De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.o del
Reglamento Notarial, procede convocar oposición libre para obtener
el título de Notario, comprendiendo la convocatoria un número
de plazas que será el resultante de sumar al de las vacantes
existente en el momento de la convocatoria sesenta plazas más, y
de dicha suma restar el número de Notarios pendientes de ser
nombrados para servir su primera Notaría, pero sin que en ningún
caso el total de plazas convocadas pueda exceder del 6 por 100
del número total de Notarías existentes en toda España.
En su virtud, y en cumplimiento de lo ordenado por el referido
artículo reglamentario, esta Dirección General ha acordado
convocar oposición libre para obtener el título de Notario, la cual
se ajustará a las siguientes normas:
Primera.-Se fija en 98 el número de plazas que se convocan.
De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1557/1995,
de 21 de septiembre ("Boletín Oficial del Estado" de 14 de octubre),
sobre acceso de minusválidos a las oposiciones al título de Notario
y al Cuerpo de Registradores de la Propiedad y Mercantiles, en
la presente convocatoria se reservan dos plazas, de las 98
convocadas, para quienes tengan la condición legal de personas con
minusvalía.
Será de aplicación en esta oposición todo lo dispuesto en el
citado Real Decreto 1557/1995, de 21 de septiembre, y, de
acuerdo con el artículo 4 del mismo, en los ejercicios orales y escritos
de la oposición se establecen, para cualquier persona con
discapacidad que lo solicite, las adaptaciones que precise para la
realización de aquéllos, y los interesados deberán formular la
correspondiente petición en la solicitud de participación.
Segunda.-La oposición se celebrará en el Colegio Notarial de
Madrid.
El comienzo de los ejercicios tendrá lugar en un plazo no
superior a ocho meses ni inferior a cuatro meses desde la publicación
de la convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".
Tercera.-El Tribunal o Tribunales que hayan de juzgar esta
oposición tendrán la categoría primera a los efectos del percibo
de asistencias y, en su caso, de dietas, con arreglo al Real
Decreto 236/1988, de 4 de marzo, y normas que lo desarrollen o
actualicen.
Cuarta.-a) Los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que
concluya el plazo de presentación de instancias, los requisitos
o condiciones previstos en el artículo 6.o del Reglamento Notarial.
b) La Dirección General, a la vista de número de aspirantes
admitidos, decidirá si deben actuar simultáneamente varios
Tribunales, de conformidad con el artículo 5.o del Reglamento
Notarial. El Tribunal o cada uno de los Tribunales calificadores de
la oposición estará compuesto por los miembros que establece
el artículo 10 del Reglamento Notarial y su nombramiento se
realizará según lo dispuesto en el artículo 9.o del propio Reglamento,
por Orden del Ministerio de Justicia, a propuesta de esta Dirección
General.
c) De conformidad con lo dispuesto en el último párrafo del
artículo 20 del Reglamento Notarial, si el plazo de presentación
de instancias de esta convocatoria concluyera antes de que los
Tribunales calificadores de la oposición, que actualmente se
celebra en el Colegio Notarial de Cataluña, hayan dado cumplimiento
a lo dispuesto en el párrafo séptimo del citado artículo, los
opositores que resulten con derecho a reserva del primero o de los
dos primeros ejercicios podrán ejercitarlo presentando una
instancia adicional antes del día señalado para el comienzo de la
nueva oposición o podrán posponer el ejercicio del citado derecho
para la oposición subsiguiente.
En el caso de ejercitar el derecho a que alude el párrafo anterior,
para esta oposición, no podrán tomar parte en el ejercicio o
ejercicios dispensados, teniendo en ellos una puntuación igual a la
nueva media que en los mismos se produzca. Los opositores que
soliciten las citadas dispensas deberán haber reunido, en la fecha
en que finalizó el plazo de presentación de instancias de la
oposición en que participaron, la condición 4.a de las señaladas en
el artículo 6.o del Reglamento notarial.
