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Documento BOE-A-2001-19166

Resolución de 17 de septiembre de 2001, de la Universidad de Cantabria, por la que se convoca concurso-oposición libre para cubrir una plaza de la Escala B, grupo profesional centros, departamentos, laboratorios, talleres y animalarios-estabularios, en el Departamento de Anatomía y Biología Celular, vacante en la plantilla laboral de este organismo.

Publicado en:
«BOE» núm. 247, de 15 de octubre de 2001, páginas 37870 a 37874 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2001-19166

TEXTO ORIGINAL

Vacante una plaza de la Escala B, grupo profesional centros,

departamentos, laboratorios, talleres y animalarios-estabularios,

en la plantilla laboral de este organismo, con destino en el

Departamento de Anatomía y Biología Celular, procede convocar la

mencionada vacante, de acuerdo con las siguientes

1. Bases de la convocatoria

1.1 Esta convocatoria se somete a los criterios generales de

selección fijados por el Ministerio de Administraciones Públicas

y al Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Universidad

de Cantabria.

2. Número y características de las plazas

2.1 Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 18

del Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Universidad

de Cantabria, y habiéndose declarado desierta tras la realización

de concurso-oposición restringido, se convocan pruebas

selectivas, por el sistema de concurso-oposición libre, para el acceso

a la plaza cuya Escala, grupo profesional y unidad de destino

figuran relacionados en el anexo I.

2.2 La plaza convocada tiene asignado el nivel económico

establecido en el Convenio Colectivo para el Personal Laboral

de la Universidad de Cantabria en el nivel B1.

2.3 El desempeño de la plaza convocada quedará sometido

a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, en materia de

incompatibilidades.

3. Requisitos de los aspirantes

Para ser admitidos a las pruebas, los aspirantes deberán reunir

los siguientes requisitos:

3.1 Los fijados por el Ministerio de Administraciones Públicas

y el Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Universidad

de Cantabria.

3.2 No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas

incompatibles con el normal desempeño de las tareas o funciones

correspondientes.

3.3 Estar en posesión del título de Formación Profesional de

primer grado, u oficialmente equivalente, o haber superado los

estudios necesarios para su obtención.

3.4 Los requisitos establecidos deberán cumplirse el último

día de plazo de presentación de solicitudes.

4. Solicitudes

4.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán hacerlo constar en la solicitud, que se ajustará al modelo

que figura como anexo V a esta convocatoria. También será

facilitada en la Conserjería del Pabellón de Gobierno de la Universidad

de Cantabria (avenida de los Castros, sin número, Santander),

y en la siguiente dirección de internet: http//www.gestion.

unican.es/personal/solicitud.doc.

4.2 En la tramitación de sus solicitudes, los aspirantes

tendrán en cuenta lo siguiente:

4.2.1 Serán dirigidas al excelentísimo señor Rector magnífico

de la Universidad de Cantabria. Se acompañará una fotocopia

del documento nacional de identidad, el cual habrá de encontrarse

en vigor en la fecha de finalización del plazo de presentación de

solicitudes, o acompañarse el resguardo acreditativo de la solicitud

de renovación, y se adjuntará a dicha solicitud comprobante

bancario de haber satisfecho los derechos de examen.

4.2.2 Los aspirantes que no posean la nacionalidad española

y tengan derecho a participar deberán presentar dos fotocopias

del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los

documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho

de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado

con el que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar

declaración jurada o promesa de éste de que no está separado

de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el

aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

4.2.3 El plazo de presentación de instancias será de veinte

días naturales, contados a partir del siguiente al de publicación

de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

4.2.4 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro

General de la Universidad de Cantabria, Pabellón de Gobierno

(avenida de los Castros, sin número, Santander), bien

directamente, o a través de las restantes formas previstas en el artículo 38

de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de

Correos deberán entregarse en sobre abierto para ser fechadas

y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse en

el plazo expresado, a través de las representaciones diplomáticas

o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán

seguidamente a esta Universidad.

4.2.5 Los derechos de examen serán de 2.000 pesetas y se

ingresarán en la cuenta corriente número 170200173423, abierta

en Caja Cantabria, oficina principal (código de la oficina bancaria

2066.0000), bajo el nombre de Universidad de Cantabria:

"Ingresos varios".

El ingreso se realizará directamente o mediante transferencia

bancaria a dicha cuenta, bajo el nombre de "Pruebas selectivas

para acceso a una plaza de la Escala B, grupo profesional centros,

departamentos, laboratorios, talleres y animalarios-estabularios,

en el Departamento de Anatomía y Biología Celular, de la

Universidad de Cantabria".

