En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta
Universidad, aprobados por Real Decreto 678/1988, de 1 de julio
("Boletín Oficial del Estado" del 5), y con el fin de atender las
necesidades de personal de administración y servicios,
Este Rectorado, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 18 de la Ley 11/1983, de Reforma
Universitaria, en relación con el artículo 3.e) de la misma, así como
en los Estatutos de la Universidad, resuelve convocar pruebas
selectivas para el ingreso en la Escala Auxiliar Administrativa de
la Universidad de Salamanca, con sujeción a las siguientes
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 31 plazas de
la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad de Salamanca.
1.1.1 El número total de vacantes reservadas al sistema de
promoción interna asciende a tres plazas.
1.1.2 El número total de vacantes reservadas al sistema
general de acceso libre asciende a 28 plazas.
1.1.3 Las plazas sin cubrir de las reservadas a la promoción
interna se acumularán a las del sistema general de acceso libre.
En este sentido, la fase de oposición del sistema de promoción
interna finalizará antes de la correspondiente al sistema general
de acceso libre. El Presidente del Tribunal coordinará ambos
procesos con esa finalidad.
1.1.4 Los aspirantes sólo podrán participar por uno de los
dos sistemas.
1.1.5 Del total de plazas se reservará una para ser cubierta
por personas con minusvalía con grado de discapacidad igual o
superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición adicional
decimonovena de la Ley 23/1988, de 28 de julio, de modificación
de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública. En el supuesto de no ser ésta cubierta,
se acumularía a las restantes plazas convocadas.
1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública; Ley 23/1988, de 28 de julio (modificadora
de la anterior); Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, de
Ingreso, Provisión y Promoción de Funcionarios; los Estatutos de la
Universidad de Salamanca, aprobados por Real Decreto
678/1988, de 1 de julio, y lo dispuesto en la presente
convocatoria.
1.3 La elección de los destinos se realizará por los aspirantes
aprobados según el orden de puntuación obtenida.
Los aspirantes que ingresen por el sistema de promoción
interna, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78 del Real Decreto
364/1995, tendrán en todo caso preferencia sobre los aspirantes
provenientes del sistema general de acceso libre para cubrir las
vacantes correspondientes.
1.4 El procedimiento de selección de aspirantes por el turno
de acceso libre será el de oposición, mientras que por el turno
de promoción interna será el de concurso-oposición.
Las valoraciones, pruebas y puntuaciones que han de regir
las pruebas selectivas se especifican en el anexo I de esta
convocatoria.
En la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio,
se valorarán los méritos y los servicios prestados, con arreglo
al baremo que se especifica en el anexo I.
En la fase de oposición los aspirantes deberán desarrollar los
ejercicios que igualmente se indican en el anexo I de esta
resolución.
1.5 El primer ejercicio se iniciará a partir del 2 de enero de
2002. La fecha, hora y lugar del mismo se publicarán en el "Boletín
Oficial del Estado" en la resolución del Rectorado en que se
aprueben las listas de admitidos y excluidos.
1.6 El Tribunal calificador adaptará el tiempo y medios de
realización de los ejercicios de los aspirantes minusválidos, de
forma que gocen de igualdad de oportunidades con los demás
aspirantes.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas
selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
A) Requisitos generales:
a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de
Tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea
y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación
de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en
el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.
También podrán participar el cónyuge, descendientes y
descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de
otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no
estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores
de edad que vivan a sus expensas. Este último beneficio será
igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados
cuando así se prevea en los Tratados internacionales celebrados
por la Comunidad Europea y ratificados por España.
b) Tener cumplidos dieciocho años el día en que termine el
plazo de presentación de solicitudes.
c) Estar en posesión del título de Graduado escolar,
Formación Profesional de primer grado o equivalente, o en condiciones
de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación
de solicitudes.
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,
del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas ni
hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.
