud (ejemplar autocopiativo en cuyo ángulo superior

derecho figura "modelo 750"), que será facilitado gratuitamente en

las Delegaciones, o en su caso, en las Subdelegaciones del

Gobierno, en el Centro de Información Administrativa y en la Dirección

General de la Función Pública del Ministerio de Administraciones

Públicas (calle María de Molina, 50, Madrid), en el Registro Central

del Ministerio de Economía (calle Paseo de la Castellana, 162,

Madrid) y en las representaciones diplomáticas o consulares de

España en el extranjero.

La solicitud (ejemplar para la Administración) se acompañará

de:

Currículum vitae.

Los aspirantes que posean nacionalidad española deberán

presentar dos fotocopias del documento nacional de identidad.

Los aspirantes incluidos en el apartado 3.a).2 anterior que

residan en España deberán presentar dos fotocopias compulsadas del

correspondiente documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta

de residente comunitario o de familiar de residente comunitario

en vigor o, en su caso, de la tarjeta temporal de residente

comunitario o de trabajador comunitario fronterizo en vigor.

Los aspirantes incluidos en el apartado 3.a).2 anterior que no

residan en España, bien por residir en el extranjero o por

encontrarse en España en régimen de estancia, deberán presentar dos

fotocopias compulsadas del documento de identidad o pasaporte.

Los familiares de los anteriores deberán presentar dos

fotocopias compulsadas del pasaporte, del visado y, en su caso, del

resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del

resguardo de haber solicitado la exención del visado y la

correspondiente tarjeta. De no haberse solicitado estos documentos,

deberán presentarse los documentos expedidos por las autoridades

competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una

declaración jurada o promesa del español o del nacional de la Unión

Europea, de Noruega o de Islandia con el que existe este vínculo,

de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso,

del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su

cargo.

Los aspirantes a que se refiere el apartado 3.a.3) anterior

deberán presentar dos fotocopias del pasaporte en vigor, así como

dos fotocopias del correspondiente permiso de residencia, o de

trabajo y de residencia.

Las solicitudes deberán rellenarse de la siguiente manera:

En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro

correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán: "Economía".

En el recuadro relativo al centro gestor se hará constar

"Subsecretaría". En el espacio destinado a código que figura debajo, se

cumplimentará el 24001. En el recuadro relativo a la tasa de

derechos de examen, en el espacio destinado a código se hará constar

el 24020, rellenándose sólo los dos primeros dígitos.

En el recuadro número 15 se señalará "Coordinador de Medios

de Comunicación y Promoción Audiovisual fijo fuera de Convenio"

y no se consignará ningún código.

En el recuadro número 17 relativo a la forma de acceso se

consignará la letra "L" de acceso libre.

En el recuadro número 19 se especificará la fecha del "Boletín

Oficial del Estado" en el que se haya publicado la presente

convocatoria.

Los ejercicios de esta oposición se celebrarán en Madrid capital.

Los aspirantes harán constar esta circunstancia en el recuadro

número 20.

En el recuadro número 24 se hará constar la titulación que

se exige para participar en estas pruebas.

La presentación de solicitudes (ejemplar número 1 "ejemplar

para la Administración" del modelo de solicitud) se hará en el

Registro Central del Ministerio de Economía (paseo de la

Castellana, 162, 28071 Madrid), o en la forma establecida en el

artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, a

partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en

el "Boletín Oficial del Estado", y se dirigirá al ilustrísimo señor

Subdirector general de Recursos Humanos y Organización del

Ministerio de Economía (paseo de la Castellana, 162, planta 14,

Madrid). En la solicitud deberá constar que se ha realizado el

correspondiente ingreso de los derechos de examen mediante la

validación por la entidad colaboradora en la que se realice el

ingreso, a través de certificación mecánica o, en su defecto, sello

y firma autorizada de la misma en el espacio destinado a estos

efectos. La falta de justificación del abono de los derechos de

examen determinará la exclusión del aspirante.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en

el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las

representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente.

El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario

de haber satisfecho los derechos de examen, mediante el oportuno

ingreso del importe correspondiente en la cuenta corriente número

0182-9091-51-020234503 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria,

a nombre de "Tesoro Público, Ministerio de Economía, cuenta

restringida para la recaudación de tasas en el extranjero, código

de tasa 24020".

Los aspirantes con minusvalías con grado de discapacidad igual

o superior al 33 por 100 deberán indicarlo en la casilla 22 y

los restantes aspirantes con minusvalía deberán indicar el

porcentaje de la misma en el recuadro 21. Todos ellos deberán

solicitar en la casilla 23 las posibles adaptaciones de tiempo y medios

que consideren necesarios para posibilitar la realización de los

ejercicios.

De conformidad con lo establecido por el apartado siete del

artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas

Fiscales, Administrativas y de Orden Social, la tasa por derechos

de examen será de 4.000 pesetas (24,04 euros).

