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Documento BOE-A-2001-17828

Resolución de 29 de junio de 2001, de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, por la que se concede la aprobación de modelo de un sistema de medida instalado sobre camiones-cisterna destinados al transporte por carretera y al suministro de líquidos de poca viscosidad (viscosidad ≤ 20 mPa.s) y almacenados a la presión atmosférica, con excepción de los líquidos alimentarios, marca «Indox», modelo SMI-S, fabricado y presentado por la empresa «Ros Roca, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 226, de 20 de septiembre de 2001, páginas 35189 a 35189 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2001-17828

TEXTO ORIGINAL

Vista la solicitud presentada por la empresa «Ros Roca, Sociedad Anónima», con domicilio social en carretera nacional II, kilómetro 505, 25300 Tàrrega (Lleida), para obtener la aprobación de modelo de un sistema de medida instalado sobre camiones-cisterna, destinados al transporte por carretera y al suministro de líquidos de poca viscosidad (viscosidad ≤ 20 mPa.s) y almacenados a la presión atmosférica (con excepción de líquidos alimentarios), marca «Indox», modelo SMI-S, en sus diferentes versiones, provisto de un medidor Sampi;

Vista la documentación complementaria presentada con dicha solicitud, así como el informe técnico emitido por el LGAI (con referencia 21007168);

Considerando que el contador volumétrico y los dispositivos asociados poseen aprobación de modelo: Resolución FI96/47101 y Resolución Nacional Española 16-99003.

Considerando que el sistema de medida está de acuerdo con el esquema S3 indicado en el punto 4.2 de la Orden de 28 de diciembre de 1988 por la que se regulan los sistemas de medida de líquidos distintos del agua,

Esta Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial, de acuerdo con la Ley 3/1985, de 18 de marzo; el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre; el Decreto 199/1991, de 30 de julio, por el que se determinan los órganos competentes en materia de control metrológico, así como las Órdenes de 26 al 28 de diciembre de 1988, que regulan los contadores volumétricos y los sistemas de medida de líquidos distintos del agua, ha resuelto:

Primero.

Conceder aprobación de modelo, a favor de la entidad «Ros Roca, Sociedad Anónima», con registro de control metrológico 02-H.046, del sistema de medida instalado sobre camiones-cisterna, destinados al transporte por carretera y al suministro de líquidos de poca viscosidad (viscosidad ≤ 20 mPa.s) y almacenados a la presión atmosférica (con excepción de líquidos

Versión SMI-250-S SMI-500-S SMI-700-S
Cámara de medida. M-5 M-7 M-15
Caudal máx. 250 l/min 500 l/min 700 l/min
Caudal mín. 25 l/min 50 l/min 100 l/min
Suministro mín. 50 litros 100 litros 100 litros
Presión máx. 6 bar 8,5 bar 8,5 bar
Viscos. máx 21.000 mm2 /s 21.000 mm2 /s 21.000 mm2 /s
Margen temp. — 10 ºC a + 50 ºC — 10 ºC a + 50 o C — 10 ºC a + 50 º C

El equipo de medida puede ir provisto de un cabezal mecánico o bien de un cabezal electrónico modelo Medición y Transporte, en correspondencia con las aprobaciones de modelo antes mencionadas.

Segundo.

El signo de aprobación de modelo asignado será:

Imagen: /datos/imagenes/disp/2001/226/17828_12872403_image1.png

Tercero.

Los instrumentos correspondientes a la aprobación de modelo a que se refiere esta Resolución llevarán, como mínimo, de manera visible e indeleble, las siguientes inscripciones de identificación (en su placa de características), aparte de las propias de los elementos que los conforman (en particular la del contador volumétrico):

Nombre y anagrama del fabricante.

Denominación del modelo y versión.

Número de serie y año de fabricación.

Caudal máximo en l/min.

Caudal mínimo en l/min.

Suministro mínimo en litros.

Presión máxima de funcionamiento, en bars.

Clase de líquidos a medir.

Margen de temperatura de funcionamiento, en grados centígrados.

Signo de aprobación de modelo.

Indicación del esquema aprobado.

Cuarto.

Para garantizar un correcto funcionamiento de los sistemas se procederá a su precintado una vez realizada la verificación primitiva, según se describe y representa en los planos contenidos en el anexo al certificado de aprobación de modelo.

Quinto.

Los sistemas correspondientes a la aprobación de modelo a que se refiere esta Resolución deberán cumplir todos los condicionamientos contenidos en el anexo al certificado de aprobación de modelo.

Sexto.

De conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, la presente aprobación de modelo tiene validez hasta el día 29 de junio de 2006 pudiendo ser prorrogada por períodos sucesivos, que no podrán exceder cada uno de diez años, previa petición del titular de la misma.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Comercio y Turismo en el plazo de un mes, a contar del día siguiente de su notificación, sin perjuicio que se pueda hacer uso de cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 29 de julio de 2001.–El Director general, P. D. (Resolución de 7 de octubre de 1996, «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» de 13 de noviembre), el Jefe del Servicio de Automóviles y Metrología, Joan Pau Clar Guevara.

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