Advertido error en el anexo de la Orden de 24 de octubre de 2000 por la que se homologa el contrato-tipo anual de compraventa de clementinas, para su transformación en gajos, que regirá durante la campaña 2000/2001, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 3 de noviembre de 2000, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
En el anexo de la Orden, en la estipulación octava, Arbitraje, donde dice: «... deberá someterse al arbitraje regulado en la Ley 36/1988, de 5 de diciembre, con la especialidad prevista en la Ley 19/1982, de 26 de mayo, sobre contratación de productos agrarios, consistente en que el árbitro o árbitros sean nombrados por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación». Debe decir: «... deberá someterse al arbitraje regulado en la Ley 36/1988, de 5 de diciembre, con la especialidad prevista en la Ley 2/2000, de 7 de enero, reguladora de los contratos tipo de productos agroalimentarios, y el Real Decreto 686/2000, de 12 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de dicha Ley. El árbitro o árbitros serán nombrados por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación».
Madrid, 15 de enero de 2001.
ARIAS CAÑETE
Ilmos. Sr. Subsecretario de Agricultura, Pesca y Alimentación y Director general de Alimentación.
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