Quinta.-Los dos primeros ejercicios de la oposición se regirán
por el programa que fue aprobado por Resolución de esta Dirección
General de 31 de enero de 1996 ("Boletín Oficial del Estado" de 15
de febrero).
Sexta.-Quienes deseen participar en esta oposición lo harán
constar en instancia ajustada al modelo 750, aprobado por
Resolución de 7 de octubre de 1998, de la Secretaría de Estado para
la Administración Pública ("Boletín Oficial del Estado" del 27).
Los impresos están a disposición de los interesados en la Dirección
General de la Función Pública (calle María de Molina, 11, 28071
Madrid), en las oficinas de información administrativa del
Ministerio para las Administraciones Públicas y en las Delegaciones
y Subdelegaciones del Gobierno.
Las instancias se cumplimentarán de acuerdo con las siguientes
indicaciones:
1. En el encabezamiento:
a) En el recuadro correspondiente a Ministerio se consignará:
"Justicia".
b) En el recuadro dedicado a Centro Gestor se consignará:
"Dirección General de los Registros y del Notariado,
código 13003", siendo 13020 el código que ha de reflejarse en la
carilla de la casilla de la tasa de derechos de examen.
c) En el recuadro de año de la convocatoria se pondrá 00.
2. Las casillas 15 y siguientes se consignarán en los siguientes
términos:
a) Número 15: "Notarios" y el código se dejará en blanco.
b) Las casillas 16 y 17 se dejarán en blanco.
c) Número 18: "Justicia".
d) Número 19: Fecha de publicación en el "Boletín Oficial
del Estado" de la presente convocatoria.
e) Número 20: "Madrid".
f) Número 22: En el recuadro central consignarán "Sí" quienes
se acojan a la reserva para discapacitados.
g) Número 23: Se especificarán las adaptaciones que se
solicitan en el motivo.
3. En el recuadro número 24, dedicado al título exigido en
la convocatoria se consignará: "Derecho".
4. Los recuadros correspondientes al número 25 (Datos a
consignar según las bases de la convocatoria), se cumplimentarán
de la siguiente manera:
a) Los opositores dispensados del primer ejercicio o de los
dos primeros ejercicios de la oposición lo harán constar en la
casilla A).
b) En la casilla B) se consignará: "Reúno las condiciones
exigidas en la norma cuarta a) de la convocatoria".
c) En la casilla C) se consignará: "Me comprometo a jurar
acatamiento de la Constitución".
5. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 88 del
Reglamento Notarial, las instancias se dirigirán al ilustrísimo señor
Director general de los Registros y del Notariado.
6. En el recuadro correspondiente al importe del ingreso a
efectuar a favor del Tesoro Público se consignará "4.000 pesetas".
Séptima.-Una vez abonados los derechos de examen, las
instancias se presentarán en el Registro General del Ministerio de
Justicia (calle Manzana, 2, Madrid) o en las demás formas
establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, dentro del plazo de treinta
días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en el que aparezca
la convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".
Octava.-De conformidad con el artículo 18 de la Ley 66/1997,
de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del
Orden Social ("Boletín Oficial del Estado" del 31), los derechos
de examen serán de 4.000 pesetas y se ingresarán en cualquier
Banco, Caja de Ahorros o Cooperativas de Crédito, de las que
actúan como entidades colaboradoras de la recaudación tributaria
(la práctica totalidad de los mismos).
La falta de la justificación de abono de los derechos de examen
determinará la exclusión del opositor.
Novena.-Los opositores aprobados deberán presentar la
documentación acreditativa de su aptitud para el desempeño del cargo,
en el plazo y formas que prevé el artículo 21 del Reglamento
Notarial.
Décima.-La presente convocatoria y cuantos actos
administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal o
Tribunales examinadores podrán ser impugnados en los casos y
forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Madrid, 29 de septiembre de 2000.-La Directora general, Ana
López-Monís Gallego.
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