Estarán exentos del pago de la tasa de examen, de acuerdo

con la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, los aspirantes con

discapacidad igual o superior al 33 por 100, quienes expresamente

acreditarán, junto con la solicitud de participación, su condición

y grado de discapacidad legalmente reconocida, así como los

aspirantes que figuren como demandantes de empleo durante el plazo,

al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de la

presente convocatoria, siempre que en dicho plazo no hubieran

rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a

participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción,

formación o reconversión profesionales y carezcan de rentas

superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de

empleo, con los requisitos previstos en la Ley, se solicitará en

la correspondiente oficina del Instituto Nacional de Empleo. En

cuanto a la acreditación de las rentas se realizará con una

declaración jurada o promesa escrita del aspirante. Ambos documentos

deberán acompañarse a la instancia de participación.

El importe de la tasa por derechos de examen se consignará

en el recuadro destinado al mismo en el modelo de solicitud. El

ingreso de dicho importe se efectuará, junto con la presentación

de la solicitud en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa

de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en

la recaudación tributaria.

En ningún caso la presentación y pago en la entidad

colaboradora supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo

y forma de la solicitud.

Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

5. Tribunal calificador

La Comisión de selección de estas pruebas estará compuesta

por:

Presidenta: Doña Amparo Fernández González, C. Superior de

Administradores Civiles del Estado.

Vocales por parte de la Administración: Doña Cristina Recoder

de Casso, C. Superior de Administradores Civiles del Estado; don

Fernando Puig de la Bellacasa, C. Superior de Administradores

Civiles del Estado, y don Rafael Tormo Torró, E. Técnica de Gestión

de Organismos Autónomos (que actuará como Secretario).

Vocales por la representación de los trabajadores (Comité de

Empresa del Palacio de Congresos de Madrid): Don José López

Franco (UGT); don Arturo J. Dufour Gallego (UGT), y don Servando

Novo Lozano (CSI-CSIF).

El Tribunal, mediante acuerdo firmado por su Presidente, podrá

designar asesores especialistas en la prueba de idiomas, que

tendrán voz pero no voto en las sesiones que aquel celebre.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir

cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas

en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común. También deberán abstenerse si hubieran realizado tareas

de preparación de aspirantes en los cinco años anteriores a la

convocatoria.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran en ellos las circunstancias señaladas

en el párrafo anterior.

A los miembros del Tribunal les será de aplicación lo dispuesto

en el artículo 20 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre.

El Tribunal quedará constituido con la presencia de la mitad,

al menos, de sus miembros, titulares o suplentes, entre los cuales

deben estar presentes el Presidente y el Secretario o quienes los

sustituyan, según lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre.

El Tribunal tendrá la categoría que le corresponda conforme

a lo dispuesto en el Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo,

artículo 33.

A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal

tendrá su sede en Instituto de Turismo de España, calle José Lázaro

Galdiano, número 6, 28036 Madrid.

6. Señalamiento de los ejercicios

En el plazo máximo de un mes, a partir de la fecha de

terminación del plazo de presentación de solicitudes, la autoridad

convocante dictará resolución que se publicará en el "Boletín

Oficial del Estado" declarando aprobada la lista provisional de

aspirantes admitidos y excluidos, e indicando el lugar donde se

encuentren expuestas dichas listas, así como el lugar, fecha y hora de

la realización de las pruebas. En dicha lista deberán figurar los

apellidos, nombre y documento nacional de identidad o pasaporte

de los aspirantes, así como, en su caso, las causas de exclusión.

La lista provisional deberá ser expuesta, en todo caso, en el

Ministerio de Economía, en el Centro de Información

Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en las

Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno y en la Dirección General

de la Función Pública.

En las listas de excluidos u omitidos figurarán las causas de

exclusión, concediéndose un plazo de diez días hábiles, contados

a partir del siguiente al de la publicación de la resolución, para

poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u

omisión.

Los aspirantes que en el plazo señalado no subsanen la

exclusión o no aleguen la omisión serán definitivamente excluidos de

la participación en las pruebas.

Contra la resolución por la que se declare la exclusión definitiva

del aspirante, se podrá interponer potestativamente recurso de

reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que

la dictó, o directamente, recurso contencioso-administrativo, en

el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su

publicación, ante el órgano competente del orden jurisdiccional

contencioso-administrativo.

Las pruebas se convocarán en los tablones de anuncios

mencionados con un mínimo de antelación de cinco días hábiles.

Los candidatos deberán presentarse a todas las pruebas con

el documento nacional de identidad o pasaporte, que podrá ser

requerido en cualquier momento por los miembros del Tribunal.

El orden de actuación de los aspirantes se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra "Ñ", de conformidad con lo

establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para la

Administración Pública, de 12 de marzo de 2001 ("Boletín Oficial

del Estado" del 16).

7. Pruebas selectivas

El sistema de provisión de la plaza será el de oposición por

el turno libre y constará de tres ejercicios, siendo los dos primeros

de carácter eliminatorio:

Primer ejercicio: Idioma inglés. Ejercicio de inglés oral y escrito.

La prueba escrita consistirá en contestar sin diccionario un

cuestionario de preguntas con respuestas alternativas a determinar

por el Tribunal.

En la prueba oral el Tribunal dispondrá de un máximo de diez

minutos para dialogar con el aspirante en inglés.