En la solicitud deberá figurar el sello de Caja Cantabria, o

ir acompañada del resguardo acreditativo de la transferencia, y

cuya falta determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso

la mera presentación del pago supondrá sustitución del trámite

de presentación, en tiempo y forma, del ejemplar para el órgano

convocante.

Todas aquellas solicitudes que no sean presentadas siguiendo

el procedimiento señalado en la base 4.2.4 se considerarán

entre

gadas en la fecha en que tengan entrada en el Registro General

de la Universidad de Cantabria.

4.3 Para la fase de concurso, los aspirantes unirán a la

solicitud los justificantes de los méritos que se valoran en esta fase.

Sólo podrán puntuarse los méritos acreditados documentalmente.

5. Admisión de aspirantes

5.1 En el plazo máximo de un mes, a partir de la fecha de

terminación del plazo de presentación de solicitudes, la

Universidad hará pública una relación de aspirantes admitidos y, en su

caso, excluidos, indicando en este último supuesto la causa de

la exclusión, así como el lugar, fecha y hora de la realización

de las pruebas.

5.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez

días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la

relación, para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión,

caso de que aquél fuera subsanable.

6. Sistema de selección

6.1 El proceso selectivo constará de las siguientes fases: Fase

de oposición y fase de concurso, con las valoraciones, pruebas,

puntuaciones y materias que se especifican en el anexo II.

7. Desarrollo de las pruebas

7.1 Desde la terminación de una prueba y el comienzo de

la siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de cuarenta y

ocho horas y máximo de veinte días naturales.

7.2 El Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los

candidatos que acrediten su identidad mediante la presentación

del documento nacional de identidad, pasaporte o documento

similar.

7.3 Los aspirantes que no comparezcan a las pruebas

quedarán automáticamente excluidos del proceso de selección, salvo

en casos debidamente justificados y libremente apreciados por

el Tribunal.

8. Tribunal calificador

8.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura

en el anexo IV de esta convocatoria.

8.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir en los supuestos previstos en el artículo 28 de la Ley de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

8.3 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el

Tribunal, con la asistencia del Presidente y Secretario, y la de la

mitad, al menos, de sus miembros, titulares o suplentes. En dicha

sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le

correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

8.4 A partir de su constitución, el Tribunal para actuar

válidamente requerirá la presencia de la mayoría de sus miembros,

titulares o suplentes.

8.5 Durante el desarrollo de las pruebas selectivas, el Tribunal

resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación

de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos

no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará, en todo

momento, a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

8.6 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas en las funciones de las plazas

convocadas. Los asesores se limitarán, sin voto, al ejercicio de sus

especialidades técnicas, exclusivamente, colaborando con el Tribunal.

El Presidente del Tribunal acordará su incorporación mediante

notificación al asesor o asesores, exponiéndose, en el tablón de

anuncios del local de las pruebas selectivas, una copia firmada

de la notificación.

8.7 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas que

considere oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de

oposición que sean escritos, y no deban ser leídos ante el Tribunal,

sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,

utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del

Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial

del Estado" del 22), o cualquier otro equivalente, previa aprobación

por la Secretaría de Estado para la Administración Pública.

8.8 Los Tribunales tendrán la categoría cuarta, conforme a

lo dispuesto en el Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo.

8.9 En ningún caso los Tribunales podrán aprobar ni declarar

que han superado las pruebas selectivas un número superior de

aspirantes que el de plazas convocadas.

9. Relación de aprobados

9.1 Finalizada la fase de oposición, el Tribunal publicará la

relación de aprobados en el último ejercicio, la puntuación

obtenida en la fase de concurso de los aspirantes aprobados en la

fase de oposición y, por último, la relación de aspirantes, que

han superado las pruebas selectivas.

Esta relación estará constituida por los aspirantes que habiendo

superado la fase de oposición tengan mayor calificación una vez

sumadas las puntuaciones de la fase de concurso y oposición y

siempre limitada por el número de plazas convocadas, y será la

que se eleva al Rector para la formalización de los contratos.

9.2 Aquellos aspirantes que hayan superado la fase de

oposición y no hubieran obtenido plaza formarán parte de una relación

complementaria, que será utilizada en caso de que alguno de los

aspirantes no llegase a formalizar el correspondiente contrato,

o solicitara excedencia por incompatibilidad en el momento de

la formalización del contrato definitivo. En ese caso se propondrá

al aspirante que mayor puntuación tenga de la mencionada

relación, que, a su vez, estará sometido al período de prueba

establecido.