B) Requisitos específicos: Para los aspirantes que concurran
a estas plazas por el turno de promoción interna:
a) Pertenecer, el día de la publicación de la presente
convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", al Cuerpo o Escala
Subalterno (grupo E).
b) Tener destino actual definitivo en la Universidad de
Salamanca.
c) Poseer la titulación y el resto de los requisitos con carácter
general para el acceso a la Escala Auxiliar Administrativa
expresados en el apartado A).
d) Deberá contarse con una antigüedad de, al menos, dos
años en el Cuerpo o Escala a que pertenezcan. Los servicios
reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre,
correspondientes a los Cuerpos o Escalas anteriormente citados, serán
computables a efectos de antigüedad para participar por
promoción interna en estas pruebas selectivas.
2.2 Todos los requisitos enumerados anteriormente deberán
poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de
solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión
como funcionarios de carrera de la Escala Auxiliar Administrativa.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán hacerlo constar en instancia que será facilitada
gratuitamente en el Servicio de Información de la Universidad de
Salamanca (Rectorado). A la instancia se acompañará una fotocopia
del documento nacional de identidad.
3.2 Los aspirantes que soliciten puntuación en la fase de
concurso deberán presentar certificación según modelo contenido en
el anexo V, expedida por la Sección de Personal de Administración
y Servicios de la Universidad de Salamanca, acreditativo del
Cuerpo o Escala al que pertenezca el funcionario, así como de su
antigüedad en el mismo, así como cuanta documentación estime
oportuna para su mejor valoración.
3.3 En el recuadro de la instancia "Forma de acceso", los
aspirantes deberán señalar el sistema por el que van a participar.
Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la solicitud
para lo cual se utilizará el recuadro correspondiente. Asimismo,
deberán solicitar, expresándolo en el recuadro C), las posibles
adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los
ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
Estos requisitos también deberán ser cumplimentados, en su
caso, por los aspirantes con minusvalía con grado de discapacidad
igual o superior al 33 por 100 a que se refiere la base 1.1. Estos
aspirantes tendrán que declarar expresamente en las solicitudes
que poseen la condición de discapacidad arriba indicada.
En el recuadro B) de la instancia se hará constar el idioma
elegido para la realización, en su caso, del tercer ejercicio,
voluntario y de méritos.
3.4 La presentación de solicitudes (ejemplar número 1,
"Ejemplar a presentar por el interesado", del modelo de solicitud) se
hará en el Registro General de la Universidad de Salamanca (Patio
de Escuelas, sin número), o en la forma establecida en el
artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales a partir del
siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín
Oficial del Estado", y se dirigirán al excelentísimo señor Rector
magnífico de la Universidad de Salamanca.
3.5 Las solicitudes suscritas por los españoles en el extranjero
podrán cursarse, en el plazo expresado en el párrafo anterior,
a través de las representaciones diplomáticas o consulares
españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al
organismo competente.
3.6 Los derechos de examen serán de 2.000 pesetas y
se ingresarán en la cuenta de ingresos de derechos de
examen plazas P.A.S. de la Universidad de Salamanca,
número 0049/5290/29/2016000308 del Banco de Santander Central
Hispano, oficina calle Toro, número 33, Salamanca.
3.7 El interesado adjuntará a la solicitud comprobante
bancario de haber satisfecho los derechos de examen, en el que deberá
figurar el sello de la entidad bancaria o caja de ahorros a través
de la cual se realiza transferencia bancaria a la cuenta indicada,
y cuya falta determinará la exclusión del aspirante. En ningún
caso la presentación y pago en el banco supondrá sustitución
del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud ante
el órgano expresado en la base 3.4.
4. Admisión de candidatos
4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector
de la Universidad de Salamanca dictará Resolución en el plazo
máximo de un mes, que se publicará en el "Boletín Oficial del
Estado", y en la que además de declarar aprobada la lista de
admitidos y excluidos se recogerá el lugar y la fecha de comienzo de
los ejercicios, así como la relación de los aspirantes excluidos
con indicación de las causas de la exclusión. En la lista deberán
constar, en todo caso, los apellidos, nombre y número del
documento nacional de identidad.
4.2 Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición del interesado. En todo caso,
la resolución a que se refiere la base anterior establecerá un plazo
de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la
publicación de la Resolución, para poder subsanar el defecto que haya
motivado la exclusión.
4.3 La Resolución que apruebe definitivamente la lista de
admitidos pondrá fin a la vía administrativa y, en consecuencia,
los aspirantes definitivamente excluidos podrán formular recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado Provincial de lo
Contencioso-Administrativo de Salamanca.
