De conformidad con lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley 24/1998 de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales, se dicta la presente Resolución, sobre emisión y puesta en circulación de la serie de sellos de Correos: «AMERICA UPAEP».
En su virtud, hemos resuelto:
Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda se procederá a la estampación de una serie de sellos de Correos con la denominación de «AMERICA UPAEP».
«AMÉRICA UPAEP»
La serie de sellos denominada «AMÉRICA-UPAEP» tendrá este año el lema Bienes Patrimonio Mundial de la UNESCO. Nuestro país ha seleccionado como motivo del sello las Praderas de Posidonia de la Reserva Natural de Ses Salines, situada entre las islas de Ibiza y Formentera.
El 4 de diciembre de 1999 la UNESCO declaró Patrimonio Mundial de la Humanidad las praderas de Posidonia de la Reserva Natural de Ses Salines, considerándolo como uno de los mejores ejemplos en la interacción de los ecosistemas costeros y marinos.
El elemento marino de esta Reserva se caracteriza por la presencia de densas praderas de posidonia oceánica muy bien conservadas. Planta endémica del mediterráneo, propia de los fondos marinos y arrecifes coralinos, entre sus hojas acintadas de color verde se crían y refugian todos los seres vivos del litoral. Dentro de este Bien Patrimonio Mundial se encuentra una comunidad importante de Exteinascida turbinata, especie marina de reconocido valor en la prevención y lucha contra diferentes tipos de cáncer.
Características técnicas:
Procedimiento de impresión: Huecograbado
Papel: Estucado engomado fosforescente.
Dentado: 13 3/4.
Tamaño del sello: 40,9 x 28,8 milímetros (horizontal)
Valor postal: 0,93 euros (155 pesetas)
Efectos en pliego: 50
Tirada: 1.200.000
La venta y puesta en circulación de esta emisión se iniciará el 15 de octubre de 2001.
Su distribución a los puntos de venta cesará el 31 de diciembre del año 2001, no obstante lo cual mantendrán indefinidamente su valor a efectos de franqueo, hasta que se dicte orden en contrario.
De efectos quedarán reservadas en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda 3.500 unidades a disposición de la «Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, Sociedad Anónima», para atender los compromisos internacionales, derivados de la pertenencia a la Unión Postal Universal y de los intercambios con otras Administraciones Postales, así como para su incorporación a los fondos filatélicos del Museo Postal y Telegráfico y para la promoción del sello español.
Otras 2.000 unidades de estos efectos serán reservadas a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, para atenciones de intercambio con los Organismos emisores de otros países, integración en los fondos filatélicos del Museo de dicha Fábrica y promoción filatélica nacional e internacional.
Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda se procederá a la destrucción de los proyectos, maquetas, dibujos, pruebas, planchas y cualquier otro elemento o material utilizado, una vez realizada la emisión. Sin embargo, cuando resulte, a juicio de la Fábrica, que alguno de los elementos empleados en la preparación o estampillado de la emisión anteriormente aludida encierra gran interés histórico o didáctico, podrá ser destinado, convenientemente inutilizado, a dotar el Museo de la Fábrica, el Museo Postal o cualquier otro Museo de interés en la materia. En todo caso se extenderá la correspondiente acta, tanto de la inutilización como de los elementos que en calidad de depósito se integren en alguno de los indicados Museos.
Lo que comunicamos a VV. II. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 2 de octubre de 2001.–El Subsecretario de Fomento, Adolfo Menéndez Menéndez, el Subsecretario de Economía, Miguel Crespo Rodríguez.
Ilmos. Sres. Presidente de la «Sociedad Estatal Correos y Telegrafos, Sociedad Anónima» y Presidente Director de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda.
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