10. Presentación de documentos

10.1 Antes de la formalización de los contratos, los

candidatos seleccionados deberán justificar adecuadamente, en el plazo

de veinte días naturales, desde que se hagan públicas las listas

de aprobados, los requisitos siguientes:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 3.3

o certificación académica que acredite haber superado todos los

estudios para la obtención del título.

b) Certificado médico oficial.

10.2 Quienes tuvieran la condición de personal laboral fijo

estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y

demás requisitos ya probados para obtener su anterior

nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de

Personal o del Ministerio u organismo del que dependieren para

acreditar tal condición y el apartado a) de esta base.

10.3 Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos

de fuerza mayor, no presentasen la referida documentación no

podrán ser contratados, quedando anuladas todas sus actuaciones,

sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido

por falsedad de su instancia.

11. Incorporación y período de prueba

11.1 Los aspirantes seleccionados deberán realizar un

período de prueba de un mes de duración.

11.2 Los aspirantes no tendrán derecho a percepción

económica alguna ni comenzarán el desempeño de las funciones

correspondientes hasta que no inicien el mencionado período de

prueba.

11.3 El personal que supere el período de prueba

satisfactoriamente adquirirá la condición de personal laboral fijo mediante

la formalización del correspondiente contrato en la nueva

categoría.

11.4 Los que no superen el período de prueba perderán todo

derecho derivado de las pruebas selectivas y dejarán de percibir

las retribuciones y realizar las funciones correspondientes desde

el momento que finalice el citado periodo.

12. Formalización de los contratos

12.1 Una vez finalizado el período de prueba, el Rector

procederá a la formalización de los contratos, hasta el límite de las

plazas anunciadas y que se hallen dotadas presupuestariamente,

de aquellos aspirantes que hubieran superado satisfactoriamente

dicho período.

13. Norma final

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, podrá interponerse potestativamente y ante este

Rectorado, recurso de reposición en el plazo de un mes, contado

a partir del día siguiente a su publicación, o bien, podrá ser

impugnada directamente ante el Juzgado de lo

Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente

a la publicación.

Santander, 17 de septiembre de 2001.-El Rector, Juan José

Jordá Catalá.

ANEXO I

Departamento de Anatomía y Biología Celular

Número de plazas: Una. Escala: B. grupo profesional: Centros,

departamentos, laboratorios, talleres y animalarios-estabularios.

Jornada: Mañana.

Funciones: Las propias de su categoría profesional definidas

en el manual de funciones de la Universidad de Cantabria:

Preparar fases concretas de las prácticas que se realizan en

el laboratorio, atendiendo a las directrices marcadas por el

responsable superior.

Preparar el material utilizado para el desarrollo de las labores

de investigación cuando preste servicio en un laboratorio de dicha

naturaleza.

Mantener y realizar las reparaciones básicas de los equipos

del laboratorio.

Montar o construir pequeños aparatos cuando se requiere.

Limpiar y mantener los elementos utilizados durante el

desarrollo de las actividades propias del laboratorio con la supervisión

precisa cuando dichos elementos entrañen algún tipo de

peligrosidad o especialización.

Utilizar aparatos básicos.

Comunicar las incidencias que le afecten en materia de personal

(bajas médicas, días libres, etc.) al responsable administrativo del

Departamento o el Administrador del centro, en su caso.

Controlar el almacén de materiales y elaborar las propuestas

de compra, si no existe técnico.

ANEXO II

1. Las presentes pruebas selectivas constan de dos fases:

Concurso y oposición.

1.1 Fase de concurso:

La valoración de la fase de concurso se realizará por el Tribunal

calificador a los aspirantes que la hayan superado, una vez

finalizada la fase de oposición.

La puntuación obtenida en la fase de concurso no podrá

acumularse a la obtenida en ninguno de los ejercicios de la fase de

oposición para superar éstos.

a) Antigüedad: Se valorará el tiempo de servicios prestados

en Universidades públicas como contratado laboral, a razón

de 0,1 punto por año trabajado (0,1/12 al mes), hasta un máximo

de un punto.

b) Experiencia: 0,5 puntos por cada año trabajado (0,5/12

al mes), hasta un máximo de 1,5 puntos, en Universidades

públicas, en puestos de tareas similares a las de la plaza convocada.