4.4 Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio,
a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la
realización de las pruebas selectivas.
5. Tribunales
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura
como anexo IV de esta convocatoria. En caso de empate, el
Presidente tendrá voto de calidad.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Salamanca,
cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el
artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, o si se hubiesen realizado tareas de
preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años
anteriores a la publicación de esta convocatoria. El Presidente podrá
solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no
hallarse incursos en las circunstancias previstas en el citado
artículo. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros
del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la
presente base.
5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,
la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del
Estado", Resolución por la que se nombren a los nuevos miembros
del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su
condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.
5.4 El Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la
presencia de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o
suplentes. Previa convocatoria del Presidente, el Tribunal celebrará su
sesión de constitución en el plazo máximo de treinta días, a partir
de su designación, y mínimo de diez días antes de la realización
del primer ejercicio. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas
las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo
de las pruebas selectivas.
5.5 Durante el desarrollo de la oposición, el Tribunal
resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas
normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.
5.6 El procedimiento de la actuación del Tribunal se ajustará
en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, y modificaciones
posteriores.
5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de
los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores
a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La
designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la
Universidad de Salamanca.
5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios de la oposición que sean
escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos
sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para
ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio de la
Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial del Estado"
del 22) o cualesquiera otros equivalentes.
5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en la Universidad de Salamanca, Patio de
Escuelas, sin número, edificio del Rectorado, teléfono 29 44 00.
El Tribunal dispondrá que, en esta sede, al menos una persona,
miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
5.10 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá
la categoría cuarta de las recogidas en el artículo 33 del Real
Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"
del 19).
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra "Ñ", de conformidad con
lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para
la Administración Pública de 12 de marzo de 2001 ("Boletín Oficial
del Estado" del 16).
6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser
requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar
su personalidad.
6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente
justificados y libremente apreciados por el Tribunal.
6.4 La publicación del anuncio de celebración del segundo
ejercicio se efectuará por el Tribunal en los locales donde se haya
celebrado el primero, así como en la sede del Tribunal señalada
en la base 5.9 y por cualesquiera otros medios si se juzga
conveniente para facilitar su máxima divulgación con veinticuatro
horas, al menos, de antelación a la señalada para la iniciación
de los mismos. Cuando se trate del mismo ejercicio, el anuncio
será publicado en los locales donde se haya celebrado, en la citada
sede del Tribunal y por cualquier otro medio si se juzga
conveniente, con doce horas, al menos, de antelación.
6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee
la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria,
previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al
Rector de la Universidad de Salamanca, comunicándole asimismo
las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la
solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos
procedentes. Contra la exclusión definitiva del aspirante podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado
Provincial de lo Contencioso-Administrativo de Salamanca.
7. Lista de aprobados
7.1 Al finalizar cada uno de los ejercicios obligatorios, el
Tribunal hará pública en los lugares de examen y en el Rectorado
de la Universidad la lista de aspirantes aprobados por ambos
sistemas, con las puntuaciones correspondientes.
7.2 La lista de aprobados del segundo ejercicio no podrá
superar el número de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho
cualquier actuación en sentido contrario, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 18 de la Ley 30/1984. La puntuación total
se obtendrá en la forma establecida en la base 4 del anexo I de
esta convocatoria.
7.3 Dichas relaciones se publicarán en los lugares de
celebración del segundo ejercicio y en el Rectorado de la Universidad.
7.4 Finalizado el tercer ejercicio de méritos, el Tribunal hará
pública la relación definitiva de aprobados, por orden de
puntuación, en las que constarán las calificaciones de cada uno de
los ejercicios y la suma total. La condición de aprobado en el
procedimiento selectivo y el orden de puntuación final vendrá dado
por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios de
la oposición, con indicación de su documento nacional de
identidad. Dicha relación será elevada al Rector de la Universidad
con propuesta de nombramiento de funcionarios de carrera.