La puntuación máxima correspondiente a este ejercicio será

de 50 puntos, siendo necesario obtener una puntuación mínima

de al menos 10 puntos en cada prueba (oral y escrita) y sumar

como mínimo 25 puntos entra las dos para aprobar.

Esta prueba tendrá carácter eliminatorio.

Segundo ejercicio: Prueba de contenido. Los aspirantes

deberán desarrollar por escrito un tema, a escoger entre dos propuestos

por el Tribunal, en relación con el siguiente temario:

1. El turismo como sector de la economía. El turismo en el

mundo. Su importancia en la economía española.

2. El modelo turístico español: Orígenes y evolución. Los

grandes mercados emisores. El turismo interior.

3. La comercialización turística. Los instrumentos de la

promoción turística. El apoyo público a la comercialización privada.

4. La oferta turística. Interrelación entre el sector privado y

sector público. Investigaciones de mercados turísticos.

5. El turismo de congresos e incentivos. Evolución y situación

actual. Análisis de su peso económico.

6. La Administración turística en el Estado español. Las

oficinas españolas de turismo. Organizaciones internacionales en

materia de turismo.

7. Los medios de comunicación social: Evolución y presente

de los medios masivos. Los grandes grupos de comunicación. La

tendencia a la internacionalización y la concentración.

8. La publicidad. Técnicas de difusión publicitaria. Soportes

instrumentales. Normativa española sobre publicidad. La

publicidad como instrumento de la política comercial: El "marketing".

9. Las relaciones públicas. El patrocinio o esponsorización

como estrategia de comunicación. El mecenazgo. Regulación en

España.

10. La comunicación externa de las organizaciones. Grupos

destinatarios y áreas de contacto. Métodos y medios de

comunicación. Identidad e imagen corporativa. Los departamentos de

comunicación.

Para la realización de este ejercicio los aspirantes dispondrán

de una hora. El ejercicio deberá ser leído por el opositor en sesión

pública ante el Tribunal, que lo calificará valorando los

conocimientos, así como su forma de presentación y exposición, y podrá

realizar preguntas al aspirante sobre el mismo durante un máximo

de diez minutos.

La puntuación máxima correspondiente a este ejercicio será

de 50 puntos, siendo necesario obtener una puntuación mínima

de 25 puntos para aprobar.

Tercer ejercicio: Entrevista personal. Los aspirantes que hayan

superado los dos ejercicios anteriores deberán mantener una

entrevista en la que se contrastará la información aportada por ellos

a través de la presentación de su currículum vitae.

Esta prueba tendrá una puntuación máxima de 50 puntos y

no será eliminatoria.

Se considerará seleccionado a aquel candidato que obtenga

una puntuación mayor en la suma de las tres pruebas.

Se publicará una relación de candidatos suplentes por orden

de puntuación obtenida, los cuales serán llamados por el citado

orden en el supuesto de que el primer candidato seleccionado

no llegase a formalizar el contrato o no superase el período de

prueba para consolidar la plaza.

8. Presentación de documentos y firma del contrato

El candidato seleccionado deberá presentar los siguientes

documentos:

Copia autenticada de la titulación exigida en la convocatoria,

que en caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberán

presentarse con credencial de su homologación.

Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni estar

afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con

el desempeño de las funciones del puesto.

Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario de ninguna Administración

Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones

públicas según el modelo que figura como anexo I. Igualmente

deberá presentar dicha Declaración en caso de no tener

nacionalidad española.

Los aspirantes incluidos en el apartado 3.a).2 anterior que no

residan en España deberán presentar fotocopia compulsada del

resguardo de haber solicitado la tarjeta de residencia comunitaria,

en el caso de que no la hubiesen tenido que aportar en el momento

de presentar la solicitud de participación.

Dicha documentación deberá presentarla en un plazo máximo

de veinte días naturales a partir del siguiente a aquél en que se

haga pública la Resolución del candidato seleccionado.

El candidato comenzará a prestar sus servicios una vez firmado

su contrato laboral, el cual se realizará conforme a la legislación

vigente. Dicho contrato se perfeccionará, en todo caso, en un

período de uno a tres meses desde la publicación de la resolución

definitiva. El período de prueba será de seis meses. Una vez

superado el período de prueba, adquirirá la condición de trabajador

fijo de plantilla del Instituto de Turismo de España.

El Tribunal podrá declarar desierta la adjudicación del puesto

de esta oposición y no podrá declarar que lo superan un número

de aspirantes superior al de plazas convocadas.

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se

deriven de ella y de la actuación del Tribunal calificador, podrán

ser imputados por los interesados de acuerdo con lo previsto en

la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

Madrid, 5 de octubre de 2001.-P. D. (Orden de 3 de agosto

de 2000, "Boletín Oficial del Estado" del 11), el Subsecretario,

Miguel Crespo Rodríguez.

ANEXO I

Don/doña ..................................................

con domicilio en ..............................................,

y número de DNI/pasaporte ....................................,

declara bajo juramento o promete, a efectos de ser contratado

como personal laboral fijo del Instituto de Turismo de España

(fuera de Convenio), que no ha sido separado del servicio de

ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla

inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

En Madrid, a ........ de ................. de 20.....

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