Será necesaria la acreditación de la experiencia mediante

presentación de certificado expedido por la Unidad de Personal

correspondiente, salvo que conste suficientemente acreditado en el

expediente personal.

c) Formación académica: Se valorará con 0,5 puntos a

aquellos que posean una titulación superior o una segunda titulación

igual a la exigida para el desempeño de la plaza objeto de concurso.

d) Titulación idónea: Se valorada un punto a aquellos

aspirantes que estén en posesión del título de Formación Profesional

de segundo grado, rama Sanidad.

El Tribunal podrá solicitar cualquier tipo de comprobación

sobre la experiencia justificada por los concursantes. Cualquier

irregularidad en estas justificaciones será causa de eliminación

de las pruebas.

La puntuación máxima de la fase de concurso será del 20 por

100 del total de la puntuación de las pruebas.

1.2 Fase de oposición: La fase de oposición constará de los

siguientes ejercicios, cada uno de ellos eliminatorio, siendo

necesario para superarlo obtener la mitad de los puntos máximos

previstos en cada ejercicio.

Primer ejercicio: Eliminatorio:

Ejercicio teórico: Consistirá en contestar por escrito a un

cuestionario de 20 preguntas breves en relación con el temario que

figura en el anexo III.

El tiempo máximo de duración de este ejercicio será de una

hora.

Segundo ejercicio: Eliminatorio:

Ejercicio práctico: Consistirá en demostrar la capacidad

práctica, mediante uno o varios supuestos prácticos, en relación con

los temas propuestos en el anexo III.

El tiempo máximo de duración de este ejercicio será a

determinar por el Tribunal.

Tercer ejercicio: Eliminatorio:

Contestar a un cuestionario de preguntas sobre el Convenio

Colectivo vigente y los títulos 1, 2, 3 y 7 de los Estatutos de

la Universidad referentes al PAS.

Sistema de calificación:

1.2.1 Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de

la siguiente manera:

Primer ejercicio: Este ejercicio se valorará de cero a seis puntos,

serán eliminados los aspirantes que no hayan obtenido tres puntos.

Segundo ejercicio: Este ejercicio se valorará de cero a seis

puntos, serán eliminados los aspirantes que no hayan obtenido

tres puntos.

Tercer ejercicio: Este ejercicio se valorará de cero a cuatro

puntos, serán eliminados los aspirantes que no hayan obtenido

dos puntos.

1.2.2 La calificación final vendrá dada por la suma de las

puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y oposición.

1.2.3 La relación de aprobados en las pruebas selectivas

estará constituida por los aspirantes que habiendo superado la fase

de oposición tengan mayor calificación final, siempre limitada por

el número de plazas convocadas y que se hallen dotadas

presupuestariamente.

1.2.4 En caso de empate entre varios aspirantes, se seguirá

para resolverlo el criterio de la mayor puntuación obtenida en

los siguientes epígrafes del proceso selectivo y con el siguiente

orden:

1. Mayor puntuación total obtenida en la fase de oposición.

2. Servicios reconocidos en la Universidad de Cantabria.

3. Antigüedad total reconocida en las Administraciones

públicas.

4. La valoración de la experiencia.

5. Formación académica.

En caso de persistir el empate, éste se dirimirá por sorteo.

ANEXO III

Temario

Tema 1. Manejo, cuidado y sacrificio humanitario de animales

de experimentación.

Tema 2. Extración de embriones de ave y de mamíferos.

Tema 3. Metodología general del procesamiento de

preparaciones histológicas.

Tema 4. Revelado y positivado de películas fotográficas en

blanco y negro.

Tema 5. Técnicas básicas de la biología molecular aplicada

a la morfología.

Tema 6. Preparación de soluciones y medios de cultivo y

esterilización del material de laboratorio.

Tema 7. Normas básicas de seguridad en los laboratorios de

morfología.

ANEXO IV

Tribunales

Titulares:

Presidente: Don Salvador Blanco García.

Vocales: Doña María Teresa Berciano Blanco, doña Raquel

Silvia García Ceballos, doña Pilar Frade Bello y don José Luis

Cobo Ugarte.

Secretaria: Doña Carmen Sopeña Pérez.

Suplentes:

Presidente: Don Juan Mario Hurlé González.

Vocales: Don Juan Carlos Villegas Sordo, don José Miguel Mier

Arronte, don Víctor Portilla Cuesta y don Luis Carreira Ruenes.

Secretaria: Doña Antonia Rivero Iñarra.

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