8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios
8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el
día siguiente a aquel en que se hicieron públicas las listas de
aprobados en el lugar o lugares de examen, los opositores
aprobados deberán presentar, en la Sección de Personal de
Administración y Servicios de la Universidad de Salamanca, los
siguientes documentos:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad.
b) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer
enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio.
c) Fotocopia debidamente compulsada del título de Graduado
escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente o
certificación que acredite haber realizado todos los estudios para
la obtención del título o acreditación equivalente según las bases
de esta convocatoria.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,
mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna
Administración pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de
funciones públicas, según el modelo que figura como anexo III de
esta convocatoria.
e) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de
personas con minusvalías deberán presentar certificación de los
órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
que acredite tal condición. Igualmente deberán presentar
certificado de los citados órganos o de la Administración sanitaria,
acreditativa de la compatibilidad con el desempeño de tareas y
funciones correspondientes.
Asimismo, los aspirantes con minusvalía con grado de
discapacidad igual o superior al 33 por 100 deberán acreditar tal
condición, si obtuvieran plaza, mediante certificación de los órganos
indicados.
8.2 Ante la imposibilidad debidamente justificada de
presentar los documentos expresados en el apartado anterior podrá
acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria
mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho.
8.3 Los que tuvieran la condición de funcionarios de carrera
estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y
demás requisitos ya probados para obtener su anterior
nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio u
organismo del que dependan para acreditar su condición y aquellas
circunstancias que obren en su hoja de servicio.
8.4 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza
mayor, no presenten la documentación o del examen de la misma
se deduzca que carecen de alguno de los requisitos señalados
en la base 2.1, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera
y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud
inicial.
8.5 Por el Rectorado se ofertarán los destinos a quienes
acrediten los requisitos antedichos, a los efectos de que formulen la
correspondiente petición, que será resuelta atendiendo al orden
de puntuación definitiva.
8.6 Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal
calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios de
carrera, mediante Resolución que se publicará en el "Boletín Oficial
del Estado".
9. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se
deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser
impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo,
la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de
las Resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada
Ley.
Salamanca, 14 de septiembre de 2001.-El Rector, Ignacio
Berdugo Gómez de la Torre.
ANEXO I
Ejercicios y calificación
1. El procedimiento de selección de los aspirantes en el turno
de acceso libre será el de oposición y en el turno de promoción
interna será el de concurso-oposición.
2. La fase de oposición estará formada por los ejercicios que
a continuación se indican, siendo eliminatorios los dos primeros:
Primer ejercicio: El número de preguntas y el tiempo de
realización será idéntico para ambos turnos:
a) Promoción interna: Consistirá en contestar un cuestionario
de preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas
correcta, que versarán sobre el contenido del programa de estas
pruebas (anexo II, a excepción de los temas 1, 2 y 3), dirigido
a apreciar la adecuación de los aspirantes para el desempeño
de las tareas propias de las plazas que se convocan. El tiempo
máximo para la realización del ejercicio será de sesenta minutos.
b) Turno acceso libre: Consistirá en contestar un cuestionario
de preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas
correcta, que versarán sobre aspectos psicotécnicos y contenido
del programa de estas pruebas (anexo II), dirigido a apreciar la
adecuación de los aspirantes para el desempeño de las tareas
propias de las plazas que se convocan. El tiempo máximo para
la realización del ejercicio será de sesenta minutos.
Segundo ejercicio: Será idéntico tanto para los aspirantes de
promoción interna como de acceso libre y constará de dos partes,
a realizar en una misma sesión. Si por la disponibilidad de medios
para su realización fuera preciso desarrollarlo por grupos, se hará
constar en la convocatoria del segundo ejercicio, indicando los
grupos y las horas previstas para la iniciación de la prueba para
cada grupo. El sistema que utilizarán los aspirantes y que
proporcionará la Universidad será ordenador PC con tratamiento de
textos Microsoft Word 2000 para PC.
a) Primera parte: Se presentará a los aspirantes un texto en
castellano con faltas de ortografía y sin signo alguno de puntuación
para su posterior transcripción a ordenador, mediante la
utilización del sistema de tratamiento de textos descrito, con las
correcciones ortográficas y con la puntuación pertinente. El tiempo de
esta primera parte no podrá ser superior a quince minutos.
b) Segunda parte: Consistirá en una prueba objetiva, formada
por dos supuestos de carácter práctico, dirigida a apreciar la
capacidad de los aspirantes para la redacción, composición,
modificación y corrección de documentos escritos, mediante la utilización
del sistema de tratamiento de textos descrito. El tiempo máximo
para la realización de esta prueba será de treinta minutos.
