Visto el expediente de indulto de don José Luis Sánchez Sández, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Alicante, en sentencia de fecha 27 de septiembre de 1999, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 5.000 pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1997, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 28 de septiembre de 2001,
Vengo en conmutar a don José Luis Sánchez Sández la pena privativa de libertad impuesta, por otra de un año y seis meses de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 28 de septiembre de 2001.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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