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Documento BOE-A-2001-19494

Orden de 10 de octubre de 2001 por la que se resuelve la de 8 de junio de 2001 por la que se convocó concurso específico, referencia 4E/2001P, para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el Departamento para funcionarios de los grupos A, B, C y D.

Publicado en:
«BOE» núm. 251, de 19 de octubre de 2001, páginas 38414 a 38417 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2001-19494

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de 8 de junio de 2001 ("Boletín Oficial del Estado"

del 29), se convocó concurso específico referencia 4E/2001P, para

la provisión de puestos de trabajo vacantes en el Departamento,

y de acuerdo con lo previsto en la base undécima de dicha

convocatoria, así como en el artículo 47.1 del vigente Reglamento

General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General

del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción

Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General

del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,

en lo que se refiere al plazo de resolución del presente concurso,

y habiéndose cumplido cuantos requisitos y procedimientos se

establecen en las normas reglamentarias y bases de la convocatoria

mencionada, que recogen lo prevenido en el mencionado

Reglamento General de 10 de marzo de 1995, sobre plazo de presentación

de instancias, examen de las mismas, valoración de méritos alegados

según baremo establecido y previa propuesta elaborada por la

correspondiente Comisión de Valoración a la que hace referencia la base

novena de la citada Orden de 8 de junio de 2001,

Este Ministerio ha resuelto:

Primero.-Resolver la convocatoria y aprobar la propuesta de

la Comisión de Valoración de méritos, adjudicando los puestos

de trabajo que se relacionan en el anexo a los funcionarios que,

asimismo, se especifican.

Segundo.-Declarar desiertos los puestos que se indican en

el citado anexo.

Tercero.-El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles

si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes

si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.

Dicho plazo comenzará a contarse a partir del día siguiente

al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles

siguientes a la publicación de la presente Orden.

Cuarto.-Si la resolución comporta el reingreso al servicio

activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde la

publicación de esta Orden en el "Boletín Oficial del Estado". No

obstante, aquellos funcionarios que hayan obtenido destino desde

la situación de Servicios Especiales o de excedencia para el cuidado

de hijos tendrán derecho, mientras duren las citadas situaciones,

a la reserva del nuevo destino, sin que para ello sea preciso

formalizar la toma de posesión del mismo hasta tanto se haga efectivo

el reingreso al servicio activo.

Quinto.-El personal que ha obtenido destino a través de este

concurso no podrá participar en concursos de méritos que convoque

tanto la Administración del Estado como las Comunidades Autónomas

hasta que hayan transcurrido dos años desde la toma de posesión

del puesto que se les adjudique en la presente Orden, salvo lo

prevenido por el apartado 2 del artículo 41 del citado Reglamento General.

Sexto.-Los destinos adjudicados se consideran de carácter

voluntario y, en consecuencia, no generan derecho al abono de

indemnización por concepto alguno.

Séptimo.-Contra el presente acto, que pone fin a la vía

administrativa, se podrá recurrir, potestativamente, en reposición ante

el titular del Departamento, en el plazo de un mes o interponer

recurso contencioso-administrativo ante el correspondiente

Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de

dos meses contados, ambos plazos, desde el día siguiente al de

su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", no pudiendo

interponerse este último hasta que aquél sea resuelto,

expresamente, o se haya producido su desestimación presunta, conforme

a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según

redacción dada a los mismos por la Ley 4/1999, de 13 de enero, así

como en los artículos 9 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

Madrid, 10 de octubre de 2001.-El Ministro, P. D. (Orden

de 6 de febrero de 2001, "Boletín Oficial del Estado" del 14),

la Subsecretaria, María Jesús Fraile Fabra.

Dirección General de Programación y Control Económico y

Presupuestario. Subdirección General de Recursos Humanos.

ANEXO: (Ver imágenes páginas 38414 a 38417)

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