Tercer ejercicio. Voluntario y de méritos: Consistirá en traducir
sin diccionario, durante treinta minutos, un idioma (francés, inglés
o alemán) del texto facilitado por el Tribunal.
Los ejercicios segundo y tercero podrán realizarse en una sola
sesión.
3. Valoración de méritos y calificación de ejercicios:
Fase de concurso: La valoración de los méritos se realizará
de la forma siguiente:
a) Antigüedad: La antigüedad del funcionario en Cuerpos o
Escalas a que se refiere la base 2.1 se valorará asignándose un
punto a cada año completo de servicios efectivos hasta un máximo
de 30 puntos.
b) Grado personal consolidado: Según el grado personal que
se tenga consolidado y formalizado a través del auerdo de
reconocimiento de grado por la autoridad competente el día de
publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado",
se otorgará la siguiente puntuación:
Grado 9: 16 puntos.
Grado 11: 18 puntos.
Grado 13: 20 puntos.
Grado 14: 22 puntos.
c) Los puntos así obtenidos se sumarán a la puntuación
alcanzada en la fase de oposición (determinada por la suma de las
puntuaciones parciales de cada ejercicio), a efectos de determinar
un orden definitivo de aspirantes aprobados y que no podrán
exceder del número de plazas convocadas. Estos puntos no podrán
ser aplicados para superar los ejercicios de la oposición.
Fase de oposición:
a) Primer ejercicio: Se calificará de cero a 10 puntos, siendo
necesario para aprobar obtener, como mínimo, cinco puntos,
correspondiente al 50 por 100 de la puntuación establecida por
el baremo que fije el Tribunal. Las contestaciones erróneas se
valorarán negativamente.
b) Segundo ejercicio: Se calificará de cero a 10 puntos, siendo
necesario para aprobar obtener, como mínimo, en cada una de
las dos partes, la puntuación mínima fijada por el Tribunal para
su superación, sin posibilidad de compensación entre ambas
calificaciones.
c) Tercer ejercicio: Se calificará de cero a tres puntos.
4. Propuesta de aprobados:
La calificación final de las pruebas vendrá determinada, para
los aspirantes del turno de promoción interna, por la suma de
las puntuaciones obtenidas en los ejercicios de oposición y
concurso, y para los aspirantes del turno de acceso libre, por la suma
de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios de oposición.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la
mayor puntuación obtenida sucesivamente en el primer y segundo
ejercicio, y, si persistiese el empate, éste se dirimirá por sorteo
público en presencia de los opositores empatados.
ANEXO II
Programa
Tema 1. La Constitución Española de 1978: Estructura y
contenido. Las atribuciones del Rey. Las Cortes Generales:
Composición, atribuciones y funcionamiento. La elaboración de las leyes.
Tema 2. El Gobierno y la Administración. El Presidente del
Gobierno. El Consejo de Ministros y las Comisiones delegadas
del Gobierno. Organización administrativa española. Ministros.
Secretarios de Estado y Subsecretarios. Los Directores generales.
Los organismos autónomos. La Administración periférica del
Estado. Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas y
los Subdelegados del Gobierno.
Tema 3. La organización territorial del Estado en la
Constitución. La Administración local. La provincia y el municipio.
Tema 4. Las Comunidades Autónomas. Constitución y
competencias. Los Estatutos de Autonomía. El Estatuto de Autonomía
de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
Tema 5. Las fuentes del Derecho Administrativo. La
Constitución. Leyes orgánicas y ordinarias. Disposiciones normativas
con fuerza de ley. El Reglamento: Concepto, naturaleza y clase.
Límites de la potestad reglamentaria.
Tema 6. El procedimiento administrativo. Idea general de la
iniciación, ordenación, instrucción y terminación. La Ley de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Tema 7. Los recursos administrativos: Concepto y clases.
Tema 8. El sistema español de Seguridad Social. Entidades
gestoras y servicios comunes: Enumeración, organización y
funciones. El Régimen General de la Seguridad Social. Afiliación y
cotización. Acción protectora. Concepto y clases de prestaciones.
Tema 9. La Universidad de Salamanca: Organización
académica y régimen económico-administrativo.
Tema 10. La Universidad de Salamanca: Órganos de gobierno
colegiados y unipersonales. El Consejo Social. El Claustro. La
Junta de Gobierno.
Tema 11. La Universidad de Salamanca. Clases y régimen
jurídico del profesorado. Clases y régimen jurídico del personal
de administración y servicios. El alumnado universitario.
Tema 12. Atención al público: Acogida e información al
administrado. Los servicios de información administrativa.
Tema 13. Concepto de documento, registro y archivo.
Funciones del registro y del archivo. Clases de archivo y criterios
de ordenación. Especial consideración del archivo de gestión.
Tema 14. Nociones sobre microordenadores. Sistema
operativo. Programas de aplicación. El tratamiento de textos. Archivo
y agenda electrónica. La hoja electrónica de cálculo. Los gráficos
de oficina. El correo electrónico.
ANEXO III
Declaración jurada
Don ........................................................,
con domicilio en ...............................................,
y documento nacional de identidad número .....................,
declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado
funcionario de la Escala ........................................,
que no ha sido separado del servicio de ninguna de las
Administraciones públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio
de funciones públicas.
En ............... a ......de ............... de ......
ANEXO IV
Tribunal calificador
Tribunal titular:
Presidente: Don Antonio Alonso Sánchez, Gerente de la
Universidad de Salamanca.
Vocales: Don Miguel López Quevedo, funcionario de la Escala
Técnica de Gestión de la Universidad Politécnica de Madrid,
nombrado por el Rector en representación de la Universidad; doña
María Teresa Alonso Cordero, funcionaria del Cuerpo General
Administrativo de la Administración Civil del Estado, en
representación de la Secretaría de Estado para la Administración
Pública, y doña Rosa María García Blázquez, funcionaria de la Escala
Auxiliar Administrativa de la AISS (a extinguir), en representación
de la Junta de Personal funcionario.
Secretaria: Doña María Isabel Martínez Rossy, funcionaria de
la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad de Salamanca.
Tribunal suplente:
Presidenta: Doña María del Carmen Pol Méndez, Vicerrectora
de Economía de la Universidad de Salamanca.
Vocales: Don Gerardo Arévalo Vicente, funcionario de la Escala
de Gestión Universitaria de la Universidad de Salamanca,
nombrado por el Rector en representación de la Universidad; don Juan
María Caballero Jimeno, funcionario de la Escala de Gestión
Universitaria de la Universidad de Salamanca, en representación de
la Secretaría de Estado para la Administración Pública, y doña
María Teresa Sánchez Mangas, funcionaria de la Escala
Administrativa de la Universidad de Salamanca, en representación de
la Junta de Personal funcionario.
Secretaria: Doña María Teresa González Sánchez, funcionaria
de la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad de
Salamanca.
ANEXO V
Don ........................................................
Cargo .......................................................
Certifico: Que, según los antecedentes obrantes en este centro
relativos al opositor abajo indicado, se justifican los siguientes
extremos:
Datos del opositor:
Apellidos y nombre: .........................................
Cuerpo o Escala a que pertenece: ............................
Documento nacional de identidad número ...................
Número Registro de Personal: ...............................
Lugar y fecha de nacimiento: ................................
Promoción: .................................................
1. Destino actual: ..........................................
2. Total de servicios reconocidos en el Cuerpo o Escala de
pertenencia (grupo E): ...... años ...... meses ...... días.
2.1 Antigüedad en el Cuerpo o Escala como funcionario de
carrera hasta el día de publicación de la convocatoria: ...... años
...... meses ...... días.
3. Nivel de complemento de destino del puesto de trabajo
ocupado en la fecha de publicación de la convocatoria ...............
4. Grado personal consolidado en la fecha de publicación de
la convocatoria: ..................
Y para que así conste, expido la presente certificación en .....
.............................................................
(localidad, fecha, firma y sello)
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
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