Visto el expediente de indulto relativo a don Javier Esquivias Segura, condenado por el Tribunal Militar Territorial Primero de Madrid, en las diligencias preparatorias número 15/10/97, a la pena de dos años y cuatro meses de prisión, con las accesorias legales de suspensión de cargo público y derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, como autor penalmente responsable de un delito de «deserción en tiempo de paz», previsto y penado en el artículo 120 del Código Penal Militar, y constando en el mismo los informes favorables del Ministerio Fiscal Jurídico-Militar, del Tribunal sentenciador y del Asesor Jurídico General del Ministerio de Defensa, a propuesta del Ministro de Defensa y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 7 de septiembre de 2001,
Vengo en conceder el indulto parcial de la pena privativa de libertad impuesta, remitiendo la misma hasta la pena de un año de prisión a don Javier Esquivias Segura.
Dado en Madrid a 10 de septiembre de 2001.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Defensa,
FEDERICO TRILLO-FIGUEROA Y MARTÍNEZ-CONDE
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