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Documento BOE-A-2001-18818

Orden de 19 de septiembre de 2001 por la que se aprueba y publica la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y se anuncia la fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio de las pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del MAPA, convocadas con fecha de 25 de junio de 2001.

Publicado en:
«BOE» núm. 243, de 10 de octubre de 2001, páginas 37274 a 37274 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2001-18818

TEXTO ORIGINAL

Según lo establecido en el artículo 20.2 del Real Decreto

364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" de 10

de abril), y en la base 4.1 de la Orden de 25 de junio de 2001,

de este Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la

que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de

Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del

MAPA,

Este Departamento ha dispuesto:

Primero.-Aprobar las listas provisionales de aspirantes

admitidos y excluidos a participar en las citadas pruebas. La lista de

opositores admitidos y excluidos se encuentra expuesta en los

tablones de anuncios y en el Servicio de Información del Ministerio

de Agricultura, Pesca Alimentación (paseo de Infanta Isabel, 1,

Madrid), en las Subdelegaciones y Delegaciones de Gobierno en

las Comunidades Autónomas, en la Dirección General de la

Función Pública y en el Centro de Información Administrativa del

Ministerio de Administraciones Públicas (calle María de Molina,

50, Madrid). Igualmente podrá consultarse en la siguiente

dirección de internet: www.mapya.es.

Segundo.-Publicar la lista provisional de excluidos a que se

refiere el apartado anterior, la cual figura como anexo a esta

Resolución, con expresión de las causas de no admisión.

Tanto los opositores excluidos como los omitidos, que no

figuren en la lista de admitidos ni en la de excluidos, disponen de

un plazo de diez días hábiles, contado a partir del siguiente al

de la publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial del

Estado" para subsanar, cuando ello sea posible, los defectos que

haya motivado su no admisión o la omisión simultánea en las

listas de admitidos y de excluidos.

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen

la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser

incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente

excluidos de la realización de las pruebas.

Tercero.-Transcurrido el plazo citado, se harán públicas las

listas definitivas de aspirantes excluidos y admitidos en los mismos

lugares señalados en el párrafo primero.

Cuarto.-Se convoca a todos los opositores admitidos, en único

llamamiento, para la realización del primer ejercicio el lunes, día

3 de diciembre, a las dieciséis treinta horas, en el salón de actos,

planta sótano, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación,

paseo de Infanta Isabel, número 1, 28014 Madrid.

El llamamiento se realizará por orden alfabético, a partir de

la letra "Ñ".

Para la práctica del ejercicio será requisito imprescindible que

los aspirantes concurran provistos del documento nacional de

identidad o documentación equivalente, que acredite de forma

indudable su personalidad.

Madrid, 19 de septiembre de 2001.-El Ministro, P. D. (Orden

de 26 de abril de 2001, "Boletín Oficial del Estado" de 5 de mayo),

el Subsecretario, Manuel Lamela Fernández.

Ilmo. Sr. Subsecretario del Ministro de Agricultura, Pesca y

Alimentación y Presidente del Tribunal.

ANEXO

Lista provisional de excluidos

Causa

de

exclusión

Documento nacional

de identidad Apellidos y nombre

Carrizosa Ruiz, María del Carmen ..... 50.440.439 O

Casado Encinas, Ana María ........... 51.418.298 O

Loring Palacios, José Manuel .......... 2.531.143 O

Martínez Pérez, Fernando ............. 51.406.469 Q

Muñoz Bartolo, Rafael ................ 50.827.273 E

Suárez Pertierra, Ángel ............... 11.084.385 E-F-O

Causas de exclusión:

E. No acreditar estar exento del pago de la tasa por derechos

de examen, dado que no justifica no haber rechazado oferta de

empleo adecuado ni haberse negado a participar en acciones de

promoción, formación o reconversión profesional.

F. No acompañar declaración jurada o promesa de carecer

de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo

interprofesional.

O. No especificar el idioma elegido para la realización del

segundo ejercicio.

Q. No acreditar los requisitos para la exención del pago de

la